Acuerdo Nº 646 - NSO 17.08.08:04 sobre emisiones contaminantes vehículares
Made 2004-05-31 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Central American Integration System (SICA)
- Country
- El Salvador
- Subjects
- Air and atmosphere
- Keywords
- air quality/air pollution, emissions, noise pollution, environmental standards, pollution control, standards, protection of environment
- Categories
- energy
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 364 MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 646 San Salvador, 31 de mayo de 2004 BL ORGANO BJBCUTIVO BN' BL RAMO DB BCONOMIA, Vista la solicitud del Ingeniero CARLOS ROBERTO OCHOA CORDOVA, Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia, CONACYT, contraida a que se apruebe la NORMA SALVADOR.ENA OBLIGATORIA: BQUIPOS PARA LA MEDICION DB BMISIOHBS COHTAMINAHTES VEBICULARES. BSPECIPICACIONES Y PROCBDIMIBHTOS DE CALIBRACION. NSO. 17.08.08:04 CONSIDBRAHDO: I- Que la Junta Directiva de la citada Instituci6n, ha adoptado la Norma antes relacionada, mediante el punto Numero CINCO, LITERAL "A", del Acta Numero CUATROCIBHTOS CINCUBHTA Y CUATRO, de la Sesi6n celebrada el Veintiuno de de Abril del aiio dos mil cuatro. POR TAHTO: De conformidad al Articulo 36 Incise Tercero de la Ley del CONSEJO HACIONAL DB CIBHCIA Y TBCHOLOGIA. ACUERDAi 1) Apruebase la Norma Salvadorefia Obligatoria: BQUIPOS PARA LA MBDICION DB BMISIOHBS COHTAMINAHTES VEBICULARES. BSPBCIPICACIOHBS Y PROCBDIMIBHTOS DE CALIBRACION. NSO.17.08.08:04 DE Acuerdo a los siguientes terminos: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 11 de Agosto de 2004. 13 NORMA SALVADORENA NSO 17.08.08:04 EQUIPOS PARA LA MEDICION DE EMISIONES CONTAMINANTES VEIDCULARES. ESPECIFICACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE CALIBRACION. CORRESPONDE CIA: Esta Norma es una adaptaci6n de las Normas O:ficiales Mexicanas NOM-047- ECOL-1997, NOM- 077- ECOL-1995. ICS 17 .040.30 NSO 17.08.08.04 Editada por el Consejo acional de Ciencia y Tecnologia, CO ACYT, Colonia Medica, Av. Dr. Emilio Alvarez, Pje. Dr. Guillermo Rodriguez Pacas# 51, San Salvador, El Salvador, Centro America. Telefonos: 226 2800, 225 6222; Fax. 226 6255; e-mail: info@ns.conacyt.gob.sv. Derechos Reservados. 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 364 INFORME Los Comites Tecnicos de Normalizacion del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia, CONACYT, son los organismos encargados de realizar el estudio de las normas. Estan integrados por representantes de la Empresa Privada, Gobierno, Organismos de Protecci6n al Consumidor y Academico Universitario. Con el fin de garantizar un consenso nacional e intemacional, los proyectos elaborados por lo Comites se someten a un periodo de consulta publica en el cual puede formular observaciones cualquier persona. El estudio elaborado fue aprobado como NSO 17.08.08.04 NORMA SAL V ADORENA OBLIGATORIA EQUIPOS PARA LA MEDICION DE EMISIONES CONTAMINANTES VEHICULARES. ESPECIFICACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE CALIBRACION, por el Comite de Tecnico de Normalizaci6n de Metrologia (08). La oficializaci6n de la norma conlleva la ratificacion por la Junta Directiva de CONACYT y el Acuerdo Ejecutivo del Ministerio de Economia. Esta norma esta sujeta a permanente revision con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias de la tecnica modema. Las solicitudes fundadas para su revision mereceran la mayor atencion del organismo tecnico del Consejo: Departamento de Normalizacion, Metro logia y Certificacion de la Calidad. MIEMBROS P ARTICIP ANTES DEL CO MITE 08 Jon