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哥斯达黎加的法律

Acuerdo Nº 190 - Manual de procedimientos que regula la inversión privada para obras de interés público de acueducto y alcantarillado sanitario

颁布于 2009-04-21 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
哥斯达黎加
主题
Water
关键词
water supply, potable water, sewerage, legal proceedings/administrative proceedings, non-governmental entity, recycling/reuse

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所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. INSTITLITO COSTARRICENSE DE ACUEfJUCTOS V ALCANTARILLAllOS ACUERDO N° 2009-190 JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACIJED\lCTOS Y ALCANTARILLALJOS MANUAi rn-: l'ROCl-:J)IMII-.NTOS QUI-: Rl-:OUI.A I.A INVl-:RS16N PRIVADA PARA OBRAS DE INTERES PlJBUCO DE ACLIEDUCTO Y Al.CAN rARll,l ,Af)() SANlTARIO. Objeth·os generales del procedimiento 1-:I pre~ente prm;edimiento est.ible<.:e lndas .iquellas .i<.:tivitfa!.k~ que sc dcbcn adoptar. rclacionadas con la figura o modalidad de financiamicnto de in\'ersi6n en obra p(iblica -no reembolsable por parte del Estado- a traves de la participaci6n de! sector prirndo (desarrollador o urbanizador) en el planteamiento y ejecuci6n. de obras relacionadas con la prestaci6n de servicios de .Igua potable yio alcant.Irillado sanitario. incluido el tratamiento de las aguas residuales. La inversit'm hajo este procedimiento est.i destinada a la habilitaci6n de scrvicios p(1blicos, dcntro y fucra de la propicdad del desarrollador o ,1rlxini,.ador. para su posterior tr,1sp,1so ,1 favor <lei lnstit,1to Costarri<.:ense de Acucductos y Alcantarillados. en los tCfminos) condicioncs quc cstablccc la I ey 271.f, (Le) C1mstitutiva <lel ln~Litulo Co~L,u-ri<.:ense de AcueduUos) Alcantarillados). Articulo 4 de la Ley General de Administraci6n Pl1blica y los arlkulo~ .rn y 39 de la 1 .e) de Planilica<.:i6n Urbana, I ey N" 4240. Bajo esrns condiciones expuesrns su puesta en operaci(111 contrihuye a la satisfacci6n de un interes social o p(1blico en la zona;toda \'eZ que para su aprohacit'm AyA haya certiticado .I priori de forma negativa la disponibilidad de servicios. sea por carencia de capacidad hidriiulica y/o hidrica o capacit.lad de recolecci6n y tratamiento de las aguas residuales. o bien, por ine,istencia de infraestructura. lo cual imposibilita la prestaci6n eli:ctiv,1 de los sen icios. Asimismo. I.is certi/icsKiones de disponibilidad ncgativas fundamcntadas en restriccioncs ambicntalcs no habilitan para la .iplirnci(m t.le este mo<lelo <le inver~i(m. Bajo cstc modclo de tinanciamicnto sc dcbcrii intcgrar como requisito la manifestaci6n de voluntad de las partes en la planiticaci6n. disei'io. y eje<.:uci(m) supenisi(m t.le las obras que ~e co11\'eng.in. de manera que se habilite el servicio pUblin1 requerit.lo ps1n1 1,1~ ne<.:esid,1des inm~t.liatas de Ill zona que se veni beneticiada con dichas ohras. sin que ello signitique una altcraci6n de las competcncias rcgladas dcl cntc cstatal. Por otra parte. el artfculo 38 citado preve que e! ente privado. que linancia las obras de infraestru<.:tura de agull potable y/o alcanlllrilla<lo sw1itario. p,1ed,1 dentro de un pla,.o t.le cincu ai'ios. contados a psirtir de Ill formal recepci\\11 de las obras por pane de AyA. recuperarproporcionalmente lo invcrtido. cjcrcicndo su gcstiOn ante los titularcs de aqucllos futuros proyectos de desarrollo urbanistico. que intenten usar los ser\'icios citados. Para tales efectos. la cantidad a abonar al desarrollador seni determin,1da por AyA en los terminos y nm lxise en los requisitos sei'ialados en e,te procedimiento. en el cual nose incluin\ el monto a cancelar respectD a las tarifas de concxi6n de los nucvos scn·icios. ya que los mismos son aprobados por la i\utoridad Reguladora de los Servicios PUblicos. y su pago forma parte de los requisitos para la aprobaci6n de un nuevo servicio. nmrorme nm el Regl,1mento de PreS\llci(m <le Servi<.:ios ll los Clienles. publicado en La Gae-era N° 131 <lei I() de julio de 1996 y sus reformas. La implcmcntaci6n de cste proccdimiento pcrmitir3.: a. lnformar a los funcionarios de AyA y administrados sohre la, directrices y demiis disposiciones instimcionales que se deriven de la Ley 2726 (Ley Constimtiva <lei lnstituto Costarricense de i\cueductos y i\lcantarillados. el articulo 4 de la Ley General de At.lministraci(m PUblirn y la