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智利的法律

Resolución Nº 1.011 - Requisitos fitosanitarios de ingreso para semillas forrajeras o césped

颁布于 2004-03-31 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Cultivated plants
关键词
seeds/planting material, international trade, certification, plant protection, pests/diseases, plant production
类别
*, agriculture

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DEPARTAMENTO PROTECCION AGRICOLA SUB. DEPTO. DEFENSA AGRICOLA ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO PARA SEMILLAS FORRAJERAS O CESPED. SANTIAGO, 31 de MARZO de 2004. HOY SE RESOLVIO LO QUE SIGUE: N° 1011 VISTO : Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero de 1989, modificada por la Ley Nº19.283 de 1984, el Decreto Ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, las Resoluciones Nº 3815 de 2003, resoluciones N° 1377 de 2000 y Nº 2658 de 2003, todas del SAG y el Decreto N° 156 de 1998 y 92 de 1999, del Ministerio de Agricultura CONSIDERANDO 1. Que las disposiciones legales vigentes facultan al Servicio para establecer exigencias fitosanitarias de internación de productos vegetales. 2. Que se han efectuado los análisis de riesgo de las plagas que potencialmente podrían ser transportadas por las semillas de forrajeras o césped. RESUELVO: 1.- Para internar al país, semillas de las siguientes especies de forrajeras o césped, en el correspondiente Certificado Fitosanitario Oficial del país de origen, deberá constar el cumplimiento de los requisitos que a continuación se expresan: ESPECIE DECLARACIONES ADICIONALES ESPECIFICADAS EN EL CERTIFICADO FITOSANITARIO Agrostis tenuis, A. palustris La partida de semillas se encuentra libre de Anguina agrostis, según análisis oficial de laboratorio. Alopecurus spp. La partida de semillas se encuentra libre de Ditylenchus dipsaci, según análisis oficial de laboratorio. Amorpha spp.(excepto A. Fruticosa) La partida debe venir con tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae. Avena spp ( excepto A. fatua) La partida de semillas se encuentra libre de Ditylenchus dipsaci raza avena, según análisis oficial de laboratorio. La semilla ha sido analizada mediante técnicas de laboratorio adecuadas, las que deberán señalarse, y encontradas libres de Barley Stripe Mosaic Virus. VI – 2.3.2.19 ESPECIE DECLARACIONES ADICIONALES ESPECIFICADAS EN EL CERTIFICADO FITOSANITARIO Brassica oleracea var. AcephaIa Sin declaraciones adicionales Brassica napus var. napobrassica Sin declaraciones adicionales Brassica rapa var. rapa Sin declaraciones adicionales Bromus mollis Sin declaraciones adicionales Buchloe dactyloides La semilla ha sido tratada para el control de Tilletia buchleana con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Benomyl, Thiram, Carbendazim, Tiabendazol, u otros debidamente calificados. Centrosema spp. La partida debe venir con tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae. Cynodon dactylon Sin declaraciones adicionales Chloris spp. (excepto C. chloridea, C. halophita Sin declaraciones adicionales Dactylis glomerata La partida de semillas se encuentra libre de Anguina agrostis, según análisis oficial de laboratorio. La semilla ha sido tratada para el control de Cochliobolus victoriae con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Carboxin, Tiabendazol, Carboxin + Thiram, u otros debidamente calificados. Dichondra repens Sin declaraciones adicionales. Fagopyron spp. Sin declaraciones adicionales. Festuca spp. La partida de semillas se encuentra libre de Anguina agrostis, según análisis oficial de laboratorio. La semilla ha sido tratada para el control de Cochliobolus victoriae con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Carboxin, Tiabendazol, Carboxin + Thiram, u otros debidamente calificados. Festulolium spp. La partida de semillas se encuentra libre de Anguina agrostis, según análisis oficial de laboratorio. La semilla ha sido tratada para el control de Cochliobolus victoriae con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Carboxin, Tiabendazol, Carboxin + Thiram, u otros debidamente calificados. VI – 2.3.2.20 ESPECIE DECLARACIONES ADICIONALES