Bickel Victor Rodas Mario Zamora Ricardo Andrade Hugo Moran Ada Duran Anabella Saca Carolina Nuila Hipolito Murillo Juan Pastor Cruz Oscar Arnoldo Reyes Miguel Tevez Yanira Colindres SWISSCONTACT Viceministerio de Transporte Instituto Tecnol6gico Centroamericano Ministerio de Economia Ministerio de Medio ambiente Ministerio de Salud y Asistencia Social FESIARA Universidad Don Bosco. MUSTANG DE EL SALVADOR. Ministerio de Hacienda DPC Laboratorio de Metrologia Legal CONACYT DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 11 de Agosto de 2004. 15 NORMASALVADORENA NSO 17.08.08:04 1. OBJETO DE LA NORMA La presente nonna establece las principales caracteristicas, los procedimientos de calibracion y la periodicidad de la misma que, con el fin de garantizar la confiabilidad de los resultados, deben cumplir los equipos que se utilizan para la verificacion de los limites permisibles de emisiones contaminantes a la atmosfera, generados por vehiculos automotores en circulacion equipados con motores que utilizan gasolina, diesel u otros combustibles altemos, dichos limites se han fijado en la NSO 13.11.03:01 Emisiones Atmosfericas. Fuentes Moviles. 2. CAMPO DE APLICACION Esta nonna es de observancia obligatoria para los responsables de los Centros Privados de Control de Emisiones autorizados. Esta norma no se considera para la medicion de Ox para vehiculos automotores y en circulacion. 3. DEFINICIONES 3.1 Centros Privados de Control de Emisiones (Centros de Control): las instalaciones o local establecido por las autoridades que tienen competencia o autorizadas por estas, en el que se lleve a cabo la medicion de las emisiones contaminantes provenientes de los vehiculos automotores en circulacion. 3.2 Dioxido de Carbono (COJ: subproducto de una combustion completa. Se identifica como un indice del rendimiento del motor. 3.3 Gas Patron: gas o mezclas de gases de concentracion conocida y certificada por el fabricante de los mismos, empleada en la calibracion de equipos que miden concentraciones de contaminantes atmosfericos y para la certificacion de la calibracion. 3.4 Hidrocarburos (HC): grupo de contarninantes emitidos por los motores de combustion intema debido a falta de combustion o por evaporacion. Es combustible no quemado. 3.5 Burno: particulas solidas o liquidas transportadas por una corriente de gases, producto de una combustion incompleta. 3.6 Mon6xido de carbono (CO): contaminante emitido por los motores de combustion intema debido a una combustion incompleta. Es combustible parcialmente quemado. 3.7 Opacidad: es el grado en el cual las emisiones reducen la transmision de luz y oscurece la vision de un objeto en el entomo. 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 364 NORMASALVADORENA NSO 17.08.08:04 3.8 Opacimetro: dispositivo para medir el grado de opacidad de los gases, humos y particulas de) escape de un vehiculo. Existen dos tipos: el de flujo total y de flujo parcial. 3.9 Opacimetro de Flujo Parcial:. equipo de medicion que detennina el porcentaje de opacidad que presentan las emisiones de un vehiculo cuyo motor utiliza combustible diesel, mediante una muestra parcial del volumen total 3.10 Opacimetro de Flujo Total: equipo de medicion que determina el porcentaje de opacidad que presentan las emisiones de un vehiculo cuyo motor utiliza combustible diesel, mediante el volumen total. 