Resolución Nº 1.632 - Exigencias sanitarias para la internación de aves de corral
颁布于 2002-06-12 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 智利
- 主题
- Livestock
- 关键词
- hygiene/sanitary procedures, poultry, international trade, birds
- 类别
- *
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文本
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Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional Departamento Protección Pecuaria MODIFICA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACION DE AVES DE CORRAL Resolución Núm. 1.632 exenta.- Santiago, 12 de junio de 2002.- Vistos: Las facultades conferidas por la ley Nº 18.755; el artículo 3º del DFL RRA Nº 16 de 1963, que, para la internación de animales y productos pecuarios, dispone cumplir las exigencias de orden sanitario que se especifique en cada caso; y la ley Nº 18.164: Considerando: Que es función del Servicio Agrícola y Ganadero adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades que puedan afectar la Salud Animal. Que por ello es necesario que el Servicio Agrícola y Ganadero determine las acciones de prevención que se requieran con este objeto. Resuelvo: Modifícanse las resoluciones de este Servicio Nº 4.019, de 31 de diciembre de 1997 y 1.550, de 22 de mayo de 1998, en el sentido de agregar en el punto 1.b), en referencia al plantel de procedencia, el siguiente requisito: El plantel de procedencia debe estar libre de influenza aviar, lo que deberá comprobarse con una prueba serológica realizada a las parvadas de origen. Para estos efectos se tomarán 30 muestras al azar, dentro de los 30 días antes del embarque de la partida de polluelos de un día o huevos fértiles, las que serán analizadas por la prueba de Inmunodifusión en Agar, debiendo obtenerse resultados negativos. Anótese, transcríbase y publíquese.- Lorenzo Caballero Urzúa, Director Nacional Servicio Agrícola y Ganadero.