Resolución Nº 1.406 - Establece calificación de riesgo de dispersión de la avispa de madera del pino Sirex Noctilio en áreas bajo cuarentena
颁布于 2012-03-16 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 智利
- 主题
- Forestry
- 关键词
- pests/diseases, forestry protection measures, zoning, forest management/forest conservation
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文本
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Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional (Resoluciones) ESTABLECE CALIFICACIÓN DE RIESGO DE DISPERSIÓN DE LA AVISPA DE MADERA DEL PINO SIREX NOCTILIO EN ÁREAS BAJO CUARENTENA Núm. 1.406 exenta.- Santiago, 16 de marzo de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, la resolución Nº 2.758, de 2009, y sus modificaciones, del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, las resoluciones Nº 313 de 2012 y Nº 2.153 de 2011, del Director Regional del Servicio Región del Maule, la resolución Nº 1.973 de 2011, del Director Regional del Servicio Región del Biobío, las resoluciones Nºs 1.278, 799 y 620 de 2011, del Director Regional del Servicio Región de La Araucanía, las resoluciones Nºs 930, 491, 322, de 2010 y Nº 458 de 2009, del Director Regional del Servicio Región de Los Ríos, las resoluciones Nº 1.779 de 2011, Nº 1.522 de 2010, Nºs 2.117, 1.594, 853 y 642 de 2009, Nº 3.099 de 2006, Nº 115 de 2004, Nºs 1.059, 860 y 11 de 2003, del Director Regional del Servicio Región de Los Lagos, la resolución Nº 147 de 2012, del Director Regional del Servicio Región de Aysén. Considerando: 1.- Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país y que en ese marco se estableció el control obligatorio de la plaga Sirex noctilio logrando mediante la aplicación de medidas de supresión y de contención, que la plaga presente, en la actualidad, diferentes niveles de prevalencia y de control biológico, haciendo necesario diferenciar las áreas bajo cuarentena en base a estos criterios. 2.- Que el Servicio Agrícola y Ganadero indica que para implementar las nuevas medidas de control oficial, se deben calificar las áreas bajo cuarentena de Sirex noctilio según riesgo de dispersión de la plaga en productos forestales susceptibles de transportarla y que se movilizan hacia las áreas en peligro de la plaga. Resuelvo: 1.- Establécese en el territorio nacional una grilla o red de cuadrantes de 50 km. por 50 km. para calificar las áreas bajo cuarentena de Sirex noctilio, según el riesgo de dispersión de la plaga en maderas hospedantes que se movilizan hacia el área en peligro. Esta grilla se forma a partir del vértice inferior izquierdo con coordenada UTM 349.768 m. Este, 4.449.650 m. Norte (Datum WGS84, Huso 18). Los cuadrantes se identifican según la numeración indicada en el siguiente plano: 2.- Califíquense las áreas ya declaradas bajo cuarentena por el Servicio, en los siguientes niveles de riesgo de acuerdo a su ubicación geográfica, dentro de los cuadrantes identificados en el numeral 1 de la presente resolución: 3.- Aplíquense, a los productos forestales procedentes de los rodales ubicados en las áreas bajo cuarentena de Sirex noctilio, las regulaciones cuarentenarias y medidas fitosanitarias señaladas en la resolución Nº 2.758 de 2009 y sus modificaciones, de acuerdo a su ubicación en relación al cuadrante y la calificación de riesgo del mismo, indicado en el numeral 2 de la presente resolución. Anótese, comuníquese y publíquese.- Aníbal Ariztía Reyes, Director Nacional.