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阿根廷的法律

Resolución 96/2022 - Créase el Plan Federal de Mejora de Gestión para Empresas de Alimentos y Bebidas – PotenciAR Alimentos

颁布于 2022-05-01 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
阿根廷
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, business/industry/corporations, subsidy/incentive, beverages, financing, policy/planning
类别
*

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. ARTÍCULO 1º.- Créase el Plan Federal de Mejora de Gestión para Empresas de Alimentos y Bebidas – PotenciAR Alimentos -, en el ámbito de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

  2. ARTÍCULO 2º.- Establécese como Autoridad de Aplicación del citado Plan a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del referido Ministerio, la cual tendrá a su cargo el diseño, la programación y la ejecución de los componentes y/o actividades indicadas en el Anexo que, registrado con el Nº IF-2022-28892124-APN-DALIM#MAGYP forma parte integral de la presente medida, y los que se diseñen en el futuro y que se enmarquen en los ejes del aludido Plan y en los objetivos específicos. Asimismo, corresponderá a la citada Secretaría, la adecuación y desarrollo de los instrumentos de promoción, incentivo y asistencia que complementen y potencien al precitado Plan, pudiendo dictar las normas complementarias y de ejecución que resulten necesarias para su mejor cumplimiento.

  3. ARTÍCULO 3º.- Objeto: El Plan Federal de Mejora de Gestión para Empresas de Alimentos y Bebidas – PotenciAR Alimentos -, tiene por objetivo potenciar las capacidades de gestión de las empresas de alimentos y bebidas con sustento en su competitividad sistémica. Son sus objetivos específicos: 1.- Contribuir a la adopción de normas y sistemas de calidad alimentaria requeridos por la legislación y por los clientes. 2.- Acompañar en la implementación de esquemas de diferenciación de alimentos como estrategia competitiva, facilitando el acceso a los mercados, permanencia y mejorando su rentabilidad. 3.- Asistir en la construcción de modelos de negocios, dotando a las empresas de herramientas de gestión empresarial y creando redes de producción, distribución y comercialización. El referido Plan se desarrollará bajo los siguientes TRES (3) ejes en los que se incluyen componentes y actividades: I - Competitividad y Herramientas de Gestión de Calidad. II - Programa Federal de Formación Profesional para Pymes de Alimentos. III - Diferenciación y Herramientas de Agregado de Valor.

  4. ARTÍCULO 4°.- La Autoridad de Aplicación establecerá la modalidad de implementación, presupuestos, requisitos, convocatoria, metodología y contenidos específicos de las actividades, modo de asistencia y duración, así como los requerimientos de las contrapartes, según corresponda para cada uno de los componentes y actividades de cada eje de intervención del Plan.

  5. ARTÍCULO 5°.- Los gastos que demanden la implementación del precitado Plan, serán atendidos en función de la disponibilidad presupuestaria, con cargo a las partidas correspondientes del Servicio Administrativo Financiero 363 – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

  6. ARTÍCULO 6°. - Créase la “RED DE PYMES AGROBIOALIMENTARIAS” dependiente de la Autoridad de Aplicación, la cual funcionará como un espacio virtual para el intercambio de información entre los participantes del Plan. Participarán de dicha Red, aquellos empresarios y empresarias que acrediten su participación y finalización en las distintas actividades del Plan. La Red será coordinada por el área que indique la Autoridad de Aplicación y permitirá la interacción entre sus miembros, con el objetivo de compartir experiencias y participar en el desarrollo de actividades e intercambio de conocimientos, actuando como un foro de valor. La Autoridad de Aplicación propiciará su articulación con las herramientas y programas de asistencia técnica y económica, que contribuyan a la mejora de las condiciones de productividad y competitividad de las empresas participantes. La SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, junto con las áreas competentes del citado Ministerio, desarrollará e implementará las herramientas virtuales que faciliten el ingreso voluntario y gratuito a la referida Red.

  7. ARTÍCULO 7°.- Invítase a participar del Plan Federal de Mejora de Gestión para Empresas de Alimentos y Bebidas – PotenciAR Alimentos -, a las Provincias de la REPÚBLICA ARGENTINA y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

  8. ARTÍCULO 8°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

  9. ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Julian Andres Dominguez NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/ e. 03/05/2022 N° 29448/22 v. 03/05/2022

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