Decreto Supremo Nº 29627 - Plan Nacional de Reconstrucción y Rehabilitación
颁布于 2008-07-02 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 玻利维亚
- 主题
- Environment, Food and nutrition
- 关键词
- hazards, climate change, environmental planning, investment, policy/planning, food security, special fund
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PLAN NACIONAL DE RECONSTRUCCION Y REHABILITACION DECRETO SUPREMO Nº 29627 DE 2 DE JULIO DE 2008 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2140 de 25 de octubre de 2000, para Reducción de Riesgos, establece mecanismos para la asignación de recursos de inversión para la reducción de riesgos, la prevención y la reactivación económica de los procesos productivos en las zonas afectadas por desastres. Que el Decreto Supremo Nº 29438 de 12 de febrero de 2008 declara Situación de Desastres de carácter nacional, por la presencia de efectos hidrometereológicos y climáticos adversos provocados por el `Fenómeno de La Niña 2007 - 2008`; asimismo, establece que el Ministerio de Planificación del Desarrollo, conforme a los resultados de la evaluación que realizará el Poder Ejecutivo, a través de sus instancias especializadas, presentará un Plan Nacional de Reconstrucción y Rehabilitación, priorizando la asignación de recursos en los municipios donde se hubieran producido los mayores daños e impactos. Que como consecuencia de los efectos adversos provocados por el `Fenómeno de La Niña 2007 2008`, grandes extensiones del territorio y población en Bolivia han sido afectados por inundaciones, heladas y sequías en las distintas regiones del país, provocando daños en el sector productivo y población en general, por lo cual el Gobierno Nacional en el marco de su política económica y social considera necesario contar con plan como instrumento para la atención de los problemas suscitados y necesidades generadas, además que incorpore una visión de mediano y largo plazo en la gestión del riesgo, en el marco de los lineamientos, metas y objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo aprobado por el Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007. Que es propósito del Gobierno Nacional alcanzar una situación sostenible para atender adecuadamente a los damnificados por los daños, pérdidas y perjuicios ocasionados por fenómenos climáticos, con la participación del sector público y privado. Que el Parágrafo I del Artículo 13 de la Ley Nº 2140, establece que la formulación y ejecución de las políticas nacionales de Reducción de Riesgos de Desastres, así como una inserción en los planes de desarrollo sectoriales, departamentales, municipales y de metropolización, debe realizarse en el marco de los procesos de planificación normados por el Sistema Nacional de Planificación SISPLAN. Que el Ministerio de Planificación del Desarrollo en coordinación con los Ministerios sectoriales e instancias regionales y locales ha elaborado el Plan Nacional de Reconstrucción y Rehabilitación, el mismo que en cumplimiento al Parágrafo II del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 29438 ha sido presentado al Presidente de la República y al Consejo Nacional de Política Económica y Social para su consideración y aprobación. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTICULO UNICO. I. Se aprueba el Plan Nacional de Reconstrucción y Rehabilitación, que en Anexo forma parte del presente Decreto Supremo. II. Las instituciones públicas a nivel nacional, regional y local, desconcentradas, descentralizadas y autónomas son responsables de observar, gestionar y ejecutar el Plan Nacional de Reconstrucción y Rehabilitación en el marco de sus competencias y atribuciones. DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo Los señores Ministros de Estado, en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de julio del ano dos mil ocho. FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOS, Walker San Miguel Rodríguez, Alfredo Octavio Rada Vélez, Celima Torneo Rojas, Graciela Toro Ibáñez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero, Héctor E. Arce Zaconeta. ANEXO D.S. 29627 PLAN NACIONAL DE RECONSTRUCCION Y REHABILITACION 1. INTRODUCCION Desde hace varios años, el territorio boliviano es víctima de desastres ocasionados por la conjunción de dos factores: las fuerzas y fenómenos de la naturaleza, y la intervención del hombre. Los desastres causan alteraciones profundas en la vida y las costumbres de la población, sus bienes, los servicios y el medio ambiente, excediendo generalmente la capacidad de respuesta de la comunidad afectada y del propio Estado. En consideración a los últimos efectos del Fenómeno de La Nina, el Gobierno Nacional, mediante Decreto Supremo No 29425 de 21 de enero de 2008, declaró Situación de Emergencia Nacional, y posteriormente con Decreto Supremo Nº 29438 del 12 de febrero de 2008, Desastre Nacional, encomendando al Ministerio de Planificación del Desarrollo (MPD) la responsabilidad de elaborar el Plan Nacional de Reconstrucción y Rehabilitación (PNRR), orientado a la recuperación y transformación sostenible de las condiciones de desarrollo, minimizando los factores de riesgo. Esta situación ha movilizado al Gobierno Nacional a encarar de manera sistemática y sostenida esta problemática, expresando así su voluntad política de plantear soluciones de corto, mediano y largo plazo a las consecuencias de los desastres naturales. En este sentido, mediante Decreto Supremo Nº 29453 de 22 de febrero de 2008, se crea el Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo; mediante Decreto Supremo Nº 29470 del 5 de marzo de 2008 se crea la Unidad de Coordinación del Fondo (UC-F). Posteriormente por Decreto Supremo Nº 29532 de 25 de abril de 2008, se asigna un monto global de Bs. l.116.188.717, recursos equivalentes al 1% del total de egresos autorizados por el presupuesto Agregado del Sector Público 2008, proveniente de una parte del crédito otorgado por el Banco Central de Bolivia (BCB), al Ministerio de Hacienda, bajo el marco de lo establecido en el Artículo 148 de la Constitución Política del Estado. La formulación del PNRR ha sido efectuada, considerando los resultados de la Evaluación del Impacto Acumulado y Adicional, realizada por la CEPAL, la misma que señala que factores como el cambio climático, producto del modelo de desarrollo de las sociedades industrializadas, es una de las causas de los desastres naturales. Además de otros factores, propios de la realidad nacional: como los fenómenos naturales recurrentes (lluvias intensas, sequías, granizadas y heladas) y los de vulnerabilidad: ubicación inadecuada de asentamientos humanos y de actividades económicas, empleo de tecnología inapropiada para las condiciones