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玻利维亚的法律

Resolución Administrativa SENASAG Nº 31/2016 - Procedimiento aplicable a la emisión de permisos de importación

颁布于 2016-03-01 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
玻利维亚
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, inspection, international trade, legal proceedings/administrative proceedings
类别
*

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文本

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  1. MDRyT ESTAOO PWRINACJONAL 0( IOLMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 031/2016 Santisima Trini dad , 01 de Marzo de 2016 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley de la Republica No 2061 se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria "SENASAG" , coma estructura operativa del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Oesarrollo Rural, Ahora Ministerio de Oesarrollo Rural y Tierras "MDRyT"" , coma encargado de Administrar el Regimen de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria . Que, mediante Oecreto Supremo N° 25729 de establece la organi zacion y funcionamiento Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria mismo tiempo , su misi6n institu cional . fecha 7 de abril del 2000 , del Servicio Nacional de "SENASAG" determinando , al Que, el Oecreto Supremo 26590 de 17 de abril de 2002 que establece que el Permiso Zoosani tario , Fi tosani tario y /o de Inocuidad Alimentaria emitido por el SENASAG sera de exigencia obligatoria para la importaci6n de productos y subproductos de origen agropecuario . Qua , el decreto Supremo 29894 de 07 de Febrero de 2009 determi a la Estructura Organizativa del 6rgano Ejecutivo del estado Plurinacional de Bolivia , y tiene coma objetivo la delimitaci6n de las facultades y tratamiento de asuntos de los diferentes niveles del 6rgano Ejecutivo. Qua, la Decision 515 de Marzo de 2002 , de la Comunidad Andina de Naciones , establece el marco juridico andino para la adopci6n de medidas sani tarias y fi tosani tarias de aplicaci6n al comercio intrasubregional y con terceros paises . Que , la Resoluci6n 1475 de 29 de Mayo de 2012 , Adopta las Categorias de Riesgo Fi tosani tario , para su aplicaci6n en el comercio intrasubregional y con terceros paises , de plantas , productos vegetales y otros articulos reglamentados . Qua, la Resoluci6n 1153 de 14 de Marzo de 2008, Adopta las Categorias de Riesgo Fitosanitario , para su aplicaci6n en el comercio de mercancias pecuarias a nivel intrasubregional y con terceros paises. Qua , el Decreto Supremo 572 de 14 de Julio de 2010, aprueba l a N6mina de mercancias sujetas a autorizaci6n previa y/o Certificaci6n . Qua , el Decreto Supremo 2522 de fecha por objeto otorgar los permisos fitosanitarios a ciertas mercancias. 16 de Septiernbre de importaci6n de 2015 , tiene sanitarios y Que , el Decreto Supremo 26510 de 21 de febrero de 2002 que establece el etiquetado obligatorio de alimentos pre-envasados , que se comercialicen a nivel nacional , sean producidos en mercado interno o importado . Qua, la Resoluci6n Administrativa 172/2007 que aprueba el Manual de Inspecci6n y Control y el manual del inspector. Qua, la Resoluci6n Administrativa SENASAG R . A. No.201/2014 de 31 de Diciernbre de 2014 que aprueba El Reglamento de Registro Sanitario de Empresas del Rubro Alime n ticio , los requisitos para la elaboraci6n , almacenamiento, transporte y fraccionamiento de alimentos y bebidas de consumo humano. MDR T - SEN ASAG D irecci6n : Av. Jose Natu sch Esq. Felix Sattori Telf.: 591-3-4628105 - Fax: 591-3- 46286 83 W r b : www.senasa1Mrob ho Trinid a d - Bcni - Estad o Plurinacio nal d e B o liv ia :MDRy,: ~Se-'..~= Que , es necesario reglamentar y establecer los procedimientos para la emisi6n de los Permisos Zoosanitarios, Fitosanitarios y de Inocuidad Alimentaria de importaci6n , y los procedimientos para la certificaci6n de la inspecci6n una vez que la mercancia arribe al pais , a fin de garantizar y precautelar la salud de la poblaci6n y la sanidad agropecuaria del pais. Que , con el objetivo de impl ementar las directrices para la aplicaci6n de medidas sanitarias en las importaciones y establecer los procedimientos ante el posible incumplimiento de las normas sanitarias en el ingreso al pais de , animales, vegetales, productos y subproductos de origen agropecuarios , insumos veterinarios y agricolas, alimentos y bebidas destinados al consumo humano, ya existentes, se hace de imperiosa necesidad , contar con un Manual especifico al respecto . Que es necesario establecer un manual que se constituya en una directriz para la aplicaci6n del cumplimiento de la normativa vigente , y , que en caso de que aquella sea contravenida, se prescriban todas y cada una de estas contravenciones , cometidas por personas naturales y/o j uridicas, nacionales o extranj eras , que de una u otra manera, tienen estrecha relaci6n con el manipuleo de animales , vegetales , productos y subproductos de origen agropecuarios , insumos veterinarios y agricolas , alimentos y bebidas destinad os al consumo humano . Que, al haberse consensuado y recopilado los criterios tecnicos con las Unidades Nacionales de San idad Animal , Sanidad Vegetal e Inocuidad Alimentaria del "SENASAG", como tambien las normas sani tarias nacionales e internacionales Que, los inforrnes tecnico s y legales correspondientes recomiendan la presente aprobaci6n. POR TANTO: El Director Nacional del Servicio Inocuidad Alimentaria SENASAG , con 10 Inc. e) del Decreto Supremo No. RESUELVE : Nacional de Sanidad Agropecuaria e la facultad conferida por el Art . 25729 de 7 de abril de 2000 ; ARTICULO PRIMERO. - (APRUEBASE) Apruebese LOS PROCEDIMIENTO APLICABLE A LA EMISION DE PERMISO DE IMPORTACION, el rnismo que consta de cuatro (4) Ti tulos y Un ( 1) Anexo que forman pa rte indivisible de la presente Resoluci6n Administrativa , los mismos que se detallan a continuaci6n: T1tulo I . - Requisitos Generales previos para la emisi6n de los permisos de importaci6n emitido por la Unidad de Inocuidad Alimentaria T1 tulo II. - Procedimientos aplicables para la Emisi6n del permiso de Inocuidad Alirnentaria de Importaci6n . T1 tulo III. - Formatos de formularios de Solicitud de Permiso de Inocuidad Alimentaria para Importaci6n y modelos de permisos de Importaci6n de la Unidad de Inocuidad Alimentaria. T1 tulo VI .- Multas y Sanciones . MDRyT - SENASAG Direcd6n: Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori T c lf.: 591-3-4628105 - Fax: 591-3- 4628683 Web: www scnasag gob bo Trinidad - Bcni - Estado P lurin acional de Bolivia Anexo I . - Lista de Productos que importaci6n de las Unidades Sanidad Animal . deben obtener permiso de de Inocuidad Alimentaria y ARTICULO SEGUNDO . - (APRUEBASE) Apruebese los PROCEDIMIENTOS DE, VERIFICACION, INSPECCION Y CERTIFICACION DE MERCANCIAS DE IMPORTACION, DE COMPETENCIA DE LA UNIDAD DE INOCUIDAD ALIMENTARIA , los mismos que constan de Doce (12) Anexos , que forman parte indivisible de la presente Resoluci6n Administrativa , los mismos que se detallan a continuaci6n. Anexo I.- Productos de origen vegetal destinados al consumo humano, transportados por los pasaj eros , autorizados a ingresar al pais. Anexo II.- Listado de productos y subproductos de e insumos transportados por pasajeros; ingreso al pai.s . Anexo III . - Formatos de Actas de Retenci6n, Destrucci6n . Anexo IV. - Modelo de Libro de Novedades. Anexo V. - Acta de no Comercializaci6n . origen animal prohibido su Decomiso y Anexo VI .- Selecci6n de tamano de muestra a ser Inspeccionado . Anexo VII .- Defectos inaceptabl e , detectado en una inspecci6n visual de alimentos pre-envasados . Anexo VIII. - Tabla 2.B- Planes de muestreo simple para Inspecci6n estricta (tabla maestra) Anexo IX. - Acta de Inspecci6n. Anexo X .- Muestreo de productos. Anexo XI. - Acta de extracci6n de muestras. ARTICULO TERCERO . - (VIGENCIA) Los permisos de la Unidad de Inocuidad Alimentaria , tendran calendario. Importaci6n emitidos por una vigencia de 90 di.as Estos permisos podran ser suspendidos ante una sanitaria en el pais de procedencia u Origen, que subproducto agropecuario o agroindustrial obj eto traves de Resoluciones Administrativas. emergencia o alerta afecte al producto o de la importaci6n a Los Permisos de importaci6n emitidos Alimentaria podran renovarse por 30 necesario, a solici tud del interesado, carta al jefe distrital mencionando el vencido y el dep6si to bancario por el emita el Nuevo documento debera hacerse caducado . por la Uni dad de Inocuidad di.as mas , las veces que sea presentando el interesado una motivo y adjuntando el permiso servicio solici tado, cuando se referencia al Numero de permiso ARTICULO CUARTO . - (EXCEPCION DE EMISION DE PERMISOS DE IMPORTACION VIGENCIA) Para mercancias que por sus caracteri.sticas tecnicas comprobadas mediante ficha tecnica u otra documentaci6n no requiere permiso de importaci6n del SENASAG , pero que par partida arancelaria, la Aduana Nacional de Bolivia solicitare el permiso de importaci6n como documento soporte, el Responsable de autorizaci6n de la Jefatura Distrital correspondiente del SENASAG emitira la correspondiente nota o certificaci6n dirigida a la empresa manifestando que el producto en cuesti6n no requiere permiso sanitario de importaci6n . MDRyT - SENASAG Direcci6n : Av. Jose Natusch Esq. Fdix Sauori •reu-.: 591-3-4628105 - Fax: 591-3- 4628683 Web: www senasag.gob.bo ·rrinidad - Bcni - Estado Plurinacion.al de Bolivia fSTAOO PLURINACIONAL DE BOUVIA ARTICULO QUINTO . - (EXCEPCION PARA IMPORTACION DE MATERIAS PRIMAS E INSUMOS) De manera excepcional y con la finalidad de promover la industria Alimentaria en Bolivia y sin perj uicio de los requisi tos establecidos en el Reglamento de Registro Sanitario de Empresas del Rubro Alimenticio , se permitira, la importaci6n de materias primas e Insumos a ser usados en la industria (se excluye de esta excepci6n los productos de cal.egorias de alto riesgo Carnes y derivados ademas de Leche y derivados), con la presentaci6n de un Certificado sanitario emitido por autoridad competente de un pais tercero , distinto al de origen, siempre y cuando el mencionado certificado pueda contener elementos de trazabilidad a la cert:ificaci6n sanitaria de origen al pais tercero debiendo acompanar en fotocopia simple sin excepci6n. ARTICULO SEXTO .- (RESPONSABILIDAD) El Importador es el responsable por los eventuales perjuicios que pueda causar a la Salud Humana cualquier Mercancia , y reservandose el derecho de audi tar la misma cuando la aut:oridad Sanitaria Competente lo considere conveniente . ARTICULO SEPTIMO.- (DEROGACION) la presente Resoluci6n deroga la resoluci6n Administrativa 057 /2004 "Manual de medidas sani tarias del SENASAG para las importaciones" en todos los segmentos competentes, en el que se describen los procesos , procedimientos y formularios correspondientes a la Unidad de Inocuidad Alimentaria. ARTICULO OCTAVO .- (ABROGACION) la presente Resoluci6n abroga la resoluci6n Administrativa 121/2002. ARTICULO NOVENO.- (DISPOSICION UNICA) Las disposiciones Resoluci6n Administrativa se aplicaran a partir de los de su promulgaci6n. de la Presente 15 Dias Ha.biles ARTICULO DECIMO .- Queda encargado de la ejecuci6n y cumplimiento de la presente Resoluci6n Administrativa la Jefatura Nacional de Inocuidad Alimentaria , la Jefatura Nacional de Sanidad Animal, la Jefatura Nacional de Sanidad Vegetal y las Jefaturas Distritales del SENASAG . . REGISTRESE , COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE. )\.\\ . a0raonez Castifw ,.--==G--"'EHERAL EJECUTIVO ASAG . M0Ry'T Cc. I Arch. DN/ Ing. Mauricio Ordo~az C. UNAJ/ Dr. Leonardo Franck. Luis P . Fl.orcs T. MORyT - SENASAG Direcci6n : Av. Jost! Natusch Esq. Felix Sattori Telf.: 591-3-4628105 - Fax: 591-3- 4628683 Web: www.•cnasag gob.ho Trinidad - Beni - Estado Plurinacional de Bolivia TITULO I REQUISITOS GENERALES PREVIOS I. Para importaci6n de productos y subproductos pecuarios El interesado que desee importar productos y subproductos pecuarios debe dar estricto cumplimiento a los requisites sanitarios de la Comunidad Andina de Naciones, de igual manera debe cumplir con los requisites y normas de la Unidad Nacional de lnocuidad Alimentaria, punto II. Toda granja, frigorifico o planta procesadora de origen, debera ser sometida a una evaluaci6n in situ para optar por la habilitaci6n o reconocimiento por parte del SENASAG, de acuerdo a normativa vigente. De la misma manera, dependiendo del riesgo sanitario que implique el ingreso del producto, se podra requerir un Analisis de Riesgo Comunitario previo a su importaci6n. Con relaci6n al Servicio Veterinario Oficial de origen, dependiendo del pais , este sera sometido a una evaluaci6n tecnica por parte del SENASAG. II. Para importaci6n de materias primas e insumos de uso alimentario, alimentos y bebidas en general destinados al consumo humano Toda Empresa del Rubro alimenticio que desee importar ya sea materias primas e insumos de uso en la industria alimentaria , alimentos y bebidas procesadas, deberan contar con el Registro Sanitario vigente emitido por el SENASAG para el producto a importar. El certificado sanitario de origen podra mencionar o indicar que los productos se encuentran en conformidad a las Directrices del Comite del Codex Afimentarius y debera mencionar que son aptos para el consume humane y/o aclarar que su uso es destinado a la industria alimentaria para el caso de las materias primas e insumos como aditivos y auxiliares alimenticios , el mismo a de mas debe ser necesariamente emitido por la Autoridad Nacional Competente del pai s de procedencia, salvo los casos en los que el pais de origen acredite que otras instancias distintas a las autoridades competentes, emitan los mencionados certificados, esta figura debera estar previamente reconocida por el pafs de origen y aceptado por el SENASAG. El certificado sanitario de Origen del paf s de Origen debera contener ademas informaci6n general que certifique especificamente que el o los lotes de los productos comprendidos en la factura de exportacion que se estan importando, son los aptos para el consume Humana o para su uso en la industria alimentaria, preferiblemente debera contener, cuando corresponda, la siguiente informaci6n: Cantidad del Producto Marca del producto. Tipo y Tamario de envase Puerto o punto de salida De manera obligatoria debera tener datos como: Descripcion y nombre del producto Late y fecha de vencimiento (o en su caso hacer trazabilidad al numero de factura especificamente) Nombre del fabricante , productor, vendedor y/o exportador Fecha de emisi6n del Certificado. Nombre del organismo certificador. Toda esta informaci6n debera venir en idioma espanol. TITULO 11. PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LA EMISION DE PERMISOS DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION 1- OBJETIVO El presente tiene por objeto establecer los procesos , subprocesos y actividades a realizar para la emisi6n de los Permisos de lnocuidad Alimentaria de importacion , determinando tiempos y responsabilidades de los personeros involucrados. 2. - DEL ALCANCE El procedimiento involucra, desde la informaci6n proporcionada al lmportador para obtener el Permiso de lmportacion, recepci6n de las solicitudes del lmportador pasando per su registro, protesamiento, su emisi6n y archivo, hasta la entrega del Documento al lnteresado. 3.