3.11 Repetibilidad: acuerdo mas cercano entre los resultados de mediciones sucesivas de la misma magnitud a medir llevadas a cabo bajo las mismas condiciones. Estas condiciones se denominan condiciones de repetibilidad e incluyen : el mismo procedimiento de medicion, el mismo observador, el mismo instrumento de medicion utilizado bajo las mismas condiciones, el mismo lugar y la repeticion en un corto intervalo de tiempo. La repetibilidad puede ser expresada cuantitativamente en terminos de las caracteristicas de la dispersion de los resultados. 3.12 Ruido: la diferencia promedio de las lecturas obtenidas de pico a pico en una sola fuente durante 20 segundos. 3.13 Trazabilidad: Propiedad del resultado de una medicion o el valor de un patron, por el cual puede ser relacionado con los patrones de referencia, usualmente patrones nacionales o internacionales, a traves de una cadena ininterrumpida de comparaciones, teniendo establecidas las incertidumbres. El concepto se expresa en ocasiones por el adjetivo "trazable". La cadena ininterrumpida de comparaciones se denomina cadena de trazabilidad. 3.14 Valor k: coeficiente absorcion de la luz por metro, utilizado como unidad internacional para la medici6n de la opacidad 4. ABREVIATURAS Y SIMBOLOS 4.1 ppm: partes por millon. 4.2 ppmh.: partes por millon de hexano. 4.3 rpm: revoluciones por minuto. 5. METODOS DE PRUEBA 5.1 PRUEBA ESTATICA Este termino se refiere a las pruebas de emisiones durante las cuales no se aplica carga externa y la transmision del vehiculo se encuentra en neutro. DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 11 de Agosto de 2004. 17 NORMASALVADORENA NSO 17 .08.08:04 5.2 PRUEBA DINAMICA Condiciones de prueba de un vehiculo en dinam6metro con la aplicacion extema de carga al motor, a diferentes regimenes de carga y velocidad. 6. ESPECIFICACIONES DEL EQUIPO PARA LA MEDICION DE GASES Los equipos de medici6n de las emisiones vehiculares, deben cumplir con las siguientes especificaciones. 6.1 GASES A ANALIZAR El analizador utilizado debe determinar la concentraci6n de hidrocarburos, mon6xido de carbono, bi6xido de carbono y oxigeno en los gases de escape del vehiculo. 6.2 ESCALAS DE MEDICION, PRECISION Y RUIDO El analizador debe cumplir con los rangos de operacion y requerimientos de exactitud contenidos en la Tabla 1. Tabla 1.Rangos de exactitud y requerimientos de exactitud de los analizadores. Parametro lntervalo Incertidumbre Ruido absoluto absoluta HC 0-400ppmh 12 6 HC 401 - 1 000 ppmh 30 10 HC 1001 - 2000 ppmh 80 20 co 0 - 2,0% 0,06 0,02 co 2,01 - 5,0 % 0,15 0,06 co 5,01 -9,99 % 0,40 0,10 CO2 0 - 4,0% 0,6 0,20 CO2 4,1-14,0 % 0,5 0,20 CO2 14,1-16,0 % 0,6 0,20 02 0 - 10,0 % 0,5 0,30 0 2 10,1 - 25,0 % 1,3 0,60 El ruido de pico a pico se calcula segun la formula: 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 364 NORMASALVADORENA endonde: Ruido = ✓I< Xi- i )2 n Xi = lectura (L) del conjW1to de lecturas. i= el promedio aritmetico del conjunto de lecturas. N = el numero total de lecturas. 6.3 RESOLUCION DEL ANALIZADOR NSO 17.08.08:04 La resoluci6n de la escala debe ser de 1 ppm en los casos de HC, 0,01 % para el CO y de 0, 1 % en el caso del CO2 y 0 2• 6.4 REPETIBILIDAD EN LAS LECTURAS DEL ANALIZADOR Durante todo el tiempo de trabajo la repetibilidad en las lecturas debe ser menor a ± 3 %. 6.5 TIEMPO DE RESPUESTA DEL ANALIZADOR El tiempo de respuesta desde la sonda hasta la exhibici6n en la pantalla de una lectura de HC, CO o CO2, no debe exceder de ocho segundos a 90 % de un cambio abrupto en la entrada, ni exceder de 12 segundos a 95 % de un cambio abrupto en la entrada. Para los analizadores de 0 2, el tiempo de respuesta no debe exceder de 15 segundos al 90 % de un cambio abrupto en la entrada. En adici6n, el tiempo de respuesta para 0 2, desde una lectura estabilizada de 20,9 % hasta una lectura de 0, 1 % no debe exceder de 40 segundos. 