aplirnci6n <le los artkulos 38) 39 t.le la Ley de l'lanificaciOn \Jrhana -Ley N° 4240- y el ··Reglamento para la aplicaci6n del articulo 38 de la Ley de i'lanificaci6n Urbana (Ley N°4240) en ohms de acucductos y alcantarillados en A) A··. publicado en I.a Gace/a N" 180 t.lel 19 t.le setiembre t.lel 2007. h. Velar porque ,e cumplan los requisitos tt!cnicos. tinancierns. administrativos y lcgalcs quc corrcspondan. en acatamiclllo de la normati\'a vigcntc) de lo dispucsto pore! Dictamcn C-218-2008 de la Procuraduria General de la Rep\1blica y el Jnforme No DFOE-ED 22-2008 de l.i Conlraloria Gener.ii de la Rep(1blirn. c. LJisponer de un mode!o alternativo de financiamiento de obra p(1hlica no reembolsable por parte del Estado. siempre) cuando sea ccon6micrnncntc la obra a satisfacci6n de la cornunidad d. Lograr una mayor cobertura yio ampliaci6n de la capacidad operativa de servicio~ en aquell.is :10nas con deficit de infraestru<.:tura por parl~ de AyA. permitiendo la atenci6n de la demanda con mayor celerit.lad y eticacia. Para una mejor comprensi(m <le este Manual. se ,1tili1ar;i el glosario de tfrminos que forma parte integral t.lel ··Regl.Imento para la aplicaci6n de! articulo 38 de la Ley de Planiticaci6n Urbana (Ley N° 4240) en Obras de i\cueductos y .\lcantarillados de /\yi\ "", publicado en La Gaceta N° 180 del 19 de setiembre del 2007. Con ba~e en ki naturllleta. formukici(m y elapas que implica este l\lanual. se han identitic.Ido I.Is siguiente, .Ictivid.Ides: Activ·idad I: Del compromiso, construcci(m y entrega de las obras I. Presentada una solicitud de disponibilidad de servicios. la oticina regional respectiva tendrll un plazo de un mes para emitir la debida respuesta al interes,1do. 1-:n el rnso t.le que A;,-A <.:ertilique de l'orma negati\·a Ill disponibilidad: porque no hay capacidad hidrica y/o hidrfolica del sistema. falta de capacidad dcl alcantarillado sanitario. o auscncia de infracstrucmra. cl desarrollador, fraccionador o urbanizador de un proyccto urbanistico podrll proponer ante el i\y.\ el tinanciamiento y construcci6n de las obras re~pectiv.is que nmlleven la habilita<.:i6n d~ los servicios no t.lisponibles. La solicitud fonnal del interesado se presentara ante la Subgerencia de Jnvestigaci6n y Desarrollo. y deberii acompai'iarse de la siguiente docnmentaci6n: I. Cuatro copias dcl piano catastrado de la propicdad en la cual sc ejecutan\ el proyecto. Dos de los cuales deben indicar la ubicaci6n del proyeclo. II. Dos certiticaciones de propiedad, correspondientes a la., finca, donde se desarrollarlln los proyectos. Ill. CcrtiticaciOn de personcriajuridica del solicitantc con facultadcs suticientes para actuar a nomhre de la empresa responsahle del proyecto. IV Copia certilkat.la de la cedula de indenti<lad. V. Certificaci\ln t.le capital ,ocial. t.li,trihuci6n de acciones de la empresa o sociedad responsable del l'royecto. VI. DcscripciOn de! (los) proyccto(s} privado(s) a cjccmar (condominios. urhanizaci6n, hotel. etc.), lo que incluye e! nom6re del proyecto. dim~nsione~. destino. unit.lades habita<.:ionales. etc VII. C;ilculo t.le la demanda t.le agua por proyecto. I. Presentada la solicitud. la Subgerencia de Jnvestigaci6n y DeswTollo ,mali;,ani la at.lmisibilid,1d de la propueslll ~nun pla,.o de tres di,1s hJbiles, confonne con lo detallado en la subacti\'idad anterior v conferira un plazo de diez dias hiibilcs al dcsarrollador intercsado pari aportar la doeumcntaci6n faltantc o subsanar dcfcctos dctcctados en la solicimd. 2. La Subgerencia de Jnvestigaci6n y Desarrollo. con base en la propuesta re.ili;,.ida en el punlo .interior. y niordinando pre\iamenl~ con el Gobierno Local respecto a la existencia o no de contlicto con el Plan Rcgulador y cl Uso de] Suclo en la zona de! proyccto propucsto de acucducto )/o alcantarillado. en un plazo mih.imo de trcinta dias htlbilcs indicarii al solicitante la realizaci6n de los estudios necesarios que garanticen la factibilid.id <lei proye<.:to. lo que indu) e las gestiones n~cesaria~ anl~ SETENA ) SENARA cuando corrcsponda, los cstudios adicionalcs, especiticaciones y requerimientos tecnicos, legales y administratirns que debera cumplir en la, etapas t.le disef\o, ejecuciOn, inspeccit'm y recepciOn a satisl'au:iOn (.k los sistem,1s que (.kbeni construir y/o h,1bililar, conl'orme a la nornmtiva tecnica y legal vigente. En e~le s<cntido. se a<.:tuar.i de la ~iguiente manera: En caso de quc cl antcproyccto de abastccimicnto) ,..o sancamicnto sea propucsto por los dcsarrolladorcs, dcbcn prcscntar: I. Memoria <lei anteproye<.:to t.le infrae~Lructura t.le abastecimiento y/o saneamienlo. 