- GLOSARIO DE PALABRAS Archivo: Actividad que tiene come prop6sito mantener bajo custodia fisica , documentos oficiales concernientes al proceso de emisi6n de certificados de exportaci6n en el SENASAG. Autoridad Nacional Competente de Control de la Producci6n Ecol6gica: Autoridad delegada al Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentarfa - SENASAG, por la Autoridad del Estado, para fiscalizar la correcta aplicaci6n de la presente Norma y el buen funcionamiento del Sistema Nacional de Control de Producci6n Ecol6gica. Aditivos y au x i Ii a res alimentarios, toda sustancia natural o artificial que por si misma no se consume normalmente como alimento, aunque tenga caracter alimenticio y que no sea usada habitualmente como ingrediente basico de un alimento, tenga o no tenga valor nutritive y que se anade intencionalmente a un alimento con un fin tecnol6gico u organoleptico, en cualquier fase de la fabricaci6n , de la transformaci6n, del tratamiento, del acondicionamiento, del envasado, del transporte o del almacenamiento del referido alimento y que puede afectar o afecta (directa o indirectamente) su incorporaci6n o la de sus derivados en el alimento o puede afectar de otra manera las caracteristicas de dicho alimento. La expresi6n no se aplica ni a los contaminantes ni a las sustancias anadidas a los alimentos con el objeto de mantener o mejorar sus propiedades nutritivas. Alimento,al producto que se destina al consumo humano, obtenido por transformaci6n ffsica , qufmica o biol6gica de insumos de origen frutas , animal o mineral y que contiene o no aditivos alimentarios; ademas se considera alimento al aditivo alimentario, al chicle y a los alimentos y bebidas procesados, semi procesados o al natural que podran ser consumidos conic tal o servir de materia prima para otras industrias. No se incluye en alimentos aquellas sustancias utilizadas como medicamentos. Alimento alterado, es aquel que por causa de sus propios componentes, como las enzimas o por razones ambientales, como la temperatura y humedad, ha perdido su valor nutritive, sus factores fisicos o quimicos o su apariencia normal. Alimento contaminado, todo alimento que contenga germenes pat6genos, sustancias quf micas o radioactivas , toxin as o parasites capaces de producir o transmitir enfermedades al hombre o a los animales. Alimento envasado hermeticamente, es aquel alimento que ha sido envasado a nivel industrial y mantendra sus caracterfsticas ffsicas, quf micas y nutricionales mientras no sea abierto, si se cumplen las indicaciones de almacenamiento recomendadas por el productor. Alimento envasado no hermeticamente, es aquel alimento que se envasa func;lamentalmente en la comercializaci6n o como de pre empaque y tiene como fin proteger al alimento de la contaminaci6n externa, ya sea del ambiente o de la manipulaci6n. Alimento falsificado, es aquel que: a) presente, sin serlo , la apariencia, caracteres generales, denominaci6n y/o rotulaci6n de un producto leg[timo, protegido o no por una marca registrada o no proceda de sus verdaderos fabricantes; b) lleve insertada en el envase o rotulaci6n cualquier indicaci6n ambigua, confusa o falsa que pueda inducir a error o engano. c) vendiendose en envase original haya sido sustituido todo o parte de su contenido. Alimento fortificado, es todo alimento natural o natural procesado al que se le han adicionado otras sustancias con el objeto de mejorar sus propiedades nutricionales. Alimento genuino, es el que se ajusta a todas las especificaciones establecidas por las normas para el tipo de alimento de que se trate. Sus caracter[sticas sensoriales, sus ingredientes y su valor nutritive deben responder a las especificaciones establecidas y en su denominaci6n, envase, rotulaci6n y presentaci6n debe responder a lo establecido. Alimento inocuo, es aquel que por sus propiedades y condici6n es apto para el consume humano, sin representar riesgos para la salud. Alimento natural procesado, es todo producto elaborado a base de un alimento natural que ha sido sometido a un tratamiento adecuado para su conservaci6n o consumo ulterior. Buenas Practicas de Manufactura-BPM's (GMP's), o Buenas Practicas de Manufactura: Principios generales de manipulaci6n, control, diserio, proceso, higiene y sanidad que tienen como objetivo crear condiciones favorables a la producci6n de alimentos inocuos. Estan compuestas por 10 aspectos: lnfraestructura, Materias Primas e lnsumos, Procesos, Personal, Producto Terminado, Equipos, Servicios, Manejo de Desechos, Control de Plagas, y Transporte. Certificado Sanitario de Origen Documento emitido por la Autoridad Competente del Pals de Origen de elaboraci6n, pudiendo ser: Certificado Sanitario, Certificado de libre venta, certificado sanitario de exportaci6n, o documento similar, excepcionalmente en el caso de bebidas alcoh6Iicas y segun el pals de origen se podra aceptar el informe de resultados de analisis emitidos por Laboratorio acreditado por la Autoridad Competente, siempre y cuando en todos los casos contenga alguna informaci6n especifica de la mercanc[a a lmportar. Consumidor, toda persona natural, colectiva o jur[dica que, adquiera, utilice o disfrute productos alimenticios en el mercado nacional como destinatario final de los mismos; no son consumidores quienes sin constituirse en destinatarios finales adquieran, almacenen o utilicen productos o servicios con el fin de integrarlos en procesos de producci6n , transformaci6n , comercializaci6n o prestaci6n a terceros. Contaminaci6n, presencia de cualquier material objetable, de origen ffsico, quimico y/o biol6gico, en el producto. Copia Legalizada: Fotocopia del documento original, legalizado con un sello que lleva la inscripci6n "Copia Fiel del Original" con la firma y sello de la persona designada por la Jefatura Distrital para efectuar la legalizaci6n. Esta legalizaci6n se la efectua a solicitud del interesado, y es utilizada a efectos que declare por escrito. Expediente: Nombre que se utiliza al referirse a todos los registros que se adjuntan al tramite para obtener el Permiso de importacion y sirven para evidenciar la realizaci6n de las actividades, come ser: Formulario de solicitud , Factura comercial , Lista de empaque, Boleta de dep6sito certficado sanitario de origen y otros documentos necesarios. Embalaje, o envase terciario, es el material utilizado para proteger el envase y/o producto, de los danos fisicos y agentes exteriores, durante su almacenamiento, transporte y manipuleo. El embalaje esta destinado a contener uno o varies empaques. Empaqueo envase secundario, es todo recipiente destinado a contener envases o envolturas individuales con el fin especffico de protegerlos y facilitar su manipulaci6n. Empresas, son las empresas del rubro alimenticio, ya sean procesadoras: industriales, semi industriales o artesanales, importadoras, fraccionadoras y envasadoras de alimentos y bebidas, mataderos, camaras Frigorfficas y camaras de maduraci6n de Fruta. Envase o envoltura, o envase primario, es todo tipo de recipiente que no forma parte de la naturaleza del alimento (incluidos paquetes, envolturas y tapas etc.), que contiene alimentos para venderlos come un solo artf culo, con la misi6n especffica de protegerlo de su deterioro, contaminaci6n , y facilitar su transporte y comercializaci6n. El envase se encuentra en contacto directo con el alimento. Firma Autorizada Es la rubrica que se incluye en el anverso del Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion y que pertenece a funcionarios expresamente autorizados (responsables de autorizaci6n) por el SENASAG. Grupo de productos, Para efectos de toma de muestras se considera grupo de productos aquellos elaborados per un mismo fabricante, con la misma composici6n cualitativa de ingredientes basicos que distingue al grupo, el mismo proceso productivo y que comparten aditivos alimentarios semejantes. Grupo de Alimentos Se considera grupo de alimentos, a aquellos que pertenecen a la misma categorfa de alimentos conforme la Resoluci6n administrativa vigente que aprueba el sistema de codificaci6n de alimentos y bebidas destinadas al consume humano en sus diecinueve clases. lmportador: Persona Natural o Juridica, que cuenta con el registro sanitario vigente o aval sanitario emitido por el SENASAG; Autorizada para poder importar mercancias destinadas al consume humano. lngrediente, son las materias primas basicas, que componen el alimento. Materia Prima e lnsumo Se conoce como materia prima a aquellos productos que se utilizaran como material para elaborar un producto final. Muestras sin valor comercial: Son productos, como materias primas, insumos, alimentos y bebidas destinados al consumo humano, que son extrictamente de use y consume humano propio y/o a ser usados en pruebas piloto o que tienen la finalidad de ser promocionados en el mercado, de acuerdo a los pesos establecidos. Naturaleza delproducto, se refiere al origen de los ingredientes componen el alimento, por ejemplo: de origen natural, derivado de sintetico , alimento irradiado u otros. (aditivos incluidos) que biotecnologia, de origen Producto Ecol6gico: Todo aquel producto originado en un sistema de producci6n y/o aprovechamiento agricola pecuaria , forestal y otras , que en su procesamiento transformaci6n emplee tecnologias en armonia con el medic ambiente, respetando la integridad cultural y que optimicen el uso de los recursos naturales y socioecon6micos, a fin de garantizar una producci6n sostenible . Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion: Es el Documento emitido por el SENASAG a las empresas categorizadas come lmportadoras, que han cumplido con los requisites documentales a efectos de importar mercancfas destinadas al consumo Humano. 4. REQUISITOS PARA LA EMISION DEL PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION Los requisites que son solicitados a los lmportadores , han sido agrupados en 2 tipos de Requisites, con el objeto de uniformar la informaci6n brindada y documentaci6n que es solicitada. a. Requisitos Generales: Son Requisites Generales aquellos que solicita el SENASAG para realizar sus actividades de gesti6n y se aplica para TODOS los productos con caracter de importacion: • Formulario de Seguimiento al Tramite (En Blanco) • Formulario de solicitud de permiso de lnocuidad alimentaria de lmportacion debidamente llenado. • Una Fotocopia de la Factura Comercial (3 fotocopias , en los casos en que el cobro a realizarse se calcule en base a la factura correspondiente) . • Una Fotocopia de la Lista de Empaque. • Boleta de Dep6sito Bancario, mas 2 fotocopias de acuerdo a las tasas aplicables . • Copia del Certificado Sanitario de Origen especifico para el o los productos a importar o en el caso de bebidas alcoholicas copia del lnforme de laboratorio oficial acerditado p6r la autoridad competente. b. Requisitos Particulares: Ademas de la presentacion de los requisites Generales detallados anteriormente debera presentarse los siguientes en los siguientes casos: Para el caso de lmportacion de aditivos y auxiliares alimenticios: presentar copia de la ficha tecnica de cada producto . Para el caso de productos con caracter organico y/o ecologico: Debera presentar certificado que acredite esta caracteristica , emitido por la autoridad competente en produccion ecologica del pais de origen. Estos requisites estaran sujetos a cambio y modificaci6n de acuerdo a necesidades e inclusiones que realice la lnstituci6n. NOTA: Podran existir otros requisites adicionales a los anteriormente descritos, los mismos que deberan ser establecidos en Resoluciones administrativas y/o lnstructivos emanados por la Direccion Nacional del SENASAG para su exigencia previa a la emisi6n de los documentos de importaci6n. 5. PROCEDIMIENTO PARA LA EMISION DEL PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION 5.1 EMISION DEL PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION EN LAS OFICINAS DEL SENASAG RES PON SABLE ROL lnformar al lmportador sobre Requisites, tasas aplicables, conformidad de productos organicos, y de acuerdo a requerimiento. Entregar formulario de Solicitud de Permiso de lnocuidad Responsable de lnicio de Alimentaria de lmportacion. Tramite - Recepcionar las Solicitudes de Permisos de importaci6n. Verificar Requisitos Generales. Entregar Permisos de inocuidad Alimentaria de lmportacion impresos. Verificar el cumplimiento de los requisitos Particulares, aprobar o Responsable de rechazar la solicitud. Procesamiento - Completar los formularios de: Solicitud de Permisos de lmportacion y el Formulario de Seguimiento al Tramite. Registra dates en Base de Datos. lmprimir Permisos de lmportacion y solicitar firma autorizada. Responsable de Emisi6n - Entregar Permisos de lmportacion lmpresos a lnicio de tramite. Archivar los Permisos de lmportacion. Revisa, evalua y aprueba las sol icitudes de Permisos de Responsable de lmportacion procesadas por el Responsable de Autorizaci6n Procesamiento. Firma los Permisos de lmportacion , emitidos. 5.1.1 SUB-PROCESO: INICIO DE TRAMITE 5.1.1.1 5.1.1.2 Solicita lnformaci6n lnferma y/e entrega documentaci6n Prepara y 5.1.1.3 entrega 5.1.1.4 Documentaci6n Recepci6n y verificaci6n de Documentos lmportador Respensable de lnicie de tramite lmportador Responsable de lnicio de Tramite Solicita informaci6n, para obtener el Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion, en la respectiva Jefatura distrital o en su caso puede obtener informacion ingresando a la pagina web del servicio www.senasa . ob.bo . lnforma y/e entrega al lmpertador documentaci6n de acuerdo a su requerimiento , sebre: Requisites Generales. Requisites Particulares. Mento a depositar, Banco y numero de cuenta. Formulario de Selicitud de Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion . Otros as ectos concernientes. Presenta la documentacion para la comprobaci6n del cumplimiento de los requisites generales y/o particulares de ser posible en esta etapa. Recepciona la documentaci6n entregada per el lmportador y realiza la verificaci6n del cumplimiento de los Requisites Generales y Particulares a traves del Formulario de seguimiento al tramite: a) Verifica el correcto llenado del Formulario de Solicitud de Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion, segun corresponda comprobando que: Los dates del lmportador y datos del producto se encuentren correctamente llenados. b) Verifica que se encuentre la fotocopia de la Factura, en los cases en los que la tarifa aplicable se cobren de acuerdo a la factura , verifica que se adjunte 3 fotocopias de la misma. c) Fotocopia de la Lista de empaque, d) Verifica que el Dep6sito realizado este de acuerdo al Procedimiento de Control de Pages y que se adjunte: la boleta de dep6sito y 2 fotocopias de la misma. e) Verifica si corresponde el Documento sanitario y si cuenta con los elementos estipulados en los requisites previos. De la misma manera verifica los requisites particulares dependiendo del producto. Una vez realizada la verificaci6n , registra el ingreso del expediente en el Libra de Registro de lnicio y Cierre de Tramite en el Formulario de se uimiento al tramite. En caso de no cumplir con los requisites , informa al importador sabre la documentaci6n faltante y entrega una copia del Formulario de seguimiento al tramite, indicando las observaciones. Esta etapa debera realizarse en un maxima de 24 Horas posteriores a la entreqa. Evalua la Responsable Analiza si el lmportador requiere coordinar la 5.1.1.5 necesidad de lnicio de verificaci6n de requisites particulares. de coordinar Tramite Si no requiere coordinaci6n sigue paso 5.1 .1.6 Si requiere coordinaci6n sique paso 5.1.1 . 