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智利的法律

Resolución Nº 7.880 - Establece contenidos mínimos de certificados para uso en agricultura orgánica en el marco de la Ley Nº 20.089

颁布于 2011-11-29 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Food and nutrition, Cultivated plants
关键词
ecological production/organic production, certification, agricultural commodities
类别
agriculture

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. 1 DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 40.131 Sábado 10 de Diciembre de 2011 Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional ESTABLECE CONTENIDOS MÍNIMOS DE CERTIFICADOS PARA USO EN AGRICULTURA ORGÁNICA EN EL MARCO DE LA LEY Nº 20.089 (Resolución) Núm. 7.880 exenta.- Santiago, 29 de noviembre de 2011.- Vistos: Lo establecido en la ley Nº 20.089, publicada en el Diario Oficial de fecha 17 de enero de 2006, que Crea Sistema Nacional de Certificación de Productos Orgánicos Agrícolas; lo dispuesto en el decreto supremo Nº 36, del Ministerio de Agricultura, publicado en el Diario Oficial de fecha 5 de agosto de 2006, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 20.089; lo dispuesto en el decreto supremo Nº 17, del Ministerio de Agricultura, publicado en el Diario Oficial de fecha 27 de agosto de 2007, que Oficializa Normas Técnicas de la ley Nº 20.089; lo dispuesto en la ley Nº 18.755, de 1989, y sus posteriores modificaciones, que establece la Organización y las Atribuciones del Servicio Agrícola y Ganadero; lo dispuesto en el DFL Núm. 1/19.653.- Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo indicado en el decreto supremo Nº 39, de 15 de julio de 2011, del Ministerio de Agricultura; y las facultades que invisto como Director Nacional de la Institución, Considerando: Que para homogenizar y estandarizar los certificados emitidos por las entidades certificadoras inscritas en el Registro del Sistema Nacional de Certificación Orgánica en el marco de la ley Nº 20.089, es necesario establecer la información mínima que deben contener los certificados de productos orgánicos. Resuelvo: 1.- El certificado general, documento que ampara la calidad de orgánico de la actividad de producción o procesamiento de acuerdo a la ley 20.089 y su normativa complementaria, deberá contener al menos los siguientes antecedentes: 2 3 2.- El certificado de transacción, documento que evidencia que el producto vendido fue cultivado con los estándares orgánicos de acuerdo a la ley 20.089 y su normativa complementaria, deberá contener al menos los siguientes antecedentes: 4 3.- Toda actividad de producción o procesamiento orgánico de acuerdo a la ley 20.089 y su normativa complementaria, deberá estar amparada con un certificado general emitido por una entidad certificadora inscrita en el Registro del Sistema Nacional de Certificación Orgánico. Toda venta de un producto orgánico producido de acuerdo a la ley 20.089 y su normativa complementaria, deberá estar amparada con un certificado de transacción emitido por una entidad certificadora inscrita en el Registro del Sistema Nacional de Certificación Orgánico. Para poder emitir un certificado de transacción, la actividad de producción o procesamiento de la cual se obtuvo el producto en venta, deberá contar con un certificado general. 5 4.- Las asociaciones de agricultores ecológicos deberán emitir un certificado general a sus productores asociados que contenga al menos los siguientes antecedentes: 5.- El texto de la presente resolución, estará a disposición de los usuarios en el sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (www.sag.cl). Anótese, comuníquese y publíquese.- Aníbal Ariztía Reyes, Director Nacional.

Resolución Nº 7.880 - Establece contenidos mínimos de certificados para uso en agricultura orgánica en el marco de la Ley Nº 20.089 · Nelum