6.6 EFECTOS DE INTERFERENCIA EN LA MEDICION DE GASES. Los efectos de interferencia de los gases de no interes no deben exceder ± 10 % para hidrocarburos, ± 0,05 % para el mon6xido de carbono y ±(),2 % para el bi6xido de carbono. 6.7 TIEMPO DE CALENTAMIENTO DEL ANALIZADOR El analizador debe alcanzar su estabilidad de operaci6n desde una temperatura de 2 °C en un tiempo maximo de 30 minutos. 6.8 CONSTRUCCION DEL EQUIPO. 6.8.1 Contar con una placa de identificaci6n adherida a la parte exterior del mismo, en la que se DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 11 de Agosto de 2004. 19 'NORMA SAL V ADORENA NSO 17.08.08:04 precise: nombre y direccion del fabricante, modelo, numero de serie, requerimiento de energia electrica y limites del voltaje de operacion. 6.8.2 Sus controles deben ser accesibles a los operadores. 6.8.3 Debe estar diseiiado para soportar un servicio continuo de trabajo pesado minimo de 8 horas por dia. 6.8.4 El analizador, incluyendo todo el software y equipo, debe cumplir con las especificaciones de comportarniento descritas en esta Norma, en las temperaturas ambientales desde 5 a 40 -grados centigrados, hasta con el 80 % de humedad relativa. 6.8.5 Se debe proveer de compensaci6n barometrica. La compensaci6n debe fimcionar para presiones barometricas desde 500 hasta 800 milimetros de mercurio. A una altitud y temperatura dada, las lecturas del analizador, no deben verse afectadas por variaciones en la presi6n barometrica de +50 milimetros de mercurio. 6.8.6 Ser hermetico en todas sus conexiones. 6.8. 7 Las lecturas del analizador, no deben verse afectadas por variaciones del voltaje nominal de ±10%. 6.8.8 Los aditamentos intemos que esten en contacto con el gas de muestra deben ser resistentes a la corrosion y contar con dispositivos o trampas para la eliminaci6n o disminuci6n de particulas y agua, a fin de evitar modificaciones que afecten el analisis de gases. El recipiente para eliminar el agua debe ser de material transparente, con posibilidades de drenado y que pueda desmontarse facilmente para su limpieza. 6.8.9 Los aditamentos extemos consisten en: Una sonda disefi.ada de modo tal que la punta se extienda un minimo de 40 centimetros que incorpore medios positivos de retenci6n para evitar que se salga del tubo de escape cuando este en uso, y Una linea flexible de muestreo con una longitud maxima de 7,60 metros de largo, la manguera para una sonda auxiliar debe contar con la misma medida, tomada desde la conexi6n al equipo hasta su conexi6n a la sonda. 6.8.10 La entidad reguladora podra establecer especi:ficaciones adicionales para el analizador, con el objeto de mejorar la confiabilidad de lQs resultados y la seguridad en el manejo de los certificados. 6.9 ESPECIFICACIONES DEL TACOMETRO (CAPT ADOR DE RPM) El equipo debe proveerse con lectores de rpm que permitan la lectura de la totalidad del parque 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 364 NORMASALVADORENA vehicular, tales como: Sensor para cable bujia. Sensor de no contacto Interfase de conexi6n con el puerto de autodiagnostico del vehiculo. NSO 17.08.08:04 El tac6metro debe tener la capacidad de medir la velocidad angular del motor expresada en revoluciones por minuto con una precision de± 3 % y con un tiempo de respuesta de un segundo. 7. ESPECIFICACIONES DEL EQUIPO PARA MEDIR HUMO 7.1 El metodo para medir los niveles maximos permisibles de opacidad del humo proveniente del escape de los vehiculos automotores en circulaci6n, que usan diesel como combustible, es el de la aceleraci6n libre, consistente en una prueba estatica del vehiculo acelerando el motor, desde su regimen de velocidad de marcha lenta hasta su velocidad maxima sin carga. La medici6n de las emisiones de humo se realizani durante el periodo de aceleraci6n del motor. 