ambientales locales, deterioro ambiental, precario desarrollo humano, deficientes capacidades institucionales, entre otros. Esta situación ha provocado desastres de gran magnitud, e importantes consecuencias en la economía, capacidad productiva y deterioro de los servicios básicos en los 9 departamentos del país, especialmente en los departamentos de Beni, Santa Cruz; Cochabamba y La Paz. El PNRR en el marco de una visión integral de gestión del riesgo, tiene un alto énfasis en la rehabilitación, es decir, en el cumplimiento de acciones que permitan restablecer rápidamente las condiciones mínimas para normalizar las actividades de la comunidad; y en la reconstrucción, acciones que buscan restablecer los sistemas productivos y de infraestructura social, reduciendo, evitando la reproducción y creación de la vulnerabilidad y/o exposición al riesgo. En este sentido, busca establecer condiciones de articulación, integralidad y coherencia en las inversiones intersectoriales, con miras a generar impacto en las regiones afectadas, generando una mayor coordinación interinstitucional para la implementación de las acciones. El presente Plan Nacional de Reconstrucción y Rehabilitación tiene un horizonte temporal de tres años. Se desarrolló de manera participativa, considerando la visión de Estado establecida en el Plan Nacional de Desarrollo y la nueva arquitectura institucional que articula el nivel central con los niveles departamental y municipal. El Plan conserva dos enfoques claramente definidos, el primero es la visión productiva como mecanismo de recuperación, y el segundo, es un enfoque territorial para la articulación de líneas de intervención sectoriales, incorporando ejes transversales y componentes traducidos en programas sectoriales y proyectos especiales. La ejecución, el seguimiento y evaluación de los programas y proyectos que conforman el PNRR, son de responsabilidad sectorial e institucional, según competencia asignada por Ley. El necesario relacionamiento intersectorial e ínter territorial será de responsabilidad del Ministerio de Planificación del Desarrollo, en el marco de sus funciones establecidas por Ley, y específicamente esta labor será realizada por la Unidad de Coordi-nación del Fondo (UC-F). Existe el documento ampliado del Plan, que cuenta con información complementaria en sus capítulos de antecedentes, diagnóstico, estrategia de implementación, componentes, financiamiento y programa de inversiones. 2. PRINCIPIOS ORIENTADORES De los procesos de recuperación en eventos de desastre anteriores, se han recogido los siguientes principios que deben regir en el diseño y puesta en marcha del PNRR: • Incorporación de la Gestión de Riesgo. Incluir la gestión del riesgo en los procesos e instrumentos de planificación de largo, mediano y corto plazo, con la finalidad de reducir y no reproducir o crear vulnerabilidades. • Articulación Sectorial con Enfoque Territorial. Integrar las acciones sectoriales propuestas en el Plan, considerando las necesidades y demandas territoriales y respetando los ecosistemas. • Visión Productiva. Priorizar la dimensión productiva, especialmente alimentaria, reactivándola con tecnología apropiada. • Participación y Corresponsabilidad. Promover la participación y corresponsabilidad de los sectores públicos, privados, productivos, así como de las organizaciones de la sociedad civil, en la gestión del Plan en el marco del proceso de descentralización y control social. • Recuperación de los Saberes Ancestrales y Tradicionales. Promover la recuperación de los saberes ancestrales y tradicionales que contribuyan a la reducción de riesgos. 3. OBJETIVOS 3.1. Objetivo General Rehabilitar y reconstruir los sistemas productivos e infraestructura afectada por los desastres naturales causados por los fenómenos de El Niño y La Niña, fortalecer las capacidades institucionales y sociales, y reducir las vulnerabilidades. 3.2. Objetivo Estratégico de Rehabilitación Restablecer las condiciones básicas para normalizar las actividades de la comunidad. 3.3. Objetivo Estratégico de Reconstrucción Reconstruir los sistemas productivos y de infraestructura social, evitando reproducir la vulnerabilidad y/o exposición al riesgo. 4. METAS Y RESULTADOS Las metas y resultados se encuentran establecidos en la versión ampliada del Plan. Las mismas son estimaciones, y su cumplimiento estará sujeto a la disponibilidad de los recursos. 5. ESTRATEGIA DE IMPLEMENTACION 5.1. Líneas de Intervención Son seis las líneas de intervención que se articulan con cinco ejes transversales en programas sectoriales y proyectos especiales, para la operativización del PNRR, ba-jo una visión de articulación a nivel sectorial y un enfoque integral y territorial. 1. Recuperación Productiva. Reponer la capacidad productiva y promover la producción agropecuaria e industrial con condiciones apropiadas en las zonas vulnerables. 2. Infraestructura Caminera. Reparar y reconstruir infraestructura caminera de la red vial fundamental, secundaria y vecinal, con tecnología apropiada priorizando las redes relacionadas con el sector productivo. 3. Vivienda. Rehabilitar, reconstruir y reubicar viviendas con tecnología sostenible reduciendo la exposición al riesgo. 4. Bienes en Desarrollo Social. Rehabilitar y reconstruir la infraestructura de los servicios de salud y educación. 5. Servicios Básicos. Los tipos de proyectos referidos a este componente son: agua potable, alcantarillado, sistemas de redes, residuos sólidos y sistemas de energía eléctrica, para restablecer los servicios básicos en las comunidades afectadas. 6. Manejo Integrado de Cuencas y Riego. Habilitación de la infraestructura adecuada para minimizar los riesgos de las zonas vulnerables y aprovechar correctamente los recursos hídricos y recursos naturales (reforestación y suelos). 5.2. Ejes Transversales Para contribuir a la implementación del objetivo general, con una respuesta integral y una preparación para eventos futuros, se incluyen los siguientes ejes transversales: 1. Capacitación para la reconstrucción. El objetivo central es incorporar algunos conceptos de la gestión del riesgo en el proceso de reconstrucción, para la capacitación a nivel técnico, de las instituciones implementadoras y las comunidades beneficiarías del PNRR. 2. Gestión de la información para la Rehabilitación y Reconstrucción. El objetivo es contar con información útil y oportuna para la toma de decisiones y el monitoreo de la implementación del PNRR, proponiendo dos ejes transversales, el primero, para la conformación de una red de provisión y monitoreo de información en la ejecución de los proyectos desde las comunidades, niveles sub-nacionales y el gobierno central; y el segundo, para la generación de información especializada sobre la reconstrucción en base a las diferentes fuentes, por ejemplo UDAPE, INE, SENAMHI, SUNIT, Servicios de Hidrología Naval, entre otras. 