Resolución Nº 728/10 - Por la cual se exime a las comunidades indígenas de las contratación de consultores ambientales para la presentación del Cuestionario Ambiental Básico
Made 2010-08-10 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Paraguay
- Subjects
- Environment
- Keywords
- Indigenous Peoples, legal proceedings/administrative proceedings
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f'l'?ESIOENCIA DE LA li!EPLJBLICA SEAM. SECNEV\f!:fA DF.;.\ A1\ti.Dlf.NH. PARAGUAY Resolucion N° f j f /10 POR LA CUAL SE LES EXIME DE LA CONTRATACION DE CONSULTORES AMBIENTALES PARA LA PRESENTACION DEL CUESTIONARIO AMBIENTAL BASICO A LAS COMUNIDADES INDIGENAS. Asuncion, lO de ~ vs( c:rle 201 0 VISTO: El Memorandum N° 616/09 de la DGCCARN y la necesidad de regular las actividades de la Agricultura Familiar Campesina en fincas de hasta 25 Has de manera a facilitar Ea adecuaci6n legal ambiental de las mismas para fortalecer su arraigo y promover la producci6n orientada hacia la seguridad alimentaria del pais, asi como apoyar a las comunidades indigenas a fin que puedan consolidar su desarrollo aprovechando sus recursos naturales de manera sustentable, y el Dictamen N° 486/10 de la Direcciion de Asesoria Juridica, y, CONSIDERANDO: Que, la Ley 294/93 en el Articulo 7° establece - Se requerira EV ALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL para los siguientes proyectos de obras o actividades publicas o privadas inciso a) Los asentamientos humanos, las colonizaciones y las urbanizaciones, sus planes directores y reguladores; inciso b) La explotacion agricola, ganadera, forestal y granjera; Que, el Art. 4° de la Ley N° 294/93 de Evaluaci6n de Impacto Ambiental, dice cuanto sigue: Lat EV ALU A CI ON DE IMP ACTO AMBIENT AL y sus Relatorios, asi como sus ampliacio:nes y modificaciones, deberan ser realizados por las personas, empresas u organismos especializados que esten debidamente autorizados e inscriptos para el efecto y deberan ser costeados por los responsables del proyecto, quienes los suscribiran en tantos ejemplares como exija cada reglamentaci6n. Que, sobre esta base legal, la autoridad de aplicaci6n esta facultada a autorizar a personas fisicas o juridicas a realizar los procesos vinculados a la Evaluaci6n de Impacto Ambiental, las cuales pueden ser organismos de extension agraria y organizaciones campesinas y comunidades indigenas con personeria juridica Que, el Decreto Reglamentario N° 14281/96 en su Articulo 10° establece que "Las actividades o proyectos que por su envergadura esten por debajo de los limites establecidlos para la realizaci6n del estudio de impacto ambiental estaran reguladas por normas ambientales vigentes." Resolucion N~, f J ~ /10 POR LA CUAL SE LES EXIME DE LA CONTRATACION DE CONSULTORES AMBIENTALES PARA LA PRESENTACION DEL CUESTIONARIO AMBIENTAL BASICO A LAS COMUNIDADES INDIGENAS. forestales cuando tengan lugar en terrenos con extension superior a 50 Ha de aprovechamiento. Que, la Ley N° 1561/00 de fecha 21 de julio de 2000 "Por la Cua/ se Crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaria del Ambiente", y, Que, de conformidad al Art. 18 inc. g) de la Ley No. 1561/00, es atribuci6n del Secretario Ejecutivo dictar todas las Resoluciones que sean necesarias para la consecuci6n de los fines de la Secretaria, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento. POR TANTO, en uso de sus atribuciones. EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRETARIA DEL AMBIENTE RESUELVE: Art. 1 °: Las Comunidades Indigenas; con personeria juridica y a traves de Ii deres reconocidos legalmente que presenten proyectos productivos agropecuarios y/o de aprovechamiento forestal, seran exoneradas de la contrataci6n de Consultores Ambientales para la presentaci6n del Cuestionario Ambiental Basico. Art. 2°: Comunicar a quienes CQJl~)Oll,da y cumplida, archivar. t· ,. : ,'\~··: .•. ,,.'i • ·~~.tml~t---· . , ... ·cc•. ·- '•"· •• ' • •. , s,·ecre~~i?eneral SEAM ,,. ·: ,,::·, .;,>i :,; {f}~4~ 'I'-,. ', PARAGUAY "HHIOS Y TODAS