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Laws of Paraguay

Resolución S.G. N° 017 - Por la cual se establecen los Requisitos y condiciones para la elaboración o provisión de alimentos en el marco de la alimentación escolar y se aprueba el Plan de vigilancia sanitaria; se designa responsable del control de su cumplimiento, se establecen sus atribuciones, y se abrogan las resoluciones S.G. Nº 128, de fecha 24 de marzo de 2015, y S.G. Nº 452, de fecha 04 de septiembre de 2017

Made 2020-01-21 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Paraguay
Subjects
Food and nutrition
Keywords
food safety and quality, hygiene/sanitary procedures, business/industry/corporations, school feeding, good practices, enforcement/compliance, inspection
Categories
*

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  1. e Podu E}tt"1IW> M/11Lrterio de Salud Pub/lea y Bjll,11orar Social Re,o/uc/611 S.G. IV" , 2 ~ ,,,. .. POR LA CUAL SE FSfABLECEN REQUISITOS Y CONDICIONFS GENERALBS PARA LA PROVISION DE ALMUERZO ESCOLAR. VISTO: Asunci6n, ?4 de '<'r\C.'< ~ de 2015 La nota INAN N° 274/2015, de fecha 17 de marzo de 2015, registrada como expediente SIMESE N° 23043, por la cual solicita la aprobaci6n de la presente Resoluci6n a ser implementada por el lnstituto Nacional de Alimentaci6n y Nutrici6n, INAN, aplicable a instituciones y establecimientos de alimentos para la provisi6n exclusiva de Almuerzo Escolar, en sus distintas modalidades; y CONSIDERANOO: Que la Ley N° 836/80, C6digo Sanitario, clispone: "Artfoulo 162°.- ·Para la. habilitaci6n de un esrablecimiento de alimentos para consumo humano del publico sera requisito previo, indispensable, contar con la correspondiente auto~6n def Ministerio, debiendo acreditarse para el efecto que reune eondtc,ones sanitariamente adecuadas. El ministerio determinartz los controles necesarios y los ca.sos en que se requiere la direcci6n tecnica de un profesional qu(mico responsabfe•; "Articulo 163°.- •1,a autoriza.ci6n del Ministerio para que fi.mcione un establecimiento de alimentos detenninara el tiempo de su uigencia, debiendo realizar re inspecciones peri6dicas"; "Artfculo 166.- Los propietarios o representantes de establecimientos de alimentos, estan obligados a permitir el acceso a los funcionarios competentes del Ministerio para rea.lizar las inspecciones que consideren necesarias•; y, "Articulo 326°.- El Ministerio de Salud Pablica y Bienestar Social dicta.r6. las nonnas tecnicas para el cumplimiento de cuanto establece este C6digo y su Reglamento•. Que la Ley N" 5210/2014 "DE ALIMENTACION ESCOLAR Y CONTROL SANITARIO» dispone en su Articulo 5°: "La autoridad de aplicaci6n de la presente Ley es el Ministerio de Educad6n y Cultura quien coordinara acciones con «JS demas instituciones nacionales o locales involucrada.s• yen su Articulo 6°: aLos Gobiern.os Departamentales se ha.ran cargo de la organizaci6n, planijicaci6n y jiscalizaci6n de los programa.s de alimentaci6n escolar y control sa.nitario, para ello coordinaran sus tareas con «JS Municipalidades, con el Ministerio de Educaci6n y Cultura y con el Ministerio de Saluci Publica y Bienestar Socia/•. Que, de