Skip to content
Nelum
Laws of Uruguay

Resolución DGSA Nº 25 - Adopta el Sub-Estándar 3.7.12 - Requisitos fitosanitarios para Prunus cerasus (cerezo ácido) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes, aprobado por Resolución GMC 10/10

Made 2011-06-13 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Uruguay
Subjects
Cultivated plants
Keywords
fruits/edible nuts, plant protection, pests/diseases, international trade
Categories
*, agriculture

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Res Ano Direcci6n General de Servicios Agrf colas Ministerio de Ganaderia, Agricultura y Pesca Republica Oriental def Uruguay Av. Millan 4703, Montevideo. CP 12.900 Telefono.: (0598-2) 309.84 10 Ints. 103 y 104 Web: http://www.mgap.gub.uy Montevideo, 13 de junio de 2011 VIST0: las requisitos fitosanitarios para Prunus cerasus (cerezo acido), armonizados en el ambito del MERCOSUR mediante Resoluci6n GMC numero 010/10. C0NSIDERANDO: I). Dichos requisitos se han establecido considerando la situaci6n fitosanitaria de los pafses de la region y la evaluaci6n de riesgo de plagas correspondiente. II) Necesario adoptar los requisitos fitosanitarios indicados, en tanto no se pmduzcan cambios en las situaciones fitosanitarias, de manera de alcanzar el grado de protecci6n fitosanitaria adecuado con el mfnimo impedimenta al comercio internacional, dando cumplimiento al compromiso asumido en el ambito del MERCOSUR. ATENT0: A lo dispuesto par la Ley 16.671 de 13 de diciembre de 1994 que aprueba el Acuerdo sabre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias resultante de la Ronda Uruguay de Negociaciones Multilaterales, Ley 16.712 del 1o. de setiembre de 1995 que aprueba el Protocolo de Ouro Pret.o articulo 286 de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, artfculo 1° def Decreto 328/91 de 21 de junio de 1991, Decreto 24/98 de 28 de enero de 1998 y Decreto 7/07 de 5 de enero de 2007 • • LA DIRECC/ON GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS RESUELVE: 1°. Adoptar el "Sub-estandar 3. 7. 42 Requisitos Fitosanitarios para Prunus cerasus (cerezo acido), segun Pais de Destina y Origen, para los Estados Partes", aprobado por Resolucion GMC 010/10 que figura corrio Anexo yforma parte de la presente Resolucion. 2°. Encomendar a la Division Proteccion Agricola la inclusion de los requisites fitosanitarios exigidos por Uruguay en la Autorizaci6n Fitosanitaria de lmportaci6n y a la Division Operaciones el control de cumplimiento tanto en las actividades de verificaci6n de importaciones como de certificaci6n de exportaciones. 3°.- Comunfquese y publfquese en el Diario Oficial y en la pagina web institucional. •M{NtSTEl'lfO'DE '6'AMAOEfifA,·"'6R·lCl:tLTIJRA· 'f· PES OIRECCION G • MERCOSUR/GMC/RES. N° 10/10 SUB- ESTANDAR 3.7.42. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PRUNUS CERASUS (CEREZO ACIDO) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACION DE LA RES. GMC N° 30/00) VISTO: El Tratado de Asuncion, el Protocolo de Ouro Preto, la Decision N° 06/96 del Consejo del Mercado Comun y la Resolucion N° 30/00 del Grupo Mercado Comun. CONSIDERANDO: Que par Resolucion GMC N° 30/00 se aprobaron las requisites fitosanitarios para Prunus cerasus (cerezo acido) a ser aplicados en el intercambio comercial entre las Estados Partes. Que es necesario proceder a la actualizacion de las requisites fitosanitarios antes indicados, teniendo en cuenta la actual situacion fitosanitaria de las Estados Partes. EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: Art. 1 - Aprobar el "Sub-Estandar 3.7.42. Requisites Fitosanitarios para Prunus cerasus (cerezo acido), segun Pais de Destina y Origen, para las Estados Partes", que consta coma Anexo y forma parte de la presente Resolucion. Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementacion de la presente Resolucion son: Argentina: Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Pesca - MAGyP Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA Brasil: Ministerio da Agricultura, Pecuaria e Abastecimento - MAPA Secretaria de Defesa Agropecuaria - SDA. Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganaderia - MAG Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas SENAVE Uruguay: Ministerio de Ganaderia, Agricultura y Pesca - MGAP Direccion General de Servicios Agricolas - DGSA Art. 3 - Derogar la Resolucion GMC N' 30/00. Art. 4 - Esta Resolucion debera ser incorporada al ordenamiento juridico de las Estados Partes antes del 15/X/2010. LXXIX GMC - Buenos Aires, 09/IV/10. \ SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR SECCION 111- MEDIDAS FITOSANITARIAS 3.7.42. Requisites Fitesanitaries para Prunus cerasus (cereze acide) segun Pais de Destine y Origen, para Jes Estades Partes 2 1- INTRODUCCION 1.-AMBITO Este Sub-estandar presenta las requisites fitosanitarios, armonizados, aplicados par las ONPFs de las Estadas Partes en el intercambio regional, para Prunus cerasus (cerezo acido). 2.- REFERENCIAS Estandar 3.7 Requisites Fitosanitarios Armanizados par Categorfa de Riesgo para el lngreso de Praductos Vegetales, 2' Rev. Octubre 2002, aprabada par Resoluci6n GMC N' 52102. Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2006. Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de las Estados Partes, 2008. 3.-DEFINICIONES Y ABREVIATURAS. Las establecidas en el Estandar 3. 7. 4.- DESCRIPCION Este Sub-estandar presenta las requisites fitosanitarias armonizados utilizados par las ONPFs de las Estados Partes a en el intercambio regional, para Prunus cerasus (cerezo ilcido), en sus dlferentes presentaciones y organizados par pafs de destine y origen. 