7 Despacha al Responsable Una vez verificados los requisites y al no requerir 5.1.1.6 de lnicio coordinaci6n, despacha al lmportador. lmportador de Tramite Sigue paso 5.1 .1.8 Responsable Si requiere coordinaci6n , deriva al importador con 5.1.1.7 Deriva al de lnicio de todo el expediente revisado, a la unidad lmportador Tramite correspondiente para que coordine la verificaci6n de Requisites Particulares. Responsable Deriva la solicitud de lmportacion al Area 5.1.1.8 Deriva de lnicio correspondiente para su procesamiento, adjuntando documentaci6n de Tramite el Formulario de seguimiento al tramite debidamente firmado. 5.1.2 SUB-PROCESO: PROCESAMIENTO Y EMISION Desde el momenta en que ingresa el tramite de solicitud de Permiso de lmportacion, este puede tener los siguientes estados: Estado Descripci6n El tramite se encuentra aun en procesamiento: (1) Para verificaci6n de Pendiente requisites generales, particulares o (2) A la espera de la firma autorizada o (3) Revision en Sistema Al momenta de realizar la verificaci6n de los requisites generales y/o Observado particulares, se evidencia la falta de algun tipo de documentaci6n. En este caso se comunica y coordina con el lmportador para que complete la documentaci6n faltante . Documento err6neamente emitido. Ej . Datos mal cargados, fallas de Anulado impresi6n, etc. En cuyo caso se declara coma anulado y se archiva. Aprobado Realizadas todas las actividades de verificaci6n , se evidencia el cumplimiento de todos los requisites, ya sean Generales o particulares. Realizadas todas las actividades de verificaci6n , se evidencia el no Rechazado: cumplimiento de todos los requisites o parte de ellos, ya sean requisites generales o particulares. Cancelado: lniciado el proceso, el importador mediante nota solicita que no se siga el tramite , se suspende el tramite. El responsable de procesamiento debe evaluar la documentaci6n derivada a su persona y en caso de incumplimiento de los requisites (generales y/o Particulares) lo rechazara indicando los pormenores en el Formulario de Seguimiento , si el expediente cumple con los requisitos , en un plaza no mayor a 4 (cuatro) dfas habiles a partir del cumplimiento de todos los requisitos exigidos por el Servicio , la Jefatura Distrital entregara el Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportaci6n firmado , al importador. NOTA: El tiempo de entrega del Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion firmado, podra ampliarse de acuerdo a Resoluciones administrativas y/o lnstructivos emanados por la Direccion Nacional del SENASAG. 5.1 .2.4 5.1.2.5 5.1.2.6 lmpresi6n de Permisos de lmportacion Solicita firma de Permisos de lmportacion Archiva Responsable de Emisi6n Responsable de Emisi6n Responsable de Emisi6n L I 111::>IUI I I Cdll£.d Id II I If.JI C::>IUI I UC '"t CJCI I lf.lldl ,::::, UCI permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion, tomando en cuenta: Que los datos y los campos se encuentren completes. El uso correcto del formulario En caso de emitir permisos err6neamente, estos deben ser anulados y archivados de acuerdo a Procedimiento. El Responsable de Emision solicita al Responsable de Autorizaci6n , realice la firma de Permisos de lnocuidad Alimentaria de lmportacion emitidos v a su vez el colocado del sello seco. Una vez firmado el Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion y sus copias, entrega el documento original del Permiso de lmportacion al responsable de lnicio de Tramite, a traves del complete llenado del Formulario de Seguimiento al Tramite, para entreqa al importador v archiva la 5.1.2.7 Entrega Permiso de lmportacion Responsable de lnicio de Tramite Documentaci6n restante de Acuerdo a procedimiento de Archive de Permisos de lmportacion. Entrega el original del Permiso de importacion y solicita al lmportador que firme: el Libro de Registro de lnicio y Cierre de Tramite como constancia de la entrega. Registra los datos correspondientes (fecha, N° de Permiso, persona que recoge) en Libro de Registro de lnicio de Tramite. En los casos en los cuales la mercancia vaya a ser desaduanizada en otra distrital distinta donde se emiti6 el permiso de lmportacion, debera elaborar comunicaci6n lnterna, dirigida a la distrital de destine, adjuntando dos ejemplares del permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion emitidos. NOT A: Es importante mencionar que previamente a la emisi6n del Permiso de lmportacion se debera corroborar que la importadora tambien cuente con un almacen declarado en la distrital de destine, el mismo que debe necesariamente figurar en la base de dates del sistema Gran Paititi, caso contrario no debera emitirse el permiso 5.2 PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE EMISION DE PERMISOS DE IMPORTACION EN LINEA El presente procedimiento tiene por objeto establecer los subprocesos y actividades a realizar al memento de emitir los permisos de lnocuidad Alimentaria de lmportacion, determinando responsabilidades y cargos involucrados, de acuerdo a caracterf stica especial en las diferentes jefaturas distritales del SENASAG. Con la finalidad de agilizar el tramite de emisi6n de permisos de importacion y favorecer de este modo a los importadores, en cuanto se refiere a los tiempos, se ha establecido el procedimiento de emision de permisos de lnocuidad Alimentaria en linea, este procedimiento es de aplicaci6n voluntaria, pudiendo los importadores acogerse al mismo presentando una carta escrita dirigida a la Jefatura Distrital correspondiente, solicitando una cuenta de usuario para que tenga acceso a la aplicaci6n ademas deberan contar con el Registro Sanitario vigente otorgado por el SENASAG. El importador que tenga asignada una Cuenta al Sistema, podra llenar y cargar todos los datos y los requisites documentales sin necesidad de apersonarse a la Oficina Distrital en primera instancia y posteriormente enviar a traves del sistema informatico, al SENASAG. 5.2.1 SUB-PROCESO: PROCESAMIENTO Y EMISION DEL PERMISO DE IMPORTACION EN LINEA En un plazo no mayor a 2 dfas habiles (48 Horas) a partir del cumplimiento de todos los requisites exigidos por el Servicio, la Jefatura Distrital entregara el Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportaci6n, o rechazara la solicitud por incumplimiento de los requisites generales o particulares . Desde el momenta en que ingresa el tramite de solicitud de Permiso de lmportacion, este puede tener los siguientes estados: Pendiente: El tramite se encuentra aun en procesamiento: (1) Para verificaci6n de requisites generales, particulares o (2) A la espera de la firma autorizada o 3 Revision evaluacion en Sistema. Observado: Al memento de realizar la verificaci6n de los requisites generales y/o particulares, se evidencia la falta de algun tipo de documentaci6n o dates erroneos car ados en el sistema. Anulado Certificado err6neamente emitido. Ej . Dates mal llenados, fallas de impresi6n, etc. En cuyo case se declara come anulado y se archiva de acuerdo a roceso descrito osteriormente. Aprobado: Realizadas todas las actividades de verificaci6n , se evidencia el cumplimiento de todos los requisites. Rechazado: Realizadas todas las actividades de verificaci6n, se evidencia el no cumplimiento de todos los requisites o parte de ellos. (Productos sin re istro sanitario rinci almente . 5.2.1.1 Registro de Datos en el Sistema lnformatico Gran Paititi - Modulo de importaciones Envio de informacion 5.2.1.2 al responsable de procesamiento . Recibir y verificar las solicitudes de Permisos de 5.2.1 .3 lmportacion completados y la documentaci6n respaldatoria. lmportador lmportador Responsable de Procesamiento Registra dates en el Sistema lnformatico Gran Paititi - Modulo de lmportaciones completando los campos: Dates Comerciales del Exportador e I mportador. Dates de la mercancia o lotes a importar. Registra los dates de los respaldos correspondientes Registra dates de la boleta del dep6sito bancario Registra los [terns de productos a importar. Otros Dates Escanea todos los requisites generales y particulares (si aplica) y sube al sistema todos los documentos solicitados, en medic electr6nico. Envia a traves del Sistema informatico toda la informacion cargada en el Sistema, al responsable de procesamiento designado en la Jefatura Distrital Correspondiente. Una vez el Responsable haya recibido la solicitud del importador, a traves del sistema Gran Paititi registra el ingreso del expediente en el Libre de Registro de lnicio y Cierre de Tramite posteriormente evalua y verifica que: • La solicitud cuente con todos los dates correctamente llenados. • Verifica que los dates de los productos solicitados correspondan a los que figura en el certificado sanitario de OriQen y otros documentos de Revision de tramites 5.2.1.4 en el sistema Gran paititi lmpresion del Permiso 5.2.1.5 d I . e mportac1on. 5.2.1 .6 5.2.1.7 Entrega del Permiso lmpreso y documentos respaldatorios en . la jefatura distrital Recepci6n y verificaci6n de Documentos lmportador lmportador lmportador Responsable de Procesamiento acuerdo a los requisitos generales y particulares. • Cuente con la documentaci6n de respaldo escaneada, correspondiente a los Requisitos Generales y/o Particulares (si aplica). Como producto de la evaluacion y revision podra determinarse: SI CUMPLE con los requisitos, el Responsable de Procesamiento derivara el tramite, a traves del sistema, al responsable de autorizaci6n quien aprobara el expediente en el sistema. SI NO CUMPLE, el responsable de procesamiento determinara que el expediente se encuentra Observado y detallara las observaciones encontradas a traves del sistema. En ambos cases luego de que el responsable de procesamiento haya realizado el dictamen, el sistema Gran paititi enviara un correo electronico al responsable de la empresa indicando su aprobacion o en su case detallando las observaciones. El lmportador debera revisar diariamente su cuenta para verificar el estado de los tramites pendientes con el SENASAG. En case de que una de sus solicitudes se encuentre observada debera subsanar las observaciones detalladas y enviar nuevamente la solicitud al responsable de procesamiento para su evaluacion de acuerdo a los pasos mencionados anteriormente. En el case de que el importador verifique que su tramite a side aprobado, inmediatamente imprimira 4 ejemplares del Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion (anverso y reverse) y hojas adjuntas de Lista de productos. El lmportador debera apersonarse a la Jefatura Distrital donde solicito el Tramite y entregara Todos los ejemplares del Permiso lmpreso y todos los documentos respaldatorios (Requisites Generales y/o Particulares) en fisico junto con el Formulario de Seguimiento al tramite. El Responsable de procesamiento revisara que todos los documentos presentados por el lmportador sean los mismos que envio a traves del sistema y si coinciden derivara inmediatamente, el permiso de lmportacion para su Firma. TODA LA DOCUMENTACION EXIGIDA DEBE SER CONCORDANTE CON LO QUE EN PRIMERA INSTANCIA ENVIO A TRAVES DEL SISTEMA. Esta etapa debera realizarse en 1 (una) Hora posterior a la entreqa. 5.2.1.8 5.2.1.9 Firma del permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion . Entrega del Permiso de lmportacion al lmportador. Responsable de autorizacion Responsable de lnicio de Tramite El responsable de autorizaci6n inmediatamente luego del visto bueno, en el Formulario de seguimiento al tramite, del responsable de procesamiento, procedera a la firma y colocado de sello seco de todos los ejemplares del permiso de lnocuidad Alimentaria de importacion y derivara el documento Firmado al responsable de lnicio de Tramite, para su entrega al lmportador. De la misma manera deriva los ejemplares restantes al responsable de Emision para su archive correspondiente de acuerdo a procedimiento establecido. Entrega el Permiso de lmportacion original firmado al importador, solicitando su firma en el Libra de Registro de lnicio y Cierre de Tramite coma constancia de la entrega. Registra los dates correspondientes (fecha, N° de Permiso, persona que recoge) en Libre de Registro de lnicio de Tramite, posteriormente Archiva las copias de los permisos de lmportacion y el expediente de acuerdo a procedimiento. En los casos en los cuales la mercancia vaya a ser desaduanizada en otra distrital distinta donde se emiti6 el permiso de lmportacion, debera elaborar comunicaci6n lnterna, dirigida a la distrital de destino, adjuntando dos ejemplares del permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion emitidos. Es importante mencionar que previamente a la emisi6n del Permiso de lmportacion se debera corroborar que la importadora tambien cuente con un almacen declarado en la distrital de destino, el mismo que debe necesariamente figurar en la base de datos del sistema Gran Paititi . En ambos Procedimientos de Emision de permisos de lmportacion ya sea de manera normal o en Linea, como medida de seguridad y para efectos de control, al momenta de la impresion del documento, el Sistema lnformatico GRAN PAITITI , generara un c6digo (mico QR para cada Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion, que contendra la siguiente informacion: • Nombre o Razon Social del importador • Nombre o Razon Social del exportador • Pafs de procedencia • Oficina Autorizada del SENASAG • Fecha de emisi6n • Unidad Tecnica. • Datos generales de la mercancia (lote, fechas de vencimiento , Nombre del producto). • Numero de Factura Comercial. Se podra emitir un permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion por cada factura, independientemente de que los productos se encuentren respaldados por un solo Certificado Sanitario de Origen o por varies Certificados o viceversa cuando se presente un solo certificado sanitario de origen para varias facturas . • El importador podra presentar sus solicitudes de lmportacion en cualquiera de las 9 oficinas Distritales del SENASAG, independientemente de la distrital en la que haya obtenido su registro Sanitario. Para los productos detallados en el Anexo I ademas de la obtencion del Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion se debera Obtener el permiso Zoosanitario de lmportacion. 5.3 Copias Legalizadas En case de que el importador requiera fotocopias legalizadas del permiso de importaci6n emitido u otro documento que corresponda al interesado, estas seran extendidas, previa presentaci6n de una nota entregada por el interesado explicando el porque de dicha solicitud, adjuntando la cantidad de copias a legalizar y la boleta de dep6sito, de acuerdo al servicio prestado. Estas copias deberan ser legalizadas por el Area Jurf dica de la Distrital correspondiente o por la persona que el Jefe Distrital designe coma responsables de legalizar las fotocopias de Permisos de lmportacion en el area de lnocuidad Alimentaria . 6. PROCEDIMIENTO DE ARCHIVO DE PERMISOS DE IMPORTACION 6.1 SUB-PROCESO: ARCHIVO DE PERMISOS DE IMPORTACION EMITIDOS 6.1. 