conformidad al Decreto N° 21.376/98, Articulo 20°, lo faculta a dictar Resoluciones que regulen la actiuidad de los diversos Programa.s, Dependencias y Servicios, reglamenten su organizaci6n y determinen sus fim . ,. czones .... POK. TANTO, en ejercicio de sus atnl>uciooes legales; m.MINISTRO DE SALUD PUBUCA Y BIENFSrAR SOCIAL RFSUELVE: Establecer los requisitos y condiciones a ser cumplidos por toda persona ftsica o jw1diea que elabore y/o provea alimentos en el marco de] Almuerio &colar, conforme a los siguientes Articulos. Toda persona que elabore y manipule los Almuerzo F.scolar debe contar con el Ce • para MaDipu)adores de Alimentos Manufictma. ernftido por el INAN u por la autoridad 88Ditaria. alimentos para el e Capacitaci6n ,,. Practicas de • reconocidas % "' Podtr l:.'jecUJlvo Mi11bterlo dt Salud Plibllca G BltnWar Social Rcsuluci611 S. G. N" 2"8 .J POR LA CUAL SE FSI'ABLECEN REQUISlTOS Y CONDICIONFS GENER.ALES PARA LA PROVISI6N DE ALMUERZO F.SCOLA.R. 2J.i de "1\'i">.-.;-1.o de 2015 Hoja NO 02/06 Artfoulo 3°. Artfculo 4°. Articulo 5°. Artfculo 6°. Artfculo 7°. Artfculo 8°. Artfculo9°. La empresa que elabore alimentos, en su local, para el Almuerzo Escolar, y provea los mismos listos para el consumo, debe contar con Registro de F..stablecimiento vigente emitido por el !NAN. La empresa adjudicada para elaborar los alimentos en el local de la lnstituci6n Educativa debe contar con Registro de Estableclmiento vigente e inscribir ante el !NAN el listado de los locales escolares donde elaborara el alimento, conforme al formulario correspondiente y cumplir con lo establecido en el Articulo 2° de la presente rcsoluci6n. Establecer que la Goberoaci6n o el Municipio debera inscribir ante el !NAN la lista de instituciones educativas a las que proveera insumos e ingredientes para la elaboraci6n del Almuerzo Escolar, exclusivamente en el predio de las mismas, conforme al formulario correspondieote, debiendo igualmente darse cumplimiento a lo establecido en el Articulo 2° de la presente resoluci6n. La vigencia de las inscripciones a que se refieren los articulos 4° y 5° ~iara determinada por la duraci6n del contrato de adjudicaci6n para la provisi6n del almuerzo escolar. Los establecimientos objeto de la presente Resoluci6n seran incluidos dentro del Programa de Vigilancia de Alimentos, ballandose los responsables obligados a permitir el ingreso de los funcionarios de) !NAN, para la inspecci6n sanitaria y toma de muestras. Disponer la obligatoriedad del cumplimiento de los demas requisitos y los procedimientos establecidos co las oormativas legales y tecnicas vigentes, aplicables a cada caso. Aprobar oomo anexos los formulnrios: Anexo I Nota de Solicitud para Inscripci6n como Elaborador de Almuerzo Escolar en Instituciones F.ducativas; Anexo U Formulario para la lnscripci6n de Elaborador de Almueno Esoolar en Instituciones F.ducativas y Anexo Ill Acta de Conformidad Proveedor de Almuerzo Escolar, que pasan a formar parte de la presente Resoluci6n. ArdcuJo 100. Comunicar a quieoes correspooda y cumplido, archivar. BARRIOSF. /rJ (@1 / 1 01/u Ejrc111/1•1J Mi!l/$/Crlo ti~ $Q/utl l'ubllc°{ Ble,1.1,.t11nr S11clt1/ Reso/11dd11 S.G. N• -:;} :l, 'I! P OR LA CUAL SE ESTABLECEN REQUISITOS Y CONDIClONES GENERALES PARA LA PROVISION DE ALMUERZO ESCOLAR. 