Decreto Ley Nº 9.052/12 - Promueve y regula las nuevas formas asociativas conjuntas entre el Estado, la iniciativa comunitaria y privada para el desarrollo de la economía nacional
Made 2012-06-15 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Venezuela
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- agricultural development, capacity building, community management, cooperative/producer organization, institution, non-governmental entity, business/industry/corporations, governance
- Categories
- *
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Articulo 2°. EI Estado conjuhtamente con la iniciativa EI Ministro de! ?{"r;;er PcpuJar comunitaria y privada, prornovera la creaci6h de nuevas formas Para la E"erq(.; E;~ctrica asodativas, estableciendq un minimo de 40% de parl:icipaci6n (~.S.) - accionaria del Estado, para generar un alto valor agregado HECTOR NAVARRO DIAl nacional, garantizando la seguridad juridica, de estas, la solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad, en el crecimiento econornlco, mediante una planificaci6n estrateqka dernocratica participativa. Refrendado La Ministra del Poder Popular Definiciones para la Juventud Articulo 3°. A los efectos de la presente ley, se deflnen los (LS.) MARIA PILAR HERNANDEZ DOMINGUEZ siguientes termtnos: Refrendado 1. AUANZAS ESTAATEGICAS: es el acuerdo que se La Ministra del Poder Popular desprende entre una empresa privada 0 comunitaria y el para eI servido PenilEndario Estado Nacional a efectos de compartir procesos (LS.) productivos, bien sea en una mlsrna actividad o en MARIA IRIS VARELA RANGEL encadenamientos asociados. En estas alianzas las empresas involucradas conservan su ldentldad juridica por separado y establecen la asodaci6n para los fines descritDs. Refrendado 2. EMPRESA CONJUNTAS: es una empresa mixta cuvo 8 Ministro de Estado para capital acdonario por parte del Estado Nacional sea un la BancaPUbHca mlnimo de 40%. En el case que el Estado no represente la (LS.) ROooLFo ci..Ef.1ENTE MARCO TORRES mavona accianaria contara con la potestad del derecho al veto en decisiones de caracter estrateqlco, Estas empresas Refrendado conjuntas puedeh 0 bien ser nuevas 0 producto de EI Minislro de Estacio para incorporad6n por via accionaria. Ia Transformltoon RevoIucionaria de la Gran caracas 3. CONGLOMERADOS: es un conjunto de empresas (LS.) publicas y/o privadas que se asocian para un fin FRANOSCO DEASIS SESTO NOVAS Viernes 15 dejunio de 2012 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVA,RIANA DE VENEZUELA 394.283 determinado planificando esquemas conjuntos para • Sujetos de aplicaci6n adqulsidon de materias primas, marcas 'colectivas ~culo. 6° •.8 presente Decreta con Rango, Valor y FlIerza de producdon, distribuci6n y comercializaci6n.· Contaran co~ Ley, regula entodo el territorio nadonal la oonformacion el una empresa del Estado 0 conjunta para agrupar los reconocimlento, funtionamiento y la gestion diana de' ias procesos de escala, tanto de importacl6n directa, como de n~~vas formas asodativas con el Estado, en ese sentido se coordin.ac!on .?e actividades, de distribuci6n, Jogfstica y ~~~ , cornercializadon. a. AUAN~ ESTRATEGlCAS Reccnoclmlento conjunto b. EMP,RESAS CONJUNTAS
Articulo 4°. EI presente Decreto con Rango, Valor y l=uerzade Ley, se enmarca en el reconocimiento conlunto de procesos · c. CONGLOMERADOS transitorios que involucran nuevas formas de reladon con el ambiente laborat reconocimiento de las redes productivas la economia comunel, la formaci6h en las escuelas en las rabri~s • Prerrogativas de las nuevas fonnas AsociatiVas la complementacl6n de los injertos y los punta y circulo, con e!' Articulo 7°. Las formas asociativas objeto del presente · Dea:eto con 'Rango, Valor y Fuerza de Ley contaran con encadenamiento productive, para impulsar IC! producdon nacional con el propos/to de garailtizar fa satisfatcion de la politicas, progrqmas y planes especificos para promover: y demanda interna de bienes servldos, asi como promover una nueva base de exportadon, , . . 