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Laws of Uruguay

Ley Nº 17.733 - Declara patrimonio de la nación, monumento nacional y de interés turístico la Estación de Cría de Fauna Autóctona del Cerro Pan de Azúcar

Made 2003-12-31 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Country
Uruguay
Subjects
Wild species and ecosystems
Keywords
protected area, cultural heritage

Where to read it

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Text

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  1. LEY N° 17.733 SE DECLARA PATRIMONIO DE LA NACIÓN, MONUMENTO NATURAL, SITIO DE PROTECCIÓN Y DE INTERÉS TURÍSTICO LA ESTACIÓN DE CRÍA DE FAUNA AUTÓCTONA DEL CERRO PAN DE AZÚCAR. ARTÍCULO 1°.- Declárase patrimonio de la nación, monumento natural, sitio de protección y de interés turístico la Estación de Cría de Fauna Autóctona del Cerro Pan de Azúcar, propiedad de la Intendencia Municipal de Maldonado, conforme a los términos contenidos en la Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América, ratificada por nuestro país mediante la Ley N° 13.776, de 17 de octubre de 1969, así como de acuerdo con lo dispuesto por los literales A), B), E), F), G) e I) del artículo 2°, por el literal D) del artículo 3° y por el artículo 4° de la Ley N° 17.234, de 22 de febrero de 2000. ARTÍCULO 2°.- La administración, mantenimiento y promoción de la citada Estación de Cría de Fauna Autóctona del Cerro Pan de Azúcar permanecerá bajo jurisdicción municipal, sin perjuicio de los apoyos nacionales o internacionales que reciba.

Ley Nº 17.733 - Declara patrimonio de la nación, monumento nacional y de interés turístico la Estación de Cría de Fauna Autóctona del Cerro Pan de Azúcar · Nelum