3. Fortalecimiento Institucional. El objetivo es fortalecer a las instituciones de los niveles nacional, departamental y municipal en aspectos concernientes la gestión del riesgo. 4. Incorporación de normas y procedimientos dirigidos a reducir los riesgos y evadir su reconstrucción. El objetivo es estimular la formulación de planes de reducción de riesgos, en particular, vulnerabilidades en los municipios y/ o departamentos recurrentemente afectados por los desastres e introducir, en las normas del Sistema Nacional de Planificación (SISPLAN) y el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), criterios de la gestión de riesgo que contribuyan a la no reconstrucción de vulnerabilidades en los tres niveles estatales. 5. Ordenamiento Territorial. Para incorporar los instrumentos de planificación territorial y ambiental; principalmente promover su implementación en las zonas vulnerables 5.3. Relevamiento de Demanda de Proyectos Se relevaron proyectos de rehabilitación y reconstrucción propuestos por municipios, prefecturas y sectores, los mismos que fueron presentados en fichas diseñadas por el Ministerio de Planificación del Desarrollo. Estas propuestas fueron recolectadas por el VIPFE, a través de trabajo en campo y de su portal Web. Asimismo, se relevaron proyectos recopilados por FPS y FNDR en el marco de El Niño 2006/2007, los mismos que fueron enviados por municipios que también presentaron afectaciones por el evento Niña 2007/08. Los proyectos de origen sectorial fueron canalizados a través de VIPFE. Una vez creada y puesta en funcionamiento, la Unidad de Coordinación del Fondo (UC-F) es la responsable de recibir las demandas de proyectos, tanto sectoriales, departamentales y municipales, para su respectiva consideración y consolidación en una base de datos de proyectos. Cualquier entidad pública que demande financiamiento para proyectos de rehabilitación o reconstrucción como efecto de desastres naturales, deberá enviar estos proyectos a la UC-F, utilizando los formatos y procedimientos establecidos por la misma. 5.4. Criterios de Elegibilidad Como requisito indispensable, los proyectos demandados y presentados en su respectiva ficha, deben cumplir con los siguientes criterios de elegibilidad: a. Ubicación: el proyecto debe localizarse en los municipios definidos por el Decreto Supremo Nº 29438 de 12 de febrero de 2008 y otros complementarios al mismo (Resoluciones Bi Ministeriales). b. Tipo de Evento: proyectos que respondan a los daños ocasionados por el Fenómeno de El Niño y La Niña. c. Tiempo de Ejecución: para proyectos de rehabilitación, el tiempo de ejecución no debe exceder a diciembre de 2008. Para proyectos de reconstrucción el tiempo de ejecución debe sujetarse al periodo de ejecución del Plan. d. Población Beneficiaría: Se deberá verificar la existencia de familias afectadas a ser beneficiadas. e. Monto Solicitado: el monto solicitado de financiamiento deberá guardar relación con los tiempos de ejecución mencionados anteriormente. f. Generación de Empleo Local: Es necesario verificar la disponibilidad de mano de obra local a emplear en la ejecución del proyecto. g. Sector: Se recomienda la consideración de los siguientes, sectores en la priorización de proyectos: Transporte, Saneamiento Básico, Salud y Seguridad Social, Educación y Cultura, Agropecuario, Recursos Hídricos y Vivienda. 5.5. Presentación de futuras demandas Debido a que el evento de La Niña tiene un carácter dinámico, la presentación de proyectos de rehabilitación y reconstrucción será recibida conforme al cumplimiento de los criterios anteriormente descritos y reglamentación específica por sector, la misma que se canalizará a través de UC-F. La demanda de los sectores mas afectados de acuerdo al informe realizado por la CEPAL sobre la Evaluación del Impacto Acumulado y Adicional ocasionado por el fenómeno de La Niña, será atendida prioritariamente. 5.6. Coordinación de Ejecución del PNRR La ejecución, el seguimiento y evaluación de los programas y proyectos que conforman el PNRR, son de responsabilidad sectorial e institucional, según competencia asignada por Ley. 5.6.1. Rol de la Unidad de Coordinación del Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo (UC-F) La UC-F es la responsable de coordinar la implementación del PNRR con los diferentes sectores y actores involucrados, en el marco de las competencias conferidas por norma en su condición de Secretaria Técnica del Fondo de Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo productivo, debiendo realizar acciones vinculadas al esquema financiero, en cuanto respecta a la coordinación, la construcción de carteras de proyectos a ser ejecutadas por los sectores, programas y proyectos, informes sobre carteras para la aprobación del Directorio del Fondo, seguimiento a la ejecución de las carteras aprobadas, coordinación intersectorial para la ejecución del PNRR y otras actividades instruidas por el Directorio. Para ello contará con el apoyo técnico del VPTA, a través de la Unidad de Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres (UPRRD), en lo que respecta a la coordinación intersectorial orientada a la formulación de políticas sectoriales en materia de reducción de riesgos en el actual escenario de cambio climático. Asimismo, realizará el seguimiento y evaluación de los mecanismos, procedimientos, instrumentos, programas y proyectos, de acuerdo con los lineamientos estratégicos del PNRR. 5.6.2. Entidades Ejecutoras de Programas Representadas por: Organismos Ejecutores de Ministerios, Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (EMAPA), Proyectos de Alianzas Rurales (PAR), Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria (PASA) son responsables de la ejecución de `programas`, los mismos que deberán realizar el control, supervisión, seguimiento y evaluación de la ejecución de proyectos en cuanto lo financiero y lo técnico a través de los ejecutores de `Proyectos`. Asimismo, deberán remitir información de ejecución financiera y técnica de los proyectos a la UC-F. 5.6.3. Entidades Ejecutoras de Proyectos Representadas por: Prefecturas, Mancomunidades de Municipios, Gobiernos Municipales, Empresas Públicas de prestación de servicios. Empresas del Gobierno Central que apoyen la Ejecución del PNRR, Cooperativas de servicios públicos, Instituciones o Agrupaciones Regionales de Desarrollo legalmente habilitadas y otras priorizadas por el Gobierno Nacional, cuya responsabilidad recae en la ejecución de `proyectos`. Asimismo, son responsables de proporcionar información financiera y técnica de la ejecución de proyectos a las Entidades ejecutoras de Programas de acuerdo a formatos, procedimientos y relación operativa establecida. 