Resolución Nº 059/2017 - Se prohíbe la movilización de animales bovinos en pie, sin herraje, en todo el territorio nacional, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.315 de fecha 8 de enero de 2018
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Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Venezuela
- Subjects
- Livestock
- Keywords
- animal health, marking/identification, legal proceedings/administrative proceedings, cattle, transport/storage
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PANDECTAS D 1 G 1 T A L DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA AÑO CXLV- MES 111 Caracas, lunes 8 de enero de 2018 Número 41.315 SUMARIO ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Resolución mediante la cual se designan como Integrantes de la Junta de Liquidación del Distrito del Alto Apure, a las ciudadanas y ciudadanos que en ella se señalan, con el carácter que en ella se especifica. Resolución mediante la cual se designan como Integrantes de la Junta de Liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas, a las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ Resolución mediante la cual se designa al ciudadano José Eliecer Pinto Gutiérrez, como Director General Encargado de Centros de Comando, Control y Telecomunicaciones, dependiente del Despacho del Viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana, de este Ministerio. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano José Eliecer Pinto Gutiérrez, en su carácter de Director General Encargado de Centros de Comando, Control y Telecomunicaciones, como Cuentadante Responsable de la Unidad Administradora Desconcentrada Ordenadora de Pago N" 00360; y se le delegan las atribuciones y firmas de los actos y documentos que en ella se señalan. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Carlos Alberto Martínez Rodríguez, como Director General Encargado del Despacho de este Ministerio. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Alexi Enrique Escalona Marrero, como Jefe Encargado de la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT), oficina nacional dependiente jerárquicamente de este Ministerio. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Alexi Enrique Escalona Marrero, en su carácter de Jefe Encargado de la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT), oficina nacional dependiente jerárquicamente de este Ministerio, como Cuentadante Responsable de la Unidad Administradora Desconcentrada Ordenadora de Pago N" 00339; y se le delegan las atribuciones y firmas de los actos y documentos que en ella se indican. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Juan Pedro Grillo González, como Jefe Encargado de la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), oficina nacional dependiente jerárquicamente de este Ministerio. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Juan Pedro Grillo González, en su carácter de Jefe Encargado de la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), oficina nacional dependiente jerárquicamente de este Ministerio, como Cuentadante Responsable de la Unidad Administradora Desconcentrada Ordenadora de Pago N" 00330; y se le delegan las atribuciones y firmas de los actos y documentos que en ella se mencionan. Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana María Elena Martínez Palacios, como Directora General de la Oficina de Planificación y Presupuesto de este Ministerio; y se le delegan las atribuciones y firmas de los actos y documentos que en ella se especifican. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Alexander Alberto Guaramato Miranda, como Director General Encargado de la Oficina de Gestión Administrativa de este Ministerio; y se le delegan las atribuciones y firmas de los actos y documentos que en ella se señalan. Resolución mediante la cual se designa al ciudadanoAiexander Alberto Guaramato Miranda, en su carácter de Director General Encargado de la Oficina de Gestión Administrativa de este Ministerio, como Cuentadante Responsable de la Unidad Administradora Central N" 0001 O. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS Resolución mediante la cual se prohíbe la movilización de animales bovinos en pie, sin herraje, en todo el territorio nacional. INTI Providencias mediante las cuales se designan a los ciudadanos que en ellas se mencionan, como Gerentes de las Oficinas que en ellas se especifican, de este Instituto. MINISTERIO DEL PODER POPULAR CE PESCA Y ACUICULTURA Resolución mediante la cual se establece la Estructura Financiera de este Ministerio, para el Ejercicio Fiscal del año 2018, la cual estará constituida por la Unidad Administradora Central que en ella se indica. Resoluciones mediante las cuales se designa a la ciudadana Naiomaraliz Atahuailmar Piñate Vásquez, como Directora General de la Oficina de Gestión Administrativa de este Ministerio, en calidad de Encargada, y como Cuentadante Responsable de la Unidad Administradora Central que en ella se menciona. