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智利的法律

Resolución Nº 1.692 - Establece área reglamentada Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia Botrana) en la Comuna de Tucapel, de la Región del Biobío

颁布于 2011-11-23 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Cultivated plants
关键词
plant protection, pests/diseases, quarantine, viticulture/oenological practices
类别
agriculture

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Cuerpo I - 6 Lunes 12 de Diciembre de 2011 Nº 40.132 1:10.000, elaborado por la Asesoría Urbana de la Ilustre Municipalidad de Santiago y que forma parte del decreto ya mencionado. 3. El Memorándum Nº 021-134/2011, de fecha 28 de noviembre de 2011, del Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de esta Secretaría Ministerial, en el cual se pronuncia a favor de acoger la prórroga solicitada. 4. Lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, lo prescrito en la ley 16.391, en el DL Nº 1.305, de 1975 (V. y U.), y en el artículo 1.4.18. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y las facultades que me confiere el DS Nº 397, de 1977 (V. y U.), el DS Nº 46 (V. y U.), del 23 de abril de 2010, que designa a la suscrita Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, y en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, Resuelvo: 1. Prorrógase, por un plazo máximo de 3 meses, a contar del plazo de expiración de la postergación de permisos vigente, originalmente dispuesta por decreto alcaldicio Nº 1.623 Secc. 2ª de fecha 6 de septiembre de 2011, esto es, a contar del día 13 de diciembre de 2011, la postergación de los permisos de construcción para edificaciones de más de cinco (5) pisos en el Sector 6 Club Hípico Parque O’Higgins, de acuerdo a lo graficado en el plano Nº 167, escala 1:10.000, elaborado por la Asesoría Urbana de la Ilustre Municipalidad de Santiago y que forma parte del decreto señalado. 2. La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación de la comuna. Anótese, comuníquese y publíquese.- Marisol Rojas Schwemmer, Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero VIII Región del Biobío (Resoluciones) ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA), EN LA COMUNA DE TUCAPEL, DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO Núm. 1.692 exenta.- Concepción, 23 de noviembre de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; las resoluciones exentas Nº 3.080, de 2003, Nº 455, de 2006 y Nº 2.109, de 24 de abril de 2008, que declara el Control Obligatorio de la Plaga Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana), modificada por las resoluciones Nº 476, de 2009 y Nº 6.184, de 2010, todas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y Considerando: 1. Que por resolución exenta Nº 2.109 y sus modificaciones, citadas en los vistos, se estableció como área reglamentada, la zona definida por un radio de 3 kilómetros determinado desde cada lugar de detección. 2. Que a la fecha se tienen 1 detección positiva, en la comuna de Tucapel, provincia de Biobío, que permiten definir por medio de un polígono las zonas afectadas por la plaga. Resuelvo: 1. Establécese como área reglamentada para el control de la plaga Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana), parte de la comuna de Tucapel, provincia de Biobío, Región del Biobío, inserta en el polígono de 37 vértices, determinado por las coordenadas UTM que se señalan a continuación: 2. Aplíquense en forma inmediata las regulaciones cuarentenarias y medidas fitosanitarias establecidas en la resolución Nº 2.109, de 24 de abril de 2008, en el área definida en la presente resolución y por los respectivos propieta rios, arrendatarios o tenedores de los predios afectados, desde el momento de su notificación. Anótese, comuníquese y publíquese.- Leonidas Valdivieso Sotomayor, Di rector Regional SAG, Región del Biobío. ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA), EN COMUNA DE COIHUECO, DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO Núm. 1.693 exenta.- Concepción, 23 de noviembre de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; las resoluciones exentas Nº 3.080, de 2003, Nº 455, de 2006 y Nº 2.109, de 24 de abril de 2008, que declara el Control Obligatorio de la Plaga Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana), modificada por las resoluciones Nº 476, de 2009 y Nº 6.184, de 2010, todas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y Considerando: 1. Que por resolución exenta Nº 2.109 y sus modificaciones, citadas en los vistos, se estableció como área reglamentada, la zona definida por un radio de 3 kilómetros determinado desde cada lugar de detección. 2. Que a la fecha se tienen 2 detecciones positivas, en la comuna de Coihueco, provincia de Ñuble, que permiten definir por medio de un polígono las zonas afectadas por la plaga. Resuelvo: 1. Establécese como área reglamentada para el control de la plaga Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana), parte de la comuna de Coihueco, provincia de Ñuble, Región del Bíobío, inserta en el polígono de 88 vértices, determinado por las coordenadas UTM que se señalan a continuación: Cuerpo1(12-12).p65 09-12-2011, 19:546

Resolución Nº 1.692 - Establece área reglamentada Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia Botrana) en la Comuna de Tucapel, de la Región del Biobío · Nelum