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Laws of Paraguay

Resolución Nº 244/15 - Por la cual se establece el Plan de Gestión Ambiental Genérico para las Actividades Agrícolas, en el marco de la Ley Nº 294/93

Made 2015-06-24 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Paraguay
Subjects
Agricultural and rural development, Environment, Forestry, Water, Wild species and ecosystems
Keywords
environmental impact assessment (EIA), soil conservation/soil improvement, irrigation, policy/planning, fire management, hazards, freshwater pollution, pollution control, protection of species, biodiversity

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  1. j ' I TEI(OHA RES.AI SAMBYUYl-IA SECR ETt,nit\ DEl AMBIENTE ~ TETji, ~ REKUÁI GOBIERN~ NACIONAL . .' ¡; ;, l :' .'.tf; t ,: ;·: L PLA N DE GESTIÓN A M BIEN TA L GEN ÉR ICO PARA EL MA R CO DE LA LEY N ° 294/93 "DE EVALUACIÓN S U M ODIFI CA TORIA, LA LEY N ° 345/94 Y DE LOS S N° 453113 Y N ° 954113". '1 Li . Asunción, .~L / de 7 LA /'l í Q de 2015. ,j VISTO: El Memor ánd 111 DGCCARN N° 726 de fe cha 9 de j unio de 2015, fi rmado por el Director de la Dirección Gel e al de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Natura les, el Dictam en A.J. N° 10 efecha 12 de marzo de 20 15, y;--- -------- -------------------- "POR LA CUAL SE ESTABLEC ACTIVIDADES A GRÍCOLAS, DE IMPACTO AMBIENTAL" DECRETOSREGLAMENTARI CONSIDERANDO: u , la DGCCARN, nota mediant e solicitó la aprobación de la reglamentación del Plan de Gest ' 1 Ambiental Genérico para Proy ectos A grícolas , en el marco de la Ley N° 294/93 y sus Decreto r glamentarios Nos . 453/13 y 954/13 respectivamente . Que, según lo estab ido en el "Ma nua l de Organización y Funciones de las Direcciones Generales y Organ s de Apoyo de la Sec retaría del Ambiente " aprobado según Resolución SEAM N° 1.788/0 7, el t las funciones de la DG CCARN se enc uentran las de: "... l. Promover, revisar, aprobar y p e entar a la Secretaría Ejecutiva anteproyectos de creación, reglamentación, modificación y/o tualizaci án de leyes y sanciones relacionadas al Control de la Calidad Ambiental y los Recurs os turales (Aire, Agua y Suelo)... ". ------ ---------------------------- Que, la ref erida Ley 294/93 además en su Art. 13°, determina la f acultad de la Autoridad Ambiental de efectuar i is ecciones, verificaciones, mediciones y demás actos necesarios en caso de duda sobre la vera i ad de la información proporcionada en la correspondiente evaluación de impacto ambienta, pudiendo verificar la correcta implementación de l Plan de Gestión Ambiental (PGA) por los n dios idóneos que estime conveniente. Del mis mo cuerpo legal, en Art. 6°, reza: "...La reglamen i án de la Ley y la aplicación de sus prescripciones estarán a cargo de la Autoridad Administra iv ". ----------- ------------------------- -------- ------------ ----- Que, de. acuerdo a 1 ey, el Plan de Gestión Ambiental (PGA ) mencionado es el documento que contiene la descri cián de las medidas protectoras, correctoras o de mitigación de impactos negativos que se prev én en el proyecto; los métodos e instrumentos de vigilancia, monitoreo y control que se utili a án, así como las demás previsiones que se ag reguen en las reglamentaciones.------------c - - - - - - -- - - - - ----- - ----- - - -- -- - - - - - - - -- - - -- --- - - - - - - - -- -- - - - - - - - - - - - - - -- - - -- ---- " . Que, el Plan de Gesti n Ambi enta l es el instrumento de planificación que contribuye a gestionar los impactos ambient e de un proyecto, obra o ac tividad some tida al proceso de evaluación de impacto ambienta probado en el marco de la Ley, buscando la sostenibilidad social, económica y ambiental del e iprendimiento.