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARAELTRANSPORTE Resolución mediante la cual se declara la transferencia de la administración y operatividad inmediata de los Aeropuertos: (Internacional Arturo Michelena, ubicado en Valencia del estado Carabobo y Nacional General Bartolomé Salom, ubicado en Puerto Cabello del mismo estado) a la Gobernación del Estado Carabobo, así como de la infraestructura aeronáutica civil, con las respectivas competencias para la conservación, dirección y aprovechamiento del conjunto de sus instalaciones, bienes y servicios que sobre los mismos se ejercen. www . pandee las di g i la l . e o r PANDECTAS D G T A 439.476 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 8 de enero de 2018 12. Autorización de viáticos nacionales e Internacionales a los funcionarios de este Ministerio que así lo requieran. 13. Aprobar y tramitar donaciones hasta por un monto máximo de doscientas mil unidades tributarias (200.000 u.n. 14. Las demás que le confiere el ordenamiento jurídico vigente. Artículo 3. El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, podrá discrecionalmente, certificar los actos y documentos referidos en la presente Resolución. Artículo 4. Los Actos y documentos certificados de acuerdo con lo establecido en la presente Resolución, deberán indicar inmediatamente, bajo la firma del funcionaría delegado, la fecha y número de la Resolución y la Gaceta Oficial en la cual haya sido publicada. Artículo s. El funcionario delegado deberá presentar mensualmente una relación detallada de los documentos que hubiere firmado en virtud de la presente Resolución. Artículo 6. Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Comuníquese y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional, LU S REVEROL TORRES ~r p ra Relaciones Interiores, Justicia y Paz NO fl--'-1 : 4 REPÚBUCA BOUVARIA.N.A DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA "f PAZ DESPACHO DEL MINISTRO 207•, 1S80 y 180 FECHA: RESOLUCIÓN f) 6 P.JE 2010 El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, NÉSTOR LUIS REVEROL TORRES, designado mediante Decreto NO 2.405, de fecha 02 de agosto de 2016, publialdo en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela NO 40.957 ele la misma fecha; ratificado mediante Decreto N° 2.65 2, de techa 4 de enero de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la Repübllca Bolivariana de Venezuela No 4 1.067 de la misma Fecha; en ejercid o de las competencias que le confiere lo dispuesto en los artículos 65 y 78 numerales 19 Y 27 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la AOminlstroción i>úbloc.a de fecha 17 de noviembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.147, Extraorclinario de la mlsmQ fecha; habida consideración de lo se~alado en el artículo 17 del Decreto N" 2.174, con Rango Valor y Fuerza de Ley Org~nlca de la Administ radón Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.210, de fecha 30 de diciembre de 2015, en concordancia con lo establecido en los artfculos 47 y 51 del Re<jlamento NO 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, publicado en la Gaceta Oficial de la Rcpubllca Bolivariana de Venezuela NO 5.781, Extraordinario de fecha 12 de agosto de 2005 y en atención a lo previsto en los artículos 6 y 7 del Decreto No 1.410 cor~ Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley contra la conupción, pub!ocado en la Gaceta Ofid al de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.155, de fecha 19 de noviembre de 2014, RESUELVE Articulo 1. Se designa al ciudadano ALEXANDER ALBERTO GUARAMATO MIRANDA, titular de la cédula de Identidad N° V-12.392.567, en su carácter de Director General Encargado de la Oficina de Gestión Al;lmlnlstratlva de este Ministerio, como Cuentadante responsable de la Unidad Administradora central, Código N° 00010, de acuerdo a la Estructura para la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos de 1 1 • Comuníquese y pu Por el Ejecutivo Ministro de su publicación en la Relaciones Interiores, Justida y Paz MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS. DESPACHO