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智利的法律

Resolución Nº 6.076 - Establece requisitos fitosanitarios de importación para frutos frescos destinados a consumo de palta (Persea americana) variedad Hass, procedentes de la Provincia de Tucumán, Argentina, y aprueba plan de trabajo

颁布于 2009-10-07 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Food and nutrition, Cultivated plants
关键词
food safety and quality, international trade, fruits/edible nuts, certification
类别
*, agriculture

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文本

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  1. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 39.487 Viernes 16 de Octubre de 2009 (16301) Página 5 Servicio Nacional de Aduanas MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS (Resolución) Núm. 6.577.- Valparaíso, 30 de septiembre de 2009. Vistos: El Compendio de Normas Aduaneras puesto en vigen cia mediante resolución N° 1.300 de fecha 14 de marzo de 2006. La necesidad de mantener actualizados en forma perma nente los Anexos del Compendio de Normas Aduaneras. Considerando: Que, es menester eliminar el Anexo 51 Nº 8 relativo al ‘‘Sector económico’’, en atención a que es una información que no constituye un dato a señalar por parte de los Agentes de Aduana, en la confección de las declaraciones de ingreso. Que, asimismo se hace necesario eliminar los Anexos 51 Nº 18 y Nº 28, relativos a ‘‘Sucursales del Banco Central de Chile’’ y ‘‘Bancos Comerciales’’, respectivamente, los que se encuentran en desuso en razón que a partir del año 2002, se eliminó en el ordenamiento jurídico aduanero la institución del ‘‘informe de importación’’. Teniendo presente: Lo dispuesto en los números 7° y 8° del artículo 4° del D.F.L. N° 329, de 1979, y en la resolución N° 1.600 del año 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, dicto la siguiente: Resolución: I. Modifícase el Compendio de Normas Aduaneras. 1.- Elimínanse el Anexo 51 N° 8; N° 18 y N° 28. II. Como consecuencia de lo anterior, elimínense las páginas Anexos N° 51-13 hasta 51-25; 51-54; 51-69 y 51-70. III. La presente resolución empezará a regir a contar desde su publicación en el Diario Oficial. Anótese, comuníquese y publíquese en la página web del Servicio.- Karl Dietert Reyes, Director Nacional de Aduanas. Ministerio de Agricultura SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA FRUTOS FRESCOS DESTINA DOS A CONSUMO DE PALTA (Persea americana) VA RIEDAD HASS, PROCEDENTES DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN, ARGENTINA, Y APRUEBA PLAN DE TRABAJO (Resolución) Núm. 6.076 exenta.- Santiago, 7 de octubre de 2009. Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servi cio Agrícola y Ganadero, el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, el decreto del Ministerio de Agri cultura Nº 156, de 1998, que habilita puertos para la importa ción de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios, al territorio nacional, las reso luciones del Servicio Agrícola y Ganadero Nºs. 3.801 de 1998; 3.080 de 2003; 3.815 de 2003; 133 de 2005, y sus modifica ciones, el ‘‘Plan de Trabajo para la Exportación de Fruto de Palto (Persea americana) variedad ‘‘Hass’’, de la República Argentina con Destino Chile’’. Considerando 1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importa ción al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas. 2. Que, dada la resistencia presentada por los frutos de palta variedad Hass a Anastrepha fraterculus y Ceratitis capitata, sumado a las condiciones de resguardo fitosanitario de los huertos, se puede concluir que las medidas de mitiga ción proveen un grado de seguridad acorde con el concepto de riesgo mínimo. 3. Que se ha suscrito entre el Servicio Agrícola y Ganadero y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroa limentaria el ‘‘Plan de Trabajo para la Exportación de Fruto de Palto (Persea americana) variedad ‘‘Hass’’, de la República Argentina con Destino Chile’’. Resuelvo: 1. Establécense los siguientes requisitos fitosanitarios de importación al país para frutos frescos destinados a consumo de palta (Persea americana) variedad ‘‘Hass’’, provenientes de la provincia de Tucumán, Argentina: 1.1. El envío deberá estar amparado por un Certificado Fitosanitario Oficial del país de origen, en origi nal, el cual deberá incluir la siguiente declaración adicional: ‘‘El envío de fruta de palto (Persea americana) variedad ‘‘Hass’’ no presenta riesgo cuarentena rio con respecto a Anastrepha fraterculus y Cera titis capitata, como resultado de la aplicación oficialmente supervisada del sistema integrado de prácticas de mitigación de riesgo, acordado con Chile según el Plan de Trabajo aprobado’’ 1.2. Los envíos se realizarán durante los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto de cada año, de acuerdo a lo estipulado en el Plan de Trabajo. 