1 6.1.2 Disposici6n de las copias del Permiso de lmportacion Archive en Administraci6n Responsable de Emisi6n del Permiso de lmportacion Responsable del Area Archiva semanalmente y mantiene ordenado en el area de lnocuidad Alimentaria de la distrital, de acuerdo a la numeraci6n correlativa, los siguientes documentos: a) Formulario de Seguimiento al tramite. b) La copia 1 del permiso de lmportacion c) Una fotocopia de la boleta de dep6sito d) Una fotocopia de factura FOB (si corresponde) e) Mas el expediente, con toda la documentaci6n respaldatoria de la verificaci6n del cumplimiento de requisites . Remite mensualmente a Administraci6n de la Distrital : a) Las Copias 2 y 3 del permiso b) Boleta de dep6sito original+ una fotocopia c) 2 fotocopias de las facturas FOB (si corresponde ). Archiva, mantiene en resguardo y ordenado: a) Copia 2 del permiso. de la Distrital administrativa b) La boleta de dep6sito. de la JO c) Una fotocopia de la factura FOB (si corresponde ). Remite a Administraci6n de la Nacional (Area de Recaudaciones ): a) Copia 3 b) Una fotocopia de la Boleta de dep6sito c) Una fotocopia de la factura FOB (si corresponde). Junto con los lnformes de lngresos Propios de la Distrital. Archive en Responsable Archiva, mantiene en resguardo y ordenado: Administraci6n del Area a) Copia 3 6.1 .3 Nacional de b) Una fotocopia de la boleta de dep6sito. de la Nacional recaudaciones c) Una fotocopia de la factura FOB (si corresponde) . 7. PROCEDIMIENTO DE ANULACION DE PERMISOS DE IMPORTACION Las Anulaciones son realizadas debido a: Errores al momenta de realizar la impresi6n del Permiso (atribuibles al SENASAG). Una vez impreso el permiso, el lmportador solicita la modiificacion de Datos. 7. 1 Errores en la lmpresi6n de Permiso de lmportacion 7.1.1 7.1.2 7.1 :3 7.1.4 Tipos de Errores de impresi6n Motives de Anulaci6n lnformar al Responsable de Area lnforma a Administraci6n de la Distrital Responsable Emisi6n Responsable Emisi6n Responsable Emisi6n Responsable de Emisi6n Los tipos de errores por los cuales un Permiso de lmportacion puede ser anulado son: Errores de Transcripci6n Errores en la impresora. Otros atribuibles a actividades internas. Estes Permisos deberan ser anulados de acuerdo a: Procedimiento de Archive de Permisos Anualdos. lncluir en el Sistema lnformatico Gran Paititi los motives por los cuales el Permiso ha sido Anulado. lnformar al Responsable del Area correspondiente la cantidad de Permisos Anulados mensualmente. lnforma en Reporte Financiero a Administraci6n de la Distrital, los Permisos que han sido anulados. 7. 2 Modificaci6n de los Permisos de lmportacion a Solicitud de los lmportadores Las solicitudes de los lmportadores para modificar los Permisos de lmportacion ya emitidos, s61o seran aceptados en los casos en los que se desee modificar algun dato del campo: "DATOS DEL IMPORTADOR O DATOS DEL EXPORTADOR", Cualquier modificaci6n debe realizarse previamente a la emisi6n de la certificaci6n de las mercancf as. El cobro para estos casos corresponde al costo de reposici6n de los Permisos de lmportacion. Cualquier otra solicitud de modificaci6n , por ejemplo: Cantidades a lmportar, productos a importar, pals de origen , etc. lmplica que el Responsable de Procesamiento debera realizar una nueva verificaci6n de todo el expediente, dependiendo del tipo de cambio solicitado (producto, cantidad a lmportar, Lotes y Fecha vencimiento) por lo cual , en estos casos no precede una Modificaci6n del Permiso de lmportacion ya emitido, sino una Nueva Solicitud , debiendo el lmportador solicitar mediante Nota, la anulaci6n del permiso de lmportacion ya emitido, adjuntando el permiso de importaci6n emitido en formate original , y debera ingresar una nueva solicitud y pagar los montos correspondientes de acuerdo a las tasas aplicables . 7.3 SUB-PROCESO: ARCHIVO DE PERMISOS DE IMPORTACION ANULADOS 7.3.1 7.3.2 7.3.3 7.3.4 Sellar Permisos Anulados Disposici6n del Permiso de lmportacion y las copias Anuladas. Disposici6n del Permiso de lmportacion y las copias Anuladas, en Administraci6n de la Distrital Disposici6n del Permiso de lmportacion y las copias Anuladas, en Administraci6n de la Nacional Responsable de Emisi6n del Permiso de lmportacion Responsable de Emisi6n del Permiso de lmportacion Responsable Administraci6n de la Distrital Responsable Administraci6n de la Nacional En el caso de que se haya emitido un permiso de importaci6n err6neamente o el importador solicite su anulaci6n, el responsable de Emision, sella a la mitad del permiso, con la palabra ANULADO el original y las copias. Archiva, mantiene en resguardo y de acuerdo a correlative: La copia 3 (ANULADA) Deriva Administraci6n de la Distrital la original y las otras copias (ANULADAS) Archiva, mantiene en resguardo: La copia 2 (AN U LADA) Deriva la original (ANULADA) mas la copia 3 (ANULADA) a la Unidad Nacional. Archiva , mantiene en resguardo: Original (ANULADA) Copia 3 (ANULADA) 8. PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL PARA PRODUCTOS QUE SE USAN EN OTRAS INDUSTRIAS DISTINTAS A LAS DEL RUBRO ALIMENTICIO. Para mercancias que por sus caracteristicas tecnicas comprobadas mediante ficha tecnica u otra documentacion no requiere permiso de importaci6n del SENASAG, pero que por partida arancelaria , la Aduana Nacional de Bolivia solicitare el permiso de importaci6n como documento soporte, el encargado de Registro y certificaci6n de la Unidad del SENASAG emitira la correspondiente nota o certificaci6n dirigida a la empresa manifestando que el producto en cuesti6n no requiere permiso sanitario de importaci6n de acuerdo al siguiente procedimiento. 8.1 8.2 8.3 Actividad Entrega de solicitud y documentos de respaldo Recepcion Procesamiento Responsable lmportador Responsable de lnicio de tramite Responsable de Autorizacion (Coordinador Departamental de lnocuidad Alimentaria) Descripci6n El lmportador debera presentar los siguientes documentos ante la jefatura distrital : Carta de Solicitud dirigida al jefe Distrital correspondiente, donde realice la declaracion jurada de que el producto no sera usado en la industria alimentaria . Fotocopia de la Factura comercial. Fotocopia de la lista de empaque. Ficha tecnica que avale que el producto no es de grado alimenticio y que nos se usara en la lndustria alimentaria ni para el consume humano. Otros documentos de respaldo. Boleta de Oep6sito de acuerdo a tasas aplicables. Recibe el expediente del tramite conteniendo todos los documentos, junto con la Solicitud y deriva Al Area Correspondiente. Evalua los documentos presentados y dictamina si amerita emitir la carta de excepcion de emision de Pemiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion. Si cumple con los requisites, debera emitir la carta de excepcion mencionando que la Unidad de lnocuidad Alimentaria No emite Permisos de lmportacion a productos de uso Industrial. Si No Cumple con los requisites , debera observar el expediente y solicitar se subsanen las observaciones o en su caso rechazar el mismo. La emision de este docurnento debera estar contempaldo en el plazo de 48 horas posteriores a la fecha de Entrega de la Solicitud, siempre y cuando se cumpla en su totalidad con los requisites . 9. EMISION DEL PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION PARA MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL, MERCANCIAS DE DONACION. Para la emisi6n del Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion de muestras sin Valor comercial se debera seguir los procedimientos detallados anteriormente en el Punto 5.1, para este caso no sera un requisite imprescindible que el o los productos cuenten con registro Sanitario Vigente , sin embargo los mismos deberan estar envasados hermeticamente, debidamente identificados y/o etiquetados y cuya validez sea de al menos 2 meses para el caso de productos de consume humano directo y a ser usados como muestras sin valor comercial. Para tal efecto debera presentar todos los requisites Generales y Particulares (si aplica) a excepcion del Certificado Sanitario de origen. Sin perjuicio de las normas de Valoracion aduanera, para efectos de control sanitario de lnocuidad Alimentaria se considerara una muestra sin valor comercial a: Aditivos y auxiliaries alimenticios hasta 1 Kg Peso Neto por Aditivo, como Maximo hacienda un total de 10 Kg en una Factura sin valor comercial. Bebidas alcoholicas hasta 3 litros como Maximo en una factura sin valor comercial. Para todos los demas Productos alimenticios, se aceptara un total de hasta 10 Kg Peso Neto como Maximo en una factura sin valor comercial. Los permisos de lnocuidad Alimentaria de lmportacion para Muestras sin valor comercial seran emitidos solamente una vez por semana, a excepci6n de los permisos para aditivos y auxiliares alimenticios los cuales seran emitidos hasta 2 veces por mes como maximo por persona Juridica o persona natural Solicitante. De la misma manera de manera excepcional , es que en los casos en los cuales se tienen mercancias de donaci6n, se debera seguir los procedimientos detallados en el punto 5.1 para este caso No sera un requisite imprescindible que el o los productos cuenten con registro sanitario vigente, sin embargo los mismos deberan estar envasados hermeticamente, debidamente identificados y/o etiquetados y cuya validez sea de al menos 2 meses para el caso de productos de consume humano directo. Para tal efecto, previamente debera solicitar, ante el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, la emisi6n de Resolucion Ministerial correspondiente para que se autorice su excepci6n, este documento debera adjuntar y presentar ante el SENASAG ademas de todos los requisites Generales (Podria exceptuarse el Certificado Sanitario de origen) y Particulares (si aplica) . En este caso se debera realizar la toma de muestras por grupo de productos para evaluar su lnocuidad y posterior despacho definitive de acuerdo a los resultados de la inspecci6n e informes de laboratorio. NOTA: Nose podra emitir el Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportacion de muestras sin valor comercial , a productos y sub productos de origen animal y/o vegetal prohibidos. 10. EMISION DE PERMISOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACION DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL Y POSTERIOR CERTIFICACION, DESTINADOS A SU USO EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA O CONSUMO HUMANO. Para los productos de origen vegetal que por sus caracterf sticas (generalmente de producci6n primaria sin procesamiento) que por riesgo Fitosanitario de acuerdo a Normativa supranacional , se encuentren en las categorf as 2 a 5 y que sean ingresados al pafs mediante la Unidad de Sanidad Vegetal ya que No cuentan con un registro en la Unidad Nacional de lnocuidad Alimentaria , tales como, Maiz, Trigo, Frutas y Hortalizas y derivados, Granos, Cereales y derivados entre otros, que sean destinados a su uso en la industria alimentaria y/o consume humano, estaran sujetos a la Toma de muestras, de acuerdo al Plan de Vigilancia de Residuos y Contaminantes en alimentos, elaborado por la Unidad Nacional de lnocuidad Alimentaria . Si como producto de esta evaluaci6n se determinare en algun caso la contaminaci6n del producto, el mismo sera decomisado y destruido en su totalidad , y debera notificarse al paf s de origen acerca de la mencionada contaminaci6n , para la toma de acciones. TiTULO Ill. FORMATOS DE FORMULARIOS DE SEGUIMIENTO AL TRAMITE, SOLICITUD DE PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA PARA IMPORTACION Y MODELOS DE PERMISOS Y CERTIFICACION DE IMPORTACION DE LA UNIDAD DE INOCUIDAD ALIMENT ARIA. FORMULARIO DE SEGUIMIENTO AL TRAMITE DE EMISION DE PERMISOS DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE PERMISOS DE IMPORTACION FORMULARIO DE SEGUIMIENTO AL TRAMITE N° de Solicitud ...... ......... . Fecha ....... .. .. .... ... .. ...... .. Actividad Verificaci6n (conforme = OK) Verificaci6n del Formulario de solicitud Verificaci6n de la Boleta de Dep6sito• y 2 fotocopias Verificaci6n de Factura ( 3 copias en caso de Facturas FOB) Verificacion de Copia de Certificado Sanitario de Origen Verificaci6n de lista de Empaque Verificar si require requisites particulares (Para el caso de lmportacion de aditivos y auxiliares ~limenticios: presentar copia de la ficha tecnica de cada producto. Para el caso de productos con caracter organico y/o ecologico: Debera presentar certificado ~ue acredite esta caracteristica, emitido por la autoridad competente en produccion ecologica del pais de origen . • Comparar el monto de la boleta de dep6sito con la cantidad, producto declarados en el Formulario de Solicitud y las tasas vigente Firma de/ responsable lnicio de Tramite Actividad Verificaci6n (conforme = OK) Verifica que los productos cuenten con el respectivo Registro Sanitario Vigente Cargado de Datos en el Sistema FECHA: Envio de tramite procesado al encragado de Autorizacion FECHA: Otras actividades (Describir en caso de existir observaciones): Aprobado □ Rechazado □ Firma de/ res onsable de Procesamiento Actividad Verificaci6n (conforme = OK) Im resi6n del certificado FECHA: Firma autorizada FECHA: B No de Permiso De I.A de lmportacion: Firma de/ res onsable de Autorizacion PERSONA QUE RECOGE Nombre: Cl: Firma: Fecha de Entre a: FORMATO DE FORMULARIO DE SOLICITUD DE PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA PARA IMPORTACION Y MODELO DE PERMISO DE IMPORTACION DE LAS UNIDAD DE DE INOCUIDAD ALIMENT ARIA No.00 .. . Fecha: I Oficina Autorizada del SENASAG Solicito Permiso : lnocuidad Alimentaria D DATOS DEL IMPORTADOR Nombre o Raz6n Social Direcci6n Telf. I Fax e-mail "'IT: I Numero de Registro SENASAG: ; JATOS DE ORIG EN Nombre o Raz6n Social (Empresa) Direcci6n Telf. I Fax e-mail Paf s de Ori gen: Paf s de Compra: Factura Comercial : Punto de salida: Fecha de salida del pals de compra: Pun to aduanero de ingreso al paf s: Fee ha de lngreso al paf s: Medio de transporte: Empresa Transportadora: DEL PRODUCTO Producto Cantidad Uso Propuesto Tipo de envase y/o Marca embalaje . I 12 3 DA TOS DEL SOLICIT ANTE Nombre Firma I Carnet de ldentidad N°: Relacion con la empresa o cargo: USOOFICIAL La solicitud ha sido recibida por: Lugar y fecha: Firma: • FORMATO DE PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION (ANVERSO) MINISTERIO £>,E DESA.RROLLO RURAL Y TIERRAS SERVteliQ N.ACIONAL DE SANIDAD AGiROPECUARIA E INOCUIDAD AUMENTARIA "'SENASAG" N'll:2345-67 PERMISO DE iNOCUIDAO ALIMENTARIA. DE IM 1PO,RTACION I NCl 1 mero de Solldtud SCZ-l3809 MIS: Argentina DATO$ D.EL EXPORTADOR NOJl(8R,E O AAZ6N SQCJAL: lng,redlon Algentfli.a, S.A. OIREOOON: Cau4ores. de C.Oq1:Jlmbo 2B.60 NO,MBRE O AAZON SOOA!.: ~RJCA OE MERMELAOAS Y CARAM.SL.OS WATTS CASA.l S.R.L Cl. (I Nrr: Fl.S.: 08-(ll-03-QQ--0003': NIT:l00.S1l5021 TEUFAX: 3525tl 7, 3S2.5U8 otRmCIOH: Jw. Qigoca esqulina 6to. >il()illo Sin vu:se,x:u P.Jfs de procedencla,! Puerto de Entrada: Yaculba Fedi;a de Uegad'<11: 28./081201◄ VaJldez de Perm1so: Trelnta dfas 'Lugar de Llegada: Aduana Yaculoo 11 da agadl> de 2014 ,o,cha,deEsnu:M,i FORMATO DE PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENT ARIA DE IMPORT ACION (LISTA DE PRODUCTOS) Nre. e t. [!J PERMISO DE INOCU.DAD ALIMENT.ARIA DE IMPORTACION LISTA DE PiRODUCTOS AUT,ORJZADOS PARA IMPORTACION , ....... WlndMa.-.O FORMATO DE PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION (REVERSO) CERTIFICADOS SANITARIOS QUE ACOMPANAN 1. 2 ... Oho6. :ir"' ~,,.J De'Nnltl\·c .; HA>11i;i<C>O CUMJ-'L CO CQMERCll\LIZA<::ION •· Pt$TI<' EL PRE~ENTG PERMl:SO. ~euo ·,.- 1-1nr"' Jate u 5tr1rn .......... TiTULO VI. MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO Y CONTRAVENCIONES (Montes reflejados en bolivianos) El sujeto pasivo de las sanciones estipuladas a Continuacion , es el lmportador (aquella persona ffsica o jurldica obligada al cumplimiento de las obligaciones) . 1.- POR PRESENTACION DE DOCUMENTOS ADULTERADOS Y/0 FALSIFICADOS (despues de la investigaci6n correspondiente) Cuando existan indicios de cualquier adulteraci6n o falsificaci6n en las declaraciones, documentos o informaci6n presentados al "SENASAG" al memento de solicitar el tramite correspondiente. Unica vez: Multa equivalente al Cuarenta por ciento (40 %) del valor de la mercancia establecida en la factura comercial y Cancelacion del Registro Sanitario Otorgado. 