5.6.4. Coordinación Intersectorial La necesidad de articulación de los sectores para lograr un proceso de rehabilitación y reconstrucción post desastre, enmarcado en la reducción y no reproducción de vulnerabilidades, se hace evidente en su vinculación con el proceso de desarrollo integral y sostenido del País. Las relaciones entre sectores e instituciones sectoriales se dan bajo una perspectiva basada en la responsabilidad de los mismos en la ejecución del PNRR, mediante la operativización de sus respectivos programas sectoriales de manera coordinada y complementaria, con el fin de buscar la mayor eficiencia en la utilización de los recursos en beneficio de los afectados. El Ministerio de Planificación del Desarrollo, por su competencia en el área, a través del trabajo de la unidad de Coordinación del Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo (UC-F) será la encargada de coordinar las acciones del presente Plan. El VPTA utilizará como insumo la experiencia de la UC-F en la implementación del presente Plan, para la formulación del marco de política en la gestión de riesgos. 5.7. Pre-cartera de proyectos de Rehabilitación y Reconstrucción La totalidad de la demanda de proyectos formulados por los distintos actores territoriales, han sido recogida en el transcurso de la formulación del PNRR mediante el uso de Fichas de Proyecto, las mismas que han sido remitidas a la UC-F para su centralización y organización correspondiente. Para este efecto, la UC-F a requerimiento del Directorio del Fondo estableció 3 fases de trabajo para la validación de los programas y proyectos sectoriales, así como su implementación en el marco del Plan: • Etapa 1. Inmediata: Enfocada a la rehabilitación y reconstrucción de las zonas afectadas que necesitan un tratamiento prioritario, en base a los lineamientos de las diferentes fuentes de financiamiento. • Etapa 2. Corto plazo. Abarcará los proyectos sistematizados de rehabilitación y reconstrucción de mayor envergadura, y nuevos proyectos que las regiones y sectores consideren prioritarios. Se tomarán en cuenta aquellos que cumplan con la información adicional requerida. • Etapa 3. Mediano plazo. Debido a que el evento continúa y se tienen pronosticadas lluvias, así como la presencia de sequías, heladas y granizada, se continuará con la recepción y sistematización de proyectos. Luego de la aplicación de los criterios de elegibilidad a la demanda recibida se tiene conformada la pre-cartera de proyectos del Fenómeno La Niña y remanente de El Niño para rehabilitación y reconstrucción, la misma, alcanza a un monto de Bs. 3.675.159.463,95 (. 499.342.318,47). Esta pre cartera ha sido elaborada con fecha de corte al 23 de mayo del 2008, debido al carácter dinámico de la demanda, la misma que se ajustará continuamente. En los siguientes cuadros se presenta la pre cartera de proyectos Fenómeno La Niña y remanente de El Niño por sectores económicos afectados y departamentos. Pre-Cartera de Proyectos Fenómeno `La Niña ` y remanente `El Niño` por Sectores Sector Proyecto Suma de Total general Bs. Suma de total . (t.c. 7.36) AGROPECUARIO 716 524.284.912, 46 71.234.363.11 COMUNICACIONES 3 1.100.000,00 149.456,52 EDUCACION Y CULTURA 269 104.596.591,32 14.211.493,39 ENERGIA 346.000,00 47.010,87 INDUSTRIA Y TURISMO 4.915.620,00 667.883,15 RECURSOS HIDRICOS 178 771.168.941,50 104.778.388,79 SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL 84 116.788.201,77 15.867.962,20 SANEAMIENTO BÁSICO 158 53.777.583,23 7.306.736,85 TRANSPORTES1400 1.857.505.776.59 252.378.502.52 URBANISMO Y VIVIENDA 199 240.675.837,0832.700.521,47 3.675.159.463,95 499.342.318,47 Fuente: Base de Datos UPRRD Pre-Cartera de Proyectos Fenómeno `La Niña` y remanente `El Niño` por departamento Departamento Proyecto Suma de Total general Bs. Suma de total . (t.c. 7.36) BENI 599 1.242.802.832,37 168.859.080,49 CHUQUISACA 412 96.532.640,76 13.115.847,93 COCHABAMBA 416 633.771.956,01 86.110.320,11 LA PAZ 402 219.422.812,97 29.812.882,20 ORURO 48 22.276.134,74 3.026.648,74 PANDO 24 32.214.004,49 4.376.902,78 POTOSI 625 194.159.133,78 26.380.317,09 SANTA CRUZ 957 1.100.063.954,11 149.465.211,16 TARIJA 70 133.915.994,72 18.195.107,98 3.675.159.463,95 499.342.318.47 Fuente: Base de Datos UPRRD 5.8. Seguimiento y Evaluación del Plan A efecto de realizar el seguimiento y evaluación, se han formulado un conjunto de indicadores y variables sectorializados, los mismos que dan la pauta sobre el estado de la ejecución física y financiera de los proyectos, así como de la cobertura de beneficiarios atendida. La información complementaria en inextenso de los mencionados indicadores, está descrita en el documento ampliado del Plan. Las entidades ejecutoras de programas y proyectos (según se establezca) deberán generar información tabulada para el cálculo de las variables e indicadores formulados sectorialmente, conforme la ejecución física y financiera de los programas y proyectos. Esta información deberá ser remitida a la UC-F de acuerdo a procedimiento y formatos establecidos por la misma, haciendo un breve análisis sobre los avances y logro de resultados. La UC-F, con la información remitida sectorialmente, realizará el seguimiento financiero, el mismo que implica el análisis de la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos, desembolsos con relación al cronograma, cumplimiento de los requisitos legales previos a la ejecución y del flujo de efectivo. La UC-F conforme procedimientos establecidos deberá procesar la información remitida sectorialmente, respecto los indicadores técnicos. Estos informes deben ser presentados al Directorio del Fondo y enviados a los Sectores. 6. COMPONENTES DEL PLAN El PNRR para su efectiva implementación cuenta con: Programas Sectoriales y Proyectos Especiales, con sus respectivos planes de inversiones. Estos componentes indican los tipos de intervención en función a los objetivos del Plan. A continuación son descritos los Programas Sectoriales y sus líneas de intervención correspondientes, los mismos que servirán como referente para orientar la formulación de proyectos sectoriales. 6.1. Programas Sectoriales Se han formulado y están en formulación programas sectoriales que servirán como referentes para orientar la formulación de proyectos sectoriales. Es importante mencionar, que la ejecución de proyectos en el marco de cada uno de los programas, deberán evitar reconstruir y/o crear vulnerabilidades, orientando acciones para reducir el riesgo. Los programas sectoriales son citados a continuación: 6.1.1 Sector: Agropecuario • Programa de Dotación de Semillas. • Programa de Reposición de Ganado. 