Resolución Nº 259/15 – Por la cual se establecen parámetros permisibles de calidad del aire
Made 2015-07-03 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Paraguay
- Subjects
- Air and atmosphere, Environment
- Keywords
- pollution control, air quality/air pollution, emissions, environmental standards, standards, protection of environment
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TEKOHA RESAI SE(IlET"~I'" DU AMBIENTE , TETA~ REKUÁI : GOBIERNO' NACIONA!c RESOLUCIÓN N" 25 e¿ lIS "POR LA' CUAL SE ESTABLECE PARÁMETROS PE RM ISIBLES DE CALIDAD D1L A l RE".----.---. -••------••---- ••••••••------ ----------------•••-••-•••••••--••----- -•••------.- -------. -----. . .• I Asunción, 03 deJ CA 1;- e de 2.015. VISTO: Los Memorándums DGA N° 231 Y N° 238, rem itidas por la Dirección Gene ,,~l del Aire, de fecha 1 y 3 de julio de 2015, respectivamente,y;--------------- -,-------------- ----------- \ CONSIDERANDO: Que, por la referida nota se presenta el resultado de la Mesa d. Trabajo interinstitucional liderada por la Dirección Gene ral del Aire relativa No rmas de Calidad de! Aire para gas~s SOz, N02, CO, OJ troposférico y Material Particuiado, y se solicita establecer parámetros permisibles de calidad del aire por resolución de la máxima autoridad de la ' Institución .------------------------.------------------------------------------------------------------------- \ Que, dicho requerimiento se sustenta en las disposiciones del artículo 11 de la ley 521 / /14 "De Calidad del Aire" que establece la responsabilidad exclusiva de establecer reglamentariamente los pa rámetros permisibles y exigibles de calidad del Aire y de la Atmósf era den tro del plazo máximo de un año contado a partir de la fecha de promulgación de la ley de Calidad del Aire, 3 de j ulio ,'le 2014. "Los parámetros deberán ser establecidos por resoluc ión fundada, considerando parámetros •admisibles para períodos cortos; medianos y largos, en función a garantizar la prevención ' y protección de efectos agudos y crónicos mediatos y posteriores, que pudieran ser generados por las Actividades Potencialmente Contaminadoras del Aire y de la Atmósfera, los mismos deberán s~r revisados en forma periódica, en lapsos de tiempo no superiores a un año, con un criterio life gradualidad descendente y de no regresión. La Autoridad de Aplicación deberá actualizar los valores establecidos en los estándares de calidad de Aire y de la Atmósfera vigen tes, cuando fue ran conocidss nuevas técnicas o datos que indiquen que corresponde la actualización, mediante resolucicn f undada" .--------------------------,-------------------------------------------------------------------------- , Que, siendo la Secretaria del Ambiente la Autoridad de Aplicación de la ley 5.211114 "De Calidad de Aire ", le corresponde a la misma velar por el cumplimiento de las normas de calida d dJ.1 aire, estableciendo para el efecto en primer lugar normas de calidad ambienta l, a través de estándares permisibles de contaminación del Aire, teniendo en cuen ta las directrices de la, Organización Mundial de la Salud, Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, con el obje to de proteg er la salud de las personas de los efectos agudos y crónicos de los contaminantes SO" NO" MP, CO, 03 troposférico entre otros contaminantes listados en el artículo 12 de la citada ley, \ garantizando la correcta medición de lc:-s concentraciones ambientales de los contaminantes de interés a través de un programa de control y monitoreo gradual de las emisiones..- --· - - - - -- - -- - - --~ -- ------ - - - - - - - CERTIFICO QUE LA PRESEIfIE " Es.:::~¿¡U:RlGIN~ Secr9tan ~eneral Seo,e'a,ie del Ambl"l')' Al t5 TORGADO EN nCBAi.1..,J..!;:;.L.J•• ••••• "POR LA CUAL SE ESTABLECE PA RÁMETROS PERMISIBLES DE CA LIDA D DEL \ A IRE" .•••••••••••••••••••••••. . . . . •••••••••••••••••••. ••••••••••••••.•. . . . . •••. .•••••••. . . ••••••••••••••. . . •.••••••• Que. el dióxido de nitrógeno (N02) es producido directa e indirectamente por la quema de combustibles a altas temperaturas. En el proceso de combustion , el nitrógeno se oxida para fo rmar principalmente monoxido de nitrógeno (NO) y en menor proporción dióxido de nitrógeno. El NO .