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智利的法律

Resolución Nº 1.336 - Modifica la Resolución Nº 1.299, sobre procedimiento de control de operación de los buzos habilitados de la X Región

颁布于 2001-10-19 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
marine fisheries, molluscs, enforcement/compliance, fishing area, data collection/reporting, fishery management and conservation

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción SUBSECRETARIA DE PESCA Servicio Nacional de Pesca MODIFICA RESOLUCION N° 1.299 EXENTA, DE 2001 Resolución Núm. 1.336 exenta.- Valparaíso, 19 de octubre de 2001.- Vistos: El D.S. N° 430 de 1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura; El D.F.L. N° 5 de 1983 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución N° 1.299 de 2001, del Servicio Nacional de Pesca; la resolución 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y la resolución N° 2.118 de 2001, modificada por la resolución N° 2.221, ambas de la Subsecretaría de Pesca, el Ord./XI/ N° 1.067 de 2001, de la Dirección Regional de Pesca de la XI Región. Considerando: Que conforme a la resolución N° 2.118 de 2001 y su modificación, el Servicio Nacional de Pesca estableció por resolución N° 1.299 de 2001, los procedimientos de control de operación diaria de los buzos habilitados en la X Región en área de extensión. Que conforme a Ord./XI/N° 1.067 de 2001, el Director Regional de Pesca de la XI Región, informa que en la localidad de Melinka no se dan las condiciones de seguridad para implementar los procedimientos señalados en los numerales 9, 10 y 11 de la resolución Nº 1.299 de 2001, Resuelvo: 1.- Modifíquese la resolución exenta N° 1.299 de 2001, de este Servicio, en los numerales y términos que se mencionan: a) Agréguese al final del numeral 7, como punto seguido, el siguiente: "Los formularios DA-01 y AC-01, previo a su entrega deberán ser debidamente timbrados por la oficina de Quellón". b) Reemplácese en el numeral 8, la frase "exhibir el" por la frase "entregar copia del". c) Elimínanse los numerales 9, 10 y 11, pasando los actuales numerales 12, 13, 14, 15 y 16 a ser 9, 10, 11, 12, y 13, respectivamente. d) Reemplácese en el numeral 12 que pasa a ser 9, la expresión "AC-01 y AD-01" por "DA-01 y AC-01". e) Reemplácese en el numeral 13 que pasa a ser 10, la expresión "la copia" por la expresión "el original" y elimínese la frase "y visado por la oficina de Melinka". f) Reemplácese en el numeral 14 que pasa a ser 11, la palabra "Melinka" por la expresión "Quellón" y reemplácese la frase "de la copia" por la expresión "del original". g) Reemplácese en el numeral 15 que pasa a ser 12, los números "6, 7, 8, 9 y 10" por "6, 7 y 8". 2.- El Director Regional de Pesca de la XI Región, deberá solicitar a la Autoridad Marítima y Carabineros de Chile de la localidad de Melinka, cada 24 horas, un informe de la situación de fuerza mayor que impide la aplicación plena de la resolución N° 1.299 de 2001. Una vez que la situación de fuerza mayor se haya superado, se dejará sin efecto la presente resolución. Anótese, notifíquese, publíquese y archívese.- Sergio Mujica Montes, Director Nacional de Pesca.

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