2.-POR LA FALSIFICACION Y/0 ADUL TERACION DE LOS PERMISOS DE INOCUIDAD ALIMENT ARIA DE IMPORTACION EMITIDOS. Unica vez: Multa equivalente al trejnta r CucJrent (40 %) del valar de la mercancia establecida en la factura comercial y Cancelacion del registro Sanitaria Otargada. 3. POR LIBERAR PRODUCTOS, SIN HABER SOLICITADO LA ANULACION DEL ACTA DE NO COMERCIALIZACION. Primera vez: 5.000 UFV's (Unidades de Famenta a la Vivienda). Segunda vez: 7.000 UFV's (Unidades de Fomento a la Vivienda). Tercera vez: 10.000 UFV's (Unidades de Fomento a la Vivienda) y Cancelacion del registro Sanitario coma impartadar. Queda claramente establecido, que los montos antes mencionados, se haran efectivo en moneda nacional , mismos que solo pueden ser modificados por el instrumento legal respective. La empresa que ha sida sancianada no podra realizar ningun tramite ante el SENASAG sin antes cancelar la multa correspondiente en la cuenta del SENASAG, La misma que debera hacerse efectiva en un maxima de 7 df as luega de levantada el acta de Multas. 4. POR COMERCIALIZAR PRODUCTOS QUE HAYAN INGRESADO COMO MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL. Una vez detectada la comercilizacion de praductos que hayan ingresado cama muestras sin valor comercial , la persona jurf dica y/o Natural quedara suspend id a en el sistema para la emisi6n de este servicia. ANEXO I LISTA DE PRODUCTOS QUE DEBEN OBTENER PERMISO DE IMPORTACION DE LAS UNIDADES DE INOCUIDAD ALIMENTARIA Y DE SANIDAD ANIMAL. • Carnes de bovino, suino, ovino, caprinos, equidos (caballo, mula o asno), lagomorfos (conejos, liebres y picas), roedores u otros mamfferos, en cualquier estado. • Despojos comestible de cualquier especie animal y en cualquier estado. • Carne de animales silvestres (en cualquier estado). • Productos chacinados (hamburguesas, fiambres y embutidos) en cualquier estado. • Leche fluida de cualquier especie cruda . • Subproductos lacteos que necesiten refrigeraci6n . • Quesos. • Miel. • Manteca cruda . ~remade lechecruda. • Huevosfertiles. • Huevos de aves y reptiles frescos. • Huevos o sus partes en polvo. • Vfsceras (de cualquier especie) en cualquier estado. PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACION, INSPECCION Y CERTIFICACION DE MERCANCIAS DE IMPORTACION DE COMPETENCIA DE LA UNIDAD DE INOCUIDAD ALIMENTARIA PARTE I. GLOSARIO DE PALABRAS Ademas de las palabras Contempladas en el punto 3 del TITULO II de PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LA EMISION DE PERMISOS DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION se contemplan las siguientes: Categoria de productos alimenticios-Son aquellos alimentos y bebidas elaborados por diferentes fabricantes , provenientes de un mismo pai s de origen y que comparten la misma composici6n cuaitativa de ingredientes basicos que distingue al grupo de productos y el mismo proceso productive. Declaraci6n jurada de equipajes -Papeleta que debe ser llenada por todo pasajero que ingrese al pai s, con la informaci6n de los productos y subproductos de origen animal y vegetal que trae consigo y tiene valor de Declaraci6n Jurada. Decomiso-Es el comiso o incautaci6n de animales o vegetales, sus productos y sub productos, insumos de uso agricola o pecuario , alimentos y bebidas para su posterior destrucci6n ante la existencia de un riesgo sanitario que no puede ser manejado con otras medidas sanitarias o que ha ingresado al pais contraviniendo la legislaci6n vigente. Desnaturalizaci6n .- Es la acci6n que se realiza sobre los vegetales, productos y subproductos de origen agropecuario, insumos agricolas y pecuarios, alimentos y bebidas destinados al consumo humano, por efectos de agregar a estos, una sustancia que deteriore su aspecto , produzca mal olor o con la finalidad de lograr la perdida de sus propiedades organolepticas propias. Destrucci6n .-Es la acci6n de eliminar un producto, por cualquier medic, transformandolo en residues s61idos, If quidos o gaseosos. Despacho Provisional.- A efectos de la certificaci6n de lmportaci6n, por parte del SENASAG, se entendera que el Despacho Provisional es el aval del Cumplimiento de los aspectos evaluados durante la inspecci6n fisica de la mercancia , a excepci6n de las No conformidades Subsanables. Despacho Definitivo.- A efectos de la certificaci6n de lmportaci6n , por parte del SENASAG, se entendera que el Despacho Definitivo es el aval del Cumplimiento de Todos los aspectos evaluados durante la inspecci6n de la mercancia. Equipaje. Toda valija , maleta, bulto , caja, mochila, etc. Que son transportados o depositados por los pasajeros durante el viaje que realizan. Evaluaci6n de la conformidad- Es todo procedimiento util izado, directa o indirectamente, para determinar que se cum plen las prescripciones pertinentes de los reglamentos tecnicos o normas. lnfracci6n.-Contravenci6n de una persona natural o juridica , a la normativa sanitaria y de lnocuidad Alimentaria vigente. lnspecci6n -Examen visual , realizado por un inspector oficial , de los productos y de las condiciones generales de la mercancia , que ingresan al pai s, para determinar el cumplimiento con las reglamentaciones o normas sanitarias en vigencia . Medida sanitaria-Cualquier legislaci6n, reglamento o procedimiento oficial que tenga el prop6sito de prevenir la introducci6n y/o diseminaci6n de enfermedades o plagas, alimentos y bebidas que No cumplan con la Normativa Vigente y evitar riesgos en la salud humana , sanidad animal y vegetal ademas de proteger los derechos de los consumidores en el mercado Nacional. Mercancia de Competencia de la Unidad de lnocuidad Alimentaria- Cualquier animal , vegetal , producto y subproducto de origen agropecuario, insumos agricolas y pecuarios, alimentos y bebidas destinados al consume humane, sujetos al control oficial , de acuerdo a normativa vigente. Partida- Cierta cantidad de productos que se movilizan de un pais a otro y que estan amparados por el Certificado Sanitario de origen. Pasajero-Toda persona que trabaje en una empresa de transporte o utilice los servicios de transporte aereo, terrestre (Autobus-Flota-, Camion, Bus, Ferrobus, Tren , etc.), fluvial o lacustre sera considerado Pasajero. Producto-Son los animales, vegetales, productos y subproductos de origen agropecuario e insumos de uso veterinario, agrf cola, alimentos y bebidas destinados al consume humane, sujetos al control del SENASAG de acuerdo a normativa vigente. Producto envasado hermeticamente - Es aquel alimento que ha sido envasado a nivel industrial y mantendra sus caracterfsticas ff sicas, qufmicas y nutricionales mientras no sea abierto, si se cumplen las indicaciones de almacenamiento que recomienda el productor. Retenci6n-Mantenimiento de un envf o o partida en custodia o confinamiento oficial por razones sanitarias. Reembarque-Accion material de volver a embarcar una mercancia ya descargada. Verificaci6n-Verificacion de Requisites Generales en cuanto al ingreso de mercancias al pais y del cumplimiento de las reglamentaciones sanitarias. Zona primaria- Parte del territorio aduanero que comprende los recintos aduaneros, espacios acuaticos o terrestres destinados o autorizados para operaciones de desembarque, embarque, movilizacion o deposito de las mercancf as; las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de aduanas; aeropuertos, predios o caminos habilitados y cualquier otro sitio donde se cumplen normalmente las operaciones aduaneras. PARTEII GENERALIDADES 1. OBJETIVO lmplementar las directrices para la aplicacion de medidas sanitarias y de lnocuidad Alimentaria en las importaciones y establecer los procedimientos de verificacion , inspeccion y certificacion de Mercanci as una vez arribada al pai s, de la misma manera establecer los procedimientos ante el incumplimiento de normas sanitarias en vigencia, en el ingreso, al pals, de productos y subproductos agropecuarios, materias primas e insumos para la industria alimentaria, alimentos y bebidas destinados al consume humane. 2. CAMPO DE APLICACION Los Procedimientos contemplados en el presente documento son de aplicacion estricta por parte de las Jefaturas Distritales del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria (SENASAG) para el control del ingreso al pais, de productos y subproductos agropecuarios, materias primas e insumos para la industria alimentaria, alimentos y bebidas destinados al consume humane, ya sea como Mercancia o equipaje acompariado. 3. CONDICIONES GENERALES 3.1 El presente documento se constituye en una directriz para la aplicacion de medidas sanitarias, fitosanitarias y de lnocuidad Alimentaria en cumplimiento de la normativa vigente. Complementan a este, los manuales del Sistema de Cuarentena Vegetal, de Procedimientos para Barreras Sanitarias y Puestos de Control , Manual de Procedimientos del Sistema Cuarentenario pecuario y Manual del inspector e lnspeccion y otros de las Unidades de Sanidad Vegetal y Sanidad Animal , los cuales deben ser consultados de forma paralela. 3.2 Todo los pasajero que transite por el Territorio Nacional o este de paso por los puestos de control Nacionales e lnternacionales, esta sujeto a inspeccion y/o revision por el personal del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria-SENASAG . 3.3 Toda Mercancia, que tenga por destine final Bolivia, esta sujeta a verificaci6n, inspecci6n y/o revision por el personal del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria­ SENASAG en frontera , previo al cumplimiento de las formalidades aduaneras. De igual manera toda Mercanci a que se encuentre en transito aduanero internacional por nuestro pais, es sujeta de inspecci6n y/o revision por el personal del SENASAG, en coordinaci6n con la Aduana Nacional , conforme el articulo 106 de la Ley General de aduanas. 3.4 Todo inspector del SENASAG que realice alguna actividad de Decomiso, Retenci6n , Retorno o Destrucci6n de productos, debera llenar las actas correspondientes (Ver Anexo Ill) y remitir una copia a la Jefatura Distrital del SENASAG, respectiva . 3.5 Todo inspector que realice alguna actividad de Decomiso, Retenci6n , Retorno o Destrucci6n, debera hacerlo en presencia de testigos para efectos de control y veracidad de los actos, mismos que deberan firmar al pie de las actas correspondientes (Ver Anexo Ill) . Nota Las actas se constituyen en instrumentos jurfdico-legales que respaldan los procedimientos que en estas constan, por lo que deben completarse correctamente . 3.6 Los antecedentes de incumplimiento de normativa (por parte del importador o Servicio Certificador) se refieren a las no conformidades detectadas en cualquiera de las Jefaturas Distritales, no necesariamente en la misma, por eso la importancia de que se notifiquen los incumplimientos a la Unidad Nacional de lnocuidad Alimentaria. PARTE Ill PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACION, INSPECCION Y CERTIFICACION DE MERCANCIAS. 1. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACION E INSPECCION DE MEDIOS DE TRANSPORTE Y PASAJEROS 1.1 Objetivos El presente procedimiento tiene por objetivos: Prevenir la introducci6n de plagas y enfermedades (prevalentes y ex6ticas) . Prevenir la introducci6n de alimentos y bebidas que no cumplan con los requisites sanitarios y de lnocuidad Alimentaria ; en vigencia . Detectar, en medios de transporte y equipaje de pasajeros, la existencia de productos sujetos a la inspecci6n del SENASAG (animales, vegetaes, subproductos de origen agropecuario, productos e insumos agri colas y pecuarios, alimentos y bebidas destinados al consume humanot-que incumplan con la normativa vigente y tomar acciones. 1.2 Criterios 1.2.1 En el caso de verificar que productos autorizados a ingresar al pais (Ver Anexo I) , como equipaje acompariado, que no se encuentren en envases hermeticos, o estos no sean originales o no lleven el sello o etiqueta de fabrica o presenten defectos inaceptables, o si se trata de productos de origen vegetal o animal que presentan algun sintoma o signo de plagas o enfermedades, o que sean prohibidos de lngresar al pais , se procedera inmediatamente al DECOMISO y DESTRUCCl6N adjuntandose las pruebas suficientes de los mismos; de acuerdo a procedimiento especifico utilizando para tal efecto las actas de decomiso y destrucci6n correspondientes. 1.2.2 Se considera prueba suficiente, una descripci6n detallada de lo observado plasmada en el acta de decomiso, sin incurrir en opiniones personales, la cual puede ir acompariada de fotografias del producto que demuestren esta situaci6n o reportes de analisis de laboratorios oficiales y autorizados. 1.2.3 Los productos que transporten los pasajeros o que se encuentre en su equipaje y que no esten autorizados a ingresar al pais (Ver Anexo II) seran DECOMISADOS y DESTRUIDOS. 1.3 PROCEDIMIENTO Paso Responsable 1 Inspector del SENASAG, en coordinaci6n con personal de ADUANA. 2. Inspector del SENASAG, en coordinaci6n con personal deADUANA. 3. Inspector del SENASAG 4 Inspector del SENASAG Actividad Debe realizar la respectiva verificaci6n e inspecci6n de todo medio de transporte y pasajero que pretenda ingresar al pais. Se debera verificar e inspeccionar todo equipaje acompariado en concordancia con la Declaraci6n jurada del pasajero. Debera verificar que el pasajero trae consigo solo productos y subproductos de origen agropecuario, alimentos y bebidas que esten autorizados a ingresar al pais como equipaje acompariado (Ver Anexo I) , en concordancia con los siguientes lineamientos: Bebidas alcoh6Iicas hasta 3 litros. Demas alimentos permitidos conforme anexo I, hasta 5 Kilogramos o su equivalente en volumen, sin la presentaci6n del certificado sanitario de origen. NOTA: En caso de que se verificare que se han excedido los Pesos establecidos, se debera decomisar el restante y ser destruido de acuerdo a normativa vigente. Toda verificaci6n e inspecci6n que se realice en los puestos de control y las respectivas medidas sanitarias que se adopten, se registran en el Libro de novedades, mismo que sera enumerado para efectos de control. Si como producto de la inspecci6n de equipajes se determinare que alg(m pasajero quiere ingresar al pais, productos que NO se encuentran permitidos y que el mismo haya declarado que NO contiene en su equipaje productos prohibidos, se procedera al decomiso total de el o los productos. 2. PROCEDIMIENTO PARA VERIFICACION, INSPECCION Y CERTIFICACION DE MERCANCiAS 2.1 Objetivos El presente procedimiento tiene por objetivos: Prevenir la introducci6n de plagas y enfermedades (prevalentes y ex6ticas). Prevenir la introducci6n de alimentos y bebidas que no cumplan con los requisites sanitarios y de lnocuidad Alimentaria ; en vigencia . Fundamentar la aplicaci6n de medidas tecnicas preventivas y restrictivas para manejar situaciones de riesgo de introducci6n de plagas cuarentenarias y enfermedades. 