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阿根廷的法律

Ley Nº 4.531 - Créase el Programa de Responsabilidad Social y Ambiental Empresaria en la Provincia de Rio Negro

颁布于 2010-05-13 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
法令
国家
阿根廷 · Río Negro
主题
Environment
关键词
business/industry/corporations, certification
类别
*

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Créase el Programa de Responsabilidad Social y Ambiental Empresaria en la Provincia de Rio Negro. LEY Nº 4531 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1º.- Se crea el Programa de Responsabilidad Social y Ambiental Empresaria en la Provincia de Río Negro. El mismo se rige por esta ley. Artículo 2º.- El objeto de la implementación del Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) es promover un comportamiento social y ambientalmente responsable por parte de las empresas que ejerzan su actividad en la Provincia de Río Negro. Artículo 3°.- Se encuentran comprendidas dentro del alcance del programa establecido en esta ley, todas las empresas que tengan domicilio comercial en la jurisdicción del territorio de Río Negro y estén desarrollando, con al menos un (1) año de antigüedad, su actividad principal en la provincia. Artículo 4°.- La presentación del formulario para obtener el Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) será voluntaria y anual, en la fecha que determine la autoridad de aplicación. Artículo 5°.- Aquellas empresas que logren el Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) obtendrán beneficios relacionados con el acceso a créditos y programas especiales, incentivos para la innovación tecnológica y otros. Los mismos serán establecidos por la autoridad de aplicación y podrán variar en cada año. Artículo 6°.- El Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) expresará el cumplimiento de los aspectos considerados por la autoridad de aplicación que permitan una adecuada valoración de la responsabilidad de la empresa en el plano social y ambiental. Artículo 7°.- La autoridad de aplicación publicará semestralmente en tres (3) medios de comunicación que considere, cuáles son las empresas de la ciudad que cumplieron con el criterio establecido para conseguir el Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA). El mensaje tendrá como objetivo valorar el cumplimiento de los aspectos propuestos por la Provincia de Río Negro y el beneficio que representa para la sociedad rionegrina. Artículo 8°.- Los aspectos a cumplir para recibir el Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) se basarán en indicadores diseñados que permitan la objetiva evaluación y valoración de las condiciones de equidad y sustentabilidad social, ambiental, económica y financiera que asumen las empresas con su comportamiento. A tal efecto, se tendrán en cuenta, de modo orientativo, los aspectos señalados en el Anexo I. Las empresas podrán presentar información sobre aspectos diversos a los incluidos en el Anexo I y la autoridad de aplicación podrá requerir información diversa a los mismos. Artículo 9°.- La elaboración del índice de responsabilidad social y ambiental empresaria será auditada y verificada por el personal dispuesto por la autoridad de aplicación para la implementación del Programa de Responsabilidad Social y Ambiental Empresaria. Podrá, si lo considera necesario, contratar entidades externas independientes para este trabajo. Con esa información se expedirá el Certificado. Artículo 10.- No podrá otorgarse el Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) en beneficio de ninguna empresa que, al momento de realizar la solicitud de tal certificado, mantuviere deudas con el Estado provincial o se encontrare incumpliendo normativa municipal, provincial o nacional pertinente a su actividad. La autoridad de aplicación deberá constatar el cumplimiento de las normativas y la ausencia de dichas deudas y deberá evacuar toda duda razonable, frente a denuncia o de oficio, en relación al cumplimiento del resto de la normativa señalada. Artículo 11.- El Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) se expedirá con la correcta información suministrada y posteriormente auditada, considerando, según el caso, los aspectos establecidos en el Anexo I. Artículo 12.- Una vez presentados los formularios a la autoridad de aplicación, de conformidad con la presente normativa, dicha autoridad dará difusión por los medios que considere, de las empresas que solicitan la expedición del Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA). Previamente a la determinación sobre la expedición del Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA), durante al menos tres (3) meses, cualquier persona podrá acercar a la autoridad de aplicación información o consideraciones sobre el actuar de tales empresas y la autoridad de aplicación deberá recibir y ponderar tales expresiones. Artículo 13.