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智利的法律

Resolución Nº 2.399 - Modifica Resolución Nº 5.383 de 2012, que regula ingreso de follajes frescos procedentes de cualquier origen

颁布于 2013-04-26 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Cultivated plants
关键词
plant protection, international trade, seeds/planting material, pests/diseases, plant production
类别
*, agriculture

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.383, DE 2012, QUE REGULA INGRESO DE FOLLAJES FRESCOS PROCEDENTES DE CUALQUIER ORIGEN (Resolución) Núm. 2.399 exenta.- Santiago, 26 de abril de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 156, de 1998, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios, al territorio nacional; y las resoluciones Nos 3.080 de 2003, 3.815 de 2003, 133 de 2005, 3.589 de 2012, 5.383 de 2012, todas del Servicio Agrícola y Ganadero. Considerando: 1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas. 2. Que, por resolución Nº 5.383, del 12 de septiembre de 2012, se estableció el procedimiento requerido para regular el ingreso a Chile de follajes frescos procedentes de cualquier origen. 3. Que mediante la resolución precedentemente aludida se requirió a las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONFP) de los países exportadores interesados, que enviaran lista de especies de follajes con interés de ser exportadas a nuestro país, con la consiguiente lista de plagas asociadas a estas especies y la información necesaria para iniciar Aná lisis de Riesgo de Plagas para la importación de productos de origen vegetal a Chile, información que sería recibida hasta el mes de diciembre de 2012. 4. Que los países interesados en exportar follaje a Chile, presentaron la información solicitada conforme a lo establecido en la resolución Nº 5.383 de 2012, pero al límite del término del plazo aludido en la norma. 5. Que, la Unidad de Análisis de Riesgo de Plagas de este Servicio, durante los meses de enero y febrero de 2013, dio curso a los estudios necesarios para establecer los requisitos fitosanitarios de las especies enviadas por los países interesados, los cuales no fueron posibles de concluir ya que no se contaba con la información suficiente de las plagas de las especies de follaje con interés de ser exportadas a Chile, por lo cual se deberá reunir mayores antecedentes bibliográ ficos en relación a las plagas de estas especies y el modo de presentación de estos productos, razón por la cual se hace necesario extender el plazo establecido en la resolución Nº 5.383 de 2012, relativa a establecer los requisitos fitosanitarios para follaje fresco. Resuelvo: 1. Modifícase la resolución Nº 5.383, de 2012, que regula el ingreso de follajes frescos procedentes de cualquier origen en lo siguiente: 1.1 Reemplácese el numeral 3 por el siguiente: ‘‘3. A partir del 1º de octubre de 2013, podrán ingresar a Chile solamente las especies de follaje procedentes de los orígenes que cuenten con requisitos fitosanitarios establecidos por este Servicio, y que hayan cumplido con lo dispuesto en el numeral 2 de la presente resolución.’’. Anótese, comuníquese y publíquese.- Aníbal Ariztía Reyes, Director Nacional.

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