11. Delinicii'm dd akam.:e <lei proye<.:to de abaste<.:imienlll y/o saneamienlo. El proye<.:to deber.i in<.:luir en la um<.:eptuali1a<.:ion de la obra. n1yo periodo de t.lisei'io ser.i de al menos de 20 ai'ios. I o anterior. seg(1n sea dellnido por AyA bajo niterios i.k ra10nabilidad y propor<.:ionalit.lad. 111. Estudios ba~iws quo; ~ustentan el antepnJ) <:<:to propue~to (hidrol(igi<.:o~ e hidrogeol(1giu1s. topDgralko~. ambientaks. <.:.ikulo de la d<cmanda, wn<.:eptuali:1a<.:i(m hidr.iulirn y ~anitaria. <:studios de wstos estimado~. etc), cuando wrresponda. IV. Compromiso do; ge~tionar, en el momento pro<.:<csal oportuno. to dos los pnmi~os ne<.:<csarios (CFl A. r--.1uni<.:ipalidad, SE l"ENA: SENA RA: Ministerio de S,1lud. etc) y tr,1mit,u-, <en <.:<JSO de ro;querirse. las dered1os de ll~O de ,,gua a nombre <lei AyA ,mte el MINAE r. V. Presupuesto apro>..imado desglosado <lei proye<.:to. VI. Compromiso mani/ieslo Jo; don,ir al Ay A. los inmuebles n<c<.:es,irios par,1 las obras, asi um10 las servidumbres I.Jll<c nlrrespondan. En caso de quc cl antcproyccto de abastccimicnto) sancamicnto sea propucsto por A;A. los dcsarrolladorcs dchcran aportar: I. Nola aceptando el proyecto, cuyo periodo de disei'io sen\ de al menos de 20 ai\os, segll.n hay a sido detinido bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad. La accptaci6n incluyc cl compromiso de aportar los cstudios b3.sicos quc faltcn para sustcntar la propucsta, los disci'ios quc no tcnga rcalizados cl AyA (hidniulicos. arquitcct6nicos. cstructuralcs, clcctromccftnicos, sanitarios, etc. l. la topografia, la \'iabilidad ambicntaL cntrc otros. II. Compromiso de gcstionar. en cl momcnto oportuno, todos los pcrmisos ncccsarios (C"FIA, Municipalidad, SETENA, etc.) y tramitar los dcrcchos de uso de aguas a nombrc dcl AyA ante cl MINAET. Ill. Prcsupucsto apmximado dcsglosado dcl proyccto. IV. Compromiso manificsto de traspasar gratuitamcntc al AyA los inmucblcs ncccsarios para las obras. asi como las scrvidumbrcs quc corrcspondan. Rajo los principios reclores <lei servi<.:io p(1bliw, enlr~ ellos el <l~ "prim~ro en li~mpo. prim~ro en dered10'". la <l~pendencia r~sponsable <l~ l<t ,1t.lministr,KiOn y oper,KiOn de rnda Sistema deber;i llev,1r llll registro ,rntomati:1,1do. depurado y .l<.:tuali:,ado de la oferta y demanda de ~stos, en el que 4ue s~ deben incluir 1,1s soli<.:itudes de servi<.:ios ~ntr,mtes. de manera 4ue pueda determinar, por proye<.:to de <l~~•irrollo urbanistiw, el nll.mero total de servi<.:i% en rela<.:i(m estri<.:t.i nm el <.:aud,11. tomando en umsideraci(m la metot.lologia t.l~ c;ilrnlo de ,1ni<lades t.le servi<.:ios e4uivalentes: Tabla Y I Ciilrnlo de Sc1"\·idos Equi,·alcntcs s,,g,i11 tipo de actMdad a dcsarrollar llnidad de COIISlllllO Tipo ae1i,·idad de nue,•o l 1nidades de dkulo ( l 1C) equivalenfe (!ICE) o dcsarl'Ollo Scn·icio, cquil'alc11ks csr.1 U1han12ac1ones Res1denc1a. tinca til,al. " Un SCl"\ICIO Equl\•alente "l''""'"''n10, y "l''"'""''nlo prn cwl-, l l,11dad de Calculn condomm,os res1denc1ales Ho1eles. Moteles Hnh1rnc1011 Un se1·v1c10 Cqul\alente pm cada 3 \Jn,dades de C.lculo F¼Hda,. colcQ10, o fai<Jdl,llllC l ln sea ,,em F,1,m,ilenie ce,mos de eduCaci011, por cada 25 Unidades de c,1p,1c11,1Cl011 ( alculo BodegJ.S, LUdU.SU'IJ.S Meun cuadcad<> de :iiea de 1/u .se1 """' Cqu1\'Jlente o ce11tros de acop,o. parcel a o pred10 po1 cada 500 Un1dad de al111accnan11e11lo )' l rndu; ,;rl(lo pa, quco, y Cttlculo d1stnbuc1c111 i, eas ve, des. excluyendo """" de prt>lccciOn de 110s )' qudllada.s) Restauramas. sodas Bares y Met, o clladrado de ;,, ea de Un se1,;1c10 Cqu"alente si,111lates pa,cela u 1l1ediu pot cada I 00 1 ln,Jad de (rncluyendo parqueos y Cilculo "''"" vcidcs. C'c·luvcndo ire as de p1otecci.:i1i de, ios ~ quebiadas) Locales rnruewales, Metro cuad,ad<> de :irea de 1/u .sen,cw Cqu,nlente Cennos co111e1c1ales. parcel a o pred10 po, cada 200 Un,ctad de olie111,,s admmi,11,ill\as I 111du; <.Cll(ln pa, q1,co, )' ( ttlculo )' bancanas 1111dusnial. " ire as ve, des. excluyendo gc11ci11I I m '-'"' de p1 olccci0n de 1 10s ; qudllada.s) Cennos de 1ecreac16n. Met, o cuadrado de a, ea de Un 501"\"IClO