------------- ---- ---- --------- ------ ------------------- Que, a través del De r to N° 453/13 "Por el cual se reglamenta la Ley N° 294/1993 "De Evaluación de Impac to Am i ual" y su modificatoria, la Ley N° 345/1994, y se deroga el Decreto N° 14.281//996 ", dicha rmativa en su Capítulo JI - De las obras y actividades que no ...~~1r~Ja obtención de una d e o ración de impacto ambiental, esta blece en el Art. 3° Inc. a) ~ ~~' ~~Ie..:; " .:(la:~/~b.ras y activid~1;fJ;~~: ~. Pjié~es de causar. in:pactos ambienta .l:s que no estén incl~idas i '~e' .e n e'.Artlcu~ 2° no req5.~~r.V:[¡n I -et~~4e.. al procedimiento de Evaluacián de Impacto Ambienta l ~ ~: " , ·jJ~'.·o ..z: :,~l}mPli~ cO~" lla. , s n".f.;;'C.'.:':.' .{l,.",.,: ;j,.ur1~~,~f, s nacionales qye las re~ulen, debiendo min imizar.:n \">. todo ~.'JlOlnt:~1 I ~ m:pctF~~bs ~;~~~ };.q~~ ~.~I~¡~en~~mo cump lir con los Plane s de Gestián \\:?t.'.. ::~'>' , .... t \\'~) " \(?;." , .,:> ~) ;.~' ('1;/~1 ~~:.:¿ .,. ,,'). .\¿, ' "'-~' ...:.- l /~1 1 ···~~·~?· ¡~~:~:~~:~ll:: JJp}}Y TEK9HA RESAI $ 1~ MI) Y I-I 'iIi A ~ ECR ETMHf\ Del AMBIENTE "POR LA CUAL SE ESTABLE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, DE IMPACTO AMBIENTAL" DECRETOSREGLAMENTARI TETA~ REKUÁI GOB IERN O' NACIONA L : ., ' ,;.: . ; '. {- ' SOLUCIÓN N ° 7 l ¡ Lj 115 < EL PLA N DE GESTIÓN AMBIEN TA L GENÉRICO PftRA EL MA R CO DE LA LEY N° 294/93 "DE EVALUACIÓN SU M ODIFICA TORIA, LA LEY N ° 345/94 Y DE LOS S N° 453113 Y N° 954113".------ Ambiental Genéricos que, para 'a a actividad, promulgue la Secretaría del Ambiente. Dichos planes de gestión ambientalgene úc s contendrán las medidas técnicas de monitoreo y control de la obra y actividad así como las d n .itigaci án o compensación de'los impactos negativos.e. ". Que, posteri ormente, través del Art. Z" del Decreto N° 954/13 "Por el cual se Modifican y Amplían los artículo 0, 3°, 5°, 6° Inciso e), 9°, 10°, }40 y el Anexo del Decreto N° 453 del 8 de octubre de 2013 ", s modifica el Artículo 3° del Decreto N° 453/13 quedando redactado de la siguiente manera. ' ... a) Las obras y actividades susceptibles de causar impactos ambientales que no estén incluida n el Artículo 2° no requerirán someterse al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental ro deben cumplir con las normas jurídicas nacionales que las regulen, debiendo minimizar en o o momento los impactos negativos que generen, así como cumplir con los Planes de Gestió mbiental Genéricos que, para cada actividad, promulgue la Secretaría del Ambiente. Dichos 1 nes de Gestión Ambiental Genéricos contendrán las medidas técnicas de monitoreo y control d labra y actividad así como las de mitigación o compensación de los impactos negativos. Los res o isables de obras y actividades susceptibles de causar impactos ambientales que no requieren sal e erse al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, deberán comunicar, bajo Declara i n J urada, a la Secretaría del Ambiente el cumplimiento de su obra y actividad bajos los t érmii o del Plan de Gestión Ambiental Genérico, que deberá ser registrado en el Catastro Amb el tal de la Secretaría del Ambiente, al solo efecto de la identificación y monitoreo de las vidades ".