3 11l II. 42. A. PAIS DE DESTINO: ARGENTINA REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus cerasus CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS. C6digos: PRNCE 2 10 01 01 4 (Plantas) PRNCE 2 01 01 01 4 (Estacas con raiz) PRNCE 2 04 01 01 4 (Estacas sin raiz) PRNCE 2 10 13 01 4 (Plantas in-vitro) Reauisitos fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompaiiado per el CF (o per el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). R4 - Producto sujeto a Analisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RS - lngresara a Dep6sito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro). R11 - Las plantas y estacas con raiz deben estar libres de suelo. R12- ·Debera dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolucion SAG PY A NO 292/98 Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraauav v Uruauav. CATEGORIA3 CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS C6diao: PRNCE 1 08 01 04 3 Requisites fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompaiiado por el CF (o per el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraauav v Uruauav. CATEGORIA2 CLASE 10: Otros C6digo: PRNCE 1 08 02 1 O 2 (Fruto seco) Reauisitos fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere lnspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompaiiado por el CF (o por el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay. 4 II. 42. B. PAIS DE DESTINO: BRASIL REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus cerasus CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS. C6digos: PRNCE 2 10 01 01 4 (Plantas) PRNCE 2 01 01 01 4 /Estacas con raiz\ Reauisitos fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompanado por el CF (o por el CF de Re-Exportaci6n si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R4 - Producto sujeto a Analisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - lngresara a Dep6sito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro). R11 - Las plantas y estacas con raiz deben estar libres de suelo. R12- ·Debera dar cumnlimiento a lo disnuesto en la lnstrucci6n Normativa N° 16/2003. Declaraciones Adicionales: Argentina: DAS - El vivero fue sometido a inspecci6n oficial durante la pre-cosecha y no se ha detectado Phytophthora megasperma. 0 DA15 - El envio se encuentra libre de Phytophthora megasperma, de acuerdo con el resultado del analisis oficial de laboratorio N° ( ) . No hay Declaraciones Adicionales para Paraguav v Uruguay. CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS. C6digos: PRNCE 2 04 01 01 4 (Estacas sin raiz). PRNCE 2 1 O 13 01 4 /Plantas in vitro\. \ Reauisitos fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompanado por el CF (o pnr el CF de Re-Exportaci6n si correspnnde). R9 - Producto suieto a CPE baio condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro). Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales para Aroentina, Paraauav v Uruauav. CATEGORIA3 CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS C6diao: PRNCE 1 08 01 04 3 Requisites fitosanitarios: R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompanado por el CF /o nor el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). Declaraciones Adicionales: No hav Declaracinnes Adicionales Para Araentina, Paraauav v Uruguav. 5 CATEGORIA2 CLASE 10: Otros C6digo: PRNCE 1 08 02 10 2 (Fruto seco) Reauisitos fitosan itarios: R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 • El envio debe venir acompanado por el CF (o por el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales para Araentina, Paraauav v Uruauav. 6 II. 42. C. PAIS DE DESTINO: PARAGUAY REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus cerasus CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS. C6digos: PRNCE 2 10 01 01 4 (Plantas) PRNCE 2 01 01 01 4 (Estacas con raiz) PRNCE 2 04 01 01 4 (Estacas sin raiz) PRNCE 2 1 O 13 01 4 (Plantas in vitro) Requisites fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompanado par el CF (a par el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). R4 - Producto sujeto a Analisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RS - lngresara a Dep6sito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro). R11 - Las plantas y estacas con raiz deben estar libres de suelo. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para ArQentina, Brasil y UruQuay. CATEGORIA3 CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS C6diao: PRNCE 1 08 01 04 3 Requisites fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompaiiado par el CF (a par el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Araentina, Brasil y Uruguay. CATEGORIA2 CLASE 10: Otros C6digo: PRNCE 1 08 02 1 O 2 (Fruto seco\ Reauisitos fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere lnspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompanado par el CF (a par el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para ArQentina, Brasil y UruQuay. 7 11. 42. D. PAiS DE DESTINO: URUGUAY REQUISJTOS FITOSANITARIOS PARA Prunus cerasus CATEGORIA4 CLASE 1: PLANTAS. C6digos: PRNCE 2 10 01 01 4 (Plantas) PRNCE 2 01 01 01 4 (Estacas con raiz) PRNCE 2 04 01 01 4 (Estacas sin raiz) PRNCE 210 13 01 4 /Plantas in vitro\ Reauisitos fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompafiado par el CF (o par el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). R4 - Producto sujeto a Analisis Oficial de Laboratorio al ingreso. RB - lngresara a Dep6sito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro). R11 - Las plantas v estacas con ralz deben estar fibres de suelo. Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales para Aroentina, Brasil v Paraauay. CATEGORIA3 CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS C6digo: PRNCE 1 08 01 04 3 Reauisitos fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompafiado par el CF (o par el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales para Araentina, Brasil v Paraauay. CATEGORIA2 CLASE 10: Otros C6diao: PRNCE 1 08 02 10 2 (Fruto seco) Requisitos fitosan itarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R1 - Requiere lnspecci6n fitosanitaria al ingreso. R2 - El envio debe venir acompafiado par el CF (o par el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales para Arnentina, Brasil v Paranuav. 8

Resolución DGSA Nº 25 - Adopta el Sub-Estándar 3.7.12 - Requisitos fitosanitarios para Prunus cerasus (cerezo ácido) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes, aprobado por Resolución GMC 10/10 · Nelum