Cqu"aleote l1U1'11COO O club C,lllll)CSlle p,,rcda u picdio poi cad,, ~00 l.1111,bd de I 111cluyendo parqueos v Cjlculo "''-"" vc, des. c'C·luvcndo ,;, eas de p, otecrn\,i de l ins ~ quebiadas) Lo anterior implica. con la colaboraci6n de la Subgcrcncia de lnvcstigaci6n ) Dcsarrollo. la idcntiticaci6n de la capacidad hidraulica y de abastecimiento que tendnin las obras a construir {caudal y nUmero de servicios). en consideraci6n de los servicios para el proyecto de desarrollo urbanfstico cuyos in\'ersionistas tinancian la obra de acueducto y/o alcantarillado. asf como todos aqnellos fuera de sus linderos que quedarfln habilitat.los wn t.lid1as obra~ en la :,ona t.l~ la 4ue se Irate (rnudal para n~<.:imienlll wgetativo). 2. Completad,1 1,1 do<.:umenlaci(m requerid,1, Ull.l Comisi(m lnterdi~<.:iplinari,1, ,it.lsnit.i a la (ieren<.:i,1 General y <.:uyo~ miembros ser.:m designat.los por esta misma instancia en funciOn de la~ caracterfsticas de cada proyecto, prncet.ler.i dentro d~ treinta di.is h.ibiles, al am\lisis Lie I.I factibilit.lad y viabilidad del proyecto de infraestructura Lie acueducto y/o alcantarillado, scgUn la Ley 2716 (Ley Constitutiva dcl Jnstituto Costarriccnsc de Acucductos y Alcantarillados, cl artfculo 4 de la Ley Gcncral de Administraci6n Pllblica y la aplicaci6n de los articulos 38 y 39 dc la Le) dc Planificaci6n Urbana -Lcy N° 4240- y cl "Rcglamcnto para la Aplicaci6n del Artfculo 38 de la Ley de Planiticaci6n Urbana (Ley N°4240) en Obras de /\cueductos y .\lcantarillados en Ay.\"', publicado en Lu Gaceru N° 180 del 19 de setiembre del 2007). 3. I ,a ComisiOn lnLerdisciplinariadeber.i<.:oordinar con la Subgerencia Operaliva 4ue wrrespont.la, a lin de d~Lerminar la~ ne<.:~sit.lades de personal ~/o e4uipo para desarrollar las labor~~ <lurante la e jern<.:i(m opera<.:iOn y mantenimien\o. Esta~ ne<.:esid,1t.l~s t.leber.:m ~er wmunic,1t.las a la Uerencia (ieneral. 4. La Gerencia General contar.i con cinco t.lias hJbiles para ~omder el lnfonne cecnico, juridico y/o administrativo emitido por la ComisiOn lntert.lisciplinaria, al conocimiento de la Junta Directiva para su aprnbaciOn y autorizaci6n, con cl tin de somctcr cl proyccto a la rcglamcntaci6n dcl artfculo 38 de la Le) de Planiticaci6n Urbana y demas normativa aplicabk. En dicho acuerdo. la Junta Directiva autorizara a la Gerencia General para la su~nip<.:iOn de la Carta t.le Fntendimiento. la emi~i(m de la Cenilica<.:i(m de Compromiso wrrespondiente, asi <.:omo <.:ualquier otra gesti(m administr,1tiva necesaria ~egll.n lo sdial,1do ~n el punto anterior Bajo el prin~ipio de primen> en tiempo primero en dere<.:ho, el inventario de la, Certficaciones de Compromiso emitidas sera responsabilidat.l de las Subgerenci.Is Gestit'm de Sistemas GAi\! y Sistemas l'erilericos. segll.n corresponda. Con base en este registro la Gerencia General emitil"a nuo .Is Certiticaciones. 5. Una \'CZ notiticado cl acucrdo de Junta Dircctiva al dcsarrollador, Cstc tcndn\ 30 d/as h3.bilcs para formalizar y coordinar con laAdministraciOn Superior la tirma dc la Cana dc Entcndimicnto. prcvio rcndimicnto dc la garantia de construcci6n de las obras a satisfacci6n del Ay.\. 6. En el Convenio o Carta de Entendimiento se plasmaran los deberes de las partes y el detalle de las obras a construir, conforme con los criterios ~ especiticaciones tecnicas indicadas por Ayi\ y aprobadas por la Junta Direcliva. de manera qu~ se a~egure un (1ptimo di~ei'io y <.:onstru<.:<.:i(m de la inlfa~slruclura propu~sta que pnmita al A) A brindar un s~nicio de ag,ia potable y/o ,iic,1ntarill,1do sanitario de arnn<lo nm las normativa teu1i~a y legal vigente. 7. Posterior a la apmbaciOn de los pianos constructivos y especiticaciones thnicas por parte de I.I Subgerenci.I de lnvestig.Ici\\11 y LJesarrollo t.lel AyA, ( cuando estos nD han sido ebborados por la JnstituciOn), cl rcsponsabk dcl proyccto o proycctos de acucducto y/o alcantarillado rcspcctirnmcntc, {cntiCndasc cl dcsarrollador). dcbcra somctcrlos junto con toda la documcntaci6n rcqucrida a la considcraci6n ) autorizaci6n dcl Colcgio Fcdcrado de lngcnicros y de Arquitcctos, la Municipalidad respectiva. y/o cualquier otro ente competente cuando asi corresponda. Asimismo. debera tramitar la viabilidad ambiental ante SETENA, gestionar la bitkora del proyecto y efectuar los pagos de impuestos. garantfas a111h1entales tasas o cualquier otra