Acuerdo Nº 822 - NSR 67.00.209:99 para el queso butterkäse
Made 2000-09-26 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Central American Integration System (SICA)
- Country
- El Salvador
- Subjects
- Food and nutrition
- Keywords
- food safety and quality, milk/dairy products, treated food, processing/handling, packaging/labelling, food additives
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MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 878. San Salvador, 12 de octubre del 2000 EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, en base a lo dispuesto en el Artículo 28 de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría, emitida por Decreto No. 828 de fecha 26 de enero de este año, publicado en el Diario Oficial No. 42, Tomo 346 del 29 de febrero del mismo año, ACUERDA: 1°) Integrar a partir de esta fecha, el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría, de la siguiente forma: POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA DIRECTOR PRESIDENTE Lic. Juan Neftalí Murillo Ruiz DIRECTOR SUPLENTE Lic. Carlos Alberto Mejía Valle POR EL MINISTERIO DE HACIENDA DIRECTOR PROPIETARIO Lic. Mauricio Augusto Hernández Bonilla DIRECTOR SUPLENTE Lic. José Rodolfo Mejía Monge POR LA SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO Y LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES DIRECTOR PROPIETARIO Lic. José Alfredo Aguirre DIRECTOR SUPLENTE Lic. José Mario Zelaya Rivas POR LA ASOCIACION NACIONAL DE LA EMPRESA PRIVADA (ANEP) DIRECTOR PROPIETARIO Lic. Wilfredo López Salgado DIRECTOR SUPLENTE Lic. Eduardo Montes Granados POR LAS ASOCIACIONES GREMIALES DE CONTADORES INSTITUTO SALVADOREÑO DE CONTADORES PUBLICOS (ISCP) DIRECTOR PROPIETARIO Lic. José Roberto Gallardo Peña DIRECTOR SUPLENTE Lic. Francisco Durán Bermúdez CORPORACION DE CONTADORES DE EL SALVADOR DIRECTOR PROPIETARIO Lic. Ricardo Morales Estupinián DIRECTOR SUPLENTE Lic. Mauricio J. Orellana Mixco. 2°) Las personas nombradas durarán en sus cargos un período de tres años, que vence el 11 de octubre del año 2003 y deberán rendir la correspondiente Protesta de Ley antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). MIGUEL ERNESTO LACAYO, MINISTRO. ACUERDO No. 822. San Salvador, 26 de septiembre de 2000. EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud presentada por el Ingeniero CARLOS ROBERTO OCHOA CORDOVA, Director Ejecutivo del CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA, CONACYT, relativa a que se apruebe la Norma Salvadoreña Recomendada: QUESO BUTTERKASE NSR 67.00.209:99; y CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva de la citada Institución, ha aprobado la Norma antes relacionada, mediante el Punto Número CUATRO, del Acta Número DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO, de la Sesión celebrada el quince de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. POR TANTO: De conformidad al Artículo 36 Inciso tercero de la Ley del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, ACUERDA: 1°.- APRUEBASE la Norma Salvadoreña Recomendada: QUESO BUTTERKÄSE NSR 67.00.209:99. De acuerdo a los siguientes términos: NORMA NSR CODEX STAN C-17-1969 SALVADOREÑA CONACYT NORMA PARA EL QUESO BUTTERKÄSE CORRESPONDENCIA: Esta Norma es una adopción de la Norma CODEX STAN C-17-1969 ICS 67.100.30 NSR 67.00.209:99 Editada por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT, Colonia Médica, Avenida Dr. Emilio Alvarez, Pasaje Dr. Guillermo Rodríguez Pacas, # 51, San Salvador, El Salvador, Centro América. Tel: 226-2800, 225-6222; Fax.: 225-6255; e-mail: info@ns.conacyt.gob.sv. Derechos Reservados. NORMA PARA EL QUESO BUTTERKÄSE 1. DENOMINACION DEL QUESO Butterkäse 2. MATERIAS PRIMAS 2.1 Clase de leche: Leche de vaca 2.2 Adiciones autorizadas Adiciones necesarias cultivos de bacterias inocuas productoras de ácido láctico (fermentos lácticos) cuajo u otras enzimas coagulantes adecuadas cloruro sódico Adiciones facultativas cloruro cálcico- máx. 200 mg/kg de la leche empleada bija1 y beta-caroteno, solos o mezclados, máx. 600 mg/kg de queso riboflavina (lactoflavina) 3. CARACTERISTICAS PRINCIPALES DEL QUESO LISTO PARA EL CONSUMO 3.1 Tipo Consistencia: blanda o semi-blanda, pero que todavía puede cortarse Breve descripción: cortable, blando o semiblando que ha madurado por lo menos durante 4 semanas; superficie cubierta con manchas; sabor suave; consistencia parecida a la de la mantequilla cuando se deposita sobre la lengua; queso madurado en frío. 3.2 Forma: varias 3.3 Dimensiones y pesos Dimensiones: varias Pesos 0,250 kg a 6 kg 3.4 Corteza Consistencia: firme pero flexible este queso puede también no tener corteza Aspecto: seco Color: rojizo a pardo amarillento 1 Aprobada temporalmente por el Codex Alimentarius. NORMA SALVADOREÑA NSR 67.00.209:99 3.5 Pasta Textura: flexible, marcadamente elástica Color: marfil a amarillo dorado 3.6 Ojos Distribución: sin ojos o unos pocos ocasionales Forma: redonda a alargada Dimensiones: hasta aproximadamente 10 mm. Aspecto: mate 3.7 Límites para los contenidos de grasa en el extracto seco, de humedad y de extracto seco A B C Butterkäse Butterkäse Butterkäse 50% 60% Contenido mínimo de grasa en el extracto seco % 45 50 60 Contenido máximo de humedad % 52 50 45 Contenido mínimo de extracto seco % 48 50 55 3.8 Otras características principales: el queso tiene un sabor y aroma suaves 4. METODO DE FABRICACION Método de coagulación: cuajo u otras enzimas coagulantes adecuadas Tratamiento térmico del coágulo: temperatura para el tratamiento de la cuajada: 40-46°C Procedimiento de fermentación: después de colocar la cuajada en moldes, se mantiene caliente a una temperatura de unos 35-40°C. Durante el período de escurrido, el queso se voltea varias veces. Procedimiento de maduración: después de salar en salmuera, se madura en una sala fría, a una temperatura de + 2 a + 6°C, y una humedad relativa elevada. Período de maduración mínimo: 4 semanas Los quesos se lavan varias veces Otras características principales: envasado: en la mayoría de los casos, los quesos se envuelven en hoja de aluminio o película de plástico. 5. TOMA DE MUESTRAS Y ANALISIS Toma de muestras: de acuerdo con la Norma B-1 de la FAO/OMS, “Métodos para la Toma de Muestras de Leche y de Productos Lácteos”, cláusulas 7.2 a), “Toma de muestras mediante corte de un trozo” o 7.2 b) “Toma de muestras por medio de una sonda”. Determinación del contenido de grasa: de acuerdo con la Norma B-3 de la FAO/OMS, “Determinación del Contenido de Materia Grasa del Queso y de los Quesos Fundidos”. 6. MARCADO Y ETIQUETADO Unicamente el queso que cumpla las disposiciones de esta Norma podrá denominarse “Butterkäse”. Deberá etiquetarse de acuerdo con las secciones apropiadas del Artículo 4 de la NSR 67.00.185:99, “Norma General para el Queso”. El queso mencionado en los apartados B y C en 3.7/3.8 puede denominarse “Butterkäse”, a condición de que la denominación vaya acompañada de un prefijo o sufijo que corresponda al porcentaje de grasa, por ejemplo “Butterkäse 50%”. FIN DE LA NORMA 2°- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). MIGUEL E. LACAYO, MINISTRO.