21\ de ~2-0 de2015 1-loja N° 03/06 ANEXOI NOTA DE SOLICITUD PARA INSCRIPCION COMO ELABORADOR DE ALMUERZO ESCOLAR EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Sel\ores lnstltuto Naclonal de Allmentaclon y Nutrlcion Presente. de de 2.01, .. Conforme a la Ley N° 5210114 "De Ahmentaclon Escolar y Control Sanitano•. la Resolucion S G N° 12015, el/los que suscribe/n .. , ... .... , , ......... ... .. ............. dom1cillado/s en ........ , ... .. .... .. ... . .. .. ... ............. . ... .... , .. de la Cludad de .................. .. Departamento .. . .... ... .. . . .... ........... . ........................... . Solictta la INSCRIPCION COMO ELABORADOR DE ALMUERZO ESCOLAR EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Au,,wneoie, ······•"'" ... .... .., Flnna y aclaraclon de llrma Profeslonal Tecnlco Flrma y aclaraci6n de flrma Solicltante /', ,J, , l i,j,•tu1I••• l//11111, 11,, ,Ir ,\ofuU l'11Mira 1• /1I 1•l'•l11r .'iod,tl l(t.wb .. h,,1 .\, c, , . · • -J'OR J l IJ.\l. St lN IAltl 11.( 'HN l<l.<}ll lSl'IO~ ' l UNUU'IO:-,,/f-.,: <r Nl.' ttALJL'i PAl(A I.,\ 1'1{0\' ISl():'t: u g ,\I '.\1l) l ' KZO f' COi.AH, 2.J\ ti~ 'l,,c:,. ~do !!015 t rc,Ju N.., 0,1/ut, ANEXO 11 FORMULARIO PARA LA INSCRIPCION DE ELABORAOOR DE ALMUERZO ESCOLAR EN INSilTUCIONES EDUCATIVAS (con,pl t.ar fl urn, r,01, v1pooda) Todll Ill lnbmll:D..,.. COMlonidll en el formularlo I n n r ct r tf cl r ci6n jum y no twamlldidllO~,· I I' .. ,/, r I / ,-r11ll11• ,l/111111,,,/,, 1/, 1 \u/,ol l',1M/1"; /II, u, 1tar .,·,. ,.,,,1 /{,' , , ,fo r{1 II .\ ' •• \ :) ~~ • l'Ul{ I..A ~l l,\I. ~F ' '"I \lll 1:c1::-.: IU.f)\Jlsl l(J!'i, '\ t;(1;r-,;1111'IO:>ol !-. GH~l·,ll \ I rs 11 1\ I{.\ 1.,, l 'HO\ I Si ( 1N f ,,~ AI.M 111t1t'l'O 1:."i -, ti.,\ H, "2lt 1.h· ,~-.u,'-; i!.O ill! ~(H') ll<•jo N·• 11rif<'t> DL:t:CION :J. ~ 1, OQC~MrN1on A, !IU( I\IJJUIJl'Al)(l~/\LA 'CJLICITlJD ~Oilti<:aoi" do ~iqij if., 111mi0"1aij d1•lfo11 "' {M)fl"Ui\lmi 11 t,u~ il !IL'!.d'"ul ifoi;1ilHHl<tll1,i,lo ,1u1I l t"r.•~ :!!fe m.1,11111 ! lr, !• nOhh ac !Ol• IJn Iii rtJltilil" m 100 • ./lr:1ll d,;t liTllrtn: lln111m lCt)lrn-,1l11 ft1111■ 'I 1n,f■rAo l6 • 1 cl.,1 llrma 11rofo11J,m11I Ui::111!; 11 r11111 ■ 'I AOlll•IICIO>l li lt flrma Svllc.111111111 J',1 \lfrilll,•rfo ,Ir lu Nr,,,Ju.-1,I;, •:~R . LA LI i I . :-il~ 1:S' I \ lUJ !t:l!.N IU!CJlJISfl us V n>Nnl (.ENl·.NA l ,f 11 K 1\ l \ l'l{OVISlhN Dl~ 1,:\1 ~nzo J~ Ch l J\ I.( , "Vt d T 1 ,ie cl tm.l!l If Oja N° ,, •/1.1(; ANEXO Ill lin I i'.'h1di,u , . ,11.111 clel m~j d~ . dcJ o ... . CH ~I 111.11.; ~ ~ 'l 10 I ~ •rtlc AllmcJ\tn I 1 [ 11 r ) I. hllnr10''. cl (!UC 111111 • ll' ,, de 11 cm1 • I q ,, I, l 1 cl IJ , c n l N° .. , nt1f11 ti: wmtU{l , , i 1 ,n en ~ 111oi.l\11 n ~ In lllOO\IO itll\4.1 Siitth 1111~\fr pcnnltlr a rcloc,.,n 1 tkl •cr,1kl . 0 it!it fia,: Clll(; p;ui; 1ll!1i'I )' I lnllla fh Ci• Sultinbo c ~, 11,tcr de [> I r.i r II Jy lJ en d II corl tet10f )' \111 OICi f' tCIO I 1tt11• )' 11C.111tailli)n lie firm:. I N

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