especie fiscal que demande la ejecuci6n de las ohras. El cumplimiento de todos esto~ trilmites, sera ti~calizat.lo por el AyA, a traves de la Suhgerencia de lnvestigacit'm y Desarrollo. Para la aprohacit de los pianos, la Suhgerencia Lie lmestigaciOn y Dcsarrollo contara con 30 d/as hilbilcs a partir de su prcscntaci6n por pane dcl dcsarrollador,junto con los siguicntcs rcquisitos: 1. Copia digit,11 y t.los impresas de lo~ pianos (hidr,iulirns. arquite<.:t6nico~. ~~tructur,iles, ele<.:trome<.:.inico~. ~anitarios) y t.le la~ especiticaciones cecnicas de! proyecto. II. Los disei\os deben cumplir con el Volumen N° 4 de! AyA denominado ··Especificaciones Tecnicas'" y con I.I ReglamentaciOn TCcnica para Disciio y Construcci6n de Urbanizacioncs, Condominios y Fraccionamicntos. Acucrdo de Junta Dircctiva N° 2006-730. Ill. Prcsupucsto dctiniti\'o) dcsglosado dcl proyccto. IV. lnformcs quc sustcntan cl proyccto: cstudios de suclo. csmdio dc viabilidad ambiental de SE TEN i\ concesiones otorgadas por MIN,1\ET o el JCT. caudal de e;,.;plotaci6n. analisis de calidad de agua y cualesquiera otros estudios necesarios del proyecto preYiamente detinidos. I. Formal izado lo anterior. la Gcrcncia General podra cmitir. dcntro de los cinco dias h3.bilcs siguicntcs a la rcccpci6n de la solicitud de los intcrcsados. la "Ccrtiticaci6n de Compromiso". documcnto en cl quc sc han\ constar la c,istcncia de las obligacioncs asumidas por cl dcsarrollador con el i\yA. Dicho documento podrfl ser aportado por el desarrollador ante las autoridades p(1blicas competentes. para lo que corresponda. 2. La Subgerencia AmbientaL de Jnvestigaci6n) Desarrollo nombral"a 1111 profesional o profesionales responsables de la inspecci611. control, monitoreo. fiscali:1a<.:i(m y evalua<.:iOn permanente de las Dbra~ de arneduclo ~ akantarillado de las qu~ ~e Lrate, durant~ toda ~u lase de ej~<.:uci(m. Durante cl proccso constructivo.) hasta su cntrcga formal al A)A, sc rcqucrirft lo siguicntc: I. El proyecto deben\ contar permanentemente con las bitacoras debidamente aprobadas por el Colegio de lngenieros y Arquitectos de Costa Rica. II. Prcscntaci6n de todos los pcrmisos cramitados ante las difcrcntcs autoridaJes pl1hlicas. Ill. Cumplimiento con lo estahleciJo en el Volumen 4 de! AyA (.knomina<lo ··Fspecillnu:ione~ l"frnic,1~ del AyA' IV. Con1l1nicaci(m por escrilo del inicio <le la constrlJCci(m de las obras (ad juntando el cronograma de e iecuci(m de obras). con al rneno~ un mes de anticipaci6n. V. Presentaci6n de los informes de las pruebas de control de calidad dcl proyccto (prucbas de prcsi6n, dc compactaci6n. de rcsistcncia dcl concrcto. cntrc otras) quc scan rcqucridas por cl .J.yA. VI. l'resentacit'm de informes mensuales de avance fisico Jel prnyecto. I. Toda propucsta dc cambio en cl discrio original quc altcrc los alcanccs dcl proyccto, dcbcrft cumplir con la autorizaci6n prcvia de la Junta Dircctiva, cuando Csta sea plantcada por cl dcsarrollador so pcna de una evenmal ejecucit'm de la garantia en casos Jo111..le se prnceda con las modificaciones sin dicha amorizaci6n. Si el camhio es a instancia del Ay A lambit:n deber,i ser aprolxido por Junta nireUiva, y se l\lndamentar;i) !;omunicaril al <le~arrolla<lor para lo que corresponda. Fn ambas situaciones prevalecera el cumplimiento del interes pllblico) la satisfacci6n del objeti\'O principal que motiv6 la suscripci6n de la Carta de Entendimiento. 2. Una \ cz quc cl dcsarrollador haya cjccmado todas las ohms de acucducto )/O alcantarillado conformc con lo convcnido, AyA dcbcrft rcalizar las prucbas tCCnicas rcspcctivas. vcriticando cl cumplimicnto de rcquisitos y aprobacioncs. En caso de qu.,:: cl proyccto cumpla a satisfacci6n, sc proccdcra con la "rcccpci6n formal de las obras", pn.::via formalizaci6n de servidumhres y traspasos Je terrenos respeccivamente ( ver Actividad Ill). Tot.lo lo anterior. de conformidad con el arciculo 21 de la Ley Constitutiva <ld AyA N" 2726 Para la recepciOn formal de la~ obra~. la Unidad respon~able de la inspecci6n y fiscalizaci6n. Yeriticani el cumpli1111ento de lo siguiente: I. l'resentacit'm de los pianos finales con los cambios que se realizaron <lur,mte la ejen1ci(m de la~ obras. 