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智利的法律

Resolución Nº 1.669 - Modifica la Resolución Nº 2.536 de 2006, que clasifica las enfermedades de alto riesgo de especies hidrobiológicas

颁布于 2007-06-04 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
fish diseases, marine fishes, animal health, aquatic animals

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. SUBSECRETARIA DE PESCA (Resoluciones) MODIFICA RESOLUCION QUE ESTABLECE CLASIFICACION DE ENFERMEDADES DE ALTO RIESGO Núm. 1.669.- Valparaíso, 4 de junio de 2007.- Visto: El informe técnico Nº 421, de fecha 31 de mayo de 2007, del Departamento de Acuicultura de esta Subsecretaría; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 5 de 1983 y en la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los D.S. N° 319 de 2001 y N° 359 de 2005 y el D. exento Nº 626 de 2001, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; y la resolución Nº 2.536 de 2006, de esta Subsecretaría. Considerando: 1º Que, el artículo 3º del D.S. Nº 319 de 2001, modificado por el D.S. N° 359 de 2005, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que estableció el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, prescribe que las enfermedades de alto riesgo se clasificarán por grupos de especies hidrobiológicas, considerando su virulencia, nivel de diseminación o impacto económico para el país, en Lista 1 y Lista 2, en conformidad a lo señalado en la misma disposición. 2º Que, el inciso final del citado artículo establece que anualmente, en el mes de agosto, esta Subsecretaría deberá dictar una resolución que contendrá la clasificación de las enfermedades de alto riesgo previo informe del Comité Técnico establecido en el Título XII del D.S. Nº 319 de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. 3º Que, por Resolución N° 2.536 de 2006 esta Subsecretaría estableció la clasificación anual de las enfermedades de alto riesgo, dando cumplimiento a las disposiciones anteriores. 4° Que, el Departamento de Acuicultura de esta Subsecretaría, mediante el Informe Técnico citado en Visto, ha solicitado la modificación de la referida resolución en el sentido de incorporar en la Lista 2 de Peces la enfermedad caligidosis, R e s u e l v o: 1.- Modifícase la resolución N° 2.536 de 2006 dictada por esta Subsecretaría que estableció la clasificación anual de enfermedades de alto riesgo, en conformidad a lo prescrito en el artículo 3º del D.S. Nº 319 de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que estableció el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, en el sentido de incorporar en la Lista 2 de Peces la siguiente enfermedad y su respectivo agente causal: Enfermedad Agente Causal Caligidosis Caligus rogercresseyi 2.- Transcríbase copia de esta resolución al Servicio Nacional de Pesca. Anótese, notifíquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.

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