DEL MINISTRO. RESOLUCIÓN DM/N° OS9/2017. CARACAS, OS DE DICIEMBRE DE 2017. AÑOS 207°, 158° y 180 El Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras, WILMAR ALFREDO CASTRO SOTE LOO, designado mediante Decreto NO 2.181 de fecha 06 de enero de 2016, publicado en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.822 de la misma fecha, reimpreso por fallas en los originales en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.826 de fecha 12 de enero de 2016; y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 16 de la l ey Orgánica de Procedimientos Administrativos; los artículos 45, 63 y numerales 1, 2, 3, 13, 19 y 27 del artículo 78 del Decreto NO 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de ley Orgánica de la Administración Pública, publicada en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela NO 6.147 Ext raordinario de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordancia con lo estipulado en el artículos 8, 10 y 72 numeral 1 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley de Salud Agrfcola Integral y 38 del Decreto N° 2.378 Sobre Organización General de la Administración Pública Nacional, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N• 6.238 Extraordinario de fecha 13 de junio de 2016; el Decreto N° 406 de la Junta de Gobierno de los Estados Unidos de Venezuela de fecha 07 de junio de 1952, referido al Registro Nacional de Hierros y Señales, publicado en la Gaceta Oficial de los Estados Unidos de Venezuela N• 23.861 de fecha 18 de Junio de 1952 y la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela NO 5.159de fecha 25 de Julio de 1997. Por cuanto, es deber del Estado velar por la seguridad alimentaria nacional, en la cual se encuentra incursa el patrimonio ganadero del país, la producción y productividad de este sectcr, en beneficio de la soberanía alimentarla de la población venezolana. Por cuanto, la ganadería bovina constituye un patrimonio nacional que requiere ser conservado, tanto en su conformación genética como en la capacidad de crecimiento del rebaño nacio,Aah · · Por cuanto, la identificación de la propiedad del ganado se sustenta en base a hierros y señales debidamente registrados. Por cuanto, es necesario constatar la propiedad del ganado durante la movilización para controlar el abigeato y el contrabando de extracción. ~e Despacho dicta la presente, RESOLUCIÓN MEDIANTE LA CUAL SE PROHiBE LA MOVILIZACIÓN DE ANIMALES BOVINOS SIN HERRAJE Artla~lo 1. Para los efectos de la presente Resoludón se define Hierro al Jnstrumentn de metal que, calentado al ruego o sometido a frío extremo, sirve para estampar sobre la piel de un animal una marca permanente. El herraje constituye la marca que deja el hierro sobre la piel del animal al rual se aplica. Articulo 2. B herraje de los bovinos (vacunos y bufalinos) se realizará, de manera obligatoria, durante los primeros seis meses de vida del animal. En los estados fronterizos (Amazonas, Apure, Bolívar, Táchlra y ZUlla) podrá establecerse un periodo de herraje mínimo, en función de preservar el patrimonio ganadero de la Nación. Articulo 3. Se prohíbe la movll zadón de anrmates bovinos llfl pie, sin hem!Je, llfl todo el territorio nadonal. Igualmente, queda prohibida la movilización de bovinos en pie con heaaje reciente (hierro fresco) o cuando existan Indicios de que las marcas de hierros han sido adulteradas. Articulo 4. Se exhona a todas las autoñdades dvlles, pofldales y militares, al sector privado y los particulares en general, a colaborar en el estricto cumplimiento de esta Resolución y a la aplicación de las normas vigentes en la materia, en resguardo del deredlo del pJeblo W!nezolano al abastecimiento oport!Jno y estable de alimentos. · Articulo S. El Incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resoludóo quedará sujeto a la aplicación de las sanciones previstas en el Decretn con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Salud Agrlcola Integral y demás instrumentos normabvos que resulten aphcables. www . pandectasdig i ta l . co r PANDECTAS D G T A Lunes 8 de enero de 2018 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 439.477 Articulo 6. La presente Resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su pui:Jibdón en la Gaceta Oficial de la RepúbDca Bollvariana de Vent2uela. Comuníquese y Publíquese, Por el Ejeartlvo Nacional, S REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS. INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTi). DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA INTi