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智利的法律

Resolución Nº 2.034 - Modifica Resolución Nº 3.064 de 2010, que declara área de plaga que indica

颁布于 2011-08-25 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Fisheries and aquaculture, Water
关键词
fish diseases, animal health, inland waters, freshwater pollution, pollution control

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文本

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  1. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Cuerpo I - 8 Miércoles 21 de Septiembre de 2011 Nº 40.066 Ministerio de Educación MODIFICA DECRETO Nº 65, DE 2004, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL Y LAS ARTES Núm. 144.- Santiago, 4 de abril de 2011.- Consi derando: Que, la ley Nº 19.891 creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que tiene por misión promo ver un desarrollo cultural armónico y equitativo entre los(as) habitantes del país, a través del fomento y difusión de la creación artística nacional, así como de la preservación, promoción y difusión del patrimonio cultural chileno, adoptando iniciativas públicas que promuevan una participación activa de la ciudadanía en el logro de tales fines. Que, para cumplir dichos objetivos esta ley ha creado el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes. Que, el decreto supremo Nº 65, de 2004, del Ministerio de Educación, aprobó el Reglamento del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes. Que, es necesario modificar dicho Reglamento para la adecuada ejecución de los recursos del Fondo, y lograr, así, el cumplimiento eficaz, eficiente y opor tuno de los objetivos que la ley le asigna. Visto: Lo dispuesto en los artículos 32º Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley Nº 18.956 que Reestructuró el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.891 que creó el Consejo Nacional de la Cultu ra y las Artes; en el decreto supremo Nº 65, de 2004, del Ministerio de Educación, y en la reso lución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. Decreto: Artículo único: Modifícase el decreto supremo Nº 65, de 2004, del Ministerio de Educación, que aprobó el Reglamento del Fondo Nacional de Desa rrollo Cultural y las Artes, reemplazándose su articu lado completo por el siguiente: PÁRRAFO PRIMERO Del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º: Ámbito del Reglamento. El presen te Reglamento regula el funcionamiento del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, en ade lante el Fondo, cuyo principal objeto será financiar total o parcialmente proyectos, programas, activida des y medidas de fomento, ejecución, difusión y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº3.064, DE 2010, QUE DECLARA ÁREA DE PLAGA QUE INDICA (Resolución) Núm. 2.304 exenta.- Valparaíso, 25 de agosto de 2011.- Visto: Lo informado por el Departamento de Acuicultura de esta Subsecretaría, mediante informe técnico (D.Ac.) Nº 1.319 de 2011; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº 19.880; el DS Nº 345 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la consulta formulada al Comité Consultivo por vía electrónica de fecha 9 de agosto de 2011; las resoluciones Nº 3.064 y Nº 3.078, ambas de 2010 y de esta Subsecretaría. Considerando: Que de conformidad con el artículo 4º del DS Nº 345 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que estableció el Reglamento sobre Plagas Hidrobiológicas, esta Subsecretaría declarará determinados sectores o zonas geográficas en alguna categoría de área no libre, previo informe técnico y consulta al Comité Consultivo. Que, mediante informe técnico (D.Ac.) citado en Visto, del Departamento de Acuicultura de esta Subsecretaría, establece la necesidad de ampliar el área de plaga fijada en la resolución Nº 3.064 de 2010, de esta Subsecretaría, que declaró áreas de plaga de la especie Didymosphenia geminata, en sectores de cuerpos de agua terrestres. Que, mediante correo electrónico de fecha 9 de agosto de 2011, esta Subse cretaría consultó a los miembros del Comité Consultivo la ampliación del área objeto de la presente resolución. Resuelvo: 1.- Modifícase el numeral 1.- de la resolución Nº 3.064 de 2010, rectificada por resolución Nº 3.078 de 2010, ambas de esta Subsecretaría, que declaró áreas de plaga de la especie Didymosphenia geminata, en sectores de cuerpos de agua terrestres, en el sentido de agregar el siguiente inciso 3º: ‘‘Asimismo, decláranse área de plaga, los siguientes cuerpos de aguas terrestres: a) La sub-cuenca del Río Futaleufú, con exclusión de la Sub sub-cuenca Río Blanco y Río Espolón, hasta desembocadura Lago Espolón, según la siguiente tabla: b) El Lago y Río Yelcho. c) Río Palena, desde su nacimiento a su desembocadura, incluye el tramo de la Sub sub-cuenca del Río Palena, entre frontera y Río Rosselot, con exclusión de Sub sub-cuenca Río Frío y la sub-cuenca Río Bajo Palena con exclusión de Sub sub-cuenca Río Risopatrón, según la siguiente tabla: 2.- El Servicio Nacional de Pesca deberá, dentro del plazo de 15 días contados desde la publicación de la presente resolución, adecuar los progra mas de vigilancia, detección, control y/o erradicación de plagas, de confor midad con las especificaciones técnicas establecidas en el informe Técnico (D.Ac.) citado en Visto, el que forma parte constituyente de la presente resolución. 3.- La presente resolución podrá ser impugnada por la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley Nº 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que procedan de conformidad con la normativa vigente. 4.- Transcríbase copia de la presente resolución y del informe técnico Nº 1319/ 2011, al Servicio Nacional de Pesca. Asimismo, publíquese la presente resolución y el informe técnico Nº 1319/ 2011, citado en Visto, en el sitio web de esta Subsecretaría. Anótese, notifíquese, publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Robinson Quiero Zárate, Jefe Departamento Administrativo (S). Cuerpo1(21-09).p65 20-09-2011, 21:008

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