6.1.2 Sector: Transportes • Programa de Rehabilitación de Infraestructura Vial. • Programa de Reconstrucción de Infraestructura Vial. 6.1.3 Sector: Vivienda y Urbanismo • Programa de Rehabilitación de Viviendas. • Programa de Reconstrucción de Viviendas. • Programa de Reubicación de Viviendas. • Programa de Construcción de Viviendas Temporales (Campamentos). 6.1.4 Sector: Salud • Programa de Rehabilitación de infraestructura de salud. • Programa de Reconstrucción de infraestructura de salud. • Programa de Campañas de prevención de epidemias y enfermedades. 6.1.5 Sector: Educación • Programa de Rehabilitación de Centros Educativos. • Programa de Reconstrucción de Centros Educativos. 6.1.6 Sector: Agua y Saneamiento Básico • Programa de Rehabilitación de Sistemas de Agua y Saneamiento Básico. • Programa de Reconstrucción de Sistemas de Agua y Saneamiento Básico. • Programa de Dotación de Equipamiento e Insumes para Sistemas de Agua y Saneamiento Básico. 6.1.7 Sector: Cuencas • Programa de Acciones de Rehabilitación Vinculadas al Sector Cuencas. • Programa de Acciones de Reconstrucción Vinculadas al Sector Cuencas. 6.1.8 Sector: Riego • Programa de Rehabilitación de Infraestructura de Riego. • Programa de Reconstrucción de Infraestructura de Riego. En el entendido de que el desarrollo del fenómeno de la Nina está en curso, y que los eventos a presentarse podrían ocasionar una demanda de proyectos que no estén involucrados en los programas sectoriales citados, es válido que a través de un trabajo sectorial se incluyan, modifiquen o complementen los programas sectoriales. 6.2 Proyectos Especiales La implementación de los Proyectos Especiales para actividades de Rehabilitación y Reconstrucción establecidas en el PNRR, cuentan con el patrocinio de fuentes de financiamiento a cargo de las instituciones financieras como el BID, CAF, Programa de Rehabilitación para la Emergencia (Préstamo CAF), BM, FNDR, PROPAIS, Programa de Crédito de Preinversión Recuperaciones BID 733/SF-B. El BID financia, en parte, la reparación de infraestructura y servicios públicos originados por lluvias e inundaciones durante 2006, 2007 y principios de 2008. La CAF realiza actividades de rehabilitación y reconstrucción de infraestructura física, capital físico, natural y social local. El Programa de Rehabilitación para la Emergencia (Préstamo-CAF) apoya la gestión de recursos para prevenir, rehabilitar, reconstruir y reponer los activos productivos y sociales de las poblaciones afectadas por el fenómeno de la Niña. El Banco Mundial apoya a la rehabilitación y reconstrucción causada por eventos emergentes de los desastres de los fenómenos El Niño y La Nina, así como la previsión y mitigación. El FNDR coordina la ejecución de proyectos de emergencia. PROPAIS, interviene en la reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura dañada y proyectos de prevención que sean de rápida ejecución. El Programa de Crédito de Preinversión Recuperaciones BID 733/SF-B otorga financiamiento para la preinversión al Sector Público y proviene de líneas como BID 733/SF-BO y BID 480/SF-BO. En el marco de estos proyectos especiales y con financiamiento del BM y PNUD se cuenta con un programa de fortalecimiento de la capacidad institucional del Estado, que permitirá la construcción y mejora de la capacidad de respuesta institucio-nal para atención de desastres, además de desarrollar un planteamiento del marco de política para orientar futuros programas de recuperación post desastre. A tal efecto, inicialmente se coordinará con los programas sectoriales, la incorporación de la gestión de riesgo. 7. FUENTES DE FINANCIAMIENTO El mecanismo de financiamiento del PNRR apunta a identificar las fuentes reales y efectivas de financiamiento, así como otros recursos alternativos, que permitan solventar las actividades y acciones previstas para atender los desastres ocasionados por el fenómeno climatológico de La Niña, en el marco de los Decretos Supremos Nº 29425, Nº 29438, Nº 29453, Nº 29470 y las Resoluciones Ministeriales posteriores. El Artículo 148 de la Constitución Política del Estado, dispone que el Presidente de la República, en acuerdo de Consejo de Ministros, decrete pagos no autorizados mediante Ley del Presupuesto General de la Nación, únicamente para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, hasta el 1% del total de egresos autorizados del Presupuesto Nacional. El Artículo 11 de la Ley Nº 2140 de 25 de octubre de 2000, dispone que en el ámbito departamental, el Prefecto es la Máxima Autoridad Ejecutiva en materia de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias. El Tercer Parágrafo del Artículo 20 de la misma Ley, dispone que las Administraciones Departamentales y Municipales incluyan en sus Planes Operativos Anuales y Presupuestos, los recursos necesarios para la Reducción de Riesgos. Además, los recursos de contraparte contemplan, de acuerdo a sus posibilidades económicas, la Rehabilitación, Reconstrucción y Reactivación Económica de los Procesos Productivos como consecuencia de los Desastres. El marco de las competencias institucionales establecidas por la normativa vigente, define la concurrencia de recursos y subsidiariedad del Gobierno Nacional, Prefecturas de Departamento y Gobiernos Municipales. Se considera que el financiamiento, por sus características, puede ser de corto plazo en la rehabilitación (hasta un año) y de mediano plazo en la reconstrucción (hasta tres años), debiendo las instituciones concentrarse en primera instancia en la rehabilitación, optimizando la utilización de los recursos internos con los que actualmente se cuenta, a los cuales se adicionará el financiamiento de recursos externos que viene gestionando el Gobierno Nacional. La estructura de financiamiento de los proyectos de rehabilitación y reconstrucción, presentan diferentes opciones en la aplicación de fuentes de recursos internos y externos, según las competencias institucionales asignadas de acuerdo a la normativa vigente. En este marco, se establece: a) Contraparte Nacional: Financiamiento directo con recursos del Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo y cofinanciamiento externo con contraparte de acuerdo a la normativa vigente, en la cual se define la concurrencia de recursos del Gobierno Nacional, Prefecturas de Departamento y Gobiernos Municipales. b) Contraparte Departamental: Participación de acuerdo con la demanda y disponibilidad de recursos del Financiamiento Externo, que puede fluctuar entre 20% a 40% de participación. Para Pando y Beni, se estima que los porcentajes de participación serán menores. c) Contraparte Municipal: Participación de acuerdo con la demanda y disponibilidad de recursos del Financiamiento Externo, que puede fluctuar entre 20% a 40% de participación. Para los municipios afectados en los departamentos de Pando y Beni, se estima que los porcentajes de participación serán menores. 