No '/00 -2017. CARACAS, 29 DE NOVIEMBRE DE 2017. AÑOS 207, 1580 Y 180 Quien suscribe, LUIS FERNANDO SOTELDO, titular de la Cédula de Identidad No V· 18.732.641, actuando en mi carácter de PRESIDENTE ENCARGADO del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, designado mediante Decreto Presidencial NO 3.128, de fecha 26 de octubre de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.265 de la misma fecha y en ejercido de las atribudones que me confiere el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con el artículo 126, numeral 9 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y el articulo 34 del Decreto N• 1.424, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N• 6.147 del 17 de noviembre de 2014, este despacho dicta lo siguiente: PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Artículo 1. Se designa al ciudadano CESAR AUGUSTO BASTIDAS MONTAÑA t itular de la Cédula de Identidad No 10.055.697, como GERENTE DE PROYECTOS del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS. Artículo 2. Se delega la competencia y fi rma de los documentos que conciernen y competen a la Gerencia a su cargo. Artículo 3. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su notificación. Comuníquese y Publiquese REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS. INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTi). DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA INTi N° !if21:....- 2017. CARACAS, 06 DE DICIEMBRE DE 2017. AÑOS 207, 158o Y 18o Quien suscribe, LUIS FERNANDO SOTELDO, titular de la Cédula de Identidad No v- 18.732.641, actuando en mi carácter de PRESIDENTE ENCARGADO del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, designado mediante Decreto Presldendal N° 3.128, de fecha 26 de octubre de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.265 de la misma fecha y en ejercido de las atribuciones que me confiere el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Adm.lnis tr.ativos, el articulo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, en concordancia con el articulo 126, numeral 9 de la Ley de nerras y Desarrollo Agrario y el artículo 34 del Decreto N" 1.424, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Admlnistradón Pública, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N" 6.147 del 17 de noviembre de 2014, este despacho dicta lo siguiente: PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Artículo 1. Se designa al ciudadano JOSE LUIS LOPEZ VILLAMIZAR, titular de la Cédula de Identidad NO 14.094.395, como GERENTE DE LA OFICINA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS. Articulo 2. Se delega la competenda y firma de los documentos que conciernen y competen a la Oficina a su cargo. Articulo 3. La presente Providenda Administrativa entrará en vlgencla a partir de la fecha de su notificación. Comuníquese y Publíquese REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS. INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTi). DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA INTi N° .!/.rl. - 2017. CARACAS, 06 DE DICIEMBRE DE 2017. AÑOS 207, 1580 Y 18o Quien suscribe, LUIS FERNANDO SOTELDO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.732.641, actuando en mi carácter de PRESIDENTE ENCARGADO del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, designado mediante Decreto Presidencial No 3.128, de fecha 26 de octubre de 2017, publicado en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela NO 41.265 de la misma fecha y en ejercido de las atrlbudones que me confiere el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, el art1culo S, numeral S de la Ley del Estatuto de la Función Publica, en concordancia con el artículo 126, numeral 9 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y el articulo 34 del Decreto N" 1.424, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N" 6.147 del 17 de noviembre de 2014, este despacho dicta lo siguiente: PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Articulo 1. Se designa al ciudadano LUIS ALFONZO MENDOZA JAUREGUI titular de la Cédula de Identidad N° 17.254.188, como GERENTE ENCARGADO DE REGISTRO AGRARIO NACIONAL del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS. Articulo 2. Se delega la competencia y firma de los documentos que conciernen y competen a la Gerencia a su cargo. Artículo 3. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su notificación Comuníquese y Publíquese • PC;t:é,<;ln ,•;·• /JI l¡j NDtf~OTELDO 1 lnstft\)to Nacional de Tierras www . pandectasdig i ta l . co r