11. Presenlaci(m d<: todos los calillogos ) manuales Je lo~ e4uipos incorporados a las obras. Ill. [n\'entario de las obras realizadas. IV. Cumplimiento por parte del desarrollador de lo sei'ialado en el punto IV de la suhacti\·idad 10 V. Coordinaci6n cntrc las panes para la rcalizaci6n de todas las pruehas de funcionamiento de los siscemas. lo que incluye la medici(1n de caudales. las presiones de calidad del agua. siscema de concroL sistemas de bombeo. pruelx1~ Je pre~iOn en tub<:ria~. prueba~ <l<: estanqueiJ,1d de los Lanques) otras estruUuras. elc. VI. EnLrega por pane del <le~arrollador Je las garantias de los e4uipos que correspondan. VII. Entrega de inmuebles y/o gra\'ilmenes de servidumbre a favor dcl AyA scglln sc dctalla en la acth idad Ill. Una ve;, verilicaJo el cumplirniento de los requi~itos. la re!;ep(i0n de las obras se realizani mediante el otorgamiento de las escrituras pllblicas por medio de las cuales se formalicen los traspasos de las obras que hayan sido invcntariadas por cl A)A. El acto formal de rcccpci6n de obras amorizara a la libcraci6n de la garantia rcndida por cl dcsarrollador para la cjccuci6n de las obras de acucducto y/o alcantarillado. I I.a LIFN de Admini~Lraci6n de Proyecto~ del AyA. como unidad responsable de la recepci6n de las obras, emitiril un lnforme a la Junta Directiva por medio del cual harft de su conocimiento que dicha recepci6n se ha rcalizado. dada la vcriticaci6n dcl cumplimicnto dc los aspcctos scrialados en .::I punto anterior Asimismo. pondrii a disposici6n de la Subgcrcncia Operaciva que corresponda las ohms recibidas, de lo cual dehera quedar constancia en el expediente administrativo del proyecto. Asimi~mo, sera su re~ponsabiliJ,1d indi(arle el lot.ii de Unid,1des Je Con~,11110 Equivalente y el caudal correspondiente. gracia~ a las obras construidas. asi como los 4ue quedan habilitado~ para el <le~arrolla<lor 4ue las constru)6. Se pondril a disposici6n de la Subgerencia Operati\'a toda la documentaci6n relacionada con el proyecto (pianos. catalogos de todos los cquipos incorporados a las ohms, ccrtificacioncs de pruchas, pianos catastrados y cscrituras de los tcrrcnos y scr\'idumbrcs. etc), para su dcbida operaci6n, a,111 cuanJo el expeJiente Driginal de! pmyecto permaneceri\. siempre en custodia de la Subgerencia de lnvestig.Ici6n y Desarrnllo. 2. I .a Olkin,1 Regional. en coordin,ici(m con la Subgerenci,1 Oper,itiva que corresponda. tendrii die;, dias hiibiles a parlir de la re!;ep(i6n formal de las obras para otorgar al desarrollador la certilicaci(m de di~ponibilidad de servicios. 3. La Subgerencia Operativa respectiva tendra la obligaci6n de remitir a la Dirccci6n Financicra la informaci6n) documcntaci6n corrcspondicntc con cl fin de quc todos los activos traspasados al AyA scan rcgistrados de forma contahle (activos) y registral (terrenos), de conformidad con la reglamencaci6n incerna vigence. Para tal fin durante el prnce~o constructivo el Je~arrollaJor Jebera registrar los costos <lei pro)ecto utili:,ando como rekr<:n(ia el Volumen 5 Fscala de Precios y Cantida<le~ Je AyA. 4. En forma oportuna, cl AyA, en coordinaci6n con cl dcsarrollador y cl Gobicrno Local quc corrcsponda y para cl cumplimicnto de los objctivos del Proyecto. debeni realirnr la labor de promoci6n social en la comunidad o nm1unida<le~ que re~ullar.:m beneliciadas. A~imi~mo. en rnso de ser necesario, se tomara en cuenta la participaci6n de cualquier otm actor social quc sc dcfina ncccsario involucrar. Actividad II: De la solicitud y determinaciOn dt'l monto a rt'cuperar. I A partir Je la recepci(m <le obras por parte <le AyA. el desarrollador podrii recuperar de forma prnporcional los montos invertidos que le corrcspondan, en cl plazo cstablccido en cl Articulo 38 de la Ley de Planiticaci6n Urbana. En ese sentido i\yi\. podril determinar el monto a abonar por ca<la ~ervi(io (o unidad de consumo e4uivalenle (LICE) cuando el t.lesarrollat.lor presente ante la Direcci6n Regional que correspont.la los siguicntcs rcquisitos: I. Pelici(m por escrilo del Je~arrollador. en ki cual ~e incluirii ademas turn breve descripci6n de las ohras y los trahajos realizaJos in situ. Asimismo, dcbcra indicar cl pcriodo durantc cl cual sc rcaliz6 la in\'crsi6n (tech a de inicio y termino ), y el nombre de la persona fisica o juridica que aportO t,iles recursos linancieros en calidad de JesarrollaJor. IL Certiticaci6n emitida por llll Contador J>l1blico Autorizado (Cl'A}, quc contcnga: dctalk (cantidad y tipo) costos) por conccpto de matcrialcs ) mano de obra utilizados para la construcci6n de las obras de acueducto y alcantarillado, a~i como cualquier otro (;o~to relevanle en el 4ue se ha)a incurrido para la ejecuci(\11 del pmyecto. detallando cada rubrn en colones costarriccnscs. Ill. La persona fisica o juridica que haya actuado en calidad de desarrollador. deberii manil'e~lar de l'orma expresa rne<liante neclaraci(m Juradi.l rent.Iida ante Notario l'Ublico. 