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智利的法律

Resolución Nº 468 exenta - Aplica medidas fitosanitarias en lugares que indica

颁布于 2017-04-06 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
智利
主题
Cultivated plants
关键词
plant protection, pests/diseases, vegetables/legumes, pesticides
类别
agriculture

在哪里阅读

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 03-Jun-2017 Tipo Norma :Resolución 468 EXENTA Fecha Publicación :18-04-2017 Fecha Promulgación :06-04-2017 Organismo :MINISTERIO DE AGRICULTURA; SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO V REGIÓN DE VALPARAÍSO Título :APLICA MEDIDAS FITOSANITARIAS EN LUGARES QUE INDICA Tipo Versión :Única De : 18-04-2017 Inicio Vigencia :18-04-2017 Id Norma :1102034 URL :https://www.leychile.cl/N?i=1102034&f=2017-04-18&p= APLICA MEDIDAS FITOSANITARIAS EN LUGARES QUE INDICA Núm. 468 exenta.- Quillota, 6 de abril de 2017. Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero y sus modificaciones posteriores; el decreto ley Nº 3.557 de 1980 sobre Protección Agrícola, ambos del Ministerio de Agricultura; resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones; la resolución exenta Nº 3.080 de 2003; la resolución exenta Nº 1.557 de 2014; la resolución exenta Nº 3.346 de 2016; resolución exenta Nº 1.577 de fecha 17 de marzo de 2017, todas del Servicio Agrícola y Ganadero, y las facultades que invisto como Directora Regional Subrogante en virtud de la resolución exenta Nº 1.461 de fecha 30 de diciembre de 2016. Considerando: 1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad fitosanitaria que tiene la facultad de establecer normas y criterios para la protección y conservación de los recursos silvoagropecuarios, en resguardo del patrimonio fitosanitario nacional. 2. Que, producto de una denuncia se detectó por primera vez en nuestro país la plaga Bagrada hilaris (Burmeister, 1835) (Hemiptera: Pentatomidae) en la comuna de Quilicura, Región Metropolitana. 3. Que, en el período transcurrido se han observado daños a cultivos hortícolas como: coliflor, repollo, brócoli, rúcula, rabanito, kale y pakchoi, como también asociada a malezas: yuyo y rábano silvestre. Sin embargo, se le considera una plaga altamente polífaga pudiendo afectar otros hospedantes. 4. Que, en mérito de lo señalado precedentemente, mediante la resolución exenta Nº 1.577 de fecha 17 de marzo de 2017, del Director Nacional del Servicio, se: "Establece el Control Obligatorio de la Plaga Chinche Pintada Bagrada hilaris (Burmeister, 1835)", en todo el territorio nacional. 5. Que, dicho acto administrativo reza en su resuelvo quinto, en lo pertinente lo siguiente: "Facúltase a los Directores Regionales del SAG para establecer, mediante resoluciones regionales, el tipo de medidas fitosanitarias tendientes a suprimir la plaga, plazo, área regulada, que inicialmente corresponderá a la comuna donde se haya detectado la presencia de la misma, forma y modo de cumplimiento conforme a la estrategia de control de Bagrada hilaris que el SAG disponga". 6. Que, atendido a la detección de la plaga individualizada precedentemente en las comunas de Panquehue; San Felipe; Catemu; Putaendo; Llay Llay; Santa María; San Esteban; Rinconada; Hijuelas; La Calera; Cabildo, en la Región de Valparaíso en posibles hospederos y a fin de disminuir su potencial grado de dispersión en las distintas localidades, se debe proceder a decretar las medidas fitosanitarias correspondientes. Resuelvo: 1. Aplíquense en las comunas de Panquehue; San Felipe; Catemu; Putaendo; Llay Llay; Santa María; San Esteban; Rinconada; Hijuelas; La Calera; Cabildo, en la Región de Valparaíso, las medidas fitosanitarias que a continuación se indican: Procédase con la aplicación de plaguicidas autorizados en los predios donde existan cultivos afectados por la plaga bajo Control Obligatorio Bagrada hilaris (Burmeister, 1835) (Hemiptera: Pentatomidae), conforme al listado debidamente publicado en la página web del Servicio Agrícola y Ganadero: https://www.leychile.cl/ Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 03-Jun-2017 http://www.sag.cl/ambitos-de-accion/bagrada-hilaris-o-chinche-pintada. Ordénense las medidas culturales tales como la eliminación de maleza hospedante de la plaga, de residuos de cultivos y el uso de plantines sanos en todo tipo de predios. Los viveros de hortalizas de brasicáceas y otros hospedantes de Bagrada hilaris deberán poseer los medios e instalaciones para evitar contaminaciones, efectuar los tratamientos de las plantas y sustrato asociado, que se expendan y transfieran a terceros y adoptar las medidas necesarias para garantizar la fitosanitarias de los almácigos en todas las etapas de la producción y comercialización. Asimismo, se deberá efectuar monitoreo y controles que estén basados en mitigar los riesgos de ocurrencia de la plaga. Las medidas señaladas precedentemente serán de responsabilidad y cargo del propietario, arrendatario o tenedor del cultivo o predio afectado, según corresponda. Los inspectores del SAG podrán fiscalizar la aplicación de las medidas fitosanitarias dispuestas en este Control Obligatorio, revisar documentación relacionada con las medidas implementadas, realizar inspección de los cultivos y colectar muestras para verificar estado fitosanitario, entre otras. Toda persona que sospeche o compruebe la existencia de Bagrada hilaris, deberá dar aviso de inmediato al SAG en forma verbal o por escrito. Las transgresiones o incumplimientos de las medidas que sean dispuestas, serán sancionadas de acuerdo a lo indicado en el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola y al procedimiento establecido en la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero. Notifíquese la presente resolución conforme lo dispuesto en el Art. 6 del DL 3.557 de 1980, y en especial a lo dispuesto en su Inc. 3º. Anótese y publíquese.- Valentina Beatriz Moreno Briceño, Directora Regional (S) Dirección Regional de Valparaíso. https://www.leychile.cl/

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