Resolución Nº 3.294 - Crea Comité Científico para la pesquería de pez espada
颁布于 2010-11-02 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 智利
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- institution, marine fishes, marine fisheries, aquatic animals, governance
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文本
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1.- Créase el Comité Científico para la Pesquería del Pez Espada, en adelante el Comité, instancia de carácter participativa y asesora de la Autoridad Pesquera en las propuestas y recomendaciones en torno a las medidas de manejo y administración que sean aplicables a la mencionada pesquería.
2.- El Comité proveerá asesoría científica y técnica respecto de la actividad relacionada con la pesquería del Pez Espada Xiphias gladius, los problemas existentes, sus causas y alternativas como posibles soluciones. El Comité se pronunciará también sobre programas de monitoreo e investigaciones realizadas por terceros, y sus posibles alcances e implicancias. Asimismo, se pronunciará sobre los impactos esperados de las medidas de administración y eventualmente indicará posibles alternativas, justificando en todo caso sus recomendaciones.
3.- El Comité indicado precedentemente estará integrado por miembros que se señalan, pertenecientes a las instituciones que se indican: a) Patricio Barría Martínez, Instituto de Fomento Pesquero. b) Juan Serra Behrens, Instituto de Fomento Pesquero. c) Francisco Cerna Troncoso, Instituto de Fomento Pesquero. d) María Barbieri Bellolio, Instituto de Fomento Pesquero. e) Francisco Ponce Martínez, Subsecretaría de Pesca. f) Italo Campodónico Gamboa, Subsecretaría de Pesca. g) Eleuterio Yáñez Rodríguez, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. h) Miguel Donoso Pastor, ONG Pacífico Laud.
4.- El Comité sesionará en las dependencias de la Subsecretaría de Pesca o en el lugar que se determine especialmente al efecto.
5.- En cumplimiento de su misión, los análisis, propuestas y recomendaciones que realice el Comité deberán enviarse por escrito a la Subsecretaría de Pesca.
6.- El Comité establecerá sus normas de funcionamiento interno. Anótese, publíquese y archívese.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.