Decreto Nº 10 - Aprueba y oficializa clasificación de especies según estado de conservación, decimoctavo proceso
颁布于 2023-04-06 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 智利
- 主题
- Wild species and ecosystems
- 关键词
- protection of species, classification/declassification, wild fauna, wild flora, birds, endangered species, biodiversity
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文本
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Decreto 10, MEDIO (2023) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 06-Oct-2023 página 1 de 5 Decreto 10 APRUEBA Y OFICIALIZA CLASIFICACIÓN DE ESPECIES SEGÚN ESTADO DE CONSERVACIÓN, DECIMOCTAVO PROCESO MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Fecha Publicación: 06-OCT-2023 | Fecha Promulgación: 06-ABR-2023 Tipo Versión: Única De : 06-OCT-2023 Url Corta: https://bcn.cl/3fqv3 APRUEBA Y OFICIALIZA CLASIFICACIÓN DE ESPECIES SEGÚN ESTADO DE CONSERVACIÓN, DECIMOCTAVO PROCESO Núm. 10.- Santiago, 6 de abril de 2023. Vistos: Lo dispuesto en los artículos 37, 70 letra i), 71 letra f) de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en los artículos 28, 29 y 30 del Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación, contenido en el decreto supremo N° 29, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente; el Acta de la Sesión Ordinaria N° 1, de 2023, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático; el Acuerdo N° 2/2023, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del decreto supremo N° 29, con el pronunciamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático la propuesta de clasificación de especies silvestres según estado de conservación será elevada al Presidente de la República para su aprobación y se oficializará mediante decreto supremo. 2. Que, por Acuerdo N° 2/2023, adoptado el 12 de enero de 2023, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático se pronunció favorablemente respecto de la propuesta definitiva de clasificación de especies elaborada en el marco del decimoctavo proceso de clasificación, la que fue sometida a consideración del Presidente de la República para su aprobación. 3. Que, la referida propuesta de clasificación de especies fue elaborada en conformidad con los criterios y siguiendo el procedimiento previsto al efecto por el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres, aprobado mediante el referido decreto supremo N° 29, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Decreto: Apruébase y oficialícese la siguiente clasificación de especies según estado de conservación, resultado del decimoctavo proceso de clasificación: Reino: ANIMALIA https://www.leychile.cl/ Decreto 10, MEDIO (2023) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 06-Oct-2023 página 2 de 5 https://www.leychile.cl/ Decreto 10, MEDIO (2023) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 06-Oct-2023 página 3 de 5 https://www.leychile.cl/ Decreto 10, MEDIO (2023) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 06-Oct-2023 página 4 de 5 Reino: FUNGI (hongos y líquenes) Reino: PLANTAE (vegetales) https://www.leychile.cl/ Decreto 10, MEDIO (2023) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 06-Oct-2023 página 5 de 5 Nota 1) Se utilizan criterios UICN (versión 3.1) según lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- María Heloísa Rojas Corradi, Ministra del Medio Ambiente. Lo que transcribo para Ud. para los fines que estime pertinente.- Ariel Espinoza G., Subsecretario del Medio Ambiente (S). https://www.leychile.cl/