--------------------------- Que, asimismo, en con. o ancla con lo dispuesto en la normativa de base, los Planes de Gestión Ambiental Genéricos de e contener las medidas técnicas de monitoreo y control de la obra y actividad así como las e mitigación de los impactos negativos con la finalidad de minimizar en todo momento los im ctos negativos que generen. Que, conforme al Art. 1 ° del Decreto N° 453/13, la Secretaría del Ambiente queda facultada a reglamentar todos los s ectos del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambi ental que no estén expresamente con 11plados en el presente Decreto, siempre y cuando no se contradiga o desnaturalice lo esta 1 cido en esta. re glamentación. Que, resulta necesari eglamentar en forma clara y precisa cuales han de ser las documentaciones que deberán tei e se en cuenta a la hora de presentar los Planes de Gestión Ambiental Genéricos de todo pt ecto, obra o actividad; para lo cual la adecuación de las reglamentaciones a los fines mene 01 ados pueden contribuir a generar procesos más ágiles y a dar respuesta en tiempo oportuno a lo e tudios y/o planes, propuestos por los interesados. 11 11 H 1;;. ; o .1:,1:.: ~ .~ :. ,~ :' .: ! r :; '; '1 .-; ~ , TETA ~ REKUÁI GOB IERN~ NACIONA L TEKOHA RES.AJ SAMOYIIYHA SECRETARiA DEl AMBIENTE ; ESOLUCIÓN N ° 2 /..j Lí // 5 "POR LA CUAL SE ESTABLE EL PLA N DE GESTI ÓN AMBIEN TA L GENÉRICO PARA ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, Ni EL MAR CO DE LA LEY N° 294/93 "DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL" I y SU MODIFICATORIA, LA LE Y N ° 345/94 Y DE LOS DECRETOS REGLAMENTARI S N° 453//3 YN ° 954//3".- de los recursos naturales; y en tal se.ntido, sometido a dictamen , la Direcci ón de Asesoría Jurídica por Dictamen A.J. N° 102/2015 d f echa 12 de marzo de 2015. ha recomendado la prosecución de los trámit es de rigor a efectos de l suscripción de la correspondiente reglamentación. Que, del mismo mod , Ila Dirección General de Protección y Conservación de la Biodi versidad a través del Mem l rándum DGPCB N° 0259/ 15 ha elevado las consideraciones técnicas con relación al docum ent base de Plan de Gestión Ambiental Genérico. I Que. la Ley N° 1.561 2000 "Que crea el Sistema Nac ional del Ambiente, el Consejo Naciona l del Ambiente, y la Sec eJaría del Ambiente" en su Art. I r 1nc. k) determina que la Secretaría del Ambiente tendrá por funcion es, atribuciones y responsabilidades. proponer y difundir sistemas más aptos para a protección ambiental y para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el man tlimiento de la biodiversidad, y en el 1nc. n) dispone que la Secretaría del Ambiente tendrá I Jr f unciones, atribuciones y responsabilidades, promover el control y fiscalización de las a ividades tendientes a .la explotación de bosques, flora, fauna silvestre y recursos hidricos, au ,¡izando el uso sustentable de los mismos y la mejoría de la calidad ambiental.------------------ --. Que, la misma Ley en l JArt. 14° 1nc. i) estable ce que la Secretaría del Ambiente es la autoridad de aplicación de la Ley r294/93 de "Evaluación de Impacto Ambiental". Que. al respecto, se ) cuentra vigente la Resolución N° 04/05 que aprueba la Política Ambiental Nacional (PAN) que constitu ye el conjunto de obje tivos, principios, criterios y orientaciones generales para la p otección del ambiente de una sociedad, con el fin de garantizar la sustentabilidad del desarrollo ' ,la las generaciones actuales y fut uras (Núm. 2.1.). Que, para tal efecto, la Política Ambiental Nacional incorpora entre sus objetivos específicos, entre otras, actualiz la legislación ambiental en función al desarro llo de eficientes instrumentos de gest ión. Además,1in'cluye entre sus estrategias, las relacionadas a las regulaciones ambientales, a partir de las cua es las acciones e iniciativas han de centrarse en consolidar e integrar la norma y garantizar si cumplimiento...... para cuyo efecto se vale de ciertos instrumentos fu ndamentales entre los que se ub ca el "Desarrollo del Marco Legal".