\B transforma en N02 mediante reacciones fotoqutmicas.El dióxido de nitrógeno puede combinarse c(l'n compuestos orgánicos volátiles en presencia de luz solar para formar ozono. asl como con agtsa paraformar ácido nítrico y nitratos. Esto cont ribuye a la producción de lluvia ácida y al aumento .le los niveles de f¡fP IOy MP2.5. La Organización Mundial de la Salud (OMS) reporta que la exposici4n a este contaminante puede producir efectos agudos y crónicos sobre la salud de la perso~F' especialmente en la pobla ción asmática. La Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (U.S.EPA) ha reportado que la exposición a N0 2 puede irritar los pulmones y reducir la resistencic !a infecciones respiratorias. . . •• •• . . .••• .. .1. ill~ H.MflY"Y '1 ¡' ~(C" ( 'A I"A DH AMBIENTE Resolución w.;25 ~1115 • TETA~ REKUÁI GOBIERNO' NAC IONAL ~' .." :; r ;.. : . ¡;: ; . ~ : ";> ! r ¡ ~ • • " '. . '", • .; Que. para efectos regulatorios, el material particulado se clasifica según su diámetro aerodinámico. dado que el tamaño de la particula es la variable critica que determina el luga r dI' deposición en el tracto respiratorio. La Organización Mundial de la Salud (OMS) realizó un), actualización y revisión completa de los estudios disponibles para el riesgo a la salud. propon iendo valores límites para la fracción fina 'de material particulado (MP2.5). cons tituida por partícu las de . tamaño menor o igual a 2.5 micrones. El MP2 .5 se produce por emisiones directas de los procesos de combustión de combustibles fósiles, como el di ésel, a partir de conde nsación de gases y reacciones en \ la atmósfera a partir de 502, NOx, comp uestos orgánicos volátiles. amoniaco y otros. En este \ contexto. las principales fuentes de MP2 .5 son los automóviles. buses y camiones, tanto a diésel como gasolina. procesos industriales, procesos metalúrgicos y comb ustión de biomasa en quemas residencia les. agrícolas e incendios f orestales. --------.- .-- -.- -------. - --- ------ . RDRBlr r. CERTInco QUE LA PRESENTE ES FQ Sra. María er I Secretaria General 12 Sacratarta dol AmblontoLIJ 02 15OTORGADO EN FECHA... J.J [ ,J .. 1-' I RESOLUCIÓN W.25'11I5 " POR LA CUAL SE ESTABLECE PARÁME TROS PERMIS IBLES DE CA LIDAD DI,~L AIRE' '.•••••••••-----------.-------•••------. -. ---------•••••-------------•••---••••• ----••---------. ------•••••••-~ 1B<QHA RESAI SH "tT" . '" DH AMBIENTE • TETA~REKUÁI \ GOBIERNO' NACIONAL \ ~ . : .;. ~ r;· !, . ~ <; J" I Que, respecto a los impactos y riesgos en la salud. se han identificado aumento en mortalidad y admisiones hospitalarias en pacientes con enfermedad pulmonar obstructiva cróniiQ, enfermedad cardíovascular, incremento en síntomas de asma , aumento de riesgo de inf artos lal miocardio, inflamación pulmonar y sistémica, incremento en incidencia de infecciones y cánce r en el sistema respiratorio. Así. según la Coalición del Clima y el Aire Limpio, al menos 7.000.000 t e muertes prematuras son atribuibles a la contaminac i án del aire. ------------------.------------------------"¡ • I Que, el Centro Mario Mal ina Chile , realizó durante el mes de junio de 2014, un monitorco de la calidad de Aire de Asunción que involucró mediciones en los mismos sitios evaluados por ell~s en el año 2010, es deci r un sitio relacionado al transporte ubicado en la intersección de las calles Cerro Corá y Brasil (edificio del Touring y Automóvil Club Paraguayo), y otro sitio de línea base para la contaminac ión generalizada de la ciudad, estab lecido en el edificio de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Católica. Los análisis de laboratorio efectuados en la Escuela de Salud Pública de Harvardy el Instituto Sueco de Investigación Ambiental indicaron que durante junio del \ año 2014, el aire de Asunción registró dos días de con taminación en los cuales se superaron los límites establecidos por la Organización Mun dial de la Salud (OMS) u otros organismos similares. En comparación a los resultados del año 2010 se observó que en promedio los niveles de contaminación disminuyeron, no obstante aún se mantuvieron mayores en el sitio cercano al transporte. -- -- -~- -- - - - - - Que, la Secretaría del Ambiente es Autoridad de Aplicación de la ley 5.211114 "De Calidad de Aire ", le corresponde a la misma velar por el cumplimiento de las normas de calidad del aire, estableciendo para el efecto en primer lugar normas de calidad ambienta l.