Decreto Nº 2436 - Por el cual se crea el Sistema de Información Ambiental (SIAM) y se dispone su implementación en el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible
Made 2019-08-30 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Paraguay
- Subjects
- Environment
- Keywords
- access-to-information, sustainable development
Where to read it
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
It "Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870 " PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE Decreto N° ole,icY' POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. Asunción, (30 de de 2019 VISTO: La presentación realizada por el Ministerio del mbiente y Desarrollo Sostenible, a través de la cual solicita la creación del Sistema de Información Ambiental (SIAM) y su implementación en el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 1), de la Constitución Nacional faculta al Presidente de la República a representar al Estado y dirigir la administración general del país. Que de conformidad con el Artículo 4° de la Ley N° 6207/2018, «Que crea el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación y establece su carta orgánica», establece la masificación del gobierno electrónico con el fin de lograr la prestación de servicios eficientes a todos los sectores de la sociedad. Las entidades públicas deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el máximo aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y Comunicación en el desarrollo de sus funciones. Que el Decreto N° 1341, del 20 de febrero de 2019, «Por el cual se aprueba el "Cuarto plan de acción de gobierno abierto de la República del Paraguay", para el periodo 2018-2020», establece entre los compromisos la Rendición de Cuentas e incidencia ciudadana en la acción climática y la Información Ambiental para el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que los principios de Gobierno Abierto constituyen pilares fundamentales de una sociedad justa y democrática, que responden a derechos ciudadanos fundamentales a la participación, a la transparencia y a la rendición de cuentas. Pero, además, son herramientas que puedan contribuir decisivamente en la implementación de políticas públicas más CEXTER/201 9/6080 " Sesquieentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870" PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE Decreto N° POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 2 efectivas y eficientes y, de esa manera, aportar al logro de los objetivos de desarrollo plasmado en los planes locales e internacionales. Que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible ha dictado la Resolución N° 210, del 14 de noviembre de 2018, «Por la cual se dispone la implementación y la carga digital obligatoria del módulo, Proyectos de Desarrollo del Sistema de Información Ambiental (SIAM) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y se establecen los procedimientos para su aplicación», en la que se pretende brindar mayor agilidad y transparencia en el servicio y comodidad a sus usuarios, quienes podrán remitir los proyectos a ser evaluados en la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales, a través del sitio Web y el Sistema de Información Ambiental (SIAM). Esta nueva herramienta tecnológica, se desarrolla en respuesta al logro de la meta «cero papel» y en sintonía con las nuevas gestiones asumidas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que el Sector Ambiental es trasversal y abarca todo el desarrollo nacional. La institución responsable de la regulación ambiental es la que debe contar con información oportuna, veraz y transparente para que se adopten mejores decisiones de planificación que ayudarán a proteger el medio ambiente mundial, las mejores decisiones para lograr y mantener los Objetivos Ambientales Globales, serán el resultado de un mejor acceso a los datos e información actuales, así como a nuevos conocimientos. CEXTER/201 9/6080 "Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870" PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE Decreto N° ,92 POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 3 Que esta herramienta integra de manera armoniosa los objetivos de las Leyes N°s 294/1993, «De Evaluación de Impacto Ambiental»; la Ley N° 3239/2007, «De los Recursos Hídricos del Paraguay»; la Ley N° 352/1994, «De Áreas Silvestres Protegidas»; la Ley N° 92/1996, «De Vida Silvestre»; la Ley N° 3556/2008, «De Pesca y Acuicultura» y demás leyes ambientales que son de aplicación del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA: Art. 1°- Créase y dispónese la implementación, funcionamiento y uso del Sistema de Información Ambiental, en adelante SIAM, en el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Art. 2°.- Para efectos de la aplicación e interpretación del presente Decreto, se considerarán las siguientes definiciones: a) Sistema de Información Ambiental (SIAM): es un conjunto integrado de procesos y tecnologías desarrollados como instrumento de recolección, análisis y gestión de la información ambiental para la generación de conocimiento, la participación social, la toma de decisiones y la gestión ambiental orientada al desarrollo sostenible. El Sistema de Información Ambiental (SIAM) fue diseñado con el fin de que la información esté ordenada, sea de calidad, completa y de fácil acceso, de manera a mejorar, agilizar y transparentar los servicios que provee el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), como así también contribuirá al cumplimie 'to de los compromisos 1 C XTER/2019/6080 TER/2019/6080 "Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870" PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE Decreto N° POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 4 asumidos por el país en las Convenciones Internacionales. Es así que los datos generados a través de los procesos internos son reflejados en un visor externo, donde se pueden visualizar en tablas, gráficos y mapas. El Siam contempla un usuario externo que permite realizar los trámites de servicios que tiene la institución, realizar desde el sitio Web del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, y admite hacerlo desde cualquier lugar en que se encuentre el usuario. b) Módulos: son los Subsistemas del SIAM que aglutinan funcionalidades estrechamente correlacionadas entre sí y agrupadas por afinidad. Los módulos aglutinan información relativa a las competencias del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Ley N° 294/1993, «De Evaluación de Impacto Ambiental»; la Ley N° 3239/2007, «De los Recursos Hídricos del Paraguay»; la Ley N° 352/1994, «De Áreas Silvestres Protegidas»; la Ley N° 92/1996, «De Vida Silvestre»; la Ley N° 3556/2008, «De Pesca y Acuicultura» y demás leyes ambientales que son de aplicación del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. c) Proyectos de Desarrollo: Subsistema del SIAM que aglutina funcionalidades relativas a la Evaluación de Impacto Ambiental para identificar, prever y estimar impactos ambientales en toda obra o actividad proyectada o en ejecución para el análisis y evaluación en el marco de la Ley N° 294/1993, «De Evaluación de Impacto Ambiental», y sus decretos reglamentarios. d) Agua: Subsistema del SIAM que aglutina funcionalidades relativas a la gestión de los Recursos Hídricos dentro de los Proyectos de Desarrollo, al registro de la utilización de los Recursos Hídricos y a estadísticas de utilización de los mismos, en el marco de la Ley N° 3239/2007, «De los Recursos Hídricos del Paraguay». "Sesquieentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870" PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE ) Decreto N° c,,¿/ 3jo POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 5 e) Biodiversidad: Subsistema del SIAM que aglutina funcionalidad relativas a las gestiones de las Áreas Silvestres Protegidas, Vida Silvestre y Pesca, en el marco de las leyes: Ley N° 352/1994, «De Áreas Silvestres Protegidas»; la Ley N° 92/1996, «De Vida Silvestre»; y la Ley N° 3556/2008, «De Pesca y Acuicultura». fi Cambio Climático: corresponde al Grupo de Funcionalidades relativas a Cambio Climático. Abarca la definición y configuración de los resúmenes de datos de Gases de Efectos Invernadero por Año, a ser publicados en el Portal público del SIAM Usuarios: son las personas fisicas o jurídicas que realizan gestiones y trámites de servicios en el sitio Web y a través de los módulos del SIAM del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Art. 3°.- Facúltese al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible a implementar y reglamentar los módulos: Agua, Proyectos de Desarrollo, Biodiversidad; Cambio climático y demás que sean necesarios en el marco de las leyes ambientales. Art. 4°.- Facúltese al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible a emitir la reglamentación necesaria para la aplicación del presente Decreto. Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Art. 6°.-. Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial. g) CEXTER/2019/6080