Resolución C. 4/2009 - Impleméntase un nuevo Sistema de Conducción de Vides denominado Ybm INTA
颁布于 2009-02-16 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 阿根廷
- 主题
- Food and nutrition, Cultivated plants
- 关键词
- viticulture/oenological practices
- 类别
- agriculture
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文本
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Instituto Nacional de Vitivinicultura VITIVINICULTURA Resolución C. 4/2009 Impleméntase un nuevo Sistema de Conducción de Vides denominado "Ybm INTA" Mendoza, 16/2/2009 VISTO el Expediente Nº S93:0002437/2008, la Resolución Nº C.29 de fecha 20 de setiembre de 2000, y CONSIDERANDO: Que la Resolución Nº C.29 de fecha 20 de setiembre de 2000, en su Anexo II, contempla los diferentes sistemas de conducción de la vid, para el llenado de los formularios de Declaración Jurada de Actualización del Registro de Viñedos. Que posteriormente ha surgido un nuevo sistema de conducción, el cual corresponde su reconocimiento e incorporación, por parte de este INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, a la nómina de los tradicionalmente conocidos. Que dicho sistema de conducción, se encuentra avalado por Organismos Internacionales. Que en consecuencia, resulta procedente oficializar el nuevo sistema de conducción, mediante el correspondiente acto administrativo de este Organismo, incorporándolo a la nómina de los previstos en la precitada resolución. Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº 1306/08, EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA RESUELVE: 1º — Reconócese y regístrese el nuevo Sistema de Conducción de Vides Denominado "Ybm INTA". 2º — Incorpórase el Sistema de Conducción Ybm INTA a la nómina de los previstos en la Resolución Nº C.29 de fecha 20 de setiembre de 2000. 3º — A los efectos de dar cumplimiento a lo resuelto en el punto anterior, por conducto del Departamento de Informática y Comunicaciones dependiente de esta Presidencia, procédase a la codificación específica Ybm INTA. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Guillermo D. García.