Decreto Legislativo Nº 598 - Modifica el Decreto Legislativo Nº 456, sobre restricción de exportaciones de desperdicios y desechos ferrosos y no ferrosos
Made 2013-12-21 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Country
- El Salvador
- Subjects
- Waste and hazardous substances
- Keywords
- waste management, waste disposal, waste non-domestic sources, solid waste, international trade, hazardous waste
- Categories
- *
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ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1 DECRETO Nº 598 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que el Art. 101 de la Constitución establece que el Estado promoverá el desarrollo económico y social, mediante el incremento de la producción y la productividad y así mismo fomentará los diversos sectores productivos. II.- Que por medio del Decreto Legislativo Nº 456, del 31 de octubre de 2007, publicado en el Diario Oficial Nº 235, Tomo Nº 377 del 17 de diciembre de 2007, se emitió el Decreto de Restricción de Exportaciones de Desperdicios y Desechos Ferrosos y no Ferrosos. III.- Que el hurto de cables telefónicos y de energía eléctrica ha reflejado una considerable disminución a partir de la vigencia del Decreto de Restricción de Exportaciones de Desperdicios y Desechos Ferrosos y no Ferrosos. IV.- Que por Decreto Legislativo Nº 525, del 25 de noviembre de 2010, se prorrogó la vigencia del Decreto Legislativo Nº 456, hasta el 31 de diciembre de 2013. V.- Que en vista que ha quedado evidenciado la reducción en el hurto de cables de distribución de energía eléctrica y de telefonía, se hace necesaria su prórroga a fin de continuar incidiendo en la reducción de hurto de metales ferrosos y no ferrosos. POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las Diputadas Carmen Elena Calderón de Escalón, Margarita Escobar y Bertha Mercedes Aviles de Rodríguez, y de los Diputados Roberto José d´Aubuisson Munguía, Jesús Grande, Manuel Rigoberto Soto Lazo, Guadalupe Antonio Vásquez Martínez Rodolfo Antonio Parker Soto y Ciro Alexis Zepeda Menjívar. DECRETA: Art. 1.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre del año 2014, lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 456, del 31 de octubre de 2007, publicado en el Diario Oficial Nº 235, Tomo Nº 377 del 17 de diciembre de 2007. Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil trece. INDICE LEGISLATIVO ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 2 OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, PRESIDENTE. ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDES SOTO, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE. JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE. CARLOS ARMANDO REYES RAMOS, QUINTO VICEPRESIDENTE. LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, MANUEL VICENTE MENJIVAR ESQUIVEL, PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO. SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA, JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, TERCERA SECRETARIA. CUARTO SECRETARIO. IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ, ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA, QUINTA SECRETARIA. SEXTO SECRETARIO. FRANCISCO JOSE ZABLAH SAFIE, JOSE SERAFIN ORANTES RODRIGUEZ, SEPTIMO SECRETARIO. OCTAVO SECRETARIO. CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil catorce. PUBLIQUESE, Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República. José Armando Flores Alemán, Ministro de Economía. D. O. Nº 241 Tomo Nº 401 Fecha: 21 de diciembre de 2013 FNM/adar 10-02-2014 INDICE LEGISLATIVO ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 3 INDICE LEGISLATIVO