Resolución DGSA Nº 21 - Adopta el Sub-Estándar 3.7.12 - Requisitos fitosanitarios para Lotus spp. (lotus) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes, aprobado por Resolución GMC 14/09
Made 2011-06-13 · Text as of 2026-10-01
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About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Uruguay
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, international trade, plant production
- Categories
- *, agriculture
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Direcci6n General de Servicios Agricolas Ministerio de Ganaderia, Agricultura y Pesca Republica Oriental del Uruguay Av. Millan 4703, Montevideo. CP 12.900 Telefono.: (0598-2) 309.84 10 Ints. 103 y 104 Web: http://www.mgap.gub.uy Montevideo, 13 de junio de 2011 VISTO: los requisitos fitosanitarios para Lotus spp. (lotus), armonizados en el ambito del MERCOSUR mediante Resoluci6n GMC numero 14/09. CONSIDERANDO: I) Dichos requisitos se han establecido considerando la situacion fitosanitaria. de los parses de la region y la evaluacion de riesgo de plagas correspondiente. II) Necesario adoptar los requisitos fitosanitarios indicados, en tanto no se produzcan cambios en las situaciones fitosanitarias, de manera de alcanzar el grado de proteccion fitosanitaria adecuado con el mfnimo impedimenta al comercio internacional, dando cumplimiento al compromiso asumido en el ambito del MERCOSUR. ATENTO: A lo dispuesto por la ·Ley 16.671 de 13 de diciembre de 1994 que aprueba el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias resultante de la Ronda Uruguay de Negociaciones Multilaterales, Ley 16.712 del 1o. de setiembre de 1995 que aprueba el Protocolo de Ouro Preto artrculo 286 de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, artfculo 1° del Decreto 328/91 de 21 de junio de 1991, Decreto 24/98 de 28 de enero de 1998 y Decreto 7 /07 de 5 de enero de 2007 LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS AGR/COLAS RESUELVE: 1°. Adoptar el "Sub-estandar 3. 7. 11 Requisites Fitosanitarios para Lotus spp. (lotus), seg(m Pais de Destine y Origen, para las Estados Partes", aprobado par Resolucion GMC 014/09 que figura como Anexo y forma parte de· la presente Resoluci6n. 2°. Encomendar a la Division Proteccion Agdcola la inclusion de los requisites fitosanitarios exigidos par Uruguay en la Autorizaci6n Fitosanitaria de lmportacion y a la Division Operaciones el control de cumplimiento tanto en las actividades de verificacion de importaciones coma de certificacion de exportaciones. 3°.- Comuniquese y publiquese en el Diario Oficial y en la pagina web institucional. MIN1snRf0 01! eANA~e:RIA, AciRteUl.l'U~A Y ~E'S • ' Resoluc-lon ,:ir,,~;,:.,:,;,~~a,;;;m . --t ·s?tr®if~J ' fWic1os , All!Rl e QI.A . BE . , , ~ , •.• !TONI l:.RAL ~.;~r-· MERCOSUR/GMC/RES. N° 14/09 SUB-ESTANDAR 3.7.11. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LOTUS SPP. (LOTUS) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACION DE LA RES. GMC N° 35/03) VISTO: El Tratado de Asuncion, el Protocolo de Ouro Preto, la Decision N° 06/96 del Consejo del Mercado Com(m y las Resoluciones N° 52/02 y 35/03 del Grupo Mercado Comun. CONSIDERANDO: Que par Resolucion GMC N° 35/03, se aprobaron las requisites fitosanitarios para Lotus spp. (lotus) a ser aplicados en el intercambio comercial entre las Estados Partes. Que es necesario proceder a la actualizacion de las requisites fitosanitarios antes citados, teniendo en cuenta la actual situacion fitosanitaria de las Estados Partes. EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: Art. 1 - Aprobar el "Sub-estandar 3.7.11. Requisites Fitosanitarios para Lotus spp. (lotus) segun Pais de Destina y Origen, para las Estados Partes", que consta coma Anexo y forma parte de la presente Resolucion. Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementacion de la presente Resolucion son: Argentina: Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentos - SAGPyA Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA Brasil: Ministerio da Agricultura, Pecuaria e Abastecimento - MAPA Secretaria de Defesa Agropecuaria - SDA Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganaderia - MAG Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SE NAVE Uruguay: Ministerio de Ganaderia, Agricultura y Pesca - MGAP Direccion General de Servicios Agricolas - DGSA Art. 3 - Derogar la Resolucion GMC N° 35/03. Art. 4 - Esta Resolucion debera ser incorporada al ordenamiento juridico de las Estados LXXVI GMC - Asuncion, 02Nll/09. SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR SECCION Ill - MEDIDAS FITOSANITARIAS 3.7.11. Requisitos Fitosanitarios para Lotusspp. seg(m Pais de Destino y Origen, para los Estados Partes 2009 2 I- INTRODUCCION 1.-AMBITO Este Sub-estandar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lotus spp. 2.- REFERENCIAS Estandar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoria de Riesgo para el lngreso de Productos Vegetales, 2• Rev. Octubre 2002, aprobado por Resoluci6n GMC N° 52/02. Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2008. Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2009. 3.- DESCRIPCION Este Sub-estandar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lotus spp., en sus diferentes presentaciones y organizados por pals de destino y origen. 1 3 II. 11. A. PAIS DE DESTINO: REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lotus spp. CATEGORiA4 CLASE 3: Semillas. C6diao: LOTSS 21301034 Reauisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R2 - El envio debe venir acompafiado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). R1 - Reauiere insoecci6n fitosanitaria al inareso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay ni Uruguay. 11.11. B. PAIS DE DESTINO: BRASIL REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lotus spp. CATEGORiA4 CLASE 3: Semillas. C6diao: LOTSS 21301034 Requisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R2 - El envio debe venir acompafiado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). R1 - Requiere inspecci6n fitosanitaria al inareso. Declaraciones Adicionales: No hay Declaraciones Adicionales oara Araentina, Paraauav ni Uruauav. 4 II. 11. C. PAIS DE DESTINO: PJ!,R/J,GJAY REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lotus spp. CATEGORIA4 CLASE 3: Semillas. C6diao: LOTSS 21301034 Reauisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R2 - El envio debe venir acompafiado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). R1 - Reauiere insoecci6n fitosanitaria al inareso. Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales oara Araentina, Brasil ni Uruguav. I1.11.D. PAIS DE DESTINO: URUGUAY REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lotus spp. CATEGORIA4 CLASE 3: Semillas. C6diao: LOTSS 21301034 Reauisitos fitosanitarios: RO - Requiere Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. R2 - El envio debe venir acompafiado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportaci6n si corresponde). R1 - Reauiere insoecci6n fitosanitaria al inareso. Declaraciones Adicionales: No hav Declaraciones Adicionales oara Araentina, Brasil ni Paraauav. 5