7.2 Para medir las emisiones a que se refiere el punto anterior, se utilizara un opacimetro, el cual debera cumplir con las siguientes caracteristicas: 7.2.1 Estar disefiado para soportar un servicio continuo de trabajo pesado, minimo de 8 horas por dia. 7.2.2 Contar con una placa de identificaci6n adherida a la parte exterior del mismo, en la que se precise: modelo, numero de serie, nombre y direcci6n del fabricante, requerimientos de energia electrica y limites de voltaje de operaci6n. 7.2.3 Ser hermetico en todas sus conexiones. 7.2.4 Sus controles deben ser accesibles a los operadores. 7.2.5 Contar con una escala total de medici6n, rapidez de respuesta y un maximo de desviacion, de acuerdo a lo que establece la presente Norma. 7.2.6 Las lecturas del opacimetro deberan ser registradas continuamente durante la prueba con un registrador, cuya respuesta de tiempo es igual o mas corta que la del opacimetro. 7.2.7 El disefio del opacimetro debera ser tal, que bajo condiciones de operaci6n a velocidad constante la camara de humo se llene con humo de opacidad uniforme. La muestra de gas de escape estara contenida en una camara que no tenga superficies internas con reflexion. 7.2.8 En la determinaci6n de la longitud efectiva del paso de la luz a traves del gas, debera tomarse en cuenta la posible influencia de dispositivos que protegen la fuente de luz y la celda fotoelectrica. Esta longitud efectiva debe ser indicada en el instrumento. 7.2.9 La opacidad se expresa en unidades absolutas como coeficiente de absorcion o como DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 11 de Agosto de 2004. 21 NORMA SALV ADORENA NSO 17.08.08:04 porcentaje. El opacimetro debera tener por lo menos una escala de medicion, lineal de 0 a 100% ( cero a cien por ciento ), con un rango de 0 ( cero) con el flujo total de luz, y escala completa con obturacion total. 7.2.10 Especificacion de la camara de humo y cuerpo del opacimetro. 7.2.10.1 La incidencia en la celda fotoelectrica de luz desviada, debido a las reflexiones intemas o efectos de difusion debe ser reducida al minima (es decir, por acabado de las superficies intemas en negro mate y por un arreglo general adecuado ). 7.2.10.2 Las caracteristicas opticas deberan ser de tal forma, que los efectos combinados de reflexion y difusion no excedan de una unidad en la escala lineal, cuando la camara de humo se Bena con humo, teniendo un coeficiente de absorcion cercano a 1,7 m·1 (uno coma siete metros a la menos uno). 7.2.11 La precision de lectura del opacimetro debera contar con una exactitud de 0,025 m·1 ( cero coma cero veinticinco metros a la menos uno ), en coeficiente de absorcion de 1, 7 m·• (uno coma siete metros a la menos uno ). 7.3 ESPECIFICACI6N DE LA FUENTE DE LUZ. La fuente de luz debera ser una lampara incandescente con temperatura con rango de 2 800 K a 3250 K ( dos mil ochocientos a tres mil doscientos cincuenta grados kelvin) 7.4 ESPECIFICACI6N DEL RECEPTOR 7.4.1 El receptor debera constar de una celda fotoelectrica con una cu.rva de respuesta espectral similar a la cu.rva de respuesta del ojo humano (respuesta maxima en el rango 550/570 nm (nanometros)); menor que el 4% (cuatro por ciento) de esa respuesta maxima abajo de 430 nm. (cuatrocientos treinta nanometros) y arriba de 680 nm (seiscientos ochenta nanometros). 