ESPECIFICADAS EN EL CERTIFICADO FITOSANITARIO Holcus lanatus Sin declaraciones adicionales. Lablab purpureus (=L. niger= Dolichos lablab) La semilla proviene de semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Pseudomonas syringae pv. pisi. La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae. Leucaena spp. La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae. Lolium spp. (excepto L. temulentum) La partida de semillas se encuentra libre de Anguina agrostis y Anguina funesta, según análisis oficial de laboratorio. Lotus spp. (excepto L. purpureus) La semilla proviene de semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Clavibacter michiganensis ssp. insidiosus, o que el envío se encuentra libre de Clavibacter michiganensis ssp. insidiosus, de acuerdo a resultado de análisis de laboratorio oficial. Lupinus albus, L.angustifolius, L. parviflorus, Lupinus luteus La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae.. La semilla ha sido tratada para el control de Diaporthe woodii con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Benomyl, Carboxin, Tiabendazol, Benomyl + Thiram, Carbendazim, u otros debidamente calificados. Medicago sativa, M. polymorpha, M. truncatula var. truncatula La semilla proviene de semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Clavibacter michiganensis ssp. insidiosus, o que el envío se encuentra libre de Clavibacter michiganensis ssp. insidiosus, de acuerdo a resultado de análisis de laboratorio oficial. La partida se encuentra libre de Apion tenue (Col. Apionidae). La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra Trogoderma granarium (Col. Dermestidae) y contra insectos de la familia Bruchidae. VI – 2.3.2.21 ESPECIE DECLARACIONES ADICIONALES ESPECIFICADAS EN EL CERTIFICADO FITOSANITARIO Melilotus spp. La semilla proviene de semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Clavibacter michiganensis ssp. insidiosus, o que el envío se encuentra libre de Clavibacter michiganensis ssp. insidiosus, de acuerdo a resultado de análisis de laboratorio oficial. La semilla ha sido tratada para el control de Ascochyta caulicola con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Benomyl, Thiram, Tiabendazol, Benomyl + Thiram, Carbendazim, u otros debidamente calificados. La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae. Ornithopus sativus La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae. Panicum maximun, P.miliaceum. La partida de semillas se encuentra libre de Aphelenchoides besseyi y Ditylenchus dipsaci, según análisis oficial de laboratorio. La semilla ha sido tratada para el control de Ustilago crameri con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Carboxin, Carboxin + Thiram, Tiabendazol, u otros debidamente calificados. Panicum italicum (=Setaria italica) La partida de semillas se encuentra libre de Aphelenchoides besseyi y Ditylenchus dipsaci, según análisis oficial de laboratorio. La semilla ha sido tratada para el control de Ustilago crameri y Cochliobolus victoriae con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Thiram, Benomyl, Carbendazim, Carboxin + Thiram, Tiabendazol, u otros debidamente calificados. Paspalum notatum La semilla ha sido tratada para el control de Cochliobolus victoriae con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Thiram, Benomyl, Carbendazim, Carboxin + Thiram, Tiabendazol, u otros debidamente calificados. Pennisetum glaucum, Pennisetum purpureum Sin declaraciones adicionales VI – 2.3.2.22 Phacelia spp. (excepto P. campanularia) Sin declaraciones adicionales Phalaris spp. (excepto P. brachystachys) La partida de semillas se encuentra libre de Anguina agrostis, según análisis oficial de laboratorio. La semilla ha sido tratada para el control de Cochliobolus victoriae con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Thiram, Benomyl, Carbendazim, Carboxin + Thiram, Tiabendazol, u otros debidamente calificados. Phleum pratense La partida de semillas se encuentra libre de Anguina agrostis , según análisis oficial de laboratorio. La semilla ha sido tratada para el control de Cochliobolus victoriae