Resolución Nº 996/00 - Crea la Unidad de Gestión de los Recursos Naturales Renovables
Made 2000 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Paraguay
- Subjects
- Agricultural and rural development, Environment, Land and soil, Water
- Keywords
- institution, agroecology, sustainable use, governance, sustainable development, soil conservation/soil improvement
Where to read it
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RESOLUCION 996/2000 Unidad de Gestión de los Recursos Naturales Renovables (UGRNR)- Creación. VISTO: El Memorandum DGP. Nº 1940/2000, presentada por la Dirección General de Planificación, en el cual remite adjunto el proyecto de resolución, para la creación de la Unidad de Gestión de Recursos Naturales Renovables (UGRNR). (M01000003517), y CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Ley Nº 81/92 "Que establece la estructura orgánica y funcional del Ministerio de Agricultura y Ganadería". Que la Ley Nº 1561/2000. "Que crea el Sistema Ambiental Nacional, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente, en su artículo 26º, determina la desafectación del MAG, de varias dependencias que venían cumpliendo funciones importantes en los planes de desarrollo y apoyo a la producción del sector agrario, sobre todo en el campo del manejo y conservación de los recursos naturales. Que las dependencias desafectadas, dentro de sus funciones de administradoras de leyes ambientales, también desarrollaban acciones complementarias en la asistencia, técnica del MAG, al productor primario, para el manejo y conservación de sus recursos naturales. Que este Ministerio dentro de su política agraria de protección debe desarrollar mecanismos institucionales y tomar las medidas correspondientes para prevenir y minimizar el impacto ambiental de sus planes de desarrollo, propiciando el desarrollo sostenible del sector agrario nacional. Que existen varios proyectos de manejo y conservación de los recursos naturales, actualmente desarrollados por el MAG, en base a la política agraria que requieren urgente implementación para beneficio de los productores rurales. Que la Dirección de la Asesoría Jurídica del MAG, por dictamen de fecha 23 de octubre del cte. año se expidió favorablemente. EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RESUELVE: Art. 1º.- Créase la Unidad de Gestión de los Recursos Naturales Renovables, dependiente del Gabinete del Ministro, como la encargada de elaborar, ejecutar y administrar los programas y proyectos referentes al manejo y conservación de los recursos naturales renovables y a la política del uso de la tierra y agua, desarrollados en base a la política agraria del MAG. Art. 2º.- Las funciones de la UGRNR, serán las siguientes: a.- Formular, aplicar y difundir procedimientos técnicos agroecológicos destinados a mejorar los rendimientos de la producción agraria. b.- Implementar las acciones tendientes a realizar los estudios de impacto ambiental de los programas y proyectos desarrollados en el MAG, para lo cual coordinará sus acciones con las demás instituciones administradoras de leyes ambientales. c.- Coordinar y ejecutar los planes de gestión y control ambiental de los programas y proyectos del MAG. d.- Formular, proponer y difundir, en coordinación con las entidades de crédito agrario, sistemas de incentivos a los productores que aplican técnicas sustentables en sus sistemas de producción. e.- Planificar sus acciones, conforme a las directivas de la Dirección General de Planificación del MAG. f.- Asesorar, coordinar y capacitar a las organizaciones de productores del sector agrario sobre tecnologías limpias aplicables a la producción, encauzando a las mismas bajo las normativas legales ambientales, para lo cual debe coordinar sus acciones con la Secretaría de Ambiente. g.- Formular, proponer y controlar la realización de estudios ambientales de los planes, programas y proyectos, bajo ejecución de este Ministerio, atendiendo a las normativas legales ambientales vigentes. h.- Coordinar y controlaría implementación de los programas de manejo y conservación de los recursos naturales en las escuelas agrícolas. i.- Formular, proponer y ejecutar el Programa Nacional de Manejo y Conservación de Suelo y Agua, en coordinación con otras dependencias del Ministerio c instituciones gubernamentales y demás sectores sociales. j.- Planificar, coordinar y controlar las actividades desarrolladas por el Servicio Forestal Nacional. k.- Organizar y dirigir los estudios, trabajos y servicios meteorológicos y climatológicos, creando un sistema de agrometeorología a nivel nacional. implementando las mecanismos necesarios para el acceso a la información. Art. 3º.- Desígnase a la Ing. Agr. Myriam Molina, cómo Encargada de la Unidad, sin perjuicio de sus actuales funciones, hasta tanto se estructure totalmente la misma. Art. 4º.- La Dirección General de Planificación será la responsable de elevar al Señor Ministro en un plazo no mayor a 60 días a partir de la promulgación de la presente resolución, una Propuesta de estructuración de la unidad y establecer el mecanismo de coordinación y articulación con las demás dependencias del MAG, para el cumplimiento de sus objetivos. Art. 5º.- Comuníquese a quienes corresponda y cumplida archívese. Enrique García de Zúñiga C.