跳到主要内容
Nelum
智利的法律

Decreto Nº 779 - Modifica el Decreto Nº 365 exento de 1996

颁布于 1997-12-23 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
智利
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
marine fisheries, marine fishes, allocation/quota, fishery management and conservation, aquatic animals

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción SUBSECRETARIA DE PESCA MODIFICA DECRETO No. 365 EXENTO, DE 1996 Decreto No. 779.- Valparaíso, 23 de diciembre de 1997.- Visto: Lo informado por el Departamento de Pesquerías de esta Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (R. Pesq.) No. 64 de 23 de diciembre de 1997; la comunicación previa al Consejo Zonal de la X y XI Regiones; lo dispuesto en el artículo 32 No. 8 de la Constitución Política de la República; el DFL. No. 5, de 1980; la Ley No. 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS. No. 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DS. No. 654, de 1994, del Ministerio del Interior; la Resolución No. 520, de 1996, de la Contraloría General de la República; el Decreto Exento No. 365 de 1996 y 608 de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; DECRETO : Artículo único.- Modifícase el artículo 1º del Decreto Exento No. 365, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de aumentar en 400 toneladas, la cuota global anual de captura de la Merluza del sur (Merluccius australis) en la zona de aguas interiores. Este incremento se imputará a la cuota establecida para el área de pesca denominada aguas interiores norte, fijada en el número 1 del artículo 2º del Decreto Exento No. 608, de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y se fraccionará de la siguiente manera: a)Paralelo 41º28,6' L.S. al límite sur de la X Región: 200 toneladas a ser extraídas entre el 26 y el 31 de diciembre, ambas fechas inclusive. b)Límite norte de la XI Región al paralelo 47º L.S.: 200 toneladas a ser extraídas entre el 28 y 31 de diciembre, ambas fechas inclusive. Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Sr. Presidente de la República.- Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca.

Decreto Nº 779 - Modifica el Decreto Nº 365 exento de 1996 · Nelum