7.4.2 La construccion del circuito electrico, incluyendo la caratula indicadora debera ser tal, que la corriente de salida de la celda fotoelectrica sea una funcion lineal de intensidad de la luz recibida sabre el rango de la temperatura de operacion de la celda fotoelectrica. 7.5 RESPUESTA DEL OPACIMETRO 7.5.1 El tiempo de respuestadel circuito electrico de medicion debera ser de 0,9" a 1,1" (cero coma nueve a uno coma uno segundos) por ser el tiempo necesario para que la caratula indicadora alcance el 90% (noventa porciento) de la escala completa con la insercion de una pantalla completamente obscurecida en la celda fotoelectrica. 7.5.2 La amortiguacion del circuito electrico de medicion debera ser tal, que la sobre-lectura inicial por arriba a la lectura final constante, despues de cualquier variacion momentanea en la salida (por ejemplo: la calibracion con pantallas ), no excedera el 4 % ( cuatro porciento) de esa lectura en la escala 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 364 NORMA SAL V ADO RENA NSO 17.08.08:04 de unidades lineales. 7.5.3 El tiempo de respuesta del opacimetro no debera de exceder de 0,4" (cero coma cuatro segundos), el cual se debe al fen6meno fisico de la camara de humo, siendo el tiempo que transcurre desde el principio de la entrada del gas a la camara hasta el llenado completo de la camara de humo. 7.5.4 Durante todo el tiempo de trabajo, la estabilidad debe ser menor a4% (cuatro porciento) en la escala de unidades lineales. 7.5.5 Tener una repetibilidad de no mas de 0,05 m-1 ( cero coma cero cinco metros a la menos uno) de la lectura en la caratula indicadora del opacimetro cuando una pantalla entre 1,6 m·1 (uno coma seis metros a la menos uno) y 1,8 m·1 (uno coma ocho metros a la menos uno), y conocido dentro de una tolerancia de 0,025 m·• (cero coma cero veinticinco metros a la menos uno) es introducida entre la fuente de luz y la celda fotoelectrica durante cinco mediciones sucesivas de una misma fuente. 7.5.6 El tiempo de estabilidad (calentamiento), debe ser menor de 20'(veinte minutos) despues del encendido. 7.5. 7 Las lecturas del analizador no deberan verse afectadas por variaciones de voltaje de :I: 10% (mas menos diez porciento ). 7.5.8 Presion del gas durante la medicion y del aire para la limpieza 7.5.8.1 La presi6n del gas de escape en la camara de humo no debe variar de la presi6n atmosferica por mas de 75 mm. (setenta y cinco milimetros) de columna de agua. 7.5.8.2 Las variaciones en la presi6n del gas que se mide y del aire para limpieza no deberan causar que el coeficiente de absorci6n varie por mas de 0,05 m·1 ( cero coma cero cinco metros a la menos uno ), en el caso de un gas que tenga un coeficiente de absorci6n de 1, 7 m·1 (uno coma siete metros a la menos uno). 7.5.8.3 Los limites de variaci6n en la presi6n de gas y en el aire para limpieza en la camara de humo, deberan ser establecidos por el fabricante del opacimetro. 7.6 TEMPERATURA DEL GAS 7.6.1 En cada punto de la camara de humo la temperatura del gas debera estar entre 70 °C (setenta grados centigrados) y una temperatura maxima especificada por el fabricante del opacimetro, de forma tal que las lecturas sobre el rango de temperatura no varie por mas de 0, 1 m-1 ( cero coma uno metros a la menos uno ), cuando la camara este llena con gas que tiene un coeficiente de absorci6n de 1, 7 m·1 (uno coma siete metros a la menos uno). El opacimetro debera estar equipado con los dispositivos adecuados para la medici6n de la temperatura en la camara de humo DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 11 de Agosto de 2004. 