Pacto Federal Ambiental
颁布于 1993-07-05 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 其他
- 国家
- 阿根廷
- 主题
- Environment
- 关键词
- ecosystem conservation, legal proceedings/administrative proceedings, sub-national agreement
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文本
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EcoWeb - Pacto Federal Ambiental (Argentina) República Argentina Pacto Federal Ambiental En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los cinco días del mes de Julio de mil novecientos noventa y tres. En presencia del Señor Presidente de la Nación Dr. Carlos Saúl Menem, Sr. Ministro del Interior Dr. Gustavo Béliz, la Señora Secretaria de Estado de Recursos Naturales y Ambiente Humano Ing. María Julia Alsogaray, se reúnen los Señores Gobernadores de las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Tucumán y el Sr. Intendente de la Ciudad de Buenos Aires Dr. Saúl Bouer. Las autoridades signatarias declaran. CONSIDERANDO: Que la preservación, conservación, mejoramiento y recuperación del Ambiente son objetivos de acciones inminentes que han adquirido dramática actualidad, desde el momento en que se ha tomado conciencia de que el desarrollo económico no puede estar desligado de la protección ambiental. Que esta situación compromete, no sólo a todos los estratos gubernamentales de la República, sino también a cada uno de los ciudadanos, cualquiera fuere su condición social o función. Que la voluntad refleja en el Pacto Federal firmado en la ciudad de Luján, el 24 de Mayo de 1990, y los compromisos contraídos ante el mundo en la CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO (SNUMAD '92), hacen indispensable crear los mecanismos federales que la constitución nacional contempla y, en cumplimiento de ese compromiso, resulta oportuno reafirmar el espíritu y la acción federal en materia de Recursos Naturales y Medio Ambiente. En consecuencia: LA NACIÓN Y LAS PROVINCIAS AQUÍ REPRESENTADAS ACUERDAN: I- El objetivo del presente acuerdo es promover políticas de desarrollo ambientalmente adecuadas en todo el territorio nacional, estableciendo Acuerdos Marco entre los Estados Federados y entre éstos y la Nación, que agilicen y den mayor eficiencia a la preservación del ambiente teniendo como referencia los postulados del "Programa 21" aprobado en la CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO (SNUMAD '92). II- Promover a nivel provincial la unificación y/o coordinación de todos los organismos que se relacionen con la temática ambiental, concentrando en el máximo nivel posible, la fijación de las políticas de Recursos Naturales y Medio Ambiente. III- Los Estados signatarios reconocen al Consejo Federal de Medio Ambiente como un instrumento válido para la coordinación de la política ambiental en la República Argentina. IV- Los Estados signatarios se comprometen a compatibilizar e instrumentar en sus jurisdicciones la file:///D/HTML/arg19359.htm[14.01.2025 19:19:30] EcoWeb - Pacto Federal Ambiental (Argentina) Legislación Ambiental. V- En materia de desarrollo de una conciencia ambiental los Estados signatarios se comprometen a impulsar y adoptar políticas de educación, investigación científico-tecnológica, capacitación, formación y participación comunitaria que conduzca a la protección y preservación del ambiente. VI- Los Señores Gobernadores propondrán ante sus respectivas legislaturas provinciales la ratificación por la Ley del presente acuerdo, si correspondiere. VII- El Estado Nacional designa ante el Consejo Federal de Medio ambiente, la implementación de las acciones a desarrollarse a efectos de cumplimentar contenidos en este Acuerdo, a la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Nación.
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