Decreto Nº 1.470 - Suspende temporalmente veda extractiva de recurso macha en áreas y período que indica
颁布于 2013-12-31 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 智利
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, fishing area, seasons, molluscs, fishery management and conservation
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, J1Jllll1111J IIIJ~îl[f "· d îiiË smt 2e.112120 1116:06 0 7 1111111111111111 IIIII Ill 0 001125 380138 SUSPENDE TEMPORALMENTE VEDA EXTRACTIVA DEL RECURSO MACHA EN AREAS Y PERIODO QUE INOICA. Y ESTABLECE CUOTA DE CAPTURA QUE SEI\IALA. DECRETO EXENTO N° 1.470 SANTIAGO, 3 1 IJ l C, 201J VISTO: Lo informado por el Comité Cientifico Técnico de recursos bentonicos y algas mediante Actas de Sesion N° 03/ 2013 de fecha 12 cle Diciembre, y N° 4 de fecha 26 de Diciembre, ambas de 2013; lo inforrnado por la Division de Administracion Pesquera de la Subsecretarîa de Pesca y Acuicultura en Informes Técnicos m.PESQ.l f\1° 162- 2013, y N° 208- 2013, ambos contenidos en Memoranda Técnico (R.PESQ) N° 162- 2013, cle fecha 13 de Noviembre de 2013 y N° 208-2013. de fecha 23 de Diciembre de 2013, respectivamente; lo dispuesto en el artîculo 32 N° 6 de la Constitucion Polît ica de la Repüblica; el D.F.L. f\1 ° 5 de 1983, del Ministerio de Economîa, Fomenta y Reconstruccion; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el O.S. N° 430 de 1991 del MinisLerio de Economîa, Fomente y Reconstruccion; las leyes N° 19.880, N° 20.597 y N° 20.657; el O.S. N° 19 cle 2001, del Ministerio Secretarîa General de la Presidencia; la Resolucion N° 1600 de 2008, cle la Contralorîa General de la Repüblica; los Decretos Exentos N° 718 y N° 137 4, ambos de 2013 y ciel Ministerio de Economîa, Fomente y Turismo; la cornunicacion previa al Comité Cientifico Técnico cle Recursos Bentonicos. C O N S I D E RA N D 0: Que m ediante Decreto Exento N° 137 4 de 2013, ciel Minist erio de Economîa, Fomenta y Turismo, se estableci6 una veda extract iva para el recurso rnacha Mesodesma donacium, en el area marît ima de la X Regi6n, por el periodo cle un ano, a con tar cle la publicacion de dicho Decreto en el Diario Oficial. Que el Comité Cientîfico Técnico de Recursos Bentonicos y la Division de Administracion Pesquera de la Subsecretaria de Pesca y Acuicul tura, han recomendado suspender la citacla veda extractiva y asimismo, establecer una cuota anual de capLLJrél para el recurso macha Mesodesma donacium, en el area marîtima correspondiente al sector cle Pucaihuen, y al sector de Playa Cucao, arnbas ubicadas en la X Region. Que el artîculo 3° letras a) y cl, de la Ley General cle Pesca y Acuicultura establecen la facultad para establecer vedas extractivas por especie en un area determinada y el procedimiento para fijar cuotas anuales de captura, respectivamente. OVICtNA n~· PART SU8$lt(i~Js-rAfUti oa 3'\ DI C iu13 Que ambas medidas han siclo cornunicaclas previamente al Comité Cientîfico Técnico de Recursos Bent6nicos, de conformiclacl a lo dispuesto en el artîculo 3° incisa 1 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. DEC RETO: Artkulo 1 °.- Suspénclase la vigencia cle la vecla extractiva para el recurso macha Mesodesma donacium, establecicla rnecliante el Decreto Exenlo 137 4 de 2013, ciel Ministerio de Econornîa, Fomenta y Turismo, entre la fecha cle publicaciôn ciel presente Decreto de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura, y hasta el 31 de Diciembre de 2014, en el area marîtima correspondiente al sector de Pucaihuen, comuna cle Chaitén, provincia de Palena, X Regi6n, comprendida entre los paralelos 43° 19' 03" Latitud Sur, y 43° 2,1' 54" La ti tucl Sur. Asim ismo, suspéndase la vigenc ia de la vecfêl extractiva ya individualizada, para el sector de Playa Cucao, comuna de Chonchi, provincia cle Cl 1iloé, X Regiôn, comprendicla entre los paralelos 42°32'00"5 y 42°45'42,17"5, descle la fecha cle publicaciôn ciel Decreto Exento N° 1374 de 2013, del Ministerio de Economia, Fomento yTurismo y hasLa el 31 cle Mayo de 2014, con el fin cle dar continuidad a la actividad extractiva sobre el mismo recurso, autorizada mediante Decreto Exento N° 718 cle 2013, del cit ado Ministerio y de conform iclacl a lo dispuesto en el artîculo 52 de la Ley N° 19.880, que establece bases de los proceclimientos administrativos que rigen los actos de los ôrganos de la administraciôn del Estado. Articulo 2°.- Fijase para el perioclo 2013-20 l4 una cuota anual de captura de 600 tonelaclas del recurso m acha Mesodesma donacium, a ser extraiclas en el area m arît ima correspondiente a Pucaihuen, comuna de Chaitén, provincia de Palena, X negi6n, comprendida entre los paralelos 43° 19' 03" Latitud Sur, y 43° 24' 54" Latitud Sur, fraccionaclas de lc1 siguiente manera: ANO CUOTA (TONELADAS) 2013 60 2014 540 TOTAL CUOH\ 600 Asim ismo, fijase para el periodo comprendiclo entre la fecha de publicaci6n del presente Decreto cle conforn,idad con la Ley General cle Pesca y Acuicultura y hasta el 31 de Mayo de 2014, una cuota de captura de 500 tonelaclas ciel recurso rnacha Mesodesma donacium a ser extraîdas en el area marîtima de Playa Cucao, comuna de Choncl1i, X Regi6n, ubicada entre los 42° 32' 00" Latitud Sur, y los 42° 45' 42, 17" Lat itud Sur. Artîculo 3°.- Los pescadores arlesanalP'> qui:> realicen actividades pesqueras extractivas sobre el recurso rnacha en el area indiviclualizacla en el nurneral anterior, deberan inforrnar sus capturas en conf ormidad con lo dispuesto en los artîculos G3 y 64 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y las norrnas reglarnentarias vigentes o que se establezcan. La rnisrna obligaci6n tendran las personas naturales o jurîdicas que realicen actividades pesqueras de transformaci6n de macha, segun corresponda. ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL Y A TEXTO INTEGRO EN LOS SITIOS DE DOMINIO ELECTRONICO DE LA SUBSECRETARÏA DE PESG\ Y ACUICULTURA Y DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA. POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPU BU CA