23 NORMA SAL V ADORENA NSO 17.08.08:04 8. CALIBRACI6N DEL ANALIZADOR DE GAS 8.1 CALIBRACI6N DE RUTINA DEL ANALIZADOR 8.1.1 Revision de fugas El equipo debe efectuar automaticamente una revision de fugas del sistema de muestreo cada tres dias de mediciones utilizando el metodo de caida de presion. Sin un resultado satisfactorio en la prueba de fugas, el equipo no podra ser utilizado para verificar las emisiones de vehiculos automotores. 8.1.2 Calibracion con gas El equipo debe efectuar automaticamente una calibraci6n de gas para los parametros de HC, CO y CO2 cada tres dias de medicion o cuando no se logre el auto-cero o auto-span. La calibraci6n con gas debe asegurar que el equipo cumple con las especificaciones de exactitud y que su l.inealidad esta dentro de los limites. El procedimiento de calibracion con gas debe corregir las lecturas al centro del rango permisible de tolerancia para cada magnitud. Sin un resultado satisfactorio en la calibraci6n con gas, el equipo no podra ser utilizado para verificar las emisiones de los vehiculos automotores. Los gases utilizados para la calibraci6n automatica deberan ser trazables dentro del 2 % del valor requerido y contar con una certificaci6n de su incertidumbre con una tolerancia de± 1 %. 8.1.3 Ajuste de cero. El analizador debe efectuar una revision automatica del cero (autoajuste de cero) de los siguientes panimetros: Span de 0 2 HC, CO y CO2 , cuando el sistema de autodiagnostico lo requiera. 8.2 VERIFICACION DE LA CALIBRACI6N DEL ANALIZADOR La calibraci6n de los analizadores debera realizarse por un laboratorio de calibracion autorizado por la entidad reguladora y que cumpla con la frecuencia de calibracion establecida en el Reglamento General de Transito y Seguridad Vial, en condiciones normales de operaci6n, independientemente de que se realice cada vez que haya sometido a mantenimiento o reparacion. 8.2.1 Se debe introducir el gas patron via la sonda a presion atmosferica mas tres rnilimetros de mercurio (un globo es un indicador aceptable de la presion, debe estar parado pero no inflado ). Cuando las lecturas se han estabilizado, imprimir los resultados junto con los datos del dia y la hora, del centro 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 364 NORMASALVADORENA NSO 17.08.08:04 y de la linea de verificaci6n, asi como del Factor de Equivalencia del Propano (FEP) del banco 6ptico en cuesti6n. 8.2.2 Los gases deben tener cero tolerancia de mezcla y deben ser trazables + 1 % y certificados de acuerdo al Protocolo de la Agencia de Protecci6n Arnbiental de los Estados Unidos de America de Trazabilidad y Certificaci6n de Estandares para Gases de Calibraci6n (EPA Traceability Protocol for Assay and Certification of Gaseous Calibration Standards) conforme a los procedimientos # Gl o G2. 8.2.3 Para equipos analizadores utilizados exclusivarnente para la prueba estatica, se debe utilizar los gases especificados en la Tabla 2, para verificar su calibraci6n. Tabla 2. Caracterfsticas del gas patron para los equipos utilizados exclusivamente eo la prueba estatica Parametro Aire emisi6n Gas de rango Gas de rango Gas de rango vehicular bajo medio bajo alto 02 20,7 % + 0,5% 0,0% 0,0% 0,0% HC (propano) <lppm 300ppm 1200ppm 2 000ppm co <lppm 1,0% 4,0% 6,0% CO2 <lppm 6,0% 12,0% 18,0 % N02 99 ,99 % pureza balance balance balance 8.2.4 Se deben realizar tres mediciones con cada gas patron y comparar las lecturas con los valores del gas patron utilizando la siguiente relaci6n: ( Lectura Promedio - Valor de gas) A¾= -'-------- - ; JOO valor de gas patr6n Para los hidrocarburos, se debe determinar el tanto por ciento de tolerancia (A%) despues de haber dividido la lectura de los hidrocarburos por su factor de equivalencia del propano (FEP). El valor maximo permisible de A% para considerar al equipo dentro de tolerancia, debe ser de+ IO% para la prueba estatica. 