Ley Nº 6.129 - Crea la Dirección General de Seguridad Rural y Ecológica
颁布于 2012-08-22 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 法令
- 国家
- 阿根廷 · Corrientes
- 主题
- Agricultural and rural development, Environment, Wild species and ecosystems
- 关键词
- institution, offences/penalties, governance, pollution control, ecosystem conservation
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文本
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1 “2012: AÑO INTERNACIONAL DE LAS COOPERATIVAS” – LEY 6.094 – L E Y Nº 6 1 2 9. EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y ARTÍCULO 1°.-MODIFÍCASE el Artículo 42 del Decreto Ley Nº 33/00 y créase la Dirección General de Seguridad Rural y Ecológica, al que se agregará como inciso f) “de Seguridad Rural y Ecológica”. ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el gasto que genere la creación mentada en el artículo anterior, en su oportunidad al presupuesto del Ministerio de Gobierno de la provincia de Corrientes. ARTÍCULO 3º.- AGRÉGASE como Artículo 55 ter. del Decreto Ley Nº 33/00, el texto siguiente: “La Dirección General de Seguridad Rural y Ecológica tendrá como competencia adoptar las medidas tendientes a prevenir y en su caso reprimir los ilícitos en zonas no urbanas, las violaciones a las leyes que rigen la actividad agropecuaria y del campo, el Código Rural, Ley 4156, leyes complementarias y la protección y preservación del medio ambiente en general”. ARTÍCULO 4°.- CRÉASE en la carrera policial, el escalafón Seguridad Rural y Ecológica, pudiendo acceder al mismo, el personal de oficiales y suboficiales del cuerpo de seguridad de todas las jerarquías policiales que acrediten formación y capacitación para integrar el mismo, siguiendo las pautas vigentes para el acceso a otras especialidades ya existentes, a través del Instituto Superior de Formación Policial. ARTÍCULO 5º.- HASTA tanto se complete la formación de los oficiales y suboficiales de la especialidad, se procederá a integrar la Dirección con personal con la experiencia debidamente acreditada. ARTÍCULO 6º.- COMUNÍQUESE, cumplido, archívese. DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil doce. Dr. Pedro Gerardo Cassani Dr. Néstor Pedro Braillard Poccard Presidente Presidente H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores Dra. Evelyn Karsten Dr. José Manuel Huici Secretaria Prosecretario a/c Secretaria H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores “2012: AÑO INTERNACIONAL DE LAS COOPERATIVAS” – LEY 6.094 –