------------- Que, asimismo, la Sec! e!aría del Ambiente como autoridad de aplicación de normas de Evaluación de Impactos Ambi ntal es y sus Decretos Reglamenta rios, debe art icular los mecanismos a efectos de llevar a cabo una adecuada gestión en los ámbitos de su competencia, y tal es el caso de los Planes de Gel tián A mbiental Genéricos para Actividades Agrícolas . /~~ªue, el Art. 181nc. ) /de la misma Ley, dispone que: "es atribución del Secretario / ?;:}Ej efJ !:1.Uz.r¿ díé;ftz( todas las resol};!;. iglJ:~ que sean necesarias para la consecución de los fi nes de la I( ~'¡ Se§ X G"l.'·";,. ....~ ldo establec't tr =-:F.eJftan~~ntos 'nterñóS necesarios para su f uncionamiento ". . ,) (I'~~ - f- " .( :'l.:;'r' I LAr~~. "7 \\ ~ ~~~ " , - '~ . " /!>7;:' ~ .. -(0\ ~v I::~ ~ tl: . ~L;.;/ · ~ -: J/ !It~~' 1'.: .',',\ ¿~.\\/ I ~,J:~;., «.;......"; ild\() ;~ "3)\1 "~ -/¡'fr -:: '<~\ ' / / \' r ' . •" 1:., :.1 .J (" 1 1 .~~ ~~~~?~~~~ TEI(OHA RESÁI SAMDY II YI-lA ) ECHETAll ll\ DEl AMBIENTE ~ TETA~) REKUÁI GOB IER NO) NACIONAL ~ , ¡' -r. L PLAN DE GES TIÓ N AMBIEN TA L GENÉRICO PARA EL MA RCO DE LA LE Y N ° 294193 "DE EVALUACIÓN SU MODIFICATORIA, LA LEY N ° 345194 Y DE LOS S N ° 453113 Y N ° 954113".----------- EL MINISTRO SECRETARIO EJE TlVO DE LA SECRETARÍA DEL AMBIENTE R E S U EL VE: ESTABLECER la obli a oriedad del cumplimiento de los Planes de Gestión Ambiental Genéricos para las e ividades Agrícolas de acuerdo a la "GUIA PARA LA PRESENTACION DE t;NES DE GESTIÓN AMBIEN TA L GENÉRICOS PARA ACTIVIDADES AGRI LAS" que forma parte de la presente Resolución. Los proponentes respot s bles, independi entemente a las medidas establecidas en el Art. 1° de la presente Re o uci án, deberán dar cumplimiento a todas las normativas ambientales nacionales e rrespondientes a la actividad. "POR LA CUAL SE ESTABLEC ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, DE IMPACTO AMBIENTAL" DECRETOSREGLAMENTARI Art. r.. POR TANTO, en uso e sus atribuciones legales, Que, conforme al Dec e N° 2955 de f echa 13 de enero de 2015, se nombra al Señor Rolando Gabriel de Barros Barret cha, como Secretario Ejecutivo de la Secretaría del Ambiente (SEAMJ.------------------------------- - -- - - ~ -----------.-----------------~ -------------------------------------. Art.3°.- Todos aquellos afect d s por la presente Resolución deberán comunicar, bajo Declaración Jurada, a a ecretaria del Ambiente el cumplimiento de su obra o actividad de conformidad a lo términos del Plan de Gestión Ambiental Genérico para Actividades Agrícolas, ¿ e deberá ser registrado en el Catastro Ambiental de Planes de Gestión Ambiental G n 'ricos de la Secretaría del Ambiente, al solo efecto de la identificación y monito e de las actividades y cuyo registro en el Catastro Ambiental será sin costo.----------- - ------------------------------------------------ Art. 40. Los Planes de Gestiát mbiental Genérico para A ctividades Agrícolas pod rán ser elaborados con el ase "amiento de un especialista del área Ing. Ambientales, Ing. Agrónomos, Ing. Agro m'/Jientales, con el único fin de colaborar en la identificación de impactos y sus corresp n);¡ientes medidas de mitigación.------------- ------------------ Art. 50. Los Planes de Gesti át mbiental Genérico para Actividades Agrícolas deberán ser presentados ante la Se r taria del Ambiente en forma anual, si hubiere modificación en ~ el proyecto. -------------- - ----------------- ~D~~,, ;/\, 1'.> ' ~ <'! .-h" , . .. . I!.~~ ..' , - ' 6.