Resolución Nº 169/2010 - Por la cual se establece la clasificación de los productos forestales de primera y segunda transformación
Made 2010-03-12 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Paraguay
- Subjects
- Forestry
- Keywords
- timber, classification/declassification
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Text
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"¡fjjfw"nlw/a"¡" ,lo4.y,;~¡ut.moia- 910,;;;""", /8//- 20//' wflj~\) ';i $&üu/Dw,~ 9Jl,;;;w,nat RESOLUCiÓN N° ¡éR /2010 "POR LA CUAL SE ESTABLECE LA CLASIFICACiÓN PRODUCTOS FORESTALES DE PRIMERA Y TRANSFORMACiÓN" DE LOS SEGUNDA VISTO: La presentación realizada por la Dirección General de Oficinas Regionales de este Instituto, de fecha 24 de febrero del corriente año, a través de la cual pone a consideración de la Presidencia de este Instituto, la clasificación de los productos forestales de Primera y Segunda Transformación. (Exp. S.G. W 115/10); y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 10 de la Ley W 3.464/08, establece: "Crease el Instituto Forestal Nacional, en adelante INFONA, como institución autárquica y descentralizada del Estado, dotada por personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, que se regirá por las disposiciones de la presente Ley, sus reglamentaciones y demás normativas relativas al sector forestal". Que, la Ley N° 3.464/08 de creación del Instituto Forestal Nacional, en su Art. 100 dispone: son Atribuciones del Presidente: "..... b) Dirigir, ejecutar y ordenar las actividades técnicas, administrativas y financieras del INFONA, de acuerdo con las políticas, lineamientos y mandatos establecidos en esta Ley y sus respectivas reglamentacjones". Que, el Art. 5° de la Ley W 3.464/08, dispone "EIINFONA será el órgano de aplicación de la Ley W 422/73 "FORESTAL" de la Ley W 536/95 "DE FOMENTO A LA FORESTACiÓN Y REFORESTACIÓN", y las demás normas legales relacionadas al sector forestal" . Que, en reuniones técnicas con los Jefes de las distintas Oficinas Regionales se consensuó la clasificación de productos forestales de primera y segunda transformación, el cual fue puesto a consideración para su correspondiente aprobación, mediante el Exp.S.G. N° 115/10. Que, es preciso y necesario que el Instituto Forestal Nacional defina los productos forestales correspondientes a la primera transformación, de conformidad a las atribuciones que le confiere la Ley N° 3.464/08. POR TANTO, en uso de sus atribuciones; EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO FORESTAL NACIONAL R E S U E LV E: ESTABLECER, la clasificación de los Productos Forestales de primera transformación, conforme al siguiente cuadro: Materia Instalación Proceso Prod. de Primera Prod. De Segunda Prima Industrial Transformación Transformación Rollo Aserradero Aserrio Maderas Pisos Laminadora Debobinado Aserradas Machimbres Astilladora Faqueado Laminadas Puertas (Chipeado) Astillado Aserrin Marcos (Chipeado) Astillas (chip) Partes de Muebles Torneria Torneado Cilindros Briquetas de Postes Aserrin Esquinero Otros Horcón Tableros Columnas Contrachapados (Terciadas, Multilaminados) Tableros de partículas o de fibras Leña Horno Carbonización Carbón - Carbonilla Briquetas de Carbón ••• /1 LTKlfg/dm. '0 t el RESOLUCIÓN,N0 l o ~/2010 "POR LA CUAL SE ESTABLECE LA CLASIFICACiÓN PRODUCTOS FORESTALES DE PRIMERA Y TRANSFORMACiÓN" DE LOS SEGUNDA 2 ,ESTABLECER, que se entenderá por "MADERAS ASERRADAS'~las que se 'obtuvieron a partir del.. producto forestal en rollo tanto, nacional como importado, yo: sea aserrándola lonqitudinalmente o por medio de un proceso de labrado y que salvo escasas excepciones, tiene más de 5 mm de espesor. Se incluyen los tablones, vigas, viguetas, tablas, tablitas, cabríos, cuartones, . listones de' cielo raso, tabla para cajones, durmientes; etc., en las siguientes formas: sin cepillado, cepillado, ranurada, machihembrada, rebajada, achatada, moldeada, con juntas en V, rebordeada, etc. Se excluyen las tablas par~ pisos." ' ' DISPONER, que para la exportación de productos de primera transformacíón se deberá presentar las correspondientes Guías de productos y sub productos forestales. DISPONER, que los productos de segunda transformación serán exonerados de la presentación de Guías de productos y sub P,fQ9U.GtQ§forestales de conformidad a las normativas vigentes. .... " REMITIR,a la Dirección Nacional de Aduanas ya la Ventanilla Única del Exportador (VUE) copia de la presente Resolución para su conocimiento y aplicación. COMUNICAR, publicar y cumplido archivar.