con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Thiram, Benomyl, Carbendazim, Carboxin + Thiram, Tiabendazol, u otros debidamente calificados. Poa spp. (excepto P. sphondylodes) La partida de semillas se encuentra libre de Anguina agrostis y Ditylenchus dipsaci, según análisis oficial de laboratorio. Sanguisorba spp. (excepto S. officinalis) Sin declaraciones adicionales. Sorghum spp. (excepto S. halepense) La partida se encuentra libre de Claviceps africana. La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra Trogoderma granarium (Col. Dermestidae). Stylosanthes spp. La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae. Trifolium spp. La semilla proviene de semillero que fue oficialmente inspeccionado durante período de crecimiento activo y encontrado libre de Clavibacter michiganensis ssp. insidiosus, o que el envío se encuentra libre de Clavibacter michiganensis ssp. insidiosus, de acuerdo a resultado de análisis de laboratorio oficial. La partida se encuentra libre de Apion africans, Apion aestivum y Apion virens (Col. Apionidae). VI – 2.3.2.23 Vicia spp. (excepto V. cracca y V. narbonensis) La partida de semillas proviene de cultivo libre o el envío según análisis oficial de laboratorio se encuentra libre de Ditylenchus dipsaci raza avena, D. dipsaci raza gigante del haba y D. dipsaci raza avena-cebolla. La partida se encuentra libre de Apion craccae y Apion pisi (Col. Apionidae). La semilla proviene de semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. pisi. La semilla ha sido tratada para el control de Colletotrichum truncatum con cualquiera de los siguientes productos fungicidas en forma alternativa: Benomyl, Benomyl +thiram, Carbendazim, Tiabendazol, u otro debidamente calificados. La semilla ha sido sometida a tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae. 2. En las plagas reglamentadas exigidas, se aceptará como Declaración Adicional que las mismas no están presentes en el país de origen de la semilla. 3. Adicionalmente las semillas de las especies mencionadas deberán cumplir con los requisitos que dispone el Decreto Ley N° 1.764 de 1977 sobre semillas y su Reglamento. 4. Los tratamientos aplicados a la partida estarán detallados en la sección correspondiente del Certificado Fitosanitario, especificando forma de aplicación, producto químico empleado, dosis, tiempo de exposición, temperatura de aplicación, en los casos que corresponda. 5. Se aceptarán como tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae las siguientes alternativas, el cual podrá efectuarse en destino: a) Fumigación con Bromuro de Metilo:. DOSIS (grs/m3) TIEMPO DE EXPOSICION (HORAS) TEMPERATURA (ºC) 24 24 horas entre 10 y 19° C 16 24 horas 20 °C o más b) Fumigación con fosfamina: DOSIS (grs/m3) TIEMPO DE EXPOSICION (DIAS) TEMPERATURA (ºC) 2,5 7 12 – 15 2,5 6 16 – 20 2,5 5 21 – 25 2,5 4 26 o más VI – 2.3.2.24 6. Se aceptará el siguiente tratamiento de fumigación contra Trogodema granarium, el que deberá efectuarse en el país de origen: Fumigación con Bromuro de Metilo: DOSIS (grs/m3) TIEMPO DE EXPOSICION (HORAS) TEMPERATURA (ºC) 40 12 32 o mas 56 12 26,5 - 31,5 72 12 21,0 - 26,0 96 12 15,5 - 20,5 120 12 10,0 - 15,0 144 12 4,5 - 9,5 7. En los casos, en los que se solicite tratamiento de fumigación contra Trogoderma granarium y especies de insectos de la familia Bruchidae, es válido para estas últimas el que se efectúa contra Trogodema granarium. 8. Las semillas estarán libres de suelo, y restos vegetales, condición que se verificará en la inspección fitosanitaria en el puerto de ingreso. 9. Las semillas estarán libres de semillas de malezas cuarentenarias y no cuarentenarias reglamentadas, establecidas por la Resolución respectiva. 10. Para internar semillas que hayan sido objeto de manipulaciones genéticas, deberá cumplirse las normas específicas dispuestas para tales casos y solicitarse el permiso de importación respectivo al Departamento de Protección Agrícola del Servicio. 11. Derógase las resoluciones N° 1377 de 2000 y Nº 2658 de 2003. ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE CARLOS PARRA MERINO DIRECTOR NACIONAL VI – 2.3.2.25

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