Decisión Administrativa 279/2020 – Estructura organizativa del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad
颁布于 2020-03-02 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 阿根廷
- 主题
- General
- 关键词
- institution, gender, governance
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文本
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ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie (IF-2020-12109572-APN- DNDO#JGM) y II (IF-2020-13326568-APN-DNO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe, IIIf (IF-2020-12113666-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2020-13330220-APN-DNO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2020-12967425-APN-DNO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º.- Facúltase al/a la Titular del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD a modificar la estructura aprobada por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 86 – MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Elizabeth Gómez Alcorta