Resolución Nº 5/2010 - Establécese la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca
颁布于 2010-08-18 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 阿根廷
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, molluscs, fishing area, seasons, fishery management and conservation
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文本
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Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo PESCA Resolución 5/2010 Establécese la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca. Bs. As., 18/8/2010 Norma estableciendo la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca VISTO: La necesidad de establecer la fecha del cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca. CONSIDERANDO: 1º) Que por el Artículo 2º) de la Resolución CTMFM Nº 2/10 se resolvió que la Comisión evaluará el estado del recurso a fin de establecer la fecha de cierre de captura de la zafra 2010, sobre la base de información técnica aportada por las Partes. 2º) Que en beneficio de la conservación del recurso se hace necesario el cierre del período de captura. Atento: A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO RESUELVE: Artículo 1º — Fijar la fecha del cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca para el corriente año, el 31 de agosto a las 24.00 horas. Art. 2º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave de las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas. Art. 3º — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay. Art. 4º — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Alvaro Fernández. — Carlos A. Carrasco.