2.2 Criterios 2.2.1 Cuando se observe que un producto a introducirse al pais, nose ajusta a los requisites sanitarios y de lnocuidad alimentaria correspondientes, se deben tomar las medidas sanitarias descritas en el punto 2.3; de acuerdo a los siguientes cases: CASO A. Detecci6n de No conformidades subsanables. CASO B. lndicios de que la Mercancia se encuentra en mal estado o con presencia de algun sintoma o signo de plagas o enfermedades. CASO C. Mercancfa, objeto de Red de Alerta CASO D. Mercancia compuesta por productos cuyo ingreso es prohibido. CASO E- Toma de muestras de acuerdo a Plan de Vigilancia de residues y contaminantes en alimentos 2.3 Situaciones que requieren la toma de medidas sanitarias 2.3.1 . CASO A- Detecci6n de No conformidades subsanables Situaci6n Se considerara una No Conformidad Subsanable solamente a los siguientes cases: Cuando la documentaci6n se encuentre incompleta. como la falta de documentaci6n original esencialmente el Certificado Sanitario de Origen. Cuando el producto se encuentra mal etiquetado (en caso de alimentos) , debe exigirse complete la documentaci6n, o se proceda al etiquetado complementario con la informaci6n obligatoria faltante (a excepci6n de Lote, Fecha de Vencimiento, Nombre del producto y Lista de lngredientes que deben venir de origen) y de acuerdo a Etiqueta aprobada previamente, o se rectifique la no conformidad que ha sido observada. Acciones 1. La Mercancfa es RETENIDA en el recinto aduanero o bien se procede a su despacho provisional a almacenes del importador, previa firma del Acta de Compromiso de no comercializaci6n del producto. Usando para este efecto el "Acta de Retenci6n" (Anexo Ill) o la "Carta de Compromise de No Comercializaci6n", respectivamente (ver Anexo V) . Si se determinare la aplicaci6n de una No conformidad Subsanable, la misma debera ser subsanada en el plazo maximo de 10 dias habiles. Nota Toda acci6n que implique un incumplimiento de la normativa, o una no conformidad, debera reportarse a la Jefatura Distrital correspondiente . 2.3.2. CASOB- Mercancia en mal estado o con alg(m sintoma o signo de plagas o enfermedades Situaci6n Cuando existen claros indicios de que la Mercancf a se encuentra en mal estado o tiene defectos inaceptables en gran cantidad de los envases o se detecta la presencia o indicios de plagas. Acciones 1. Se detalla lo observado, en el acta de Retenci6n , sin incurrir en criterios subjetivos, adjuntando las pruebas que se consideren necesarias y se RETIENE la Mercancfa en almacenes de aduana, segun sea el caso, de acuerdo al riesgo que represente. (Ver proceso de retenci6n .) 2. En caso de que se presente un riesgo de diseminaci6n de plagas y/o enfermedades, por la sola introducci6n de la Mercancfa al territorio nacional , debe procederse a la retenci6n y destrucci6n inmediata (Ver proceso de Destrucci6n) . 3. En caso de que se determine (si fuera posible y a criteria del inspector) que solo parte de la Mercancia ha sido afectada, se procede a RETENER solo esa parte. El interesado podra optar por la el Reembarque de la mercancfa, en caso de no representar riesgos sanitarios de introducci6n de plagas y/o enfermedades, o caso contrario se procede a la DESTRUCCl6N de la parte afectada. 4. En caso de que de acuerdo a Plan de Vigilancia de residuos y contaminantes en alimentos, se hubieren tornado muestras con fines de analisis Microbiol6gicos, fisicoqufmicos y/o Toxicol6gicos, y que como resultado de ello, los parametros analizados se encontrasen fuera de los If mites permitidos, se debera decomisar el producto para posteriormente establecer su disposici6n final. *Se consideran pruebas suficientes, una descripci6n detallada de lo observado, sin incurrir en opiniones personales, tambien lo son fotograff as del producto que demuestren esta situaci6n o reportes de analisis de laboratories oficiales o autorizados. 2.3.3 CASO C- Mercancia o grupo de productos implicados en la red de Alerta Situaci6n Cuando la Mercancf a o grupo de productos se encuentren en Red de Alerta Nacional, conforme instructivo de la Unidades Nacionales de Sanidad Animal , Vegetal ode lnocuidad Alimentaria. Acciones Proceder de acuerdo al manual de Red de Alerta y/o instrucciones especfficas. 2.3.4 CASO 0- Productos prohibidos de ingresar al pais Situaci6n Cuando la Mercancf a est a compuesta por productos cuyo ingreso al paf s ha sido prohibido debido a una normativa expresa o en su caso cuando dentro la mercancia se determinare que existen productos o Lotes de Productos NO comprendidos en el permiso de lmportaci6n . Acciones Se retiene el producto como lo establece el punto 1 de Acciones del Caso B dando dos dictamenes: Cuando sean productos cuyo ingreso al pais es Prohibido se procede a su destrucci 6n . Cuando sean productos o lotes de productos NO consignados en el permiso de lmportaci6n, seran retenidos en Almacenes de la Aduana a la espera de que puedan ser subsanadas las observaciones. 2.3.5. CASO E- Toma de muestras de acuerdo a Plan de Vigilancia de residuos y contaminantes en alimentos Situaci6n Se considerara : Cuando se realice la toma de muestras enmarcados en Planes de Vigilancia determinados, de residuos y contaminantes en alimentos. Acciones . La Mercancia es RETENIDA en el recinto aduanero o bien se procede a su despacho provisional a almacenes del importador, previa firma del Acta de Compromiso de no comercializaci6n del producto. Usando para este efecto el "Acta de Retenci6n" (Anexo Ill) o la "Carta de Compromiso de No Comercializaci6n", respectivamente (ver Anexo Nota Toda acci6n que implique un incumplimiento de la normativa, o una no conformidad, debera reportarse a la Jefatura Distrital correspondiente. 2.4 PROCEDIMIENTO DE VERIFICACION, INSPECCION Y CERTIFICACION DE MERCANCiAS QUE CUENTAN CON EL PERMISO DE INOCUIDAD ALIMENTARIA DE IMPORTACION Cuando la Mercancia arribe a frontera el inspector de frontera , debera revisar toda la documentaci6n para obtener datos del producto , en primer lugar debera establecer, de acuerdo a la Normativa Vigente, si existen mercancias que deben presentar el o los Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportaci6n y/o del Permiso Zoosanitario de lmportaci6n y/o del permiso Fitosanitario de lmportaci6n , obtenidos previamente a su arribo a Frontera , independientemente del recinto aduanero en el cual se vaya a desaduanizar, caso contrario no podra ingresar al pais , si las mercancias No se encuentran contempladas en alguna normativa complementaria , No sera de exigencia obligatoria la presentaci6n del permiso de lnocuidad Alimentaria y/o del Permiso Zoosanitario de lmportaci6n y/o del permiso Fitosanitario de lmportaci6n, en Frontera , para ambos casos el inspector luego de la verificaci6n , dara visto bueno a traves de un sello en el formulario de verificaci6n en frontera , para el posterior transito aduanero. Todas las Mercancias, arribadas a frontera u recinto aduanero de destine, sujetas al Permiso de lnocuidad Alimentaria de lmportaci6n del SENASAG, deben cumplir ineludiblemente con la lnspecci6n y producto de ella , con la CERTIFICACION DE LA IMPORTACION, per parte del Inspector del SENASAG en Recinto Aduanero de Destine, denominadas Zonas Primarias, independientemente del regimen de importaci6n al que seran sometidas, el tipo de dep6sito aduanero al que estaran destinadas, y la modalidad de despacho aduanero al que seran presentadas, debiendo cumplir con la condici6n de ser verificados antes de su internaci6n a la zona secundaria y/o de manera previa a su distribuci6n y comercializaci6n de acuerdo al siguiente procedimiento: Paso 1. 2. Responsable Inspector en Frontera del SENASAG, en coordinaci6n con personal deADUANA. Inspector de SENASAG Actividad Cuando la Mercancfa arribe a frontera o a recinto aduanero, donde se vaya a desaduanizar, el inspector debera Verificar y revisar toda la documentaci6n ademas de solicitar, solo para aquellas mercancfas que de acuerdo a normativa expresa lo requieran , la presentaci6n obligatoria , en frontera , del Permiso Sanitario de lmportaci6n emitido per el SENASAG previo a su arribo de la mercancf a y corroborar que el mismo corresponda a el o los productos que esta ingresando. Para las demas mercancfas que NO se encuentren comprendidas No sera de exigencia obligatoria la presentaci6n del Permiso Sanitario de lmportaci6n en Frontera pero si en recinto aduanero de destine. lnmediatamente luego de la verificaci6n de la mercancfa y el cumpl imiento de lo dispuesto anteriormente, el inspector debera dar un Viste Bueno en el formulario de verificaci6n en frontera , para su posterior transito aduanero. Al memento de realizar la lnspecci6n, independientemente del recinto aduanero en el cual se vaya a desaduanizar, y come producto de la lnspecci6n su posterior certificaci6n , el inspector del SENASAG debera solicitar y retener los originales del Certificado Sanitario de Orig en , emitido per la autoridad competente, los cuales deben contemplar dates especfficos de la Mercancf a a importar y la certificaci6n acerca del cumplimiento de todos los requisites sanitarios, contenidos en el Permiso Sanitario de lmportaci6n otorgado per SENASAG. 3 Inspector de SENASAG VERIFICACION DOCUMENTAL 1 ro.-Verificacion documental, en ella se verificara los dates contenidos en los documentos presentados y que los mismos esten completes tanto en el contenido como en los documentos mfnimos necesarios. INSPECCION FISICA DE LA MERCANCIA En base al Manual de lnspecci6n y Control y del Inspector, realizara la inspecci6n in situ debiendo verificar los siguientes aspectos a considerarse: 1.- ldentificar que el o los lotes de la mercancfa en fisico concuerden con los detallados en el permiso. IMPORTANTE: Si existiesen algunos Lotes que no se encuentren comprendidos en el Permiso de lmportaci6n, deberan ser retenidos en la ZONA PRIMARIA. 2.-Verifica que las materias primas e insumos para la industria alimentaria o los alimentos y bebidas, no se encuentran almacenados con productos qufmicos no alimentarios, con la finalidad de evitar una contaminaci6n cruzada de los mismos. 3.-Verifica las Condiciones de Almacenamiento de el o los productos (almacenamiento simultaneo con otros alimentos de distinta naturaleza, que pueda provocar contaminaci6n cruzada) . 4.-Verifica Presencia de Plagas o seiiales de estos (insectos, roedores, hongos, etc.) 5.- Selecciona la cantidad de Muestra a ser inspeccionada de acuerdo a los criterios detallados en el Anexo VI. 6.-Verificar el Estado de los Envases y que los mismos No presenten los defectos inaceptables descritos en el Anexo VII , para ello debera comparar con los criterios establecidos en el Anexo VIII para Aceptabilidad o rechazo. IMPORTANTE: Si existiese Parte de la mercancf a afecta O QUE EXISTEN LOTES NO CONTEMPLADOS EN EL PERMISO DE IMPORTACION deberan ser retenidos en la ZONA PRIMARIA. Inspector de SENASAG 4 Inspector de SENASAG 7.- Posteriormente verifica las etiquetas y/o su identificaci6n de acuerdo a: Para el caso de productos preenvasados.- verifica que los productos esten debidamente Etiquetados en cuanto a: Nombre del Producto, N° de Lote, Fecha de Vencimiento (Al menos 60 df as) , lnstrucciones de Uso, Conservaci6n e lngredientes, Marca, si contiene propiedades funcionales o terapeuticas, entre otros aspectos que considere importante y verifica que la etiqueta sea la aprobada por la jefatura distrital. IMPORTANTE: En este caso NO se considerara una No conformidad subsanable queen la etiqueta faltase datos como lote, fecha de vencimiento, lista de ingredientes, nombre del producto y ante la falta de estos NO podra ser etiquetados por el lmportador en Bolivia, para la demas informaci6n asf como para temas de traducci6n si podra autorizarse el etiquetado complementario, de acuerdo a la etiqueta aprobada previamente de acuerdo a lo descrito en el punto 2.3.1 CASO A Para productos a granel.- debera verificar que al menos tengan identificaci6n en cuanto a Late correspondiente detallado en el permiso. Una vez culminado el proceso de inspecci6n debera considerar la toma de muestra de productos (SI CORRESPONDE Y DE ACUERDO A PLAN DE VIGILANCIA DE RESIDUOS Y CONTAMINANTES EN ALIMENTOS DE LA JEFATURA DISTRITAL CORRESPONDIENTE O DISPOSICIONES EMANADAS POR PARTE DE LA JEFATURA NACIONAL, ENFOCADO EN EL RIESGO) esta toma de muestras debera hacerse de acuerdo a lo estipulado en el Anexo X para ello debe utilizar el Acta de extracci6n de muestras detallada en el Anexo XI Nota.: En el caso de que se proceda a la toma de muestras, la Mercancfa es RETENIDA en el recinto aduanero o bien se procede a su despacho provisional a almacenes del importador, previa firma del Acta de Compromiso de no comercializaci6n del producto. Usando para este efecto el "Acta de Retenci6n" (Anexo Ill) o la "Carta de Compromiso de No Comercializaci6n", respectivamente (ver Anexo V) . Es importante mencionar que: Toda la informaci6n contenida en los documentos y obtenida de la inspecci6n fisica debe ser detallada en el Formulario INFORME TECNICO INSPECCION SANITARIA A LAS IMPORTACIONES (Ver ANEXO IX) el cual debe ser firmado tambien por el representante de la empresa. Luego de culminada la inspecci6n, el inspector evalua si se encuentra ante alguno de los cuatro casos descritos en el punto de "Situaciones que requieren la toma de Medidas Sanitarias", para proceder de acuerdo a cada caso . Si el inspector determinare como producto de la inspecci6n que la Mercancf a no cuenta con los respaldos documentales correspondientes o que se encuentra con No conformidades que no se pueden subsanar, NO debera firmar el reverse del Permiso de lmportaci6n y debera levantar el acta de retenci6n para determinar su disposici6n final en coordinaci6n con la Aduana Nacional de Bolivia , adjuntando el lnforme Tecnico INSPECCION SANITARIA A LAS IMPORTACIONES. De la misma manera en el caso en el que los resultados de laboratorio determinaren que se encuentran parametros que no cumplen con los If mites permitidos se procedera al decomiso y su destrucci6n posterior a cargo del importador. Con los resultados de la inspecci6n y para la CERTIFICACION DE LA MERCANCIA SUJETA A IMPORTACION Solo en el caso de que la mercancfa haya pasado satisfactoriamente la inspecci6n y se cuente con los informes de laboratorio correspondientes (si aplica) , el inspector como constancia de ello debera firmar y poner la fecha exacta de la inspecci6n en el reverse del documento de importaci6n emitido por el SENASAG, en el campo de DESPACHO DEFINITIVO. Para Definitive Despacho [ Nota.-La autorizaci6n para Comercializaci6n y Distribuci6n en el Pais es automatica . En el caso de que luego de la inspecci6n la misma haya pasado satisfactoriamente y que solamente se hayan encontrado NO CONFORMIDADES SUBSANABLES y/o se haya realizado la toma de muestras de acuerdo al Plan de Vigilancia de Residues y contaminantes en al imentos del SENASAG, de acuerdo a lo descrito en el punto de "Situaciones que requieren la toma de Medidas Sanitarias" el inspector debera firmar y poner la fecha exacta de la inspecci6n en el reverse del documento de importaci6n emitido por el SENASAG, en el campo de DESPACHO PROVISIONAL. Para Provisional Despacho n Nota.-Este producto debe ser sujeto a analisis para definir la pertinencia de la autorizaci6n de su comercializaci6n. En ambos casos el inspector luego de ingresar al sistema Gran Paititi y verificar los datos concernientes al permiso de lmportaci6n otorgado para la Mercancf a inspeccionada y registrar los datos y resultados de la inspecci6n como ser: Numero de Formulario de lnspecci6n, Numero de Boleta de Deposito, otros datos generales, imprimira a traves del sistema el Numero del Certificado de lmportaci6n, que sera utilizado como documento soporte para fines de Desaduanizacion de la misma. Al momento de la impresi6n de la Certificaci6n, el sistema Gran paititi desplegara la lista de productos a ser certificados, la misma que debera ser revisada por el inspector para establecer con exactitud la cantidad exacta de la mercancf a certificada , si producto de la verificaci6n , inspecci6n o evaluaci6n de laboratorio, se determinare algun decomiso parcial , este debera ser reg istrado en el listado generado en el sistema, detallandose la cantidad y las observaciones de la cantidad decomisada. Para efectos de control y trazabilidad , la lista de productos certificados estara disponible para la aduana nacional de Bolivia para culminar el certificado para despacho aduanero. CANTIDAD CERTIFICADA: CERTIFICADO SANITARIO DE IMPORTACION Posteriormente, luego de subsanadas las No Conformidades Subsanables y/o recibir los informes de laboratorio por parte del lmportador, el mismo debera apersonarse a la oficina Distrital Correspondiente en el cual, el jefe distrital debera firmar en la parte inferior del Documento Emitido por el SENASAG como constancia de que habiendo cumplido con los requisitos y las normas sanitarias y de lnocuidad Correspondientes, se autoriza la comercializaci6n y distribuci6n en todo el territorio nacional de los productos contemplados en el documento. 