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阿根廷的法律

Ley Nº 25.052 - Prohíbe la caza o captura de ejemplares de orca (Orcinus orca)

颁布于 1998-12-10 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
法令
国家
阿根廷
主题
Fisheries and aquaculture, Wild species and ecosystems
关键词
marine fisheries, marine mammals, seasons, fishery management and conservation, aquatic animals, hunting/capture, protection of species, biodiversity

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Ley 25.052 Prohíbese la caza o captura a través de redes o por el sistema de varamiento forzado, de ejemplares de orca (Orcinus orca) en todo el territorio nacional. Sancionada: Noviembre 11 de 1998. Promulgada de Hecho: Diciembre 10 de 1998. B.O: 14/12/98 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º- Se prohíbe la caza o captura a través de redes o por el sistema de varamiento forzado, de ejemplares de orca (Orcinus orca) en todo el territorio nacional, comprendiendo este el mar territorial, la zona de exclusión económica y sus aguas interiores. ARTICULO 2º- Los infractores al artículo anterior, serán sancionados con multas a partir de un millón de pesos ($ 1.000.000). Cuando resultare la muerte de los ejemplares del artículo precedente, las multas serán a partir de dos millones de pesos ($ 2.000.000). ARTICULO 3º- La Secretaría de Recursos Naturales de la Nación, por intermedio de la Dirección de Recursos Ictícolas y Acuícolas o la que en lo sucesivo la reemplace, será la autoridad de aplicación de la presente ley. ARTICULO 4º- La Prefectura Naval Argentina ejercerá el poder de policía y será competente la justicia federal en las denuncias que efectúen la autoridad de aplicación, la autoridad policial o cualquier ciudadano o institución de carácter no gubernamental. ARTICULO 5º- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los primeros quince días de su publicación. ARTICULO 6º- La presente ley es de orden público. ARTICULO 7º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. ALBERTO R. PIERRI.- CARLOS F. RUCKAUF.- Juan Estrada.- Mario L. Pontaquarto.