4,1e en el co~to de la venta de cada inmuehle nose incluyeron o incluinin los montos references a lo invertidD en las obras de acucductos y/o alcantarillados fucra de su propicdad. monto que pl1ede recupn,1r mediante el aporte u p,1go de los representantes de otros proyectos de desarrollo urhanistico~ futuros. JV. En caso dc persona fisica, prcscntar copia de la cCdula de idcntidad certiticada y en el caso de personas juridica la ctdula juridica y personeria jurfdica vigente debidarnente certil'ica<la~. De existir documentos incompletos o no id6neos, se le connmicariln al inleresa<lo en un pla:,o de Lre~ dias hiibiles lo~ defectos deleclaJos para que prnceda con su suhsanaci6n. 2. La nirecci6n Regional <leterminaril con base en la ""Recepci(m de Ohms", si el plazo transcurrido a partir de la fecha en que se emici(\ dieho acto. hasta la fecha Je recepci6n de! formulario de solicimd, estii dentro dc los 5 m1os de plazo cstablccido por la Ley de Planificaci6n Urbana No. 4240. y se procedera de la siguiente forma: 1. Si el pla:10 ~upera los cinco arios, 1,1 solicit,1d sera rech,vada por extemporfoea, mediante resoluci6n nwtivada. que seni notiticada al intcrcsado y sc archivara la gcsti6n. IL Si el plazo no supera los cinco ai1os. el caso sera remitido a la Ueren(ia U<:neral !;Oil el 11n de que in~truya a la nirecci(m Financiera) a la Subgerencia de lnvestigacit'm y Desarrollo para 4ue prncedan como se indica en los apartados siguicntcs. 3. La Direcci6n Financiera procet.lerii a t.leterminar el monto tJUe dcbcra abonarsc a la persona fisica o juridica quc construy6 las obras. por cada servicio que se ubique tuera de su proyecto de desarrollo urbanistico. Para lo anterior, solicitarft a la Suhgerencia de lnvestigaci6n y Oesarrollo un inl"orme Je '"Ramnabili<lad tfrnico-con~tructi\',1 de lo~ nisto~--, tomando como base la cerciticaci6n de Contador i'l1hlico Autorizado aportada. Si la Subgcrcncia de lnvcstigaci6n ) Dcsarrollo. fundamcntada en criterios de razonabilidad y proporcionalidad tecnica" constructiva, a\·ala los rubro~ y sus respecti1 os costos incluidos en la certilica(i6n de! Conlador l'llblico Autorizado, pr~sentara el informe con la determinaci6n de! costo total (en coloncsl en cl quc sc incurri6 por la construcci6n de las obras. En caso de que nose a\·alen los rubros presentados. debeni comunidrsele al inceresado yen el mismo acto se le indicarii el monco de la inversit'm que a critcrio tCcnico dcbidamcntc motivado dc AyA proccdc rcconoccr. 4. Establecido y detinido un costo total. la Direcci6n Financiera. si Cuese procedente. aplicarii el melodo de re1·alua(i6n que A)A aplica a ~us activos, lo i.lnterior durante el periodo de cinco aiio~ que seiiala el articulo 38 de la Ley de l'laniticaci6n Urbana -Ley N° 4240-. En caso de que proccda tal rcvaluaci6n, aplicara la mctodologia quc para tal cfccto utiliza la Direcci6n r'inanciera de A)A y seguidamente se calculara el monto por ca<la senicio que serii abona<lo a la person.i l'isica o juri<lic,1. tJUe ,ictlla en calidad de J~sarrolladoc ese 11101110 se ohtendn\ dividi~ndo el costo total de la invcrsi6n (en coloncs) cntrc la cantidad de scrvicios quc pucdcn scr conectados a esas obras. 5. A parlir de la fedia en que se calcul(1 el monlo por servicio (Unit.lad de Consumo Equivalence). se pot.Ira revaluar dicho monto aplicando para cllo la mctodologia de rcvaluaci6n vigcntc. Lo anterior Unicamcntc dcntro del periodo de cinco ai'ios contados a partir de la fecha en que se emiti6 la noLa de re!;ep(i0n de la(s) obra(s) rnrre~pondientes. (1. Con bas~ en el inliHme ren<liJo por la DirecciOn FinaiKiera. la Gerencia General de Ay A re sol veni en defi nici \'il la sol icitud de los interesados ) dctallara cl monto (en coloncs) por cada scrvicio quc scri\. abonado. Die ho monto quedani sujeto a revaluaci6n aplicando la metodologia \'igente. 