··l ! UNICAR, a qutei e C~!~fW?..g!~a y cumplida archlv~~~----------- - ------- - --- J~F' };:-..,h"1. ¡.~ :: I ' /;~-~.. D Ji'L;'~':,\ /2 ¿ r ~ '~;i \(f"' \ ~~ ]l trl~, ' \ .,1:1;'.1-" ' ./?~ ~ ~: '\~. / 'AR1¿1Jí 'ERESA:: ffZQ-fl ;',,,7 'iÍg.,rS;. FTAL. ROLANDO DE BARROS BARRETa 1,-' """", , j ' '," -', l , \ 's'," ,{ ..'q{3tretaría G neral ,! .:.? ::1/;'\ Mini stro, Secretario Ejecutivo ~·<'· f" r::,~.:;¿,.... '. ,. .- !"J ¡ '~.~~l~;''''· " '(> <,;' " ,1 Sambyhyhára ~-.~<~., -:<: ::;: :, .~t;:;~~~;S~;,;/' RDHnlrr .1: ":."' ~~ TIET A~ REKUÁI GOBl lERNOlNACIO NAL ." -. -: ~ GUIA TA L GEN ÉRICO PARA PR OYE CTOS AGRÍCOLAS E ouicton N °2 L/ Lj /15 L PLAN DE GESTIÓN AMBIEN TA L GENÉRICO PARA EL MA R CO DE LA LEY N° 294/93 "DE EVALUACIÓN S U M ODIFI CA TORIA, LA LEY N ° 345/94 Y DE LOS ° 453/13 Y N ° 954/13".-------- ------------------- ------------ TEKOHA RESÁI Sll,l/\ OYI-IY 1-1 A SE(I(ETM!lA OH AMBIENTE 1.1 Responsable del Proye t Nombre, Ap ellido, Foto co Autenticada de cédula de iden tidad de la persona responsable "1.2 De la Propiedad Copia Autenticada del Titu o o Copia del Contrato de Arrendamiento, 1.3 Ubicación Barrio, Localidad, Distrito epart amento, etc. Lote, Man zana , Finca, Pa n y Cuenta Corriente Catastral. lA Descripción de la ActÍJ i d Describir rubros al que se icara dentro de la actividad agrícola y cualquier otra inform ación que desee agr g r. 1.5 Mapas e Imágenes Mapa de Uso Actual y Ma de Uso Alternativo en el cual se identifique espacialmente los límites de la propiedad y 1 s actividades que se desarrollan dentro de la misma. Deben ser identificados d s esquineros de la propiedad con coordenadas Geográficas y/o UTM, Contener Linderos ct ial izado s con sus correspondient es Rumbos y Distancias según Título de Propiedad o M n ura Judicial; en Formato Impreso tamaño A3 y en Formato digital Shape. Lafecha de edición de los m pas debe ser en un rango de hasta 2 (dos) meses anteriores a la present ación de las doc 11 entac iones ante la Secretaría del Ambiente. Ima gen Satelital del mio I 86 e Imag en Sat elital Actualizada a la presentación de las docum enta ciones ant e la e retaría del Ambiente; sobre las cuales deberá ir identificada con la may or exactitud po i le el perímetro de la propiedad. 1. DATOS GENERALES "POR LA CUAL SE ESTABLEC ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, E DE IMPACTO AMBIENTAL" DECRETOSREGLAMENTARI ...... 2. MEDIDAS PARA EL M J O DE AGROQUIMICOS... Cumplir con. las normat s relacionadas al uso y manejo correcto de agrodefensivos establecidas por la Ley 3 /09 DE CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS DE USO AGRÍCOLA Y nortn tt las establecida por la Autoridad de Aplicación de dicha ley . 3. MEDIDAS DE PROTEC N DE S UE LO TEKOHA RESÁ/ SAMBYH'fHA )ECRET/\HI A DEl AMBIENTE , TETA ~ REKUÁI GOBIERN~ NACIONAL ESOLU CIÓN N° 21-/1 115 "POR LA CUAL SE ESTABLE E EL PLA N DE GESTIÓN AMBIEN TA L GENÉRICO PARA ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, N EL MA R CO DE LA LEY N ° 294/93 "DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL" Y SU MODIFICATORIA, LA LEY N ° 345/94 Y DE LOS DECRETOS REGLAMENTARI S N° 453113 Y N ° 954113" .--- -------- ------------- ----------- ------ 4. MEDIDAS DE PROTEC ION DE RECURSOS HID RICOS 4. 1 En caso de utiliza¡ sistema de riego. disponer de un abastecimiento suficiente de agua potable. con inst laciones apropiadas para su almacenamiento y distribución 4. 2 Proteger la calid d de las aguas reduciendo las perturbaciones de suelo en la cercanía de los curs s de agua, y cuenca en general. respetar las normativas relacionadas a la prot cci án de márgenes de cursos de agua. 4. 