跳到主要内容
Nelum
阿根廷的法律

Resolución Nº 26/06 - Autoriza práctica enológica

颁布于 2006-11-29 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
阿根廷
主题
Food and nutrition
关键词
viticulture/oenological practices

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Instituto Nacional de Vitivinicultura VITIVINICULTURA Resolución C. 26/2006 Autorízase como práctica enológica lícita, la adición de solución acuosa de bisulfito de amonio a la uva estrujada o al mosto. Mza., 29/11/2006 VISTO el Expediente Nº 311-000538/2006-4, y CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto se solicitó la autorización del uso de solución acuosa de bisulfito de amonio como práctica enológica lícita. Que de los antecedentes aportados se desprende que la solución acuosa de bisulfito de amonio tendría acción antiséptica y realizaría un aporte nutricional para las levaduras. Que la adición de dicho producto a la uva estrujada o al mosto tiene efecto antioxidante, así como de regulación y control de la fermentación. Que asimismo actúa como factor selectivo de levaduras, favorece la disolución de antocianos y facilita el desfangado. Que la ORGANIZACION INTERNACIONAL DE LA VIÑA Y EL VINO (O.I.V.), en su CODIGO INTERNACIONAL DE PRACTICAS ENOLOGICAS, acepta como práctica enológica la adición, a la uva estrujada o al mosto, de una solución de bisulfito de amonio. Que la UNION EUROPEA acepta la adición de bisulfito de amonio en uva estrujada y mosto. Que Coordinación del Grupo Degustación y Estudios Enológicos, dependiente de Subgerencia de Investigación para la Fiscalización de Gerencia de Fiscalización, ha realizado el estudio técnico correspondiente. Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y los Decretos Nros. 1279/03 y 1241/ 05, EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA RESUELVE: 1º — Autorízase, como práctica enológica lícita, la adición de solución acuosa de bisulfito de amonio a la uva estrujada o al mosto. 2º — A los efectos del uso de la práctica autorizada precedentemente, deberán respetarse los límites reglamentarios para el aporte de anhídrido sulfuroso, fijados por este Organismo mediante Resolución Nº C.143 de fecha 11 de enero de 1994. 3º — La solución acuosa de bisulfito de amonio debe responder a las especificaciones generales fijadas por la ORGANIZACION INTERNACIONAL DE LA VIÑA Y EL VINO (O.I.V.) en el CODEX ENOLOGICO INTERNACIONAL. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Raúl H. Guiñazú.

Resolución Nº 26/06 - Autoriza práctica enológica · Nelum