7. I.a resoluci(m emitida por 1,1 Uere1Kia General deber;i ser comunicada al desarrollador solicitance y a la Direcci6n Regional. Lo anterior para quc prc\'io a la concxiOn dc nucvos scrvicios de agua y/o alcantarillado sanitario. la persona fisica o juridica que ejerce en calidad de desarrollador Jel nue\o pro)eclo de de~arrollo urbanisti!;o cancele a quienes construyeron la, obras de acueducto y/o alcancarillado, el nmnto prcdctcrminado por AyA para cada scrvicio quc sc prctcnda habilitar. El interesado en las cone>:iones debera presentar, ante Ay A. documento id6neo de la cancelaci6n respectiva. En ninglm caso sc amorizaran intcrconcxioncs para nucvos proyeclo~ que no hayan obLenido lo~ visados. permisos y autori:taciones de construcci6n por parte de las Entit.lades de! Estat.lo. incluyendo al AyA. seglm dicta la normativa Yigente. 8. Cuant.lo el AyA autorice la cone,i(\11 de un nuevo proyecto de dcsarrollo urbanfstico a obras de acucducto y/o alcantarillado construidas por un t.lesarrollador anterior y no se tenga por pre~entada o admitida prcviamcnt..:: solicitud alguna dondc sc invoquc la aplicaci6n de lo dispu..::sto en el artfcnlo 38 de la Ley de Planiticaci6n Urbana -Ley N° 4240-en cuanto a la recuperaci6n de la inversit'm. no solicitara como parte de los requisitos para el nuevo proyecto de desarrollo urbanistico. evidencia alguna de la !;an!;el,u:iOn <lel monto proporcional corre~pondiente ,ii total t.le 1,1 i111·er~i611 rclacionada con la habilitaci6n de los nucvos scrvicios. 9. Si la peti(i6n <lei t.lesarmllat.lor de rernperar lo inverti<lo se reali:ta durante el plazo legal, pero ya se han t.lado conexiones previas a favor de otros proyectos de desarrollos urbanfstico. se aplican\ el procedimiento co1-respondiente para determinar la cantidad a ahonar por cat.la servicio: no obstantc. en lo rclativo a su rccupcraci611. cl dcsarrollador en su condici6n de ~ujeto pri1 ado deberlt re!;urrir a los mecanismos legales que le olfe;,ca cl ordcnamicnto juridico costarric..::ns..::. para haccr cfrctivo .::I cobro pretendido. Actividad Ill: De la constituci6n de servidumbres y donaci6n de bienes y/o inmuebles 1 Para el caso de infraestructura que se construya sohre propiedad privada. sea <lei dcsarrollador ode un tcrccro. cl titular dcl inmucblc dcbcrfi l'ormalizar. libre de gra\llmenes y anolaciones. la dona!;i()n de inmueble~ y la constituci6n de la(s) servidumbre (s) de paso y tuber/a a favor de AyA quc sean necesarias. La inscripci6n en el Registro Pl1blico de la Propiedad. serfi re4uisito previo para la recepci6n de las ohras. acatando para tal efecto las <liredri!;e~ instilucionale~ y la normaliva Yigente. 2. El traspaso t.le la infraestructura construida por el desarrnllat.lor o de los inmuebles a fayor de i\yA. as[ como la constituci6n de gravamenes de servit.lumbres. de hen realizarse de form a gratuita e incondicional y mediante cscritura pl1blica. Cuando las cscrituras scan rcalizadns por cl abogndo parti(ular <lei diente. <:stas <leberiin ser re\·i~adas y autori:tadas previamenle por la Ascsorfa Legal Notarial de la Dirccci6n Jurfdica d..:: AyA. La presentaci6n para su revisi6n y nprobaci6n de las escrimras de donaci6n t.le infraestructura y/o inmuebles v de constituci6n de las servidumbres que corresponden.-debera realizarSe a mas tardar dentro de los 15 dia~ hiibiles sig,1ientes a la nmd,1si6n de las obras. y se requerir(1 4ue v..::ngan acompai'iadas de los pianos de catastro y la informaci6n rcgistral 4ue corresponda. Para formalizar la entrega de la infraestructura, la Direcci6n .luridica solicitara a las iireas t<:cnicas que corresponda la remisi6n del inventario respectivo. 3. La accptaci6n de! traspaso cstarii sujcta al cumplimicnto de los re4uerimientos t<:cnicos sefiala<lo~ por AyA.) a n1alquier otra <li~po~i!;i()n quc sc cncu..::ntrc vigentc. easo contrario dcbcran rcalizarsc los ajustes necesarios, de previo a la formulaci6n de las escritnras. Rige a partir de su publicaci6n en el Diario Oticial La Cacela. l'ubliquese. Comuniquese. Acuerdo firme. Acuerdo N" 2009-190. lOllllldo por la .Junta Dir~ctiva <lei ln~tiluto Costarriccnsc de Acucductos v Alcantarillados en .::I inciso bJ. dcl articulo Unico. d~ la se~i(m e"\traordinaria N" 2009-021. (elebrada el 21 de abril <lei 2009. Lie. Victoriano Conejo Aguilar. Secretario General.-! vez.-(0. C. N° 2009-29).-C-413270.-(40139).

Acuerdo Nº 190 - Manual de procedimientos que regula la inversión privada para obras de interés público de acueducto y alcantarillado sanitario · Nelum