3 Respetar los m árge les de prote cción de las lagunas, lagos, y demás cauces hidricos y nacientes. (Ley N° 4241 de restablecimiento de bosques protectores de cauces hidricos dentro del ter itorio nacional) 4 . 4 Ubicar los abreva eros para anima les en lugares seguros, donde no haya riesgo para los animales o p sibilidad de contaminación de las fuentes de agua, evita r que el animal vaya directam ite al curso hidrico. 4 . S Mantener las capta iones de agua en condiciones estructurales adecuadas. 4. 6 Se prohíbe cualqui r interrupción o desvío de cauces hidricos superficiales, sin la autorización de la Aut ridad Ambiental. 4. 7 Si se utiliza para r ego se deberá mantener el caudal ecológico a ser determinado por la Dirección Gene -al de Protección y Conservación de Recursos Hidricos. 5. MEDIDAS DE CONTRO DE ANIMALES S . 1. De exist ir bosques n la propiedad, colocar carteles de señalización en el que se prohíba la caza de ani tales silvestres. S. 2 . En caso de existi un corredor biológico, mantener la conectividad de los ecosistemas a gran e cala y permitir el desplazamiento de especies entre cuencas próximas mediante 1 conservaci án de bosques protectores de cauces hidricos y mediante la conservac án de islas de bosques que mantengan conectividad en las zonas de reserva. S. 3 . Favorecer la pre ervacián del hábitat natural de las especies amenazadas de extinción, raras o ende nicas en sus propiedades. S . 4 . Comunicar a la S retaría del Ambiente en casos de que en su propiedad sean detectadas especies en eligro de extinción o amena zadas . S. S. En caso de poseer especies silvestres en cautiverio debe dar cumplimiento a lo establ ecido en la Ley ° 96/92 de Vida Silvestre y sus normativas vigent es. 6. CONTROL DE INCENDI S FORESTALES. 6.1 Denunciar inmediatan ente ante las autoridades competentes cualquier principio de incendio foresta l. . ~ .....§.2 Procurar la detección temprana del fuego y el rápido acceso de los combatientes al , :::~:-1Jd3~~·lugar del siniestro, a fi¡ r.1Ié(.p;fi~ib. i(itar un combate oportuno y fácil. /~ ~;-' /..."':-:-,-"..6.3o~'aordinar con vecir,¡6f~~ att;rl¿¡ac~~Sompetentes y otras organizaciones interesadas, las i!;~~ A~;" if{· ·,i(.\ 'i[~ 'ividades de pre~~v.~l1c óf/;:tapg.cita2ión~co baté, de manera a optimizar los recursos ¡!;:¿, !¡.; 1;';\\ 1 \ I j-:~ . !'1T,~ - . ' :, .,~ \~~ /"'2 ~/ ¡¡ U \;;~" "" '; /:.1/ .' sultados ~ I :91c/ s:aCtlYI'dades~ e-; / \~~~~~xp~ - \(~:~~~j~f} 7' (!! TETA~ REKUÁ¡ GOB IEIRNO' NA C IO NAL ' SOL UCIÓN N° .2 l-j¿/ 115 E L PLA N DE GESTI ÓN A M BIEN TA L GENÉRICO PARA EL MARCO DE LA LEY N° 294/93 "DE EVALUACIÓN SU M ODIFICA TORIA, LA LEY N° 345/94 Y DE LOS N° 453113 Y N ° 954113". ------------ ------------------------------ SECnETrdl iJ\ DEl AMBIENTE TEl<OHA RESAI SÁMOVHYHA 6.4 Conservar los bosqu 'nundados, esteros y bañados que colinda n con las zonas de producción de maner e e evitar la propagación de incendios foresta les. 6.5 Si hubie re case tas de o servaci án o torres en la propiedad en que se desarro lla la actividad, mantener l s zonas aledañas , despejadas de vegetación, de manera que ésta /70 resu lte un factor d I ropa gp c-.tó,fi";f!e-Uitego. ~ tt";~;i;';~~t,rA;t~ti?;;~:~j~:',~~oBARRETO '<. " . ':..,,;." ". ;/ Sambyhyhára e,<¿{\:,:;~~;!.~~;:;~;>::,:;'''¡ . "POR LA CUAL SE ESTABLE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, < DE IMPACTO AMBIENTAL" DECRETOSREGLAMENTARI 1 " . RDBR /r r

Resolución Nº 244/15 - Por la cual se establece el Plan de Gestión Ambiental Genérico para las Actividades Agrícolas, en el marco de la Ley Nº 294/93 · Nelum