- Los resultados del procedimiento de expedición del Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) serán públicos y de libre acceso para la población. La autoridad de aplicación hará difusión pública de los mismos. Artículo 14.- El Ministerio de Producción de la Provincia de Río Negro será la autoridad de aplicación de la presente ley. Queda facultada para dictar las disposiciones complementarias que considere necesarias o útiles para llevar adelante lo dispuesto en esta ley. Artículo 15.- El procedimiento previsto en esta ley para el otorgamiento del Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) comenzará a efectivizarse luego de un (1) año de la vigencia de la misma. Durante tal lapso, y también con posterioridad, la autoridad de aplicación deberá dar difusión de esta ley, en particular al sector empresario de la provincia; dictar las normas complementarias que considere necesarias, realizar los contratos y convenios pertinentes, capacitar a su personal de modo adecuado en relación a la temática de la Responsabilidad Social Empresaria, en general, y sobre esta ley en particular y realizar actividades de promoción y difusión de la Responsabilidad Social Empresaria dirigidas a la comunidad. Artículo 16.- En el marco del Programa, el Poder Ejecutivo deberá elaborar y aplicar un plan de acción tendiente a cumplir, progresivamente, con lo establecido en la norma ISO 9001:2000 Sistemas de Gestión de la Calidad en el ámbito interno del Gobierno de la Provincia de Río Negro. Artículo 17.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. ANEXO CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL EMPRESARIA PROVINCIA DE RIO NEGRO DIMENSIÓN ECONÓMICA MERCADO Cantidad de quejas de consumidores sobre Nivel de satisfacción de los compradores el producto o servicio prestado Importe de ventas ganadas por buen comportamiento social Cantidad de quejas de proveedores por pagos fuera de término Casos afrontados de comportamiento anticompetitivo Acciones relacionadas con la defensa de competencia y la no utilización de prácticas monopólicas Transparencia en la información económico financieras que brinda la empresa RELACIONES INDUSTRIALES Porcentaje de empleados representado por sindicatos SALUD Y SEGURIDAD Cantidad de accidentes laborales en el año Otros beneficios médicos otorgados CAPACITACIÓN Promedio de horas de capacitación anual Programas de empleabilidad llevados a cabo Programas de educación contra la discriminación DISCRIMINACIÓN Existencia de políticas antidiscriminatorias Programa de educación contra la discriminación SOCIAL Cantidad de trabajadores domiciliados en MANO DE OBRA LOCAL la localidad donde esta asentada la empresa POLÍTICAS HACIA Constancia de aceptación del NO PROVEEDORES trabajo infantil ni forzado CONSUMIDORES Número de quejas Porcentaje de consultas sobre el producto Total erogado en mejoras tendientes Índice de satisfacción a mayor seguridad en el producto CONTRIBUCIONES A Cantidad de organizaciones a las que Acompañamiento efectivo a la política pública sobre la materia ORGANIZACIONES SOCIALES aporta - monto anual CONTRIBUCIONES A Cantidad de organizaciones a las que Acompañamiento efectivo a la política pública sobre la materia ONGS AMBIENTALISTAS aporta - monto anual APORTE A LA CULTURA DE Cantidad de organizaciones a las que Acompañaniento efectivo a la política pública sobre la materia LA CIUDAD aporta - monto anual INDICADORES COMUNITARIOS Monto de contribuciones para programas Premios y reconocimientos obtenidos por actuación social o humanitarios, de educación. ambiental DERECHOS HUMANOS Política de promoción, difusión y concientiza Cantidad de charlas autorizadas en la empresa referidas a este tema ción sobre Derechos Humanos ENERGÍA Reducción del uso de energía Incidencia en utilización de energía renovable Estudios sobre posibles aumentos de eficiencia CONSUMO DE AGUA Total utilizada Total de fuentes de agua y efecto de la utilización en la comunidad Porcentaje de reutilización Porcentaje del stock total consumida por la entidad EFLUENTES Cantidad de emisión de gas Otras emisiones de sustancias Cantidad de emisión de sustancias agotadoras del ozono DESECHOS Total de desperdicios y destino Desechos originados por el transporte y destino Sustancias peligrosas: cantidad, almacenamiento y destino final MATERIAL RECICLADO Cantidad utlizada en insumos diarios Estrategias de concientización Cantidad de desechos que se reciclan Separación en origen EMPLEO Cantidad de empleados según categorías Total erogado en beneficios Cantidad de empleados discapacitados Tasa de creación neta de nuevos puestos Total de remuneraciones pagadas de trabajo Rotación del Personal Número de huelgas o medidas de fuerza del personal Porcentaje de mujeres y hombres empleados

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