------------------------------T Que, la Ley N° 1.56112000 "Por la cual se crea el Sistema Nacional del Ambiente, ~l Cons ejo Nacional del Ambiente y la Sec retaría del Ambiente ", dispone en el Art. I S" inc. g): "Es atribución de l Ministro - Sec reta rio Ejecutivo dictar todas las Resoluciones que sean necesar.:hs para la consecución de los fines de la Secretaría, pudiendo establecer los reglamentos intem,'JS necesarios para su f uncionamiento ".---- ••-•. -------------.------------------------- -------------------- r - r- -r Que, conforme al Decreto N° 2955 de fecha 13 de enero de 2015, se nombra al Señr Rolando Gabriel de Barros Barreto Acha, como Secre tar io Ejecu tivo de la Secretaría del Ambiente (SEAM).------- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- . POR TA NTO, en eje rcicio de sus atribuciones legales, --- ------------- JI . Sec let.a po¡ Genera l - - I Secret. ". oer 'mbren" lú, 0:1- {<: OTORGADO EN nCHA.1.lJ..Y..!-.JJ..L. \ \ CEJUlFICO QUE LA PRESENTE lA FIEL DEJ ORIGINAL I I ~~¡.A~'ahrt,ad del ai re de conf ormida d al siguierte, EL MlNlSTRO SECRETA RIO EJ E CUTIVO DE LA SECRETAR ÍA DEL A M BIENTE 200 ¡¡g/m ' Media en I h \ I T ETA~ REKUÁI GOBIERNO"! NACIONAL ~~A , ,, ..·.~ ...Yll ... Contaminantes Media Anual Media en 24h Media en 8h MP ,.s 15 ¡¡g/m' 30 ug/m ' .-.,•..,-(,..- ' MP,o -- .,.'h ISO¡¡g/m' O, 120 ¡¡g/m' NO, 40 ¡¡g/m' SO, 20 ¡¡g/m' ca /O mgtm ' , \ \ [ ( 111'.1/1.111" O H AMBJEt.rTE '.~: : .:r;, J'~" )". "POR L4 CUAL SE ESTABLE;;SO;:C:;::~::1 : : MISIBLES DE· ' ~~~/~A~ 'Dl AIRE'~ ----- - -- --- - -- --- --- -- --- -------------- - - -- - - -- · ----- -- - --- --- -- - --------------------- - - - ------------ --- ---- · 1 r--::----:----r:-:-::--:------;---,-:-:---;:---:::-::--r--::-;-;:---;;;--.~ ;: - ; ; o ' A rt.2' ESTABLECER definicio nes a los efectos de la presente resolución: Microgramos por metro cúbico (¡¡g/m3): Unidad de medida de concentrac ión "n volumen . correspondiente a microgramos del contaminante por metro cúbico de aire. La condición normal (Jiglm3N) corresponde a la presión de una atmósfe ra (1 atm.] y uha tempera tura de 25 grados Celsius (25°C).-----------------------------------------------------------, Valores efectivamente medidos: Parámetro registrado que no presente una desviacián fu era de lo normal (para la variable) y que no presente valor negativo de la concentraciórl. Concentración media de 1 hora: Promedio aritmético de los valores efectivame.ue medidos del minuto al de la hora y terminado en el minuto 60 de la misma. 1. I Concentración m e d ia de 24 horas: Promedio aritmético de los valores efectivamente I medidos de concentración de 1 hora, correspondiente a un periodo de 24 horas sucesivos contadas desde las cero horas de cada día. -- -- - - - -- - - -- - - -- -- - - -- - - -- - -- -- -- - -- - -- -- - --- ·- -- - - ---- --· ~ \ Concentración m e d i a efectivamente medidos de mensual: Corresponde al promedio de los valores concentración de 24 horas, en un mes calendario.------------------· Concentración trimestral: Promedio aritmético de los valores efectivamente medidos de', concent ración de 24 horas correspondientes a un periodo de tres meses sucesivos. - - - - \ Conc entración anual: Promedio aritmético de los 4 valores de concentración trimestral ocurridos durante un año, o bien a los 12 meses correspondientes a un año. , Año calendario: Periodo que se inicia el L" de enero y culmina el 31 de diciembre del ~ -t ---.rml1UJW!.an~-o.--- ----------------------------- ----------------------------------------- ----------------- -----: CERTIFICO QUE LA rRES~NTE ESFOT~ FIEL DEL ORIGINAL Sr! ."".r:a :~ ,