7.1 Financiamiento Interno del PNRR La Ley Nº 2335 en su Art. 2) Recursos y Aportes del TON señala que: `los recursos captados por el Fondo Fiduciario, a cualquier título de gobiernos y entidades sujetas al ámbito del derecho internacional u otras de carácter público o privado, tanto nacionales como extranjeras, y los aportes anuales ordinarios del Tesoro General de la Nación serán del 0.15% del total del Presupuesto General de la Nación Consolidado, a partir de la gestión 2003, utilizados prioritariamente como recurso de contraparte para las actividades de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres, sin perjuicio de lo establecido en el parágrafo III del Artículo 20 de la Ley Nº 2140, de 25 de octubre de 2000`. 7.1.1 Recursos del TGN El Presupuesto General de la Nación de la gestión 2008 en su Art. 40, establece en concurrencia a lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley 2335 `Ley Modificatoria de la Ley Nº 2140 para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias`, en el marco de la creación del Fondo de Fideicomiso para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias (FORADE), que el porcentaje de los recursos destinados a los fines señalados estará determinado sobre el total consolidado de egresos con fuente del Tesoro General de la Nación - 111, de la siguiente manera: Total Consolidado TGN (111)= Bs. 23.686.8 Millones 0.15%= Bs. 35.5 Millones Con base en estos recursos, el Ministerio de Hacienda transfirió al Ministerio de Defensa Nacional (Defensa Civil) 18 Millones de Bs., quedando a marzo de 2008 un saldo de 17,5 Millones de Bs., aproximadamente 2.4 Millones de Sus. 7.1.2 Recursos del Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo En virtud al Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 29453 de 22 de febrero de 2008, se crea el Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo, que inicia con un monto de Sus 600 Millones, destinados a solucionar problemas de subida de precios, desabastecimiento e inseguridad alimentaria emergentes de los desastres, reconstrucción de infraestructura productiva y social, así como recuperación de los procesos productivos, en el marco de la Ley Nº 2140 de 25 de octubre de 2000. Asimismo, el artículo 7 autoriza al Ministerio de Hacienda gestionar y tramitar ante el Banco Central de Bolivia la concesión de un crédito de Bs. 4.500 Millones para la atención de las necesidades impostergables derivadas de la conmoción nacional que sufrió el País, su reconstrucción y fomento a la producción de acuerdo a lo previsto por el inciso a) del Artículo 22 de la Ley Nº 1670, del 31 de octubre de 1995. El artículo 10 del mismo Decreto Supremo, establece que los recursos del Fondo financiarán las siguientes líneas: • Recursos destinados a empresas o entidades públicas para la compra de producción nacional, importaciones, distribución y comercialización de alimentos y otros productos de la canasta familiar, activos e insumes para la producción agropecuaria, construcción y otros productivos. • Recursos destinados al SENASAG, para la atención de las emergencias sanitarias y el acompañamiento a proyectos productivos. • Transferencias no reembolsables, destinadas a programas de reposición de activos y provisión de insumes para micro y pequeños productores agropecuarios y artesanos afectados por los desastres. • Créditos a programas de financiamiento para micro y pequeños productores de alimentos y otros productivos, a ser canalizados por el Banco de Desarrollo Productivo (BDP). • Créditos destinados a programas de financiamiento para pequeños y medianos productores de alimentos y otros productivos, afectados por los desastres. • Recursos para programas de co-financiamiento con el Sistema Financiero Nacional destinados a medianos y grandes productores de alimentos y otros productivos afectados por los desastres. • Programas de inversión de reconstrucción de infraestructura y vivienda. Por otra parte, el Gobierno mediante Decreto Supremo Nº 29470 de 5 de marzo de 2008, crea la Unidad de Coordinación del Fondo (UC-F) como instancia de apoyo y asesoramiento al Directorio del Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo definiendo sus funciones y fuentes de financiamiento. En fecha 25 de abril de 2008 a través de Decreto Supremo Nº 29532, se abrogan varias competencias de la UCF, estableciendo en definitiva las siguientes: • Ejercer las funciones de Secretaria Técnica del Directorio; elaborar y custodiar las actas del Directorio; administrar y resguardar la documentación y archivos del Directorio; proporcionar apoyo logístico para cada reunión del Directorio. • Brindar apoyo técnico a las unidades ejecutoras que así lo requieran en los programas y proyectos a ser presentados al Directorio para su financiamiento. • Realizar el seguimiento financiero de los programas y proyectos financiados por el Fondo. • Cumplir las direcciones del Directorio. • Desempeñar otras funciones que le encomiende el Directorio. El Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo deberá contar con dos tipos de transferencias: transferencias No Reembolsadles y transferencias Reembolsables o Créditos. En el marco de los programas y proyectos que se establezcan los recursos podrán destinarse de forma conjunta a los beneficiarios de dichos recursos. Los programas y proyectos a ser financiados por el Fondo deberán estar destinados a la reducción del encarecimiento de precios, reducción del desabastecimiento de alimentos, seguridad alimentaria, reconstrucción de infraestructura productiva y social, y recuperación de procesos productivos. 7.1.3 Recursos No Reembolsables: Los recursos no reembolsables estarán enmarcados en los programas y proyectos de reposición de activos y provisión de insumes para los micro y pequeños productores agropecuarios y artesanos, elaboración de estudios o diseño de proyectos de inversión, rehabilitación de infraestructura y vivienda, distribución de alimentos de la canasta familiar a favor de las poblaciones afectadas, atención de emergencias sanitarias agropecuarias y capital de operaciones y aporte patrimonial a empresas públicas, cuyas actividades están relacionadas a las áreas de intervención definidas. 