1. Acceso 'I laredes de dlstribuddn y cornerdeltzadon del Estado. ! . De los Principios 2. Asistencia tetnica permanente. ArtfcuI05°. EI presents De rete con Rango, Valor y Fuerza de Ley, se enmarca en los sigui tes principios: 3. Aceeso a los planes de compras directas del Estado. t. FORMAS DE PROPIED D: En ei marco del proceso de 4. a Acceso . Ir;1fraestructura, maquinarias y equipos que se transldon al socialism, se impulsan nuevas forrnas encuentrana dlsposldon del Estado. asociativas que pe mitan sembrar injertos de transforrnadon del 11'1 bolismo del. capital. EI Estada 5. Potendarel. escalamtento Productivo. prornovera las form s . de propiedad privada no rnonopollca, social, dire , indirecta 0 comblnaclones que 6. Acceso a 1,(Formacion' y Capadtadon. originen formas de prop dad mixta. 7. Acceso a la Tecnologfa. 2. RELACION PRODUcrO- ATISFACCION DE NECESIDADES: La definicion de los productos priorizados no' esi:a enmarcada en la logica ei mercado. Es eI criter;o social 10 Organizaci6n de las Alianzas Estrategicas que define las demand , dentro del contexte estrateqlco Articulo 8°. I;n las a/ianzas estrat:egicas suscritas entre de los planes de desarr 10 de la nadon, siendo prlorltarlas prlvados, comuriitarias y eI Estado, se procedera a designar las necesidades mas esenciales: allmentacion, salud, directivos de la .alianza, planlficar los procesos oonjuntos, hacer aval~o de la empress, participar en la comerclallzadon de los vivienda, vestido, educa ion, dencta y tecnologia, cUltura. productos y generacion de dividendos, revisar los procesos productivos asfcomo estructuras de costas. 3. SUSTITUOON DE 1M ORTAOONES I IMPULSO DE · las empresas .. parttdpantes mantienen su identidad par EXPORTACIONES NO T DICIONALES: Consolidar nuestra separado, est:ablecie!1do los elementos oomunes a la alianza soberania productive, I impuisar la sustltudon de '.estrategica. importaciones .y prOfver las exportaciones no tradicionales, con el obj de fortalecer la producckin de bienes y servicios cuy lrnportaclon ha requerido la utilizacipn de una e.norm cantidad de divisas, d.ebilitand.o EstimiJIos nuestra economia. . Articulo go. las .empresas conjuntas que presentan Una parttcipaclon accionarta del i:stado de un minima de 40%, 4. CULTURA DEL TRABAJO:1 Atender el cambia del mqdelo podran; rentis.tico capitalista, mediante el fomento de la culturadel trabajo como estrategi~ central .para la transidon y 1. Acceder va creditos y fondos especiales de impulso construcclon del sodallsrno. productive, asi como. a tasas y condiciones preferenciales en la aplicacion de la ley de credito a la manufactura. 5. REDES COMERCIALES: Los proyectos financiados deben estar al servicio de la creadon de uri nuevo tipo de 2. Excluirse del cumplimiento de tramttes asodados a' la Ley comercio, un cornerdo social, justo, eliminando la en materia de oontratadones pUblicas. mtermedladon y la especulaclon, 6. CARACTER ECOLOGIco. DE LAS UNIDADES DE 3. Acceder alos planes de compras directas del Estado. PRODUCCION: Estimular la insercion del aspecto ecologlco, en funclon de tender a la creadon de unidades 4. Acceder ala simpliflcacion de tri3mites. administralivos, extendlendose los alcances de que puedan set ebjeto de de producdon con bajo consumo enerqetlco, bajas las empresas Estales. emisiones contaminantes al ambiente, adecuado manejo de desechos soudos, en consonancia con el entorno 5. Posibilidad de exoneradon del pago de lmpuestos, previa sociocultural. . autorizaci6n del Presidente de la Republica. 