Resolución Nº 2.180 - Prohibe la importación, fabricación, venta, distribución y uso de plaguicidas de uso agrícola que contengan Lindano
颁布于 1998-07-17 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 智利
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, pesticides, internal trade
- 类别
- agriculture
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文本
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PROHIBE LA IMPORTACION, FABRICACION, VENTA, DISTRIBUCION Y USO DE PLAGUICIDAS DE USO AGRICOLA QUE CONTENGAN LINDANO Santiago, 17 de julio de 1998.- Hoy se resolvió lo que sigue: Resolución No. 2.180 exenta.- Vistos: El decreto ley No. 3.557 de 1980 sobre Protección Agrícola, la ley No. 18.755/Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; y Considerando: Que el Lindano es un plaguicida clorado de uso agrícola que al contaminar el suelo y las aguas, deja sobre los vegetales residuos tóxicos para las personas y contamina la leche y la carne de los animales que los consuman. Que, por las razones expuestas el uso de este producto en el control de las plagas de la agricultura está prohibido en varios países. Que, en su reemplazo pueden emplearse otros plaguicidas que no tienen los inconvenientes señalados, Resuelvo: 1. Prohíbese a contar de esta fecha la importación y fabricación de plaguicidas de uso agrícola que contengan Lindano y, a partir del 1º de enero de 1999, la venta, distribución y uso de dichos plaguicidas. 2. El Ministerio de Agricultura, a través del Servicio Agrícola y Ganadero, podrá importar estos productos cuando razones de carácter técnico de interés nacional lo hacen necesario. 3. Las infracciones a esta resolución se sancionarán en la forma prevista en el decreto ley No. 3.557 de 1980 y en la ley No. 18.755. Anótese, comuníquese y publíquese.- Antonio Yaksic Soulé, Director Nacional.