Skip to content
Nelum
Laws of El Salvador

Decreto Legislativo Nº 732 - Modifica la Ley general de electricidad

Made 2008-11-06 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
Central American Integration System (SICA)
Country
El Salvador
Subjects
Energy
Keywords
energy conservation/energy production, hydropower generation, concession, transport/storage, non-governmental entity, business/industry/corporations, renewable energy
Categories
*

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. DIAR/0 OFICIAL. - San Salvador, 10 de Noviembre de 2008. DECRETO No. 732 LA ASAM BLEA LEGISLATlVA DE LA REPlJBLICA DE EL SALVADOR CONSIDERANDO: I. Que me<lianle Tkcrelo Legisla(ivo No. 843. de fecha 10 de Oc1ubre (.k 19%. publicado en tl T>,ario Olicial No. '.:'01. Torno 333, de fech;i 25 del mismo mes y aiio. se emiti6 la Ley Ge11e1al de Electricidad. con el objetivo de normal las ac!ividades de generaci6n, 11a11smisi6n. distribuci6n y rnmerrializaci6n de energfa elfrtrica: II. Que e; <.itber del Esimlo promover d desarrollo econ6mico )· ,ocial en un ;\mbi(o <le igualdad para (odas la:, pn:.ona>. ,ean <'>la> na(urako o jurfdicas sin distingo de la m:tividad que desarrollen. incluyendo al secto1 elfrn ico, regulado por la referida Ley Gene1al de Electricidad: siendo obligaci6n del Esta do el fomcnto y pro!ecci611 de la iniciativa p1 ivada como pilar fundamental para aume11ta1 la riqueza nacional. asegurando bcntficios de tsta al mayor mimero de habitantes dd pais: Ill. Que (.knlro o.kl ;u;1u;il marco legal que regub el men;mlo energt'lico. exi,;(e un \'ado que no [adliia o permi1e que nue,·,1> empre:,;i:, pue- dan conectarse o interconectarse di1ectame11te o a t1aves de otro operadores al sistema de transmisi6n utiliza11do la red de las emprcsas ya instaladas en el pais. lo cual dihculta o en muchos casos imposibilita que el mercado de energia se desarrolle competitivameme con la entrada de nuevos competidores. volvitndose necesario y urgente crear aquellos mecanismos legales que faciliten y pennitan la conexi6n o accc,o al ,istcma de transmi,i6n a nucva, cmprc,a,. ya sea t.lircctamcntc o a travCS de la infraestructurn ckctrica cxistcntc pr,)pict.lat.l de otro:. oper;idore:. t.lel mercat.lo. logni11t.looe con ello el ao.·cew al mercado el~ctrico a lo:. nuevo:, operat.lore>. genen1t.lores y t.li:,trihuit.lme>: ~ DIAR/0 OFICIAL Tomo N" 3B1 JV. Que con el fin de garamizar el estricto cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Electricidad. en lo rtferente al desarrollo de un mercado competitivo: al libre acceso a las instalaciones de transmisi6n y distribuci6n: al suministro de energia para todos los usuarios finales: a la protecci6n de los derechos de operadores y de la poblaci6n. asi como la obligaci6n que tienen los transmisom, y distribuidores de pcrm,tir la mkrconcx16n de ,u, mstalacionc, y la utili2ac16n 1k la, m1!,ma,: c, nccc,ario y urgcntc, intrnt.lucir rdorma, a la Icy a la yue w ha he,:ho rekrencia. pa,-.. pnmilir lograr ~s;1 iguaklml y libnw<l. ,.k confmmi<la<l a la mi~m;i )· anm.k con ti marco ,:on~tilucional vigenle. POR TANTO. En usn de ,u, fatultat.lc, c,)n,ti!Ucionalcc; ya inic,ativa de lo, Diputad,)<; Luis RoOCrW Angulo Samay,u, Jost Orlando ArCvalu Pineda, Jw,C Frandsen Merino L6pe/. la que apoy(, el Dipulado Juan Pablo Dunln Eocohar. DECRETA: La siguiente rtforrna a la Ley General de Electricidad, Art. 1.- Rcf0rmasc cl Art. 52, de la siguicntc mancra: "Ar(. 5'.'.. i'odr:in par(iL·ipar en el deopacho program;ido a lo> mercados que adminio1re la UT, (odoo loo optradoreo cone<:ladoo dire<:lamenle o a travt:s de otros operadores, al sistema de transmisi6n coordinado poi t:sta. incluyendo a los comercializadores. Las norma, y acucrdos quc sc dcrivan t.lc la aplicaci0n de la prc,cntc t.lisposici6n. t.lchcnin ,er rcgulados en cl rcglamcnto rcspcct,vn" Art 2.- El prc,cntc Dccrdo cntrara en vigcnc,a ,)cho ilia, dc!,pn6 de -;u puhlicac1611 en cl Diano Otic,al. Dtl,DO EN EL SAU)N AZUL DEL PALACIO LEGISLtl,Tl\/O: San Sal\'at.lor a lo, \'eintit.lfo <.lfao t.lel meo t.le oclubre <lei aiio t.lo; mil ocho. RUBEN ORELLANA MENDOZtl, PRESIDENTE

  2. ROLANDO ALVARENGA ARGUETA Fl{A NCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN VTrEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE JOSE RAFAEL MACHIJrA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDES SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR SElRETARIO SElRETARIO JOSE ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS ROBERTO JOSE d"AUBlllSSON MUNUllfA SElRETARIO SElRETARIO ZOILA BEATRIZ QIJIJADA soLis SECRETARIA CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los seis dias dd mes de noviembre del a11o dos mil ocl10. PUBLJQUESE. ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ. Presidente de la Repliblica. RICARDO ESMAHAN D'AUBUISS6N. Minio(nJ de Ewnomfa.

Decreto Legislativo Nº 732 - Modifica la Ley general de electricidad · Nelum