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阿根廷的法律

Decreto Nº 525-2007: Crea la Comisión Provincial de Zonas Inundables

颁布于 2007-03-05 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
阿根廷 · Tucumán
主题
Environment, Land and soil
关键词
institution, flood, hazards, governance

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. $ocle1t ;ecutivo ~ouman 8an c;vlf,y,uel de <g"ucumdn~ 5 de marzo de 2007 • DECRETO N° 525 /3 (MOP) Expediente N° 286/630-S-2006 VISTO, la Ley N° 7696, por la cual se crea el Regimen de uso de bit nes situados en las areas inundables dentro de la jurisdicci6n provincial; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 3° de la mencionada Ley, la Sub-Secretaria de Recursos Hidricos, Energeticos, Mineria y Politica Ambiental, sera la autoridad de aplicaci6n de la rn1sma; Que, conforrne al precitado articulo, la autoridad de aplicaci6n debe determinar las diversas areas, procediendo a la definici6n y la delimitaci6n en cartografia de las mismas conforme a la siguiente clasificaci6n: . , rea I: Cauces naturales y artificiales, paleocauces, cuerpos de agua permanente; A ea 11: V fas de evacuaci6n de crecidas y areas de almacenamiento; Ar a III: Areas con riesgo de inundaci6n no incluidas en las areas I y II; Ar a IV: Areas en cuya superficie la forestaci6n resulta de caracter obligatorio a los fines de , ccintrolar la delirnitaci6n de\ area III; ) :-:-, Que, por el articulo 4° de la Ley N° 7696. el Poder Ejecutivo, a traves de los ~ .Jlt ~~~ organismos correspondientes, fijara los periodos pertinentes de recurrencia de las crecidas que ~~.. (,e~time necesario para definir dichas lineas, las que no podran variar de un area a otra, no pudiend0 l':..~"'., «--~~9" ser inferior a los 5 afios, lo que implica contemplar aspectos tecnicos tanto cientificos como icg:1ks ~,"'\" 0 con incumhencia a varios organismos gubernamentales; ~- '<-0 fv.,,, '<- Que rnediante Decreto Acuerdo N° 51/3 (MDP) del 22/12/06, se suprimi6 de ,:,'<-~ la estructura del Ministerio de Desarrollo Productivo la Sub-Secretaria de Recursos Hidricos, Energeticos. Minerfa y Politica Ambiental, creandose la Secretaria de Estado de Medio Ambientc. absorhiendo esta ultima las funciones de la desaparecida Sub-Secretaria; Que, a ta\ fin corresponde designar a la Comisi6n que desempefiara las mencionadas funciones dentro de! ambito de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente; Que, a fs, 20 obra intervenci6n de\ Departamento de Asesoramiento Contable de Co11taduria General de la Provincia, y a fs. 21 lo hace la Direcci6n General de Presupuesto; Por ello y atento a lo dictaminado por Fiscalia de Estado segl'.m Dictamenes N° 22 · y N° 310 de fechas 12/02/07 y 21/02/2007, obrantes a fs.-22 y 27 respectivamente; V \J~ 11-00 " C,\'J 1'1E \I\-.· sE.C EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: 'ICULO 1°.-,,.c::~~;:;:;..::;:..:;;:.~;:;, :- Crease en el ambito de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente la Comisi6n Provincial de Zonas Inundables , la cual debera cumplir las acciones establecidas en el Titulo VI. articulo 23 y en el Tftulo V. artfculo 17 incisos a), b ), c ), d) y e) de la Ley N° 7696, atento a ll)S considerandos que anteceden. ARTICULO 2°.- Dejase establecido que la Comisi6n Provincial de Zonas Inundables G~i1ra jintegrada por profesionales o tecnicos, designados por las respectivas autoridades, en representnc·i6n \de de las Direcciones de Medio Ambiente, Recursos Hidricos, Recursos Energeticos y Mineria. IDirccci6n de Flora, Fauna Silvestre y Suelos, Direcci6n Provincial de] Agua, Direcci6n General de ;catastro. Departamento de Fiscalizaci6n Ambiental del SIPROSA, Direcci6n de Defensa CiviL ,.,, . .. ,,. \sccrdarfa de Obras Publicas, Secretaria de Coordinaci6n con Municipios y Comunas Rurales. jEstacicrn Experimental Agro-Industrial Obispo Colombres, y otros que la Autoridad de Aplicaci6n lcstirne necesario. d}g/ei ~/ecutivo ~cuman 8an Q//{,7uel de <&ucuman~ ///CONTINUA DECRETO N° 525/3 (MOP) Expediente N° 286/630-S-2006 ARTICULO 3°.- Establecese que la Comisi6n Provincial de Zonas Inundables tendra las siguicntes funciones: a) Elaborar el Plan Provincial para las zonas inundables, el que tendra como finalidad el manejo de las zonas inundables, procurando la convivencia entre la actividad del hombre, sus bienes, el comportamiento natural de las aguas comprendidas en las zonas inundables, preservando la calidad de vida poblaci6n de la zona. b) Determinar las areas, procediendo a su definici6n y delimitaci6n en cartografia segun lo expresa el art. 2° de la Ley.N° 7696. c) Gestionar el financiamiento total o parcial de los programas y proyectos que integren el Plan Provincial para el desarrollo integral de las zonas inundables. d) Proponer al Poder Ejecutivo mecanismos para incrementar la eficiencia en la recuperaci6n de costos derivados de las acciones de preservaci6n de las zonas y el manejo sustentable de las m1smas. e) Coordinar la conformaci6n de las zonas integradas por diferentes municipios y comunas rurales, con el fin de aumentar la eficiencia de las acciones dispuestas por la Autoridad de I~,:~ . ':<, Aplicaci6n. \ f) Prestar asesoramiento a los organismos centralizados y descentralizados de la Administraci6n : I Publica Provincial, a los municipios y a las comunas rurales que lo soliciten. j g) Todas las demas funciones necesarias para el ~umplimiento de los fines establecidos en la ; ,ey l N° 7696, y sus normas complementarias. ARTICULO 4°.- El presente Decreto sera refrendado por el sefior Ministro de Desarrollo ~---•-..-..7- Productivo y firmado por el sefior Secretario de Estado de Medio Ambiente. · IARTICULO 5°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuniquese, publiquese en el L;>: Boletin Oficial y archivese.

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