1.3. El SENASA proporcionará al SAG, por lo menos siete días antes de la fecha de inicio de exporta ción, el listado de los sitios de producción habili tados para enviar fruta de palto ‘‘Hass’’ a Chile. 1.4. Adicionalmente, los envíos deberán cumplir con: 1.4.1. Los envíos deben proceder de los lugares de producción y/o empacadoras registra das por SENASA. El listado de los sitios identificados por su ‘‘Número de Regis tro Sanitario Nacional’’ (RENSPA), debe ser remitido al Servicio Agrícola y Gana dero al menos 7 días antes de la fecha de inicio de exportación. 1.4.2 La caja deberá tener un sello, indicando la siguiente leyenda ‘‘Palto Hass’’ de exportación a Chile’’ y deberá tener el número del sitio de producción. 1.4.3. El pallet deberá ser identificado con una tarjeta de color naranja vivo en la cual se leerá: ‘‘SENASA PROGRAMA DE CER TIFICACIÓN DE PALTA HASS PRO VENIENTES DEL SISTEMA DE ME DIDAS DE MITIGACIÓN DEL RIES GO PARA Anastrepha fraterculus y Ce ratitis capitata’’ con la siguiente infor mación: Sitio Producción habilitado Nº ....... Perteneciente a .................. Fecha de Empaque .................... Fruta con destino a Chile. 1.4.4. El medio de transporte deberá ser precin tado por SENASA y el número del precin to deberá constar en el Certificado Fito sanitario 1.4.5. La madera de los embalajes y pallets, como también la madera utilizada como material de acomodación, deberán cum plir con las regulaciones cuarentenarias para el ingreso al país. 2. Los envíos serán inspeccionados a su arribo al país por los profesionales del Servicio Agrícola y Ganadero destacados en el puerto de ingreso, quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos y condiciones fitosa nitarias, y con la documentación adjunta, resolverán su internación. 3. Apruébase el ‘‘Plan de Trabajo para la Exportación de Fruto de Palto (Persea americana) variedad ‘‘Hass’’, de la República Argentina con destino Chile’’, suscrito por las autoridades fitosanitarias de ambos países con fecha 14 de agosto de 2008. Anótese, comuníquese y publíquese.- Víctor Venegas Venegas, Director Nacional. Ministerio de Salud SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA DESIGNA COMO SECRETARIA REGIONAL MINIS TERIAL DE SALUD DE ARICA Y PARINACOTA A D. SILVIA ZAMORANO RIQUELME Núm. 55.- Santiago, 3 de agosto de 2009.- Vistos: lo dispuesto en los artículos 4° inciso primero, 7° letra b), y 14 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido, coordinado y sistemati zado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; artículo 62° del decreto con fuerza de ley N° 1-19.175 del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordina do, sistematizado y actualizado de la ley 19.175, y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32° N° 12 de la Constitución Política de la República de Chile, Decreto: 1. Desígnase a D. Silvia Zamorano Riquelme, RUT: 10.094.433-2, en el cargo de Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región de Arica y Parinacota, grado 2° EUS., 40% de asignación de responsabilidad superior, más la asig nación profesional correspondiente, de acuerdo al artículo 19° de la ley N° 19.185; en calidad de Titular, a contar del 1 de mayo de 2009. 2. El desempeño de estas funciones está afecto a rendi ción de fianza y por razones impostergables de buen servicio, la persona asumirá en la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto. 3. Déjase establecido que D. Silvia Zamorano conserva en propiedad cargo profesional, titular, grado 13° EUS. que sirve en la Subsecretaría de Salud Pública. 4. Déjase establecido que la persona indicada desempe ñó el cargo de Secretaria Regional Ministerial de Salud en Suplencia desde el 1 de noviembre de 2008 y hasta el 30 de abril de 2009, y que dio cumplimiento, en su oportunidad, al artículo 12° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordina do y sistematizado de la ley 18.834, sobre Estatuto Adminis trativo. 4. Impútese el gasto correspondiente a los ítem 21-01 001, del presupuesto del Ministerio de Salud. Tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Álvaro Erazo Latorre, Ministro de Salud. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atenta mente a Ud., Cecilia Morales Veloso, Subsecretaria de Salud Pública Subrogante.

Resolución Nº 6.076 - Establece requisitos fitosanitarios de importación para frutos frescos destinados a consumo de palta (Persea americana) variedad Hass, procedentes de la Provincia de Tucumán, Argentina, y aprueba plan de trabajo · Nelum