7. INNOVACION: Promover la lnnovaclon en procesos 6. Pasibilidad de acceder a tondos especiales previa productivos, cuyos resultados tengan impacto a corto autorizacion del presidente de la RepUblica plazo enla eficiencia ylo .reduccion de costos de produccion. Vision de los Conglomerados 8. RELACIONES DE PRODUCCION: En el marco de la Articulo 10. Los conglomerados estcin orientados a la transicion d,el socialismo, estas formas asociativas deben participaci6n e integracion de unidades sacioproductivas de un apuntar hcicia nuevas relaciones de producci6n, que sector productivo y ramas conexos, que buscan como fin contemplen Ja participacion real de los trabajadores en los qsegurar la demanda conjunta de' bienes y servicios para lel procesos de direccion de las fabricas a traves de los produccion, fomentando [a colaboracion y ayuda mutua asf consejos de trabajadores, el punto y circulo y relacioh con como el intercambio de saberes, garantizando de forma efectiva los comunipades 0 comunas del entorno, articulando eI abastecimiento de productos de alto consume y sensibilidad dim1micas economicas. 394.284 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Viernes 15 de junio de 2012 sodal, En ei caso de los conglomerados pueden ser unidades Refrendado distantes espadalmenre peru inrerconectadas en red. 8 MinistrO del Poder Popular para la Defensa (LS.) Los conglolfle<!dos oonlllran ron una empress Estallli 0 HENRY DEJESUS RANGEL SILVA conjunlll a efed:os de: Refrendado 1. Acceder a las compras conjunt:as, genera'ldo economia de La Ministra- del Poder Popularpara eI Comerdo escala. (LS.) EDMEE BETANCOURT DEGARCIA 2. Aa:eder a las redes de cornerciallzadon y.dlstribudon del Estado. ' Refrendado E1 Ministro dei Poder Popularde 3. Aoeeder a los planes de compras directas del estado, Industries (LS.) RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO Aceeso a la ~olagica Refrendado
Articulo 11. lasalianzap estrategi91s, ernpresas.conjuntas V 8 Ministro del Poder Popularpara los conglomerados, podran desarrollar provectos de efTurisrno (LS.) investigadon e innovador teenol6gica con €I acompaiiamieilto ALEJANDRO ANTONIO FLEMING cABRERA del minlsterio con compe da en la materia. Refrendado ,8 Encargadodel Ministerio del Acceso a la farmadan Poder Popularpara JaAglicultura y Tlerras
Articulo 12. Eslas nu formas de unidades jJroductivas (LS.) EllAS JAUA MILANO deberan desarrollar DOS para la formadon de los trabajadores y trabajado dentro del marco de la escuela en Refrendado 1<1 Fabrica. La Minlstra del, Poder Popularpara la EducationUnlversitar'ia (LS.) orden Publico MARLENE YADIRA CORDOVA
Articulo 13. Las di oones del presente Decreta con Refrendado Rango, valOf" V Fuerza de Lev son de orden publico V se La Ministra del Poder Popularpara aplicaran con preferend a cualquier otra del mismo rango. la Educacion (Ls.) MARYANN DELCARMEN HANSON FLORES Refrendado La Minlstra del Poder Popularpara la Salud Unica. 8 presente to entrara en vigenda partir de la (LS.) publicaci6n en la Gace Ofidal de la Republica Bolivariana de EUGENIA SADER. CASTEUANOS Venezuela. Refrendado La Ministra del Poder Popularpara Dado en caracas, a los uince dias del mes de junio de dos mil el Trabajo y SeguridadSocial doce, AiicI 2020 de la I dependenda, 1530 de la Federadon y (Ls.) 130 de ia RevoIudoo BoI riana. MARIA CRISTINA IGLESIAS CUmpiase, (LS.) Refrendado 8 Ministro del Poder Popularpara Transplirte Terrestre (LS.) JUAN DEJESUS GARCIA TOUSSAlNlT Refrendado La Ministra del Poder Popularpara Transporte Acuatico y Aereo (LS.) ELSA lUANA GlITIERREZ GRAFFE Refrendado Refrendado 8 Ministro dei Poder Popularpara 8 VlCepresidenre E"jeC'UtiIIo VJVienda y Habitat (LS.) (LS.) BJAS JAUAMnANO RICARDO ANTONIO r~OUNA PENALOZA Refrendado Refrendado La !o'linislri3 del PoderPopular del 8 Ministro del Poder Popular Despadlo: de la Presldenda de P$'6leo y Mineria (LS.) (LS.) ERIKA DR VAllEFARIAS PENA RAFAEL DARIO RAMIREZ CARRENO Refrendado Refrendado a Minlslro del Poder Popular 8 Ministro del Poder Popularpara el Ambiente para Re!ad<Jnes Inleriores y Juslicia (LS.) (LS.) TARECK R AISSAMI ALEJANDRO HITCHER MARVALDI Refrendado ~ B Ministro del Poder Popular B Mnistro del Poder Popularpara Relaciones ExI:erlores para Oenda, Temologia e Innovad6n (LS.) , (LS.) NICOlAS MADURO MoRos JORGE ALBERW ARREf'ZA MONTSERRAT ReI"renlJado Refrendado 8 Hinislro del !'ode.- Popular B Ministro del Poder PopiJlar para de P1arui;cad6n Y finan= la Comunicati6n y la Infoonaa6n (LS.) , (LS.) JORGE GIORDANI ANDRES GUILlERMO IZARRA GARCIA