41hM klkl u C.:lO th I.I~ pn,•u.\."11•]) HAl:!IE.hl..-:l C.U••t•.iua c.o~ ' fl.l(:,6 1 Ii •l'lu~ AAl\'.6 CJ:.w.E:':;.[1'.IIILi E!i, ~ E r. ulO.•.i ~ U.M.::IU'..1.1.1.IZ.lf.JDIII Y De.7'TU:LO:'.lil 1000 EL t'fTl.1fU:) '4/IJCC ' DE t ~ f'tl.004..CTCIS (i't.E~ l'fl.:" - ~ 1'9>115D En el caso de que el documento de lmportaci6n haya sido emitido en otra distrital distinta a donde se realiz6 la Certificaci6n de lmportaci6n, deberan devolverse estos documentos con una Nota oficial , adjuntando el certificado Sanitario de Origen en Formato Original y el acta de inspecci6n correspondiente. 3. DOCUMENTOS ACTAS- Las actas de Decomiso, Retenci6n , Retorno , Destrucci6n y Reembarque, seran de uso exclusive del Personal del SENASAG, mismas que constan de un original y dos (2) copias: 1-0riginal destinado para el lnteresado 2-Una copia para constancia de la Jefatura Distrital 3-Una copia para constancia del Puesto de Control LIBRO DE NOVEDADES- El libro de novedades, debe ser numerado y validado por la Jefatura Distrital correspondiente. (Anexo IV) Nota Las actas constituyen instrumentos juridico-legales que respaldan los procedimientos queen estas constan, por lo que deben completarse correctamente. 4. MEDIDAS SANIT ARIAS APLICABLES 4.1. DECOMISO 4.1.1 Los lnspectores del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria-SENASAG, estan autorizados a realizar el Decomiso de productos y subproductos, que no cumplan con los requisites exigidos por el SENASAG . 4.1.2 El inspector del SENASAG que realice alguna actividad de Decomiso debera llenar el acta correspondiente y remitir una copia a la Jefatura Distrital del SENASAG, respectiva. 4.1.3 El inspector del SENASAG que realice alguna actividad de Decomiso, debera hacerlo en presencia de testigos para efectos de control y veracidad de los actos en dicho puesto de control, mismos que deberan firmar al pie del acta correspondiente . 4.1.4 Una vez realizado el decomiso de productos que formaban parte del equipaje de pasajeros, el inspector depositara el producto decomisado en una bolsa plastica o tacho sanitario de uso exclusive del Servicio y se procedera a la DESNATURALIZACl6N de los mismos, en presencia del propietario utilizando para este efecto el acta de DESTRUCCl6N agregando un producto (desnaturalizante) sea este lfquido o s61ido que produzca mal aspecto o mal olor al producto como ser: Azul de metileno, Kerosene, Creolina, Formalina, etc. 4.1.5 En caso de Mercancias estas seran precintadas, hasta definir su DESTRUCC16N o REEMBARQUE. 4.1.6 Lu ego de realizada la verificaci6n documental e inspecci6n Fi sica de la mercancia, se verificare que solo parte de la Mercancia se encuentra afectada con defectos inaceptables o No conformidad No subsanables, se procedera a RETENER solo esa parte. El interesado podra optar por la el Reembarque de la mercancia , en caso de no representar riesgos sanitarios de introducci6n de plagas y/o enfermedades, o caso contrario se precede a la DESTRUCCl6N de la parte afectada. ' 4.2 RETENCION 4.2.1 Los lnspectores del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria-SENASAG, estan autorizados a realizar la Retenci6n de productos que no cumplan con los requisitos exigidos por el SENASAG, conforme lo serialado en el presente manual. 4.2.2 El inspector del SENASAG que realice alguna actividad de Retenci6n debera llenar el acta correspondiente especificando el motivo que ocasiono la retenci6n y remitir una copia a la Jefatura Distrital del SENASAG, respectiva. 4.2 .3. El inspector del SENASAG que realice alguna actividad de Retenci6n , debera hacerlo en presencia de un testigo para efectos de control y veracidad de los actos, mismo que debera firmar al pie del acta correspondiente. 4.2.4. Los Animales, Vegetales, Productos, Subproductos Agropecuarios, Alimentos y Bebidas que sean retenidos por los inspectores del SENASAG, seran mantenidos por un tiempo maximo de 1 O dfas habiles. 4.2.5 En este lapso de 10 dfas habiles, el propietario debe presentar los documentos requeridos o realizar las acciones respectivas, a objeto de cumplir con la normativa en vigencia , conforme lo senala el acapite de "motivo de la retenci6n" en el acta de retenci6n . 4.2.6 En caso que el interesado no cumpla con las exigencias especificadas en normativa vigente, en este plazo, los productos retenidos seran considerados Decomisados y se procedera a su Destrucci6n , para lo cual se utiliza el acta de Destrucci6n, en coordinaci6n con Aduana . 4.4 DESTRUCCION 4.4.1 La destrucci6n de vegetales, productos , subproductos agropecuarios, insumos agropecuarios, alimentos y bebidas se la realiza luego que estos fueran Decomisados o Retenidos principalmente en equipajes de pasajeros. Para este fin se tiene: la desnaturalizaci6n, incineraci6n, entierro sanitario u otros metodos. 4.4.2 Para la destrucci6n, dependiendo del caso, debe coordinarse con Aduana, fiscalf a y ejecutarse en presencia de un funcionario de Aduana, quien firmara el Acta de Destrucci6n como testigo. 1.4.3 En lo que se refiere a la incineraci6n y entierro sanitario, ademas, debe coordinarse con el Gobierno Municipal respectivo, para definir el lugar del entierro y llenar el Acta de Destrucci6n. 1 .4.4 Si como producto de la realizaci6n de un analisis de Laboratorio, dependiendo del Plan de Vigilancia de residues y contaminantes en alimentos correspondiente el resultado serialare parametros que se encuentran fuera de los If mites permitidos, se procedera con el decomiso y posterior destrucci6n de la mercancf a afectada a cargo del importador. En todos los casos anteriormente descritos los gastos relacionados con la destrucci6n, seran cubiertos por la empresa implicada. ANEXOS ANEXO I Productos de origen vegetal destinados al consumo humano, transportados por los pasajeros, autorizados a ingresar al pais • Aceites de origen vegetal (comestibles) s61idos o lfquidos • Esencias vegetales (colorantes, aromatizantes , etc.) Productos envasados al vacf o • Productos en almfbar • Productos enlatados • Productos en salmueras y otros conservadores Especias y sus muestras envasadas al detalle • Tes envasados • Chocolates envasados • Yerba mate elaborada y envasada • Polvos para helados y postres envasados • Feculas envasadas • Manteca y pasta de cacao • Cafe soluble • Cafe torrado y molido • Glucosa y azucar refinada y envasada • Jugos de fruta u hortalizas envasadas • Bebidas de origen vegetal (vinos, licores, etc.) • Frutos secos y granos secos, tostados y salados y/o confitados acondicionados • • Vegetales y sus mezclas congelados o cocidos • Pan y productos panificados y de confiterf a o galletas. • Pastas alimenticias secas o frescas sin relleno o con relleno de origen vegetal • Alimentos a base de cereales • Tuberculos de Papa elaborada (pure, croquetas, etc.) • Arroz blanco pulido en envase hermetico. • Pasas, frutas cascaras abrillantadas envasadas al vacf o • Suplementos Alimenticios de consume personal. Listado de productos y subproductos de origen animal, destinados al consumo humano, transportados por los pasajeros, autorizados a ingresar al pais • Enlatados de origen animal • Dulce de leche • Leche, crema de leche y yogurt (larga vida) • Leche (cualquier especie en polvo) • • Manjar blanco o dulce de leche • Caldas y sopas deshidratadas • Pastas rellenas de origen animal cocidas o pasteurizadas • Carnes bovinas , ovinas, de aves y suinas cocidas • Carnes bovinas, ovinas, de aves y suinas curadas por mas de seis meses • Yogurt fresco , envasado y con etiqueta • Pastas con relleno de origen animal cocidas o pasteurizadas • Queso de cualquier tipo , menos fresco , envasado y etiquetado Productos de pesca: Pescado de agua dulce o salada y Mariscos, envasados al vacfo y que mantengan la cadena de trio • Desecados en Salaz6n seca o humeda • Ahumados • Deshidratados • Liofilizados • Asados • Escabechados • Semi conservas y conservas GENERAL.- Todos los Alimentos que ingresen como equipaje acompafiado, son para consumo personal por lo que la cantidad no puede exceder: Bebidas alcoh61icas hasta 3 litros Demas alimentos y bebidas permitidos hasta 5 kilogramos o su equivalente en Total sin la presentaci6n del certificado sanitario de origen, debiendo venir en envases hermeticos sin signos de alteraci6n. Nose permite el ingreso de los de fabricaci6n casera . ANEXO II Listado de productos y subproductos de origen animal e insumos transportados por pasajeros; prohibido su ingreso al pais • Carnes bovinas, ovinas, de aves y suinas crudas • Carne de animales silvestres (en cualquier estado) • Productos chacinados (hamburguesas , fiambres y embutidos en general) • Leche fluida cualquier especie cruda • Manteca cruda • Crema de leche cruda • Huevos de aves y reptiles frescos Huevos o sus partes en polvo Sangre de cualquier especie animal y en cualquier estado • Visceras (de cualquier especie) • Harinas de came, hueso y sangre Otras harinas de origen animal • Pastas frescas con relleno de origen animal Animales vivos, excepto los animales de companfa . Productos de uso veterinario Lista de productos y subproductos vegetales prohibidos de internaci6n por pasajeros al pais • Frutas y hortalizas frescas • Granes diversos que pueden ser utilizados con fines de siembra y/o consume Humane Directo (como cafe en grano sin procesar, maiz, trigo y similares) ANEXO Ill ESTADO PLURI NACIONAL DE BOLIVIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA "SENASAG" ACTA DE RETENCI6N DE PRODUCTOS Jefatura Distrital o Puesto : No : El SENASAG en uso de sus atribuciones otorgadas por la Ley 2061 A rti culo 2 incisos a) y d) y D.S. 25729 A rtfculo 7 inciso j ) RETIENE: PRODUCTO CANTIDAD PROCEDENCIA K)BSERV ACT ONES NOMBRE DEL INTERESADO............. ............................................. .............. ................. .. ....... ... ................ ..... CEDULA IDENTIDAD 0 PASAPORTE No ................ ....... .. ...... .. NACIONALIDAD ................ ...... ........ ..... . ORIGEN O PROCEDENCIA ............ ................... .... .. ..... .......... ............. ............................ ..... .... .. ....... .. ... .. ..... .. . FECHA ................................ .. HORA ........... ............ VIA .. ........ ..... .. .. .... .... .. N° PLACA O VUELO.... .. ........... .. N° PERMISO DE IMPORTACION .......... . .. . ... . . . ... ... . . . . .. ... ... .. . MOT[VO DE LA RETENCION ........ ...... ...... ....... ............ .............................................................................. . PLAZO DE LA RETENCION: DEL ......................... AL. .......... ................ DE ............................................... DE ACUERDO AL INFORME DE INSPECCION O LIBRO DE NOVEDADES No ........... ........ ............. . El Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG, no asume responsabilidad por el deterioro o cualquier tipo de alteraci6n que pudiera afectar a esto productos mientras dure la Retenci6n Al no ser retirada al vencimiento del plazo de retenci6n, se procedera a su destrucci6n o re expedici6n con cargo al interesado. fNTERESADO SENASAG TESTTGO ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA "SENASAG" ACTA DE DECOMISO DE PRODUCTOS Jefatura Distrital o Puesto : No: De conformidad a la Ley N° 2061, et SENASAG es la entidad Encargada de Administrar et Regimen de la Sanidad Agropecuaria e Jnocuidad Alimentaria. En uso de sus atrib uciones conferidas por et Decreto Supremo N° 25729, Art. 7. Inc. j) de reglamentar et decomiso, la destrucci6n, retomo o disposici6n final de! de animales, vegetales, productos, subproductos de origen agropecuario, forestal e insumos agropecuarios, se: DECOMISA: PRODUCTOS PROCEDENCIA PESO/ CANTIDAD OBSERV ACIONES NOtvIBRE DEL INTERESADO .... .......................... ......... .. ..... ....... ..... ..... .. ... .... .. ... ............ ................ .... ........ CEDULA IDENTIDAD 0 PASAPORTE No ..... ... ..... ... ....... .... ... ... NACIONALIDAD .......... ..... .................... . ORIGEN 0 PROCEDENCIA ...................................................... .. .......... N° PERMISO DE IMPORTACION .. ..................................... .. .. . FECHA .. .... .. ... ..................... .. HORA ............. .......... VIA ............ .. ............... N°. PLACA O VUELO .............. ... . MOTIVO DEL DECOMISO ........... .... ..... ..... ....... ...... ...... ...... .. .. ... ..... .... .............. .... ............. ........... ....... .. ...... .. .... .. .. .... ............. . Observaciones ....... ....................... .............. ... ..................................... ...... ........ ... .......................................................................... . INTERESADO NOMBRE Y FIRMA DEL INSPECTOR NOMBRE Y FIRMA TESTIGO 1 NOMBRE Y FIRMA TESTIGO 2 ESTADO PLURI NACIONAL DE BOLIVIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENT ARIA "SENASAG" ACTA DE DESTRUCCION Jefatura Oistrital o Puesto : ------ - - De conformidad a la Ley N ° 2061, el SENASA G es la entidad Encargada de A dmin istrar el Regimen de la Sanidad Agropecuaria e lnocuidad A limentari a en el pais. En uso de sus atri buciones conferidas en el Decreto Supremo N° 25729, A rt. 7. Inc. j) de reglamentar el decomi so, la destrucci6n, retorno o disposici6n final del de animates, vegetales, productos, subproductos de origen agropecuario, foresta l e insumos agropecuari os, se: DESTRUYE PRODUCTOS PROCEDENCIA PESO I CANTIDAD CONFORME ACTA DE DECOMI SO O RETENC ION No. MOTi YO DE LA DESTRUCCION ................... ....... ......... ........................... ................... .. ... .......... .. ........ ..... ..... .. . OBSERYACION ES (M ETODO DE DESTRUCCION) Los abajo fi rmantes, hemos presenciado la destrucc i6n de los productos arriba ci tados, en (Lugar) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..... .. ............ .... .... ....................... por el Sr. (Nombre) . . .. . . ..... . .. .. ... . .. .. . . . .. . .. . . . . . . . . . . . . . . . .. .... ... ...... ...... .... ... ... Inspector de (nombre del pues to de contro l) ........ .......................................................... ....... ...... ... ...... . . .. . Bolivia ............ de ................ . . de 20 .. ...... . INTERESADO SENASAG TESTIGO F' ROll!l!JC,TQ Ac.ta de Extracclon de M uostr;as ANEX0 XI Codlg:,.? Pown•mto UNllA, ~ At.AAR - ACT .. 001 B Jef,a~ura Oistrt!EI: 11 I 2 J 3 I '.I 5 I 6 I 7 I 8 I 9 I ( CIIC:C MUE&TR/t; □SS,TmO, i=·ecwr:m ,de Co.mpm: . ··· ·- ·· · .. . - ····· · .. .. ... ... . F ecna: .. ... ..... ........................... ibl.l:11 Partida.. .. . ... ...... ... .... -· -··· · .. . . C ~d do ri.11.1o.,;ln!t ·-rrof"lllll~. . ................. ., ..... .. R.."l.i~ r.:li.i r,.,. ~~ q; , ................... , .......... .. ........... ' Ccmitra M~roo; Ofl.oins SENASAG; .............. ,. ... i:111p~: ...... ., .... ,. Ttpo Mue::.'IN:IO .................. . ·C!ird1:111 de F"a N<: ... ... .. .. . ... .. ..... . ........ ..... ·- ·· ······ .. · ·-.. · ·· · .. ...... .. . ... Bolal.:l de De ito N,.,, .. ... ... ..... . ·- ··-·-·-··-·· -· TIPO: INCt ~;l: .tt.!::T!:: IIVIPO. cl)M. r.:m'SI. PROO. SE IOETALLA Cu.RMIIE:r.fTE ESTA C'.()l['}IFIC,AD,11. V.ENCIMIHITQ EN: 1. 2. PARTH'.!tPAl'ff'fiS iEN LA TI'JMII';. DE M UESTRAS: Pil llr.l EmpN!l'I' r.k! Cl,EL. Rla'ORTE DE; LAISORATORIO ii. .... '1 2 II, Cl ,A,., .... ~ "' .... 18 Hit :l!JI! T· (; 1c; .it.; 0 R I 0 10 :fl Q E IE 2E Clt8"1WM. ' a i I), ~ ...,.. '"" 1:/,"I D "11:1 UI m ;!lo;: JJ(; llC (,C. tfO '10 !o ,tl,.'t :JE ~E H: fE,. ,, I!! ..,,. ""' 111 1118 n:; a,:; fO i!ltJ ii:' ~E "' i"" !fil rK ·w fr€ IR~dr:, a :mforfT'lQ: IT] (z] Q] [!) [ii Pll!ffJJh&d'o no r.nnrt:ll~: [D 2 a [!) l[fil ANEXOIV MODELO DE LIBRO DE NOVEDADES LIBRO No ....... . PUESTO DECONTROL ....................................... . DEPARTAMENTO ................................................ . CASO FECHA Y HORA NOMBRE DEL NOMBRE DEL IDESCRIPCION DEL MEDIO ioESCRIPCION ,.,.0 CONFORMIDADES IPROCEDIMIENTOS No DELA NSPECTOR PASAJERO 0 OE TRANSPORTE DELO LOS IOUE REALIZO OCURRENCIA TRANSPORTIST A PRODUCT OS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 QO ~1 ANEXOV ACT A DE NO COMERCIALIZACION ESTADO PLURI NACIONAL DE BOLIVIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA "SENASAG" No .............. . COMPROMISO DE NO COMERCIALIZACION DE PRODUCTO IMPORT ADO No ; ... .......... .... . ......... .. ......... . ... .. Por el presente documento, me comprometo a la NO COMERCIALIZACl6N de (los) producto(s) citados a continuaci6n amparados por el Permiso de lmportaci6n N°: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... y con Acta de Retenci6n N°: .. .... ...... .......... ....... hasta que los mismos cum plan con los requisites establecidos por el SENASAG. Como constancia del cumplimiento se firmara el acapite de Despacho Definitive, del citado Permiso de lmportaci6n, el cual autoriza la comercializaci6n y distribuci6n del producto en todo el territorio nacional. PRODUCTO TIPO DE ENVASE FECHA VENC. CANTIDAD 1 2 3 4 5 CANTIDAD TOTAL Nombre: .. ... ... ... .... ... .. ..... ... ......... ..... ..... .. ... .... ... .. .. ... ... .... ... .. .... ..... .... ... .................... ............ ........ ...... ............... ........ . C.1. : ..................... ....... ... .... ... ...... Relacion con la Empresa ........ ... ... .. .......... ..... ................... ..... ......... .................. .. Firma: Lugar: ......... .......... .. .......................... .. .............. de .......... .......................... de 20 ...... . Documento elaborado en base a las disposiciones legales vigentes amparadas por Ley 2061 de 16 de marzo de 2000 y de los D.S. 25729 de. D.S. 26510 de, D.S. 26590 de y los reglamentos del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Al imentaria SENASAG. ANEXOVI SELECCION DE TAMANO DE MUESTRA A SER INSPECCIONADO Tabla 1. Letra C6digo de tamano de Muestra Nivel especial de Tamano del Lote lnspecci6n S-4 2a 8 A 9a 15 A 16 a 25 B 26 a 50 C 51 a 90 C 91 a 150 D 151 a 280 E 281 a 500 E 501 a 1 209 F 1 210 a 3 200 G 3 201 a 10 000 G 10 001 a 35 000 H 35 001 a 150 000 J 150 001 a 500 000 J 500 ooo o mas K ANEXO VII DEFECTOS INACEPTABLES, DETECTADOS EN UNA INSPECCl6N VISUAL DE ALIMENTOS PRE-ENVASADOS 1. Corrosion extrema, con perforaci6n . 2. Grave abolladura del cuerpo (fractura de la lata con evidente fuga del producto) . 3. Grave abolladura del doble cierre. 4. Soldadura de la costura lateral defectuosa (quemadura profunda) . 5. Soldadura de la costura lateral defectuosa (fuerte revent6n). 6. Soldadura de la costura lateral incompleta. 7. Soldadura de la costura lateral incompleta y abierta (fuga evidente del producto) . 8. Costura lateral mal cerrada. 9. Cuerpo del envase, perforado y/o punzado. 10. Hinchaz6n. 11 . Corte. 12. C6digo grabado profundamente (envase roto). 13. Deslizamiento del rodillo de prensado. 14. Doble cierre incompleto. 15. Arista o cierre cortado . 16. Pestana desgarrada . 17. Depresi6n del pliegue. 18. Depresi6n de la pestaria . 19. Sacos, Costales o Bolsas Rotas, Mojadas o humedas. 20. Cajas Mojadas, humedas, Rotas. 21 .- Botellas Rotas, Lisiadas o con Fisuras. ANEXO VIII Ta.bl2 2.B-Pfanu dt muutrto 1tmpft pan Inspect~ ettric~ (taba 1111e1tll) ...... ~~ (& I . . ~ ,It"~ de.~ IW!. en p«"...erf.l!je de 1te.mu 00 l;Qnt;im"iu O 0!) c:rmlt!irni:f&".a poi' fOO 1.i!:me, (m~R ~ --· § I! hi '·"' ~01, ~ -~~ f,"'5 0, fO • .,,; o.25, ,... Ml ·~- 1:5 • ·~· ? 0.S 10 ts • " ,0 6l 100 !Si ,.. ... 650 I i '°' . ... •.:f· .q ~1~ I- AcRe AcRe. AtcA:i k ·~, ,tom, l\tRe AcRt 'Al.:Ri A:&t Ao~t M~ J,,pRt ~~ l;cfte. ,>\tRt AeRe Ac-R>e iA.efli AeRe kRt AeR~ /ltRe AeRn Ac.Rt- At-Re ~R~ ~' ,'t:;;:-;•: " :< • ·""'·· ·-·-"' ... ~ · , : ·-- , I ~ u M ~ij !: A 2 "! • ~ ~ ~ , ~ • . :: • • , : :'~ - ' n O C! 1 n {} t 2 2 3, l 4 5 J <! Q 12 13 1! 1-9 'lJ 26 I , ., ' • ' :' - . . • ,-· : ~' ' .., · o 1 n ,lJ t 2 2 a $ 4 ! ~ .e i 12: 1J 1e 1i 27 ~ 41 ~z c. . § . .:. •• , ., ~- l•t- • • • • ., • • • • ~ • a t n {} 1 .t 2 3 1 4 5 f 8 9 t2 ;;i 1!11d 't/ 2ft ~1 4:2 .f.. 0, I • O i n U 1 2 Z S, l 4 5. ~ 8 i 12 1J 1,8 1127 Zo '41 4·2 O 11 ' : . : , 0 \ ,.n- l.)- 12 2' >< l 6 11 12 " <I 1' ll 18 <HI " F . 2!l . . . • l) t n '.tJ. 1 2 2 3 3 4 §. t 9 i t:i l l fe \~ G J2 . - -·-1- I'"•~• .• - -- -1- , - • i--•~-~~• • •J• 0 • ~ .... ·. -· - ~, ~., .- ,, . ~ a .,~a~.,,, ,,,.~ ~!t. jJ: .t~•·f••U•+•I-J■ • t •-HY, I n H I SQ I 11 I II I I J. I 11 I 11 I 11 I 11 I H I I) \I I £ • " • ~ 1 • • 1 r ~ 1 .~ " • •~ ; "I •" Ji, 1 /' ~1Y ri I l'. ~. - • -- - ·-- • ••• • •• • •• - ·' '~ ;a 1; · 11; ~~ ;1 z;2 sii,ise+s~i12i:lh~1i ·-1~-..L.. -LL-~-~~ - ~ -~~•4-◄+-+•~~•t....fi-+-tr·t-fJ· 0 1 1 2 ~1-1--•-~+- • ....,.J--i ◄ •4•4f+•r.H.-,, t---t-•t:-t--lf- ... -1. l{ L M N p Cl R a, us ~o D ....... 0 1 3\5 51)(! SOO 1250 uoc ··-~·*·•-tr 0....,1 ij t i 2 n 2 11 v 01 .., tZ2J34 ~u ,,i3~~56 011 ·r-;22~3~&ae& Hli \ ~ I ,lo:, ' - • ' 'I I • 2 J 3 4 f I & l 8 ~ I 12 ril 16 f9 1 n 1 '- ' 3 J ~ 6 g I e . 9 I 12 13 I u 1i 2 J I 3 4 l s: 6' I B i I 1.2 13 I f! 1 a .-f--1-l,4,o11l,.a •~•-1-l•~l-•~t.~~ I• '.-*1 •!,- ►.•I'• -~- -►-+'ii'--i --t-+--. i-'-- ►t- ~ ~ ! ~ 1 >$ 1:2 J3l ,;.e 1;J ~ • • : : : .. : : :: ~;r n- , :; -•-·· 1211 ,a ti fr U it ~u ·ru~·1··rr·ru ·1·~~ +~li-t-~·f ·~-t··fl~tsrr•r-r ,. ,, ~. I• ~ ., .. : ·-;.:, ~ :-- "- --.,- ... - - ---.-. \Ill ol p,lmor plan do mu.am dtbflo di 11 ~ el ~r plM a; mUHlrM lmbt M ngmm lffl llffflP~n 1. SI el Uirna/'lo dt la muutfa n \Q1,1tl o fad• el tamatio del lote llm , ~bo lr•~~on 100 %, cha nOmffl di N • ~ t , ~ PASOS A SEGUIR: 1. ldentificar el tamario del Lote con una Letra C6digo de la Tabla 1, dentro de unNivel especial de lnspecci6n S - 4. 2. Considerar un Nivel Aceptable de Calidad "NAC", en un Plan de Muestreo simple para inspecci6n estricta de: 6, 5 o bien de 10 (no sera aceptable otro NAC), Tabla 2.B. 3. Ac: es menor o igual al numero de muestras aceptables para validar un lote, 4. Re: es igual o mayor al numero de muestras que determinan el rechazo total de un lote. Por Ejemplo: Un Lote de productos de 1 000 latas, con un Nivel especial de lnspecci6nS-4 tendra una Letra C6digo de Tamario de Muestra igual a: F. en conformidad con la Tabla 1. Utilizando la Tabla 2.B del Anexo VIII, identificamos que para la letra "F" se tiene un tamario de Muestra lgual a 20, se entiende que tendremos que inspeccionar ff sicamente 20 latas. Utilizando la Tabla 2.B, con la letra F de y considerando un Nivel de Cal id ad Aceptable de 1 O; se tiene que se aceptara el Lote, si como maximo se tienen 3 (Ac) muestras que presenten defectos inaceptables, si existiese 4 (Re) muestras que presenten defectos lnaceptables se debera rechazar el lote 0 INSPECCIONAR una mayor cantidad de muestras para una determinaci6n mas acorde. ANEXOIX SERVlCIO NACIONAL OE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUJDAD AUMENTARIA « S E N A S A G" I NFORME TECNJCO INSPECCION SANITARIA A IMPORTACIONES FITOSAHiiARJO □ lHOCUlOAD □ ZOOSANITARIO l. t>ATOS D.£1. SOLICITAh"TU Non1tlftl ftil:ZOn Socl N" P..ofCln 5::¥>tt-,rlo OQQ:100 <lol'l1cllo <lel 111\potQdo( ll>!?f Y F~oe IMpe(:d()n~ltlrb lnlClo:iHr'i.. l'ln3Hrl lL DAl OS 'OliLP ...... uUcJ·o □ PloOuctc>f Stqll'l)CIUCID Noml>fe / Ttcrll00 QenlDl0o canaoac, M..n:.l N"<Se l0llll IJQ>~ ~ uiga,- <lil' l)(OCklCCl<ln: ~ PQnto 0<t lngJKOC L"S?( cie <lfftlno <lel producto: Me<IIO doe~ yN•pQC:C l'edu O<t lngruo: . I !l. lNSl•llCCJON DOCU:MBNT,U, ee,uac:;aao~ a. I ~rml50 Slllllbrt> oe lmpONdCo I CUl1lpk con ~ ~ I Otn¥~ qua~ ~dlltl>a~Oilgenfll': ~GN". SI □ NOD Ofl'IIIICaclOO..OrlgM: MSCN' f\,~ INSPllCCtON S:ISICA. y SANTTAIUA. om. PA.ODUcro Canlldil<I PROOUCTO 1lpO y ffQdo 0. ,en113a con~ oe ~ COndldonHOA Ul\kla4CH ~ ........., ~ ~ •.; i ~-· ' V S.,., <llt~ Pr-cl.a <» Pl:liSP' defPIOOUClode St NO 151 NO V.1NSl>liCC10N SANtTA.IUA ;\ l!MJlAJ..AJU t>IU,lAl:>WlA. (NlMP JS) &lbablit<»~ t.CIOH3 con catu D Maller3 eboa".xtJ.: D Trabrlftn:IIX S?:LLO HT M.8 l!'rd>.>bje IMI>"~ P-□ Ca)a4 a. ""3clef3! D J.11.lb5: D ~ D Bloq\MCO ' M-3oer.lp;va.e611b,1;0 ~ par., carga: D ~□ Collallne5de~o ·-·--- ~--""''"'.,,... ~--oe,-- """"'.......,. aeiru~oeu.~ cMlem03Qf!eOO.~ SI NO S l NO A,oepQOC> ft«naz:aOI) VI. ' lOMA. OS MUl,STlilAS Y A.NAUStS Dli LABORATORJO l.a00Gll0<10 VlL TRA!l~Jl!NTOSA.Nt'TAlUO l~... ..blno: s1□ ~lll!IP<><le~ OOl,l6: VUT. CONCJi.PTO PlNAL AC5'l.u>o I CONOfCIOKAOO I . - 3. ~ 2. Tr.ilamle:nlo - 4. Re~ 013SJUtVAC10Nl"!S :-~Y 2.~llomoa~ I ftECHAZADO McNcodc-~Qt..e c:tlUll::r'IOlOC Of\J)C:11 Wltn,Jt~ Y'tO'C'Qto ~ alfflffllildo ')100C-.-ra'Qlie SiC ~ . .en elOiXUfflcnlO de,~ ha .-OC,,~ CSI; KQC.tOQ ~ D:OffM.S C'IIIICl«~,e,, d 0 . ..0.. ~Sr.?'t .OC Q c.Pf/, F-N). ANEXOX MUESTREO DE PRODUCTOS Antes de realizar la toma de muestras para su remisi6n al laboratorio, debera cerciorarse que cuenta con el Material, el Uniforme y los lnstrumentos necesarios para cada situaci6n apropiada, en conformidad con el Manual de lnspecci6n y Manual del Inspector en vigencia . NOTA: Para toma de muestras de envases pequenos a medianos, la muestra estara constituida por el contenido del recipiente intacto y no abierto. Se tomara una o varias unidades para formar la muestra (la muestra no debera ser menor a 250 g). MATERIAL ES: Recipientes de muestreo: Envases perfectamente limpios, secos y esteriles, su tamaf\o debera guardar relaci6n con la muestra, hermetica e inaccesible a cualquier contaminaci6n posterior a su esterilizaci6n , pudiendo ser: envases de vidrio de boca ancha, envases de plastico esterilizable, balsa de plastico esteril, envases metalicos si amerita. lnstrumentos para apertura de muestras: El inspector debera llevar consigo, tijeras, pinzas, cuchillos, taladros, cucharas, espatulas, term6metros y otros; todos estos instrumentos deben estar esteriles para su uso si amerita. Etiquetas y material para marcar: Etiquetas de cartulina , etiquetas adhesivas de papel, lapiz graso, rotuladores, bolf grafos. Otros: Recipientes portatiles para transporte, lfquido desinfectante: alcohol etflico al 70 %, algod6n hidr6filo , otro que a su juicio considere importante. PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS (para envases grandes): Una practica de toma de muestras correcta influira muy positivamente en la valoraci6n objetiva delos resultados de los analisis, por lo que la cantidad de muestra debera estar comprendida entre 250 a 500 g y/o ml , por tanto para muestras Seleccione el Tamaf'\o de Muestra de acuerdo al siguiente criteria: 1) ldentificar el o los Grupos de Alimentos de la Mercancfa Decomisada a lnspeccionar. 2) Seleccionar un Lote por cada Grupo de Alimentos a inspeccionar. 3) Tamar 5 muestras del Lote seleccionado de acuerdo al Grupo de alimentos al que correspondan . 4) Para muestras de productos liquidos a granel , es necesario limpiar y desinfectar el area de muestreo antes de abrir el recipiente , que contenga la muestra , con un desinfectante apropiado (por ejemplo soluci6n al 70% (v/v) de alcohol et[lico , amonio cuaternario alfaquat diluci6n 1 en 1000 y amoquat diluci6n 1 en 64) o hipoclorito de sodio al 3 %. Usar instrumentos limpios y esteriles para mezclar y extraer la muestra. La muestra debe ser transferida asepticamente a frascos limpios y esteriles, los cuales deber ser cerrados inmediatamente y etiquetados. 5) Para toma de muestras de productos s61idos a granel, con una cuchara o espatula esterilizada, quitar la parte superior del producto, no menos de 5 mm de la zona de muestreo, usando instrumentos limpios y esteriles, tomar la muestra asepticamente y transferirla a recipientes esterilizados para muestras, cerrarlos inmediatamente y etiquetarlos. 6) Rotular, Precintar para su remisi6n y envio al Laboratorio. 7) Llenar el Acta de Toma de Muestras, completando todos los campos de la misma. 8) Para productos contenidos en envases mayores a los 5 Kilogramos de peso, harinas, cereales, granos diversos, polvos, se debera muestrear tomando porciones de distintas zonas con material esteril y pasandolas asepticamente a envases esterilizados. Recomendaciones:En la medida de lo posible, la muestra debera ser tomada en su envase original. • Ocasionalmente, las muestras que se deben recoger son (micas, cuando se trata de alimentos sospechosos de toxiinfecci6n alimentaria. • El muestreo sobre lotes, partidas, remesas etc., se puede hacer siguiendo la tecnica de muestreo aleatorio, aplicando la tabla de numeros al azar, sobre un numero de muestras pre establecido. • Si se trata de cajas grandes que contienen paquetes pequerios se escogen al azar dichas cajas y por el mismo procedimiento se separan los paquetes pequerios. • Cuando los envases son muy grandes y dificiles de transportar se toman asepticamente muestras representativas y se pasan a envases esteriles mas pequerios. • Los alimentos a granel se muestrean tomando porciones de distintas zonas con material esteril y pasandolas asepticamente a envases esterilizados. • Si el producto para muestrear tiene una salida por conducto, se desechan las primeras porciones antes de tomar la muestra. • Si son productos liquidos, se agitaran en su envase y se pasaran asepticamente a recipientes esteriles. • Procurar siempre obtener una muestra representativa. • Se debe mezclar bien el producto hasta que este homogenizado antes de tomar la muestra. • Registrar la temperatura del alimento del que se obtiene la muestra, asi como la temperatura ambiente de la sala de almacenamiento. Etiquetado de los recipientes de las muestras: ldentificar todos los recipientes de las muestras inmediatamente antes o despues de tomarlas, fijar las etiquetas para prevenir extravios o confusiones accidentalmente durante las manipulaciones subsiguientes, en especial las que van a ser transportadas y refrigeradas por que la humedad puede desprenderlas. Cada muestra sera precintada y provista de una etiqueta que mencione la naturaleza del producto y el numero de identificaci6n asignado, asi como el nombre y la firma de la persona que haya efectuado la toma de muestra. Enumerar la etiqueta registrando en ella, toda la informaci6n necesaria para identificar la muestra. Para remitir al Laboratorio se debera acompariar del Acta de Extracci6n de Muestras Respectiva .

Resolución Administrativa SENASAG Nº 31/2016 - Procedimiento aplicable a la emisión de permisos de importación · Nelum