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阿根廷的法律

Resolución Nº 32/09 - Créase el Grupo de Trabajo Sobre Conservación de la Biodiversidad

颁布于 2009-02-20 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
阿根廷
主题
Wild species and ecosystems
关键词
biodiversity, institution, governance, genetic resources, access and benefit-sharing, endangered species, invasive alien species, ex-situ conservation, protection of species, international trade, biotechnology, ecosystem conservation
类别
*

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Resolución 32/09 – Conservación de la Biodiversidad Conservación de la Biodiversidad Resolución 32/09 Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable Secretaría De Ambiente Y Desarrollo Sustentable. Creación Del Grupo De Trabajo Sobre Conservación De La Biodiversidad. Sancionada el 20 de febrero de 2009 VISTO el Expediente Nro. 00513/2009, del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: Que por Resolución 58/2007 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobaron las aperturas inferiores de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE. Que en la Resolución mencionada se omitió la incorporación de la ex Coordinación de Conservación de Biodiversidad como dependiente de la Dirección Nacional de Ordenamiento Ambiental y Conservación de la Biodiversidad. Que entre las responsabilidades propias de la ex Coordinación se encontraba la asistencia al Director Nacional en materia de aplicación del Convenio Sobre Diversidad Biológica (CBD) y la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS), además de algunos aspectos de la gestión de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES). Que en función de la importancia y especificidad de la gestión y seguimiento de los acuerdos arriba mencionados se considera conveniente la creación de un grupo de trabajo que se encargue de llevar a cabo estas funciones y preste asistencia a la Dirección Nacional de Ordenamiento Ambiental y Conservación de la Biodiversidad Que el Convenio sobre Diversidad Biológica propicia la Conservación “in situ” y el uso sostenible de la Biodiversidad además de la distribución equitativa de los beneficios derivados de ella, por lo cual se considera conveniente integrar esta temática al Grupo de Trabajo que se propicia a través de la Unidad de Coordinación del Programa MAB. Que hasta tanto se efectúe la readecuación de la estructura vigente y considerando la importancia de estas áreas temáticas y las responsabilidades asociadas, se estima conveniente la creación de un Grupo de Trabajo específico que asista al Director Nacional en estas funciones. Que el Sr. Guillermo Federico LINGUA (DNI: 12.301.022), agente de la Planta Permanente de esta Secretaría, cuenta con el perfil necesario para Coordinar el Grupo de Trabajo motivo de la presente Resolución. Que la DELEGACION LEGAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud del Decreto 2093 del 3 de diciembre de 2008. Por ello, EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE RESUELVE: Artículo 1º: Crease en el ámbito de la Dirección Nacional de Ordenamiento Ambiental y Conservación de la Biodiversidad el Grupo de Trabajo Sobre Conservación de la Biodiversidad. Art. 2º: Serán funciones del Grupo de Trabajo aquellas que se describen en el anexo I que forma parte de la presente. Art. 3º: Designase Responsable del Grupo de Trabajo creado por el Artículo 1 de la presente al Sr. Guillermo Federico LINGUA (DNI 12.301022) Nivel A, Grado 4 de la Planta Permanente de esta Secretaría. Art. 4º: La presente medida, no implicará erogación alguna. Art. 5º: Regístrese, comuníquese y archívese. Homero M. BIBILONI ANEXO I FUNCIONES DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE BIODIVERSIDAD 1)Coordinar las acciones requeridas para formular y ejecutar la Estrategia Nacional sobre Diversidad Biológica. 2)Coordinar las acciones destinadas a alcanzar la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. 3)Proporcionar a la DIRECCION NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD los instrumentos administrativos y técnicos necesarios para una adecuada gestión de la Comisión Nacional para la Conservación y Utilización Sostenible de la Diversidad Biológica (CONADIBIO). 4) Coordinar con otras áreas de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUATENTABLE, las acciones vinculadas a la identificación, protección y recuperación de especies amenazadas; la prevención y control de especies exóticas e invasoras y la conservación ex situ. 5) Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD en lo relacionado con un adecuado control del tráfico interjurisdiccional e internacional de especies de la fauna y la flora silvestres. 6) Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD en la protección y conservación de ambientes y especies de importancia internacional. 7) Asistir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD en todo lo referente a la aplicación práctica de tecnologías que utilizan sistemas biológicos y organismos, Vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o procesos para usos específicos, en particular, aquellos tendientes a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados, resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica. 8) Coordinar las acciones vinculadas con el uso y acceso a los recursos genéticos, en el ámbito de sus competencias específicas. 9) Proponer planes, programas y proyectos referidos al manejo adecuado de la flora silvestre y proponer y promover regímenes normativos y acciones que tiendan al mejoramiento y preservación de los recursos de la flora silvestre con el fin de alcanzar un desarrollo sustentable. 10) Coordinar las actividades del Programa del MAB y su Comité Nacional. •

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