Resolución Nº 6976 - Actualiza Programa de Planteles de Animales bajo Certificación Oficial PABCO y deroga resoluciones que indica
颁布于 2010-11-11 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 智利
- 主题
- Livestock, Food and nutrition
- 关键词
- animal production, certification, standards, cattle, food safety and quality, meat, international trade
- 类别
- *
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文本
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GOBIERNO DE AIL SERVICIO AGHICOLA 7 GANADENO ACTUALIZA PROGRAMA DE PLANTELES DE ANIMALES BAJO CERTIFICACION OFICIAL PABCO Y DEROGA RESOLUCIONES QUE INDICA. a 4 4 { NOY er eo ot a) Santiago, N° VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N° 18.755 Organica del Servicio Agricola y Ganadero; Ley N°20.380, sobre Proteccién de Animales; DFL R.R.A. N° 16 de 1963, sobre Sanidad y Proteccién Animal; Resolucion N° 2.592, de 2003, que establece Requisitos para la Inspeccién y Certificacién Sanitaria de Exportacién de Productos y Subproductos Comestibles de Origen Animal, Resolucién N° 3.179, de 2002, que Delega Facultades que Indica; Resolucién N° 417, de 2010, que Fija Tiempos Estandares para Actividades Relacionadas con el Programa de Planteles Animales Bajo Certificacion Oficial: y CONSIDERANDO 1. Que es necesario actualizar el Programa de Planteles Animales Bajo Certificacién Oficial, PABCO. 2. Que se debe mantener un programa que permita proporcionar garantias a nivel de produccién animal para respaldar la certificacién de productos aptos para consumo humano, exigides por la Normativa Nacional y los Servicios Oficiales de los paises de destino de las exportaciones. RESUELVO Apruébase la Actualizacitén de! Programa de Planteles de Animales Bajo Certificacién Oficial, a cargo del Division de Proteccién Pecuaria del Servicio Agricola y Ganadero, el que tendra expresién nacional. 2. Apruebase es] Procedimiento Planteles de Animales Tradicionales Bajo Certificacién Oficial P-PP-IT-007 y el Procedimiento Planteles de Animales No Tradicionales Bajo Certificacién Oficial P-PP-IT-002. En cada uno de estos manuales de procedirmiento se define a las especies que aplica y especifican los requisitos para el ingreso y mantencién en ei Programa, adicionalmente cada especie tendra un instructivo especifico. 3. Cada instructivo por especie sera oficializado mediante resolucién exenta del Servicio, en la cual se definira su fecha de entrada en vigencia y los plazos en que los establecimientos actualmente inscritos en el programa PABCO deberan adecuarse a los nuevos requerimientos establecidos en dichos instructivos. 4. El programa cde Pianteles de Animales Bajo Certificacidn Oficial, PABCO, es un programa voluntario de alcance nacional; sin embargo, en las resoluciones que aprueban los instructivos tecnicos de cada especie, el SAG definira su alcance y las condiciones en que éste sera obligatorio. SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO / SAG. Direcci6n Nacional, Avenida Presidente Bulnes 140, piso 8. Santiago, Fonos: 345 1101 - 345 1107 /Fax: 345 1102 / E-maik dirnac@sag.gob.cl Web: hitp://www,sag.c! GOBSEERNO DE CHILE sr} Acneoe : GAHADERD 5. El ingreso y la eliminacion de jos planteles de! Programa se efectuara mediante Resolucién del Director Regional del Servicio Agricola y Ganadero del lugar donde la empresa tenga su oficina matriz. 6. El Servicio Agricola y Ganadero podra eliminar del programa a los planteles que no cumplan las exigencias establecidas en los documentos que componen el programa, sin perjuicio de jas acciones legales que correspondiera aplicar en el caso de faltas a la legislacion sanitaria existente. 7. Deréganse las resoluciones exentas N° 3.772 de 2005, que Crea el Programa de Planteles de Animales Bajo Certificacion Oficial, PABCO; N° 6.644 de 2007, que Complementa la Resolucién N° 3.772; y N° 6.286 de 2006 que Crea Directorio de Establecimientos Pecuarios habilitados para exportar a Ja Unién Europea. ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE ECT Seals AGRICOL |Y GANADERO istribucion: ireccion Nacional. Direceiones Regionales, Division Juridica. Division de Proteccién Pecuaria. Unidad de Comunicacion y Prensa. Unidad Normativa. Oficina de Partes, rn SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO / SAG Direccién Nacional, Avenida Presidente Buines 140, piso 8. Santiago. Foros: 345 1101 — 345 1107 /Fax: 345 1102 / E-mail: dimac@sag.gob.c! Web: hitp://www.seg.ci