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Laws of Uruguay

Resolución S/n - Autorízase la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 13 de abril y el 31 de octubre de 2009

Made 2009-04-01 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Uruguay
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
marine fisheries, fishing area, fishing gear/fishing method, seasons, artisanal fisheries, fishery management and conservation

Where to read it

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Text

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  1. MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Resolución S/n Autorízase la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 13 de abril y el 31 de octubre de 2009. MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 1º de Abril de 2009 VISTO: la resolución ministerial Nº 93/2008 de 5 de noviembre de 2008, que dispuso la prohibición de realizar actividades de pesca en ríos y arroyos con excepciones; RESULTANDO: I) el numeral 5º) de la referida resolución, estableció una prohibición general de pescar con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor a 300 metros de la costa; II) las inquietudes formuladas por los pescadores artesanales, en cuanto a las consecuencias inmediatas de índoles socio-económico que la prohibición de pesca a 300 metros de la costa ha generado en su labor diaria; CONSIDERANDO: sin perjuicio de las disposiciones vigentes que regulan la actividad de la pesca artesanal, resulta procedente revisar las disposiciones vinculadas a la prohibición de pesca en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor a 300 metros de la costa; ATENTO: a lo establecido por la Ley Nº 13.833 de 29 de diciembre de 1969, artículos 2 y 3 literales A, D y F del Decreto - Ley Nº 14.484 de 18 de diciembre de 1975 y a la resolución del Poder Ejecutivo Nº 115/ 2007 de 5 de marzo de 2007 y a la resolución ministerial Nº 93/2008 de 5 de noviembre de 2008, EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA, ACTUANDO EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS, RESUELVE: 1º.- Autorizar la pesca con redes de enmalle y palagres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 13 de abril y el 31 de octubre de 2009. 2º.- Encomendar a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos de esta Secretaría de Estado, la formación de un Grupo de Trabajo integrado por técnicos de dicho organismo y representantes de los diversos actores privados y estatales con interés en el tema, a efectos de proponer alternativas que minimicen los conflictos por el uso de dicho espacio acuático. 3º.- Publíquese en el Diario Oficial y dos diarios de circulación nacional. 4º.- Remítase fotocopia de la presente resolución a la Presidencia de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la resolución Nº 115/2007 del Poder Ejecutivo y, dése cuenta a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. Cumplido, con las constancias correspondientes, archívese. ERNESTO AGAZZI.

Resolución S/n - Autorízase la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 13 de abril y el 31 de octubre de 2009 · Nelum