Resolución S/n - Otórgase un subsidio económico a cargo del Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE), a todo el universo de los productores lecheros que consistirá en hacerse cargo de los primeros 500 Kwh. consumidos por cada productor en el respectivo tambo, durante el período que se determina
Made 2009-02-25 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Uruguay
- Subjects
- Livestock, Food and nutrition
- Keywords
- special fund, subsidy/incentive, milk/dairy products
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MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Resolución S/n Otórgase un subsidio económico a cargo del Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE), a todo el universo de los productores lecheros que consistirá en hacerse cargo de los primeros 500 Kwh. consumidos por cada productor en el respectivo tambo, durante el período que se determina y créase una Comisión de trabajo que tendrá como cometido estudiar un nuevo sistema de tarifas especiales para el sector agropecuario. MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 25 de Febrero de 2009 VISTO: lo dispuesto por el Artículo 207 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, el Decreto 829/008 de 24 de diciembre de 2008 y la Resolución Nº 30 de 14 de enero de 2009 del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. RESULTANDO: I) Que por la mencionada Ley se crea el Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE) con destino a atender las pérdidas en las materias involucradas en la actividad productiva de los establecimientos afectados por emergencias agropecuarias derivadas de eventos climáticos, sanitarios o fitosanitarios extremos. II) Que el Artículo 1º del Decreto 829/008 de 24 de diciembre de 2008 establece que se entiende por Emergencia Agropecuaria la derivada de eventos climáticos, entre otros, que originen pérdidas económicas no recuperables en el ejercicio agrícola y que afecten decisivamente la viabilidad de los productores de una región o rubro. III) Que mediante Resolución No. 30 de esta Secretaría de Estado se declaró la Emergencia Agropecuaria en todo el territorio nacional, por el término de 90 días. CONSIDERANDO: I) Que dado el déficit hídrico que vive el país, a los productores lecheros, el costo de producción les ha resultado más gravoso siendo un factor de relevancia el derivado del consumo de energía eléctrica. II) Es voluntad de esta Secretaría de Estado mitigar esta situación, lo cual se llevará a cabo con recursos del Fondo Agropecuario de Emergencias. ATENTO: a lo precedentemente expuesto; EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA RESUELVE: 1.- Otorgar un subsidio económico a cargo el Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE), a todo el universo de los productores lecheros que consistirá en hacerse cargo de los primeros 500 Kwh. (quinientos kilovatios hora) consumidos mensualmente por cada productor en el respectivo tambo, en el período comprendido entre el 1º de febrero y el 30 de abril del corriente año. 2.- Crear una Comisión de trabajo integrada por representantes del MGAP y del Direcotrio de UTE que tendrá como cometido estudiar un nuevo sistema de tarifas especiales para el sector agropecuario. 3.- Encomiéndese a la Dirección General de Desarrollo Rural del MGAP el seguimiento y evaluación de la presente Resolución. 4.- Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.