9. CALIBRACION DEL OPACIMETRO La calibraci6n del opacimetro, debera realizarse de acuerdo con lo siguiente: 9.1 Debera realizarse en un laboratorio de calibraci6n acreditado o el que la entidad reguladora DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 11 de Agosto de 2004. 25 NORMA SAL V ADORENA NSO 17.08.08:04 designe, cad.a tres meses en condiciones normales de operaci6n, independientemente de que se realice cada vez que se sustituya alguna de sus partes o haya sido sometido a reparaci6n. 9.2 COMPROBACI6N DE LA CALIBRACI6N Realizar la comprobaci6n de la calibraci6n del opacimetro de la siguiente manera: 9.2.1 Verificar la calibraci6n a cero y a desplazamiento maximo de referencia. 9.2.2 Comprobar con el filtro 6ptico que se coloca entre el emisor de luz y el detector de opacidad que no existen diferencias mayores de ±2% unidades Hartrigde o 2%. 9.2.3 Esta operaci6n debera realizarse tres veces, de manera consecutiva manteniendo las mismas condiciones; los valores obtenidos deben ser anotados en la hoja de registro establecida en el Anexo A de esta Norma Salvadorefia Obligatoria. De igual manera el equipo debe tener la capacidad de llevar un registro electr6nico de dichas lecturas. l 0. APENDICE 10.1 DOCUMENTOS DE REFERENCIA Direcci6n General de Normas. Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. Norma que establece las caracteristicas del equipo de medici6n para la verificaci6n de los limites de emisi6n de contaminantes, provenientes de los vehiculos automotores en circulaci6n que usan gasolina, gas licuado de petr6leo, gas natural u otros combustibles alternos. Mexico 1999. (NOM-047- ECOL-1999). Direcci6n General de Normas. Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. Norma que establece el procedimiento de medici6n para la verificaci6n de los niveles de emisi6n de la opacidad del humo proveniente del escape de los vehiculos automotores en circulaci6n que usan diesel como combustible. Mexico 1999.(NOM-077- ECOL-1995). Direcci6n General de Normas. Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. Norma que establece las caracteristicas del equipo y el procedimiento de medici6n, para la verificaci6n de los niveles de emisi6n de gases contaminantes provenientes de las motocicletas en circulaci6n que usan gasolina o mezcla de gasolina-aceite como combustible. Mexico 1993 (NOM-049- ECOL-1993). Direcci6n General de Transito, Viceministerio de Transporte. Reglamento General de Transito y Seguridad Vial. El Salvador,1998. Directiva (72/306/CEE) con modificaci6n (97 /20/CE). 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 364 NORMASALVADORENA NSO 17.08.08:04 11. VIGILANCIA Y VERIFICACION Corresponde la vigilancia y la verificaci6n de esta Norma Salvadoreiia Obligatoria al Viceministerio de Transporte y al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. NORMASALVADORENA NSO 17.08.08:04 ANEXO A (Normativo) LECTURAS REGISTRADAS MEDICION OPACIDAD PRIMERA SEGUNDA TERCERA VALOR PROMEDIO VALOR DEL FILTRO OPACIDAD OPACIDAD ~ ~ ~ ....... ~ r----.... ......... OPACIDAD DEL FILTRO FECHA DE VERIFICACION: FECHA PROXIMA VERIFICACION: NOMBRE Y FIRMA DEL TECNICO: FIN DE LA NORMA 2a) El presente Acuerdo entrara en vigencia Seis meses despues de su publicaci6n en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. MIGUEL E. LACAYO' MINISTRO " II II II II II II II II II