7.1.4 Recursos Reembolsables: Se han previsto tres mecanismos de canalización de los recursos reembolsables o crediticios, que serán destinados a créditos a los micros, pequeños, medianos y grandes productores, así como para artesanos que hubieran sido afectados por los desastres. El primer mecanismo de canalización se encuentra enmarcado en el inciso d) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 29453, que establece créditos para los artesanos, micro y pequeños productores que serán concretados a través del Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. (BDP), mediante la creación de un Fideicomiso, para que se canalicen los créditos a través de Entidades de Intermediación Financiera (EIF) que serán seleccionadas por el Banco y asignadas por el Directorio del Fondo, permitiendo abarcar a la mayoría de beneficiarios posibles con estos recursos, para lo cual se deberá elegir Bancos y entidades micro-financieras reguladas y autoreguladas. Los otros dos mecanismos para la colocación de recursos, implicarán la participación del Sistema Financiero Nacional y estarán destinados a cubrir necesidades crediticias de los pequeños, medianos y grandes productores enmarcados en los incisos e) y f) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 29453. El establecimiento de las condiciones de estos créditos deberán ser negociados y discutidos con el sector financiero privado en base al cofinanciamiento que asuman éstos. Este mecanismo permitirá que las EIF que intervengan, aporten con la tecnología micro-financiera y financiera con la que cuentan y la experiencia que poseen en la gestión y colocación de cartera. Para el caso de beneficiarios comprendidos en las categorías de medianos y grandes productores afectados por los desastres, se utilizará el mecanismo de cofinanciamiento con el Sistema Financiero Nacional. Considerando que los medianos y grandes productores tienen las herramientas y mecanismos para la presentación de proyectos y recursos de financiamiento, el esquema no considera la asistencia técnica para este grupo de beneficiarios. Como parte de la política crediticia del Fondo, se pretende crear mecanismos de incentivo que premien a los beneficiarios de los créditos que tengan un desempeño correcto, que incluyan criterios que no permitan reproducir o generar vulnerabilidades, así como a los que hubieran invertido los recursos en los proyectos para los cuales fueron diseñados y que generen un impacto positivo en la economía y la productividad. De igual manera se deberá crear multas o sanciones para los que no cumplan con las amortizaciones de los préstamos o hubieran realizado un uso inadecuado de los recursos. 7.1.5 Recursos de los gobiernos sub-nacionales Estos recursos tienen origen en diversas fuentes (IDH, Coparticipación Tributaria, IEHD, Recursos HIPC y otros), que pueden ser liberados como cobertura del financiamiento al Plan Nacional de Rehabilitación y Reconstrucción. Los montos estimados de contrapartes prefectorales y municipales, están supeditados a la demanda de los proyectos y al financiamiento externo que se logre comprometer. 7.2 Financiamiento externo El Financiamiento Externo destinado a financiar actividades de Rehabilitación y Reconstrucción en el marco del PNRR, establece que las posibles fuentes de financiamiento identificadas hasta la fecha, alcanza un monto disponible aproximado de 44 millones. Es necesario aclarar que algunos organismos financiadores responden a criterios preestablecidos, los mismos que no permiten la total uniformidad con los criterios del PNRR. Para aplicar esta estrategia de la manera más eficiente, se incluye en cada fuente de financiamiento, el detalle de procesos operativos a seguir, las actividades que pueden ser financiadas, los criterios de elegibilidad y otros que facilitarán la asignación eficiente de los recursos para cubrir la mayor cantidad de requerimientos y actividades del PNRR. En aquellos casos que cuentan con un préstamo comercial, como sucede en el caso CAF, los municipios y prefecturas deberán gestionar su Certificado de Inicio de Operaciones de Crédito Público, ante el Viceministerio de Tesoro y Crédito Público del Ministerio de Hacienda. 7.2.1 Descripción por agencia de financiamiento 7.2.1.1 Banco Interamericano de Desarrollo (BID) El Banco Interamericano de Desarrollo financia parcialmente la recuperación de infraestructura y servicios públicos afectados por las lluvias, inundaciones y deslizamientos sucedidos en Bolivia durante los meses finales del año 2006, principios del 2007, y enero y febrero de 2008, de acuerdo con las siguientes líneas de intervención: infraestructura vial; drenajes, canalizaciones y protección y mitigación de riesgo; infraestructura urbana básica, infraestructura social, y vivienda. 7.2.1.2 Corporación Andina de Fomento (CAF) La Corporación Andina de Fomento, realiza actividades de rehabilitación y reconstrucción de las pérdidas en infraestructura física y de servicios ocasionadas por las lluvias torrenciales que se presentaron en todo el territorio nacional durante la gestión 2006. Adicionalmente, facilita acciones preventivas que permiten reducir la magnitud de los desastres y constituirse en un elemento que facilite la organización, planificación y atención de futuras emergencias relacionadas con la temporada de lluvias. Las líneas de financiamiento de la CAF, se enmarcan en rehabilitación de capital físico, natural y social local; pre-inversión y fortalecimiento institucional; coordinación, administración y gestión del programa. 7.2.1.3 Programa de Rehabilitación para la Emergencia (Préstamo - CAF) Este Programa apoya la gestión de financiamiento de recursos para prevenir, rehabilitar, reconstruir y desarrollar el área productiva en forma sostenible; las condiciones físicas, sociales, económicas y productivas, así como la reposición de activos productivos y sociales de las poblaciones afectadas por los desastres naturales asociados al Fenómeno de `La Niña`. 7.2.1.4 Banco Mundial (BM) El Banco Mundial asignará recursos de apoyo a la implementación del Plan Nacional de Rehabilitación y Reconstrucción de eventos provocados por el fenómeno de El Niño y La Niña, y fortalecerá la capacidad de respuesta de futuros eventos naturales adversos. Las categorías de inversión se relacionan con la reconstrucción y rehabilitación. 7.2.1.5 Fondo Nacional de Desarrollo Regional El FNDR propone realizar acciones enmarcadas en los Lineamientos Estratégicos y Objetivos de Mediano y Corto Plazo, propuestos por el Ministerio de Planificación del Desarrollo a fin de elaborar el PNRR 2008. En este contexto conformó un Grupo de Trabajo (Dirección Ejecutiva y Gerencia de Operaciones) con funciones destinadas a coordinar la rápida ejecución de los recursos del FNDR destinados al financiamiento de proyectos de emergencia. 