Resolución Nº 1 - Declara libre de la Mosca del Mediterráneo el área regulada de la Región Metropolitana
颁布于 2001-01-03 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 智利
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, hygiene/sanitary procedures, pests/diseases, fruits/edible nuts, internal trade
- 类别
- agriculture
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文本
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Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional DECLARA ERRADICADA LA INFESTACION POR MOSCA DEL MEDITERRANEO, CERATITIS CAPITATA EN LOS LUGARES QUE INDICA Y SUSPENDE MEDIDAS DE CUARENTENA Santiago, 3 de enero de 2001.- Hoy se resolvió lo que sigue: Resolución Núm. 1 exenta.- Visto: Lo dispuesto en el decreto ley 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la ley 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero de 1989, modificada por la ley 19.283 de 1994; la resolución Nº3.513 de 1995, que declara a Chile como País Libre de la Mosca del Mediterráneo, Ceratitis capitata, modificada por la resolución Nº 1.095 de 2000, y la resolución Nº 2.673 de 2000, que establece el Area Regulada y regulaciones cuarentenarias en lugares de la Región Metropolitana, todas del Servicio Agrícola y Ganadero, y Considerando: 1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero, de acuerdo con las directrices internacionales, ha realizado una labor de vigilancia intensiva, en el Area Regulada determinada por la resolución de este Servicio Nº 2.673 de 2000, por un período equivalente a tres ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de especímenes de la misma. 2. Que de acuerdo al Modelo de Tassan y otros, el día 1 de enero de 2001, se ha cumplido el número de días grado necesarios para completar el tercer ciclo biológico teórico del insecto, después de la última captura ocurrida en el Area Regulada antes señalada, el 6 de junio de 2000, en la comuna de Quilicura. Resuelvo: 1. Declárase libre de la Mosca del Mediterráneo, Ceratitis capitata (Wied.), el Area Regulada de la Región Metropolitana, establecida por la resolución Nº 2.673 de 2000 del Servicio Agrícola y Ganadero, comprendida por el polígono de 22 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación y que abarca una superficie que incluye las siguientes comunas: Ñuñoa, Conchalí, Recoleta, Huechuraba, San Miguel, La Cisterna, Quinta Normal, Santiago, Cerro Navia y Quilicura. Vértice Este Norte 1 339.857 6.299.254 2 335.745 6.299.315 3 331.756 6.302.696 4 330.629 6.307.234 5 332.882 6.313.173 6 339.431 6.315.152 7 347.045 6.313.812 8 350.669 6.311.102 9 352.588 6.310.736 10 356.090 6.307.569 11 356.821 6.302.896 12 357.978 6.300.168 13 358.588 6.297.457 14 357.857 6.294.686 15 355.755 6.292.027 16 353.562 6.290.696 17 352.131 6.285.823 18 349.116 6.282.564 19 344.456 6.281.407 20 337.877 6.285.305 21 337.908 6.292.828 22 339.948 6.296.452 2. Derógase la resolución Nº 2.673 de 2000, a contar de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y aplícase lo establecido en la resolución de este Servicio Nº 3.513 de 1995. Anótese, comuníquese y publíquese.- Lorenzo Caballero Urzúa, Director Nacional.