7.2.1.6 Programa Contra la Pobreza y Apoyo a la Inversión Solidaria (PROPAIS) El objetivo del `PROPAIS de emergencia` es coadyuvar en la rehabilitación y/o reconstrucción de la zona de desastre y contribuir a crear las condiciones que procuren la recuperación económica en beneficio de los sectores afectados por el fenómeno de La Niña 2007 - 2008 a nivel de los municipios declarados en emergencia. La intervención se hará de forma inmediata a través de la reconstrucción y/o rehabilitación de la infraestructura dañada y de proyectos de prevención que sean de rápida ejecución, fomentando el uso intensivo de mano de obra, para así contribuir a reactivar los ingresos de la población afectada por los desastres naturales. 7.2.1.7 Programa de Crédito de Preinversión Recuperaciones (BID 733/SF-B) El programa otorga recursos financieros en calidad de crédito, para la realización de estudios de Preinversión al Sector Público en condiciones blandas. Los recursos provienen de las recuperaciones de las líneas otorgadas por el BID con anterioridad: BID 733/SF-BO y BID 480/SF BO. 8. PROGRAMA DE INVERSIONES DEL PNRR 8.1 Programa de Inversiones en Programas Sectoriales En virtud al Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 29453 de 22 de febrero de 2008, se crea el Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaría y Apoyo Productivo, que inicia con un monto de 600 Millones destinados a solucionar problemas de subida de precios, desabastecimiento e inseguridad alimentaría emergentes de los desastres, reconstrucción de infraestructura productiva y social, así como recuperación de los procesos productivos, en el marco de la Ley Nº 2140 de 25 de octubre de 2000. En este marco, y en aplicación al parágrafo I del Artículo 148 de la Constitución Política del Estado, mediante Decreto Supremo Nº 29532 se determinó la transferencia de Bs 1.116.188.717 para atender los desastres naturales provocados por el fenómeno de La Nina 2007 2008 a las siguientes entidades: 1) Ministerio de Desarrollo, Agropecuario y Medio Ambiente Bs. 596.800.000 para la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (EMAPA), 2) Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Bs. 71.788.717, 3) Administradora Boliviana de Carreteras, Bs. 373.000.000, y 4) Ministerio del Agua, Bs. 74.600.000. De acuerdo al Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 29453, Parágrafo I, inciso d; las fuentes de financiamiento del Fondo serán recursos de los fideicomisos constituidos por los Decretos Supremos 29231, 29299, 29195 y 29340, así como el Decreto Supremo Nº 29500, los mismos que ascienden a un total de Sus 130.654.891. Se estima contar con un monto de contraparte local (Prefectural y municipal) de al menos . 10.530.550, el mismo que es calculado sobre el 50% del potencial total de la contraparte determinada por el VIPFE. Recursos de Financiamiento Interno Subcomponentes Montos . Disponibilidad de recursos . (t.c. 7,36) Comprometido Por Comprometer MDRAyMA - EMAPA 81.086.957 81.086.957 MOOPP - Vivienda 9.753.902 9.753.902 ABC 50.679.348 50.679.348 Min Agua - Riego 10.135.870 10.135.870 FIDEICOMISOS 130.654.891 50.654.891 80.000.000 FORADE 4.823.370 2.445.652 2.377.717 Contraparte local 10.530.550 10.530.550 FNDR/Maquinaria y Equipo Pesado 10.000.000 10.000.000 TOTAL 307.664.887 l23.915.761 183.749.126 Fuente: PNRR, mayo 2008. 8.2 Programa de inversiones en Proyectos Especiales Recursos de Financiamiento Externo Subcomponentes Montos . Disponibilidad de recursos . (t.c. 7,36) Comprometido Por Comprometer Reconstrucción y Rehabilitación 55.852.750 20.800.000 35.052.750 BID PROREINF 16.800.000 14.800.000 2.000.000 CAP UCP 13.887.750 6.000.000 7.887.750 CAP MPD - VPTA 18.165.000 18.165.000 BM Niño-Niña 7.000.000 7.000.000 Prevención y Mitigación 9.700.000 2.700.000 7.000.000 BID 200.000 200.000 CAP Donación 2.000.000 2.000.000 BM Niño-Niña 7.500.000 2.500.000 5.000.000 Desarrollo Productivo 1.835.000 1.835.000 CAP 1.835.000 1.835.000 Preinversión 831.250 831.250 CAP 831.250 831.250 PROPAIS 6.000.000 1.200.000 4.800.000 TOTAL 74.219.000 25.531.250 48.687.750 Fuente: VIPFE, mayo 2008. 8.3 Requerimiento Adicional de Inversión Tomando en cuenta que no todos los recursos, tanto internos, como externos, están orientados a financiar proyectos en el marco del PNRR, se estima que la disponibilidad actual de recursos en programas sectoriales asciende aproximadamente a . 307 Millones y en proyectos especiales a aproximadamente . 48 Millones, haciendo un total aproximado de Sus. 356 Millones, monto insuficiente para atender los requerimientos de Sus. 500 Millones .según pre-cartera. Se estima que el financiamiento adicional requerido alcanzará alrededor de Sus. 150 Millones. Se han identificado como posibles fuentes adicionales de financiamiento: • Recursos no comprometidos del Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apoyo Productivo. • Solicitud a cooperantes para la atención de demanda resultante de los desastres, a través de programas sectoriales o proyectos especiales. 9. Definiciones y Aclaración de Acrónimos ABC: Administradora Boliviana de Carreteras BCB: Banco Central de Bolivia BDP: Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. BID: Banco Interamericano de Desarrollo BM: Banco Mundial CAF: Corporación Andina de Fomento CEPAL: Comisión Económica para América Latina y El Caribe DS: Decreto Supremo EIT: Entidades de Intermediación Financiera EMAPA: Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos FNDR: Fondo Nacional de Desarrollo Regional FPS: Fondo de Inversión Productiva y Social FRSAyAP: Fondo para la Reconstrucción, Seguridad Alimentaria y Apo-yo productivo. HICP: Heavily Indebted Poor Countries (condonación para el alivio a la deuda externa) IDH: Impuesto Directo a los Hidrocarburos INHD: Impuesto Especial Directo a los Hidrocarburos INE: Instituto Nacional de Estadística MDRAMA: Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente (actual) MPD: Ministerio de Planificación del Desarrollo Programa de Alianzas Rurales. PAR: Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria. PASA: Producto Interno Bruto PND: Plan Nacional de Desarrollo PNRR: Plan Nacional de Rehabilitación y Reconstrucción. PROPAIS: Programa Contra la Pobreza y Apoyo a la Inversión Solidaria SENAMHI: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología SNIP: Sistema Nacional de Inversión Pública SISPLAN: Sistema de Planificación Nacional. TGN: Tesoro General de la Nación UDAPA: Unidad de Coordinación del Fondo. Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas UPRRD: Unidad de Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres VIDECICODI: Viceministerio de Defensa Civil y